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RESOLUCIÓN 329 DE 2024
(Septiembre 03) Modificada por las Resoluciones 367, 381, 395 y 401 de 2024
Por medio de la cual se modifican las Resoluciones números 016 del 29 de diciembre del 2023 “Por la cual se efectúa la liquidación del presupuesto anual de rentas e ingresos y gastos e inversión para la vigencia fiscal 2024 de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca y se dictan otras disposiciones”; 012 del 26 de enero del 2024; 075 del 26 de febrero del 2024; 083 del 5 de marzo del 2024; 109 del 21 de marzo del 2024; 225 del 27 de mayo de 2024; 228 del 31 de mayo de 2024; 254 del 18 de junio de 2024; y 299 de 24 de julio de 2024”.
EL DIRECTOR DE LA REGIÓN METROPOLITANA BOGOTÁ - CUNDINAMARCA
En uso de las facultades constitucionales y legales, en especial, las conferidas por el numeral 6 del artículo 27 de la Ley 2199 del 2022, el artículo 67 del Acuerdo Regional 004 del 2023; y
CONSIDERANDO:
1. Que el numeral 6 del artículo 5 y el parágrafo 1 de artículo 9 de la Ley 2199 del 2022 previeron la gradualidad en la implementación de las funciones y competencias de la Región Metropolitana, la cual ene sus efectos en materia presupuestal.
2. Que el literal a) del numeral 6 del artículo 21 de la Ley 2199 del 2022 establece como una de las funciones del Consejo Regional, en materia fiscal, “aprobar el Plan de Inversiones y el Presupuesto Anual de Rentas y Gastos de la Región Metropolitana y sus entidades”.
3. Que el Consejo Regional aprobó el Acuerdo Regional 012 del 2023 - “Por el cual se establece el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones para la vigencia fiscal 2024 de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca y se dictan otras disposiciones”.
4. Que el Consejo Regional aprobó el Acuerdo Regional 001 del 2024 - “Por el cual se realiza una adición al presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones para la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024”.
5. Que el artículo 36 del Acuerdo Regional 004 del 2023 establece que “al Director de la Región Metropolitana le corresponde expedir la resolución de liquidación del presupuesto anual aprobado por el Consejo Regional, teniendo en cuenta los soportes presentados para su debate y que se tuvieron en cuenta para la aprobación, discriminando las cuentas conforme al Catálogo Integrado de Clasificación Presupuestal vigente, junto con un anexo en donde se desagreguen los gastos”.
6. Que el parágrafo del artículo y Acuerdo Regional ibídem también señala que “El Director de la Región Metropolitana podrá realizar modificaciones a la resolución de liquidación, siempre que no modifique en cada sección presupuestal el monto total de la apropiación correspondiente a gastos de funcionamiento y gastos de Inversión, ni el total de ingresos corrientes y recursos de capital aprobados por el Consejo Regional”. 7. Que mediante Resolución 016 del 29 de diciembre del 2023 se efectuó la liquidación del presupuesto anual de rentas e ingresos y gastos e inversiones para la vigencia fiscal 2024 de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca.
8. Que mediante Resolución 012 del 26 de enero del 2024 se realizó una modificación a la Resolución 016 del 29 de diciembre del 2023 de la liquidación del presupuesto anual de rentas e ingresos y gastos e inversión de la vigencia 2024 de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca.
9. Que mediante Resolución 075 del 26 de febrero del 2024 se realizó una modificación a la Resolución 016 del 29 de diciembre del 2023 de la liquidación del presupuesto anual de rentas e ingresos y gastos e inversión para la vigencia 2024 de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca y la Resolución 012 del 26 enero del 2024.
10. Que mediante Resolución 083 del 5 de marzo de 2024 se realizó una modificación a la Resolución 016 del 29 de diciembre del 2023 de la liquidación del presupuesto anual de rentas e ingresos y gastos e inversión para la vigencia 2024 de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca, la Resolución 012 del 26 de enero del 2024 y la 075 del 26 de febrero del 2024.
11. Que mediante Resolución 109 del 21 de marzo del 2024 se efectuó la liquidación de la adición al presupuesto anual de rentas e ingresos y gastos e inversión para la vigencia fiscal 2024 de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca.
12. Que mediante Resolución 225 del 27 de mayo de 2024 se realizó una modificación a la Resolución 016 del 29 de diciembre del 2023 de la liquidación del presupuesto anual de rentas e ingresos y gastos e inversión para la vigencia 2024 de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca, la Resolución 012 del 26 de enero del 2024, la 075 del 26 de febrero del 2024 y 109 del 21 de marzo del 2024.
