REGLAMENTO INTERNO
2024 – 2027
CONSEJO DISTRITAL DE
POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL – CONFIS
Aprobación en sesión
CONFIS No 01 de 2024
Modificado en la sesión
CONFIS No. 04 de 2024.
Bogotá
D. C. Abril de 2024
Miembros CONFIS
CARLOS FERNANDO
GALÁN
Presidente de CONFIS
MIGUEL ANDRÉS
SILVA MOYANO
Secretario Distrital
de Planeación
Secretario Técnico
ANA MARÍA CADENA RUIZ
Secretaria Distrital de Hacienda
MARÍA LUCÍA VILLALBA
Jefa de Gabinete
Distrital
ANDRES
URIBE ESCOBAR
Subsecretario
Técnico Secretaria Distrital de Hacienda
JULIO
ABRIL TABARES
Subsecretario
de Planeación de la Inversión Secretario Distrital de Planeación
Apoyo técnico y administrativo Secretaría Técnica
VIVIANA
LUZ TORRES NUÑEZ
Directora
de Inversiones Estratégicas (E) Subsecretaría de Planeación de la Inversión
Secretaría Distrital de Planeación
El
CONFIS Distrital aprobó su reglamento Interno 2024-2027 en la sesión 01 de
2024, posteriormente en sesión No. 04 del 23 de abril de 2024, modificó este
Reglamento de acuerdo a la nueva Designación de los integrantes CONFIS según lo
establecido en el Decreto 127 de 2024.
REGLAMENTO INTERNO
2024 - 2028
El
Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal – CONFIS Distrital es
un cuerpo colegiado creado mediante el Decreto Ley 1421 de 1993, como instancia
rectora de la política económica y fiscal y coordinador del Sistema
Presupuestal de la Administración Distrital de Bogotá.
1. Funciones
Son funciones del CONFIS las
establecidas en el artículo
No. 10 del Decreto
Distrital 714 de 1996 o “Estatuto
Orgánico de Presupuesto Distrital”, así como las contenidas en el Decreto Ley 1421
de 1993, Ley 2116 de 2021, Decreto
111 de 1996, la Ley 819 de
2003, la Ley 601 de
2000 y en los Decretos Distritales 372 de 2010, 662 de
2018, 191 y 192 de 2021, 356 de 2022, 572 y 495 de 2023.
2. Composición
Miembros permanentes:
- Alcalde Mayor de Bogotá, D.C. – Presidente
- Secretario Distrital de Planeación - Secretaría Técnica.
- Secretario Distrital de Hacienda
Miembros designados (Decreto Distrital 127 de abril 15 de 2024):
- Jefa de Gabinete
Distrital.
- Subsecretario
Técnico de la Secretaría Distrital de Hacienda.
- Subsecretario
de Planeación de la Inversión
de la Secretaría Distrital de Planeación.
En
consecuencia, el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal – CONFIS, en
atención a lo dispuesto en el artículo 135 del Decreto Ley 1421 de 1993, queda
conformado por:
- El Alcalde Mayor,
quien lo presidirá.
- La Secretaria Distrital
de Hacienda.
- El Secretario Distrital
de Planeación.
- La Jefe de Gabinete Distrital.
- El Subsecretario Técnico
de la Secretaría Distrital de Hacienda.
- El Subsecretario de Planeación de la Inversión
de la Secretaría Distrital de Planeación.
3. Quórum
Existe
quórum para deliberar y decidir cuándo se hallen presentes la mitad más uno de
sus miembros, incluyendo en todo caso al (la) Alcalde (sa) Mayor quien
obligatoriamente debe presidir este Consejo.
Podrán
ser invitados a las sesiones, con voz, pero sin voto, los funcionarios de la
Administración que este Consejo considere conveniente escuchar (Art. 11 Decreto
Distrital 714 de 1996).
4. Sesiones
El
CONFIS sesionará como mínimo una (1) vez al mes de manera ordinaria y en forma
extraordinaria cuando el (la) Alcalde (sa) Mayor o la Secretaría Técnica lo
estimen necesario. (Artículo 11 del Decreto Distrital 714 de 1996).
Durante la primera sesión de cada año, el CONFIS aprobará
su agenda, con los temas que
por normatividad deban ser presentados, estableciendo posibles fechas o
periodos de realización de sesiones ordinarias y demás condiciones para la presentación de los temas por
parte de las entidades distritales.
Sesiones
ordinarias: corresponden
a las programadas cada mes para tratar los temas definidos en la Agenda Anual o
las solicitudes realizadas por las entidades.
Sesiones
extraordinarias: se llevarán a cabo reuniones extraordinarias cuando se
requiera tratar temas, que por su importancia no puedan ser atendidos en las
fechas de las sesiones ordinarias, o cuando el (la) Presidente o la Secretaría
Técnica lo consideren necesario.
Las
sesiones tanto ordinarias como extraordinarias se podrán efectuar de manera
presencial o virtual.
Las
sesiones virtuales se realizarán considerando la disponibilidad de la agenda y
la urgencia de las solicitudes. Estas sesiones pueden desarrollarse bajo dos modalidades:
(i)
a través de las diferentes plataformas, en las que se presentan los temas, se
delibera y se efectúa la votación en
desarrollo de la sesión; y (ii) mediante correo electrónico, es decir no se
efectúa conexión a través de plataforma.
Las
sesiones virtuales por correo electrónico deberán llevarse a cabo bajo el siguiente esquema:
- La documentación de solicitud deberá ser
radicada atendiendo los plazos establecidos en el numeral 11 del presente
reglamento.
