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ACUERDO REGIONAL 021 DE 2024
(Noviembre 21)
Por medio del cual se aprueba el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones de la Agencia Regional de Movilidad de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca para la vigencia fiscal 2024
EL CONSEJO REGIONAL DE LA REGIÓN METROPOLITANA BOGOTÁ - CUNDINAMARCA
En ejercicio de sus facultades constitucionales, legales y estatutarias, en especial, las conferidas por el literal a) del numeral 6 del artículo 21 de la Ley Orgánica 2199 de 2022, el Acuerdo Regional 01 de 2022 y los artículos 7 y 35 del Acuerdo Regional 04 de 2023, y
CONSIDERANDO:
Que a través del Acto Legislativo 02 del 22 de julio de 2020 se modificó el artículo 325 de la Constitución Política, en el sentido de crear la Región Metropolitana Bogotá-Cundinamarca (en adelante "Región Metropolitana"), la cual fue reglamentada por la Ley Orgánica 2199 del 2022 que, adicionalmente, adoptó su régimen especial y definió y reglamentó su funcionamiento, en el marco de la autonomía reconocida a sus integrantes por la Constitución.
Que el artículo 32 de la citada Ley 2199 del 2022 creó la Agencia Regional de Movilidad como una entidad pública adscrita a la Región Metropolitana, encargada de ejercer como autoridad regional de transporte y de la planeación, gestión y cofinanciación de la movilidad y el transporte regional, la cual estará a cargo del Sistema de Movilidad Regional, el cual está integrado por el conjunto de infraestructuras y servicios de transporte público y privado de carácter regional que conectan las personas y mercancías entre los municipios del ámbito geográfico de la movilidad, así como los demás elementos requeridos para su organización, planeación, gestión, financiación y operación.
Que, a través del Acuerdo Regional 7 del 2024, se adoptaron los estatutos de la Agencia Regional de Movilidad como entidad adscrita a la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca, la cual es una Agencia Estatal de Naturaleza Especial del sector descentralizado de la rama ejecutiva del orden territorial, dotada de personería jurídica, autonomía administrativa, financiera y técnica y patrimonio independiente.
Que, posteriormente, mediante el Acuerdo Regional 8 del 2024, se designó directora ad hoc de la Agencia Regional de Movilidad con el fin de cumplir las funciones orientadas a permitir la entrada en funcionamiento de la entidad, así como el ejercicio de la autoridad de transporte en el ámbito geográfico bajo su jurisdicción.
Que, en virtud de lo anterior, mediante el Acuerdo 001 de 2024, la Junta Directiva de la Agencia Regional de Movilidad dio por terminado el traslado de funciones al sector de movilidad del Distrito Capital efectuado a través del Acuerdo 04 de 2023 de la citada junta directiva para que actuara transitoriamente como Agencia Regional de Movilidad y autoridad regional de transporte.
Que, mediante el Acuerdo Regional 004 de 2023, se expidió el Estatuto Presupuestal de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca, el cual regula el Sistema Presupuestal de la Región compuesto por el presupuesto anual del nivel central de esta entidad y el presupuesto de sus entidades adscritas asimiladas presupuestalmente a los establecimientos públicos, por tanto, todas las disposiciones en esta materia deben ceñirse a las prescripciones allí contenidas.
Que, particularmente, el artículo 7 del referido Estatuto Presupuestal establece que el Acuerdo General de Presupuesto es el acto administrativo que contiene las proyecciones de rentas y gastos de la Región y sus entidades adscritas previa aprobación de las juntas directivas para cada vigencia fiscal, cuya formulación corresponde a la Administración de la Región.
Que, en línea con lo anterior, el numeral 7 del artículo 10 del citado Acuerdo Regional 007 de 2024 dispone que es función de la Junta Directiva de la Agencia Regional de Movilidad aprobar previamente su anteproyecto del Plan de Inversiones y de Presupuesto, como requisito para la aprobación del Consejo Regional.
Que, adicionalmente, el artículo 23 del mencionado Acuerdo Regional 007 de 2024 prescribe que el patrimonio y rentas de la Agencia Regional de Movilidad podrá estar constituido por los aportes iniciales y sus incrementos directos, y/o por las asignaciones o transferencias de los recursos de la Región Metropolitana que determine el Consejo Regional.
