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RESOLUCIÓN 192 DE 2024
(Septiembre 09)
Por medio de la cual se modifica el artículo tercero de la Resolución No. 179 de 2023 de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología - ATENEA
EL DIRECTOR GENERAL DE LA AGENCIA DISTRITAL PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR, LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA “ATENEA”,
En ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas por el numeral 2 del artículo 11 del Decreto Distrital 273 de 2020 expedido por la Alcaldía Mayor de Bogotá, el numeral 2 del artículo 9 del Acuerdo 002 de 2021 y el artículo 3 del Acuerdo 003 de 2021 expedidos por el Consejo Directivo de Agencia Atenea, modificado este último por el artículo 2 del Acuerdo 022 de 2023 del Consejo Directivo de la Agencia Distrital para la Educación Superior la Ciencia y la Tecnología “ATENEA”, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 3 del Decreto Distrital 273 de 2020 estableció dentro del objeto de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología – Atenea: “la promoción de la ciencia y la tecnología, de los proyectos de investigación científica de grupos de investigación reconocidos por el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación en el Distrito Capital”.
Que el artículo 6 del Decreto Distrital 273 de 2020 estableció como funciones de la Agencia - Atenea, entre otras: “6. Gestionar y ejecutar planes, programas y proyectos distritales que promuevan el fortalecimiento y financiamiento de proyectos y redes colaborativas de ciencia, tecnología e innovación con actores del sector público y privado, para mejorar la infraestructura tecnológica del Distrito Capital. 7. Coordinar bajo la orientación de los organismos y entidades competentes en la materia en el Distrito Capital, la formulación y ejecución de la política, planes, programas y proyectos distritales de ciencia, tecnología e innovación; así como en la divulgación y apropiación social de conocimiento resultado de CT+I. (…) 9. Orientar, liderar y desarrollar programas y proyectos distritales de base científica y tecnológica, para la solución de problemas y desafíos de la ciudad y la región, el fortalecimiento de su infraestructura tecnológica y su capital humano, intelectual y relacional, en coordinación con los organismos y entidades competentes en la materia en el Distrito Capital.”.
Que para el desarrollo del objeto y las funciones señaladas de la Agencia Atenea, el Director General de la Agencia Atenea expidió la Resolución 179 de 2023, la cual tiene como fin: “la presente resolución define los parámetros para seleccionar, designar y pagar por parte de la Agencia, los pares evaluadores cuyos servicios se requieran dentro de los procesos de evaluación de los programas, proyectos, convocatorias y/o demás actividades de ciencia, tecnología e innovación que adelante la Agencia ATENEA”.
Que de conformidad con el artículo 3 de la Resolución 179 de 2023, modificado por el artículo 1 de la Resolución 214 de 2023 de la Agencia Atenea, se dispuso para el pago de honorarios de los evaluadores lo siguiente: “RECURSOS: Que de conformidad con los certificados de disponibilidad presupuestal, CDP-No. 491 expedido el 3 de octubre de 2023 y CDP-No. 631 expedido el 9 de noviembre de 2023, por parte del responsable del presupuesto de la Agencia ATENEA, se cuenta con los recursos para respaldar los pagos de los honorarios a los pares Evaluadores y conforme los términos que se definen en la presente resolución”.
Que teniendo en cuenta que la Gerencia de Ciencia, Tecnología e Innovación de la Agencia Atenea requiere la evaluación de proyectos de investigación, y por ende el pago de pares evaluadores conforme a los términos del artículo 3 de la Resolución 179 de 2023, se hace necesario adicionar recursos para respaldar los pagos de nuevas evaluaciones que se requieran en programas, proyectos, convocatorias y demás actividades de ciencia, tecnología e innovación de la Agencia Atenea.
Que de conformidad con el certificado de disponibilidad presupuestal CDP-FC No. 314 expedido el 2 de septiembre de 2024, por parte del responsable del presupuesto de la Agencia Atenea, se cuentan con los recursos adicionales para respaldar la presente modificación frente a los pagos de los honorarios de los pares evaluadores.
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. MODIFICAR: Modifíquese el artículo tercero de la Resolución No. 179 de 2023, modificado por el artículo primero de la Resolución 214 de 2023, el cual quedará así:
"ARTÍCULO TERCERO. RECURSOS: Que de conformidad con los certificados de disponibilidad presupuestal CDP-No. 491 expedido el 3 de octubre de 2023, CDP-No. 631 expedido el 9 de noviembre de 2023 y CDP-FC No. 314 expedido el 2 de septiembre de 2024 por parte del responsable del presupuesto de la Agencia ATENEA, se cuenta con los recursos para respaldar los pagos de los honorarios a los Pares Evaluadores conforme a los términos que se definen en la presente Resolución".
ARTÍCULO SEGUNDO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación, y no modifica las demás disposiciones contenidas en la Resolución No. 179 de 2023, las cuales permanecen vigentes.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los 09 días del mes de septiembre del año 2024.
VÍCTOR JAVIER SAAVEDRA MERCADO
Director General
Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “ATENEA”
Nota: Ver norma original en Anexos. |