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Resolución 002 de 2024 Alcaldía Local de La Candelaria

Fecha de Expedición:
30/01/2024
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8098 del 20 de agosto del 2024.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN LOCAL 002 DE 2024

 

(Enero 30)

 

Por medio de la cual se reconoce a los consejeros y consejeras Elegidos(as) y Delegados(as) al Consejo de Planeación Local de La Candelaria- Periodo 2024-2027

 

LA ALCALDESA LOCAL DE LA CANDELARIA

 

En uso de las facultades conferidas por la Ley y en especial las conferidas en la Constitución Política de Colombia, la Ley 1757 de 2015, el decreto Ley 1421 de 1993, Acuerdo 740 de 2019, el Acuerdo 878 de 2023, el Decreto 580 de 2023 y

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Constitución Política de Colombia establece como uno de los fines esenciales del Estado la de facilitar la participación ciudadana en las decisiones que los afecten y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación.

 

Que el artículo segundo (2) de la Ley Estatutaria de Participación consagra que "Todo Plan de Desarrollo debe incluir medidas específicas orientadas a promover la participación de todas las personas en las decisiones que los afectan y el apoyo a las diferentes formas de organización de la sociedad…”

 

Que el Capítulo VI de la mencionada norma "De los Derechos y Responsabilidades de los Ciudadanos en la Participación Ciudadana.” Expresa en su Artículo 102 derechos de los ciudadanos en la participación ciudadana, son facultades de los ciudadanos en el desarrollo de las instancias de participación ciudadana entre otras: a). Participar en las fases de planeación, implementación, seguimiento y evaluación de Ia gestión pública y control político; e). Recibir capacitación para una mayor comprensión de la gestión y las políticas públicas.

 

De la misma manera el Capítulo VII 'De los Deberes de las Autoridades' Públicas alrededor de las Instancias de Participación Ciudadana" Artículo 104 expresa: El Estado en todos sus niveles de organización territorial nacional, bajo el liderazgo de las administraciones, tiene la. obligación de: a) promover, proteger. Implementar y acompañar instancias de participación: b), Garantizar la participación Ciudadana en los temas de planeación del desarrollo, de políticas sociales,  de convivencia ciudadana y reconciliación y  de inclusión de poblaciones tradicionalmente excluidas; h), Convocar de manera amplia y democrática a los ciudadanos las instancias de participación con anticipación suficiente, sin privilegiar a unos ciudadanos sobre otros y haciendo uso de iodos los canales de información disponibles.

 

Que el Decreto 448 de 2007 "Por el cual se crea, organiza y estructura, el Sistema Distrital y los Subsistemas Locales de Participación Ciudadana" diseña para el fortalecimiento de la participación ciudadana incidente, unos ejes temáticos relacionados con la formación, información y comunicación, movilización e investigación, como mecanismos para gestionar la participación, propiciar et diálogo, deliberación y articulación entre la administración y las organizaciones formales y no formales, ciudadanas y ciudadanos que hacen presencia en la localidad de la Candelaria.

 

Que el Acuerdo 878 de 2023 del Concejo de Bogotá, D.C., “Por medio del cual se dictan lineamientos para el Sistema Distrital de Planeación, la creación de planes de desarrollo, se garantiza la participación ciudadana en el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones” establece en sus artículos 20, 21, 22, 23, 24, 25 y 26 quienes integran el Consejo de Planeación Local, la convocatoria, la instalación, las calidades, el periodo, las funciones y las atribuciones de dicha instancia. 

 

Que en el artículo artículo(sic) 22 del citado acuerdo expresa, que vencidos los términos estipulados en el artículo anterior el Alcalde(sa) Local procederá a la inmediata instalación del Consejo de Planeación Local.

 

Que el acuerdo 749 de 2019- Establece en su artículo 5 competencias de los Alcaldes Locales “…. N. 9 Fomentar la participación ciudadana….  

 

Que la Alcaldía Mayor de Bogotá expidió el Decreto 580 de 2023 “Por el cual se reglamenta el Acuerdo 878 de 2023 “Por medio del cual se dictan lineamientos para el sistema distrital de planeación, la creación de planes de desarrollo, se garantiza la participación ciudadana en el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones¨ en lo referente al Consejo Territorial de Planeación Distrital - CTPD, los Consejos de Planeación Local - CPL y se adoptan otras disposiciones”.  

 

Que en el citado decreto se establece es sus artículos 12, 13, 14, 15, 16, 17 y 18 la naturaleza, la convocatoria, la integración, el cronograma de conformación, las calidades, los requisitos adicionales y el periodo de los Consejos de Planeación Local. 

 

Que la Alcaldía Local de La Candelaria acogió la circular 002 del 29 de diciembre de 2023 de la Subsecretaría de Gestión Local y la Dirección para la Gestión del Desarrollo Local por medio de la cual se dan “orientaciones sobre el artículo del decreto distrital 580 de 2023”.  