Que mediante Acuerdo Regional 12 de 2023, se estableció el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones para la vigencia fiscal 2024 de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca.
Que, de conformidad con la normativa expuesta, el director de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca expidió la Resolución 367 del 7 de octubre de 2024, la cual contempló el traslado de recursos por valor de DOS MIL TREINTA Y SEIS MILLONES CIENTO TREINTA Y TRES MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE PESOS ($ 2.036.133.997) del presupuesto de la Región Metropolitana entre los rubros presupuestales Unidad Ejecutora 2 - Agencia Regional de Movilidad y el de transferencias corrientes con destino a la Agencia Regional de Movilidad, para que esta atienda los requerimientos de Gastos de Funcionamiento e Inversión que implica su entrada en funcionamiento.
Que, en consideración a la existencia de una partida presupuestal como transferencia corriente para la Agencia Regional de Movilidad, mediante Acuerdo 2 del 5 de noviembre de 2024, la Junta Directiva de esa entidad aprobó el Anteproyecto de Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones de la Agencia Regional de Movilidad para la vigencia fiscal 2024.
Que, en cumplimiento de lo dispuesto en el literal b) del artículo 29 del Acuerdo Regional 4 de 2023, el director de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca presentó un anexo con el detalle del proyecto de presupuesto de ingresos y las apropiaciones destinadas al gasto de la Agencia Regional de Movilidad que pretenden realizarse durante la vigencia fiscal 2024.
Que, de conformidad con la aprobación del
anteproyecto de presupuesto efectuado por la Junta Directiva de la Agencia
Regional de Movilidad, y en tanto esta consideró una fuente de financiación
factible contemplada en el artículo 23 del Acuerdo Regional 7 de 2024, resulta
procedente la aprobación del Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y Gastos e
Inversiones de la Agencia Regional de Movilidad para la vigencia fiscal 2024,
el cual integrará el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y Gastos e
Inversiones para la vigencia fiscal 2024 de la Región Metropolitana Bogotá
Que el artículo 4 del Acuerdo Regional 12 de 2023 dispuso que las disposiciones generales para la programación, ejecución y control del presupuesto rigen para los órganos y entidades que conforman el presupuesto general de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca, entre ellas, la Agencia Regional de Movilidad como entidad adscrita a la Región.
Que, en mérito de lo expuesto,
ACUERDA:
CAPÍTULO I
PRESUPUESTO DE INGRESOS
ARTÍCULO 1. APROBACIÓN DEL PRESUPUESTO ANUAL DE RENTAS E INGRESOS. Aprobar el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos de la Agencia Regional de Movilidad para la vigencia fiscal de 2024, por la suma de DOS MIL TREINTA Y SEIS MILLONES CIENTO TREINTA Y TRES MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE PESOS M/CTE. ($2.036.133.997) conforme con el siguiente detalle:
CAPÍTULO ll
PRESUPUESTO DE GASTOS
ARTÍCULO 2. APROBACIÓN DEL PRESUPUESTO ANUAL DE GASTOS Y PLAN ANUAL DE INVERSIONES. Aprobar el Presupuesto Anual de Gastos de Funcionamiento e Inversión de la Agencia Regional de Movilidad y su Plan Anual de Inversiones para la vigencia fiscal del 2024, por la suma de DOS MIL TREINTA Y SEIS MILLONES CIENTO TREINTA Y TRES MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE PESOS M/CTE. ($2.036.133.997), conforme con el siguiente detalle:
ARTÍCULO 3. DISPOSICIONES GENERALES. Las disposiciones generales respecto a la programación, ejecución y control del presupuesto de la Agencia Regional de Movilidad, serán las señaladas en el Acuerdo Regional 12 de 2023.
ARTÍCULO 4. COMUNICACIÓN. Comunicar el presente acuerdo a la directora ad hoc de la Agencia Regional de Movilidad para que proceda conforme a sus competencias.
ARTÍCULO 5. VIGENCIA. El presente acuerdo rige a partir de su publicación en la Gaceta Departamental de Cundinamarca, en el Registro Distrital de Bogotá, D.C. y en la página electrónica de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en la ciudad de Bogotá, D.C., a los 14 días del mes de noviembre del año 2024.
CARLOS FERNANDO GALÁN
Presidente
LUIS FELIPE LOTA
Secretario Técnico
Nota: Ver norma original y anexos en Anexos. |