13. Que mediante Resolución 228 del 31 de mayo de 2024 se realizó una modificación a la Resolución 016 del 29 de diciembre del 2023 de la liquidación del presupuesto anual de rentas e ingresos y gastos e inversión para la vigencia 2024 de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca, la Resolución 012 del 26 de enero del 2024, la 075 del 26 de febrero del 2024, 109 del 21 de marzo del 2024 y 225 del 27 de mayo de 2024.
14. Que mediante Resolución 254 del 18 de junio de 2024 se realizó una modificación a la Resolución 016 del 29 de diciembre del 2023 de la liquidación del presupuesto anual de rentas e ingresos y gastos e inversión para la vigencia 2024 de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca, la Resolución 012 del 26 de enero del 2024, la 075 del 26 de febrero del 2024, 109 del 21 de marzo del 2024, 225 del 27 de mayo de 2024, 228 del 31 de mayo de 2024.
15. Que mediante Resolución 299 del 24 de julio de 2024 se realizó una modificación a la Resolución 016 del 29 de diciembre del 2023 de la liquidación del presupuesto anual de rentas e ingresos y gastos e inversión para la vigencia 2024 de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca, la Resolución 012 del 26 de enero del 2024, la 075 del 26 de febrero del 2024, 109 del 21 de marzo del 2024, 225 del 27 de mayo de 2024, 228 del 31 de mayo de 2024 y 254 del 18 de junio de 2024.
16. Que el 20, 29 y 30 de agosto de 2024 la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca llevó a cabo el proceso de registro y viabilidad en el Banco de Proyectos de Inversión Nacional de los siguientes proyectos: i) Fortalecimiento de la Capacidad Organizacional y Tecnológica de la Región Metropolitana Bogotá D.C. Cundinamarca (BPIN 20241400230003); ii) Fortalecimiento de las capacidades para la planeación ejecución y articulación de estrategias de transporte público de pasajeros metropolitano y regional en Cundinamarca (BPIN 20241400230004); y iii) Fortalecimiento de las capacidades para la planeación ejecución y articulación de estrategias para la seguridad alimentaria metropolitana y regional en Cundinamarca (BPIN 20241400230005), por lo que para la ejecución de los recursos asignados a estos tres proyectos, se requiere hacer desagregue parcial de rubros en los Gastos de Inversión de las Unidades Ejecutoras 01, 02 y 03 de Región Metropolitana.
17. Que en consideración a la importancia del relacionamiento estratégico que debe mantener la Entidad con diferentes actores y el interés que representa la participación en mesas de trabajo para intercambiar experiencias sobre procesos de regionalización que se han vivido en otros departamentos de la geografía Colombiana, surgió la necesidad de asignar recursos por valor de $ 60.000.000 para contar con servicios de transporte aéreo de pasajeros para la Entidad y así garantizar el desplazamiento a quienes se les encomiende esta labor.
18. Que con ocasión al traslado a la nueva sede de la Región Metropolitana, se hizo un análisis sobre la asignación presupuestal de los rubros correspondientes a los gastos por servicios públicos, encontrado que el rubro de servicios generales de recolección de desechos, que inicialmente se le había asignado recursos por valor de $ 1.047.571 resultaban insuficientes para cubrir la proyección de la necesidad hasta el 31 de diciembre de 2024, por lo tanto se necesitaría incrementar en $ 1.500.000.
19. Que la Región ha venido proveyendo su planta de personal y considerando el derecho que tienen los trabajadores al pago de incapacidades laborales durante el tiempo que permanecen retirados por enfermedad y el derecho al disfrute por licencias de maternidad y paternidad se determinó necesario contar con recursos por $20.000.000 en el rubro denominado incapacidades y licencias de maternidad y paternidad (no de pensiones) para estar preparados ente alguna eventualidad que sobre esta materia se presente.
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1. EFECTUAR LA DESAGREGACIÓN PARCIAL DE RUBROS en el presupuesto de GASTOS DE INVERSIÓN de la Unidad ejecutora 01, Unidad ejecutora 02 y Unidad ejecutora 03 de la Región Metropolitana, de conformidad con la siguiente descripción:
ARTÍCULO 2. TRASLADAR entre los rubros presupuestales de GASTOS DE FUNCIONAMIENTO la suma de OCHENTA Y UN MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS ($ 81.500.000,00) M/CTE, de conformidad con la siguiente descripción:
ARTÍCULO 3. COMUNICAR. Comunicar el presente acto administrativo a la Subdirección de Gestión Corporativa de la Región Metropolitana Bogotá Cundinamarca.
ARTÍCULO 4. PUBLICACIÓN Y VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación de conformidad con lo establecido en los estatutos de la Región Metropolitana.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los 03 días del mes de septiembre del año 2024.
LUIS FELIPE LOTA
Director
Nota: Ver norma original en Anexos. |
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