 

Que, en mérito de lo expuesto, 

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO PRIMERO. - Reconocer como consejeros y consejeras integrantes del Consejo de Planeación Local de La Candelaria, a quinees luego de surtir las etapas correspondientes, fueron delegados para representar a cada sector en el periodo 2024-2027, como se indica a continuación: 

 

REPRESENTANTE

Organización e instancia

Nombre del representante delegado

Cedula

Asociación de Juntas de Acción Comunal

ASOJUNTAS

SEGUNDO

LEONIDAS LOPEZ

G.

19.251.156

Organizaciones Juveniles incluidas las

organizaciones estudiantiles

Consejo Local de Juventud

DIEGO 

ALEJANDRO DUARTE

1.032.486.189

Rectores de

Establecimientos educativos públicos y privados

Dirección Local de Educación

HENRY BARRERA SIERRA

79.394.034

Organizaciones de Comerciantes y MiPymes.

COOPEFUAC

Cooperativa de

Profesores y Empleados de la Fundación

Unviersitaria Autonoma de Colombia

YULI ANDREA

CAMACHO

QUINTANA

1.022.333.678

Organizaciones de economía popular.

Red de Mujeres

Emprendedoras y

Emprendedoras de La Candelaria

MARIA

CONSTANZA GIL ECHEVERRI

51.770.177

Organizaciones de vendedores informales

Consejo Local de Vendedores Informales

GUSTAVO BUITRAGO

19.458.334

Organización Nacional de Vendedores

Informales

JORGE ELIECER GONZALEZ

19.276.895

Gerentes de establecimientos de salud

pública local

Sub Red Centro Oriente

NESTOR MENDEZ

79.382.887

Organizaciones religiosas compuestas por: Misiones, confesiones religiosas, comunidades religiosas, organizaciones religiosas sociales.

Comité Local de Libertad

             Religiosa

WILSON HIGUITA

10.107.227

Organizaciones ambientales.

Fundación Reciclando para Dejar Huellas

HELMES

HAMILTON RUBIO DIAZ

79.964.927

Organizaciones artísticas, culturales y patrimoniales.

Candelarte

HEDER RINCÓN

80.831.289

CLACP Consejo Local de

Arte Cultura y Patrimonio

DIANA MILENA LOPEZ M

52.799.091

Organizaciones orientadas a la protección y bienestar animal

Consejo Local de

Protección y Bienestar Animal

JOELMA PIRAGUA DOS SANTOS

51 .940 405

Organizaciones de adulto/a mayor y/o de pensionados

Consejo Local de Sabias Sabios

JORDI FARRE RODRIGUEZ

19.276.548

Organizaciones de defensa de los derechos de las niñas, niños y adolescentes

Consejo Local de Niños, niñas y adolescentes

YANEIR GONZALEZ RAMIREZ

52.372.178

ASGARD Corporación para el apoyo Scout en

Colombia

ORLANDO GOMEZ ROMERO

19.134.926

Organizaciones de mujeres que trabajan por el reconocimiento de sus derechos

Asociación de Mujeres "Mujer Activa"

LIA ISABEL

AHUMADA

583.875

Representante de organización LGBTI

Mesa Local LGBTIQ+

SERGIO ANDRES MONTAÑA

1 .032.389.060

Organizaciones de personas con Discapacidad.

Fundación Alianza Social por Colombia

ANGELA ORTIZ SANTOS

52.709.184

Organizaciones de personas cuidadoras de esta población

Asociación de

Pobladores Candelaria

Vida Mia

MARIA VICTORIA TORRES

51 .620.077

Organizaciones de representación de residentes de la propiedad horizontal

Consejo Local de

Propiedad Horizontal

JHON HENRY NIÑO RAMIREZ

13.715491

Organizaciones de promoción y defensa de los derechos de victimas

Fundación Pro-Bienestar

Ssocial de Desplazados y Marginados de

Colombia Victimas sin

Odios Construyendo Paz

JOSE ALONSO RUDA

10.101 470

Agremiaciones, colectivos o agrupaciones de Biciusuarios ciclistas y I movilidad alternativa

Consejo Local de la Bicicleta

ZARAY RAMIREZ

60.348.070

 

ARTÍCULO SEGUNDO. - Los sectores y organizaciones que no se presentaron a la convocatoria, por lo que no hubo postulados o interesados, fueron: 

 

a) Un Representante de comunidades indígenas y étnicas

 

b) Un Representante de Asociación de Padres de Familia

 

c) Un representante de Organizaciones de Industriales

 

d) Un representante de Representantes de comunidades afro- locales y palenqueros 

 

e) Un representante de Organizaciones campesinas.

 

ARTÍCULO TERCERO: Ordenar a la Oficina de comunicaciones publicar en la página Web de la entidad y en las carteleras de la Alcaldía Local de La Candelaria el contenido de la presente resolución. 

 

PUBLIQUESE Y CÚMPLASE

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 30 días del mes de enero del año 2024.

 

ÁNGELA MARÍA QUIROGA CASTRO

 

Alcaldesa Local de La Candelaria

 

Nota: Ver norma original en Anexos.