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RESOLUCIÓN 252 DE 2024
(Diciembre 03)
Por la cual se adiciona la caja menor del Instituto Distrital de Turismo para la vigencia fiscal 2024
EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO
En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el Acuerdo 275 de 2007 del Concejo de Bogotá D.C., el artículo 57 del Decreto Distrital 192 de 2021, el literal b) del artículo 18 del Acuerdo 001 de 2007 de la Junta Directiva del IDT, el literal c) del artículo 4º del Acuerdo 008 de 2016, modificado por el Acuerdo 006 de 2019 y el Acuerdo 9 de 2021 de la Junta Directiva del IDT, y demás normas legales, estatutarias y reglamentarias,
CONSIDERANDO
Que mediante Decreto 192 del 02 de junio de 2021, la Alcaldía Mayor de Bogotá reglamentó el funcionamiento de las Cajas Menores y los avances en efectivo para las entidades que conforman el Presupuesto Anual y las entidades Distritales con régimen presupuestal de Empresas Industriales y Comerciales del Estado respecto de las transferencias de la Administración Central, las Empresas Sociales del Estado y los Fondos de Desarrollo Local.
Que el Artículo 57 del citado Decreto 192 de 2021, establece que las “Cajas Menores se constituirán, para cada vigencia fiscal, mediante Resolución suscrita por el Jefe de la respectiva entidad pública distrital, en la cual se deberá indicar: i) la cuantía, ii) el responsable, iii) la finalidad, iv) la clase de gastos que se pueden realizar, v) la unidad ejecutora y vi) la cuantía de cada rubro presupuestal, sin exceder el monto mensual asignado a la caja menor y en ningún caso el límite establecido por el estatuto de contratación para compras directas”.
Que el artículo 61 del Decreto 192 de 2021, dispone que “La cuantía máxima mensual de la sumatoria de los fondos que se manejen a través de cajas menores se determinará en función del presupuesto anual de cada vigencia fiscal de las entidades, expresado en salarios mínimos mensuales legales vigentes”.
Que mediante el Decreto Distrital 643 del 29 de diciembre de 2023, “Por medio del cual se liquida el presupuesto anual de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones de Bogotá Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprometida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año 2024”, se estableció que el presupuesto asignado al Instituto Distrital de Turismo asciende a la suma de $30.668.056.000.
Que de conformidad a lo establecido en el Decreto Nacional 2292 del 29 de diciembre de 2023, el salario mínimo mensual legal vigente para la vigencia 2024 es de $1.300.000 pesos MCte.
Que de conformidad con lo establecido en el artículo 61 del Decreto Distrital 192 de 2021 y el presupuesto establecido para el Instituto Distrital de Turismo para la vigencia comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024, la cuantía máxima mensual para la caja menor es de 45 SMMLV es decir, que para la vigencia 2024 es hasta $58.500.000 pesos MCte.
Que mediante Resolución 023 del 17 de enero de 2024 de la Dirección General, se constituyó la caja menor del Instituto Distrital de Turismo para la vigencia fiscal 2024, por valor de $5.864.000 pesos MCte.
Que mediante Resolución 092 del 8 de marzo de 2024 de la Dirección General, se realizó la adición 1 a la caja menor del Instituto Distrital de Turismo para la vigencia fiscal 2024, por valor de $4.500.000 pesos MCte.
Que mediante Resolución 215 del 12 de agosto de 2024 de la Dirección General, se realizó la adición 2 a la caja menor del Instituto Distrital de Turismo para la vigencia fiscal 2024, por valor de $3.000.000 pesos MCte.
Que el Instituto Distrital de Turismo requiere tramitar una tercera adición a la caja menor de la vigencia 2024, por valor de $2.250.000, sin exceder el monto máximo autorizado, con la finalidad de cubrir gastos eventuales, urgentes, imprescindibles, imprevistos o inaplazables de los rubros presupuestales “O21202020060464114 Servicios de transporte terrestre especial local de pasajeros” por valor de $250.000 y el rubro “O2120201003033331101 Gasolina motor corriente”, por valor de $2.000.000 pesos MCte.
Que el Instituto Distrital de Turismo cuenta con los CDPs 620 y 646 de 2024, expedidos por valor de $250.000 y $2.000.000 respectivamente, para amparar la adición a la Caja Menor. En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1: ADICIONAR la caja menor de la vigencia 2024 por valor de $2.250.000 pesos MCte, con el fin de cubrir gastos eventuales, urgentes, imprescindibles, imprevistos o inaplazables.
Artículo 2: CUANTÍA Y RUBROS. Los gastos ordenados con cargo a los rubros asignados a la adición de la Caja Menor del Instituto Distrital de Turismo se efectuarán en las cuantías y rubros del presupuesto que a continuación se relacionan, siempre y cuando se trate de gastos generales identificados y definidos en los conceptos del presupuesto de la Entidad, que tengan el carácter de urgentes, imprescindibles, inaplazables e imprevistos y necesarios.
Artículo 3: La presente resolución rige a partir de su expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D. C., a los 03 días del mes de diciembre del año 2024.
ANDRÉS SANTAMARIA GARRIDO
Director General
NOTA: Ver norma original en Anexos. |
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