- Estas sesiones serán convocadas por correo
electrónico y se anexarán a la convocatoria
la solicitud, el resumen ejecutivo y sus respectivos documentos soporte.
- Se hará explicita la recomendación de las
Secretarías Distritales de Hacienda, Planeación y/o Salud según el caso para
conocimiento y estudio por cada miembro del CONFIS.
- La Secretaría Técnica enviará un formato al
momento de abrir la sesión para que los miembros con derecho a voz y voto
registren el sentido de su decisión.
- El quorum será igual para sesiones presenciales
y virtuales, de acuerdo con lo definido en el numeral 3 del presente
reglamento.
- La votación estará abierta por un tiempo máximo
de veinticuatro (24) horas para los miembros del CONFIS. Al cierre de la sesión
se anuncia la decisión tomada sobre cada tema, con base en los votos emitidos.
5. Decisiones del CONFIS
Las decisiones del CONFIS se notificarán así:
- Mediante resoluciones suscritas por la
Secretaría Técnica y el (la) Secretario (a) Distrital de Hacienda, cuando las
decisiones sean de carácter aprobatorio y modificatorio del Presupuesto de
Ingresos y Gastos de las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito
Capital y la Empresas Sociales del Estado (Subredes Integradas de Servicios de
Salud).
- Mediante oficio suscrito por la Secretaría
Técnica, cuando las decisiones sean de carácter aprobatorio diferentes a las
anteriores, o de carácter no aprobatorio como conceptos y autorizaciones, entre
otros.
- Mediante circulares suscritas por la Secretaría
Técnica, cuando la decisión deba ser conocida por el conjunto de entidades de
la administración distrital, incluyendo el nivel
local.
La
Secretaría Técnica deberá comunicar a las entidades las decisiones del CONFIS,
dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de realización de la
correspondiente sesión.
6. Secretaría Técnica
y Administrativa del CONFIS
La
Secretaría Técnica y Administrativa corresponde a la Secretaría Distrital de
Planeación-SDP, en tal sentido, el (la) Secretario (a) del despacho de la SDP
ejerce como Secretario (a) Técnico (a). (Artículo 9 del Decreto Distrital 714
de 1996).
En
ausencia debidamente justificada del (la) Secretario (a) Distrital de
Planeación, la Secretaría Técnica de la sesión puede ser ejercida por otro
miembro del CONFIS.
Para
la elaboración de las actas de cada sesión, la Secretaría Técnica deberá enviar
junto con la convocatoria de la siguiente sesión ordinaria el acta preliminar
para revisión y observaciones por
parte de los miembros del CONFIS, con el fin de que la misma pueda ser sometida
a aprobación en dicha sesión.
Los
miembros presentarán sus observaciones a la Secretaría Técnica durante la
sesión en la cual se presenta
para aprobación, o antes de la misma por medio de correo
electrónico. En caso de no presentar
observaciones, el acta se someterá
para aprobación de los
miembros del CONFIS.
6.1 Aprobación del Acta durante
la misma sesión
En la última sesión
de cada administración distrital o cuando
se considere necesario, se adoptará el siguiente procedimiento para la aprobación del
acta respectiva:
- Al terminar los temas del orden del día se establecerá un receso para elaborar la correspondiente acta.
- Una vez se cuente con el
acta preliminar, se reanuda la
sesión.
- Se hace lectura
del acta y se incorporan las observaciones si hay lugar a ellas.
- Se procede a efectuar su
aprobación.
7. Funciones de la Secretaría Técnica y Administrativa
a) Programar
la agenda anual y de cada sesión del CONFIS.
b) Presentar
a consideración del CONFIS los temas de cumplimiento legal.
c) Presentar
para aprobación del CONFIS las recomendaciones de política presupuestal,
fiscal, económica y social que sea conveniente adoptar.
d) Citar
a los miembros CONFIS a las sesiones ordinarias, extraordinarias de carácter
presencial o virtual.
e) Invitar
a los funcionarios de la Administración Distrital cuando así sea requerido.
f) Elaborar,
en colaboración con las entidades distritales, los informes que solicite el
Consejo para el desarrollo de sus funciones. Coordinar con la Secretaría
Distrital de Hacienda y las entidades encargadas de los asuntos económicos y
sociales del Distrito, el estudio y preparación de documentos relacionados con
temas económicos, fiscales, sociales y territoriales que sirvan de base al
CONFIS para fijar políticas en estas materias.
g) Establecer
la metodología y los procedimientos para la presentación y estudio de
solicitudes para consideración del CONFIS, que hagan las entidades del
Distrito.
h) Preparar
y comunicar las decisiones adoptadas por el CONFIS.
i) Elaborar
las actas de cada una de las sesiones y responder por el archivo de las mismas.
8. Reunión preparatoria PreCONFIS
Los
temas que sean incorporados en la agenda del CONFIS podrán ser previamente
analizados en forma conjunta entre la Secretaría Distrital de Planeación
(Subsecretaría de Planeación de la Inversión y Dirección de Inversiones
Estratégicas) y la Secretaría Distrital de Hacienda (Subsecretaría Técnica,
Dirección Distrital de Presupuesto, Otras Direcciones según tema y
competencia), en una reunión denominada PreCONFIS. Si es el caso, se podrá
convocar a dicha reunión a representantes de los miembros del CONFIS que así lo
soliciten. Adicionalmente, dicho análisis se podrá efectuar con la
participación de delegados de la entidad distrital cuya competencia corresponda
el tema de estudio, con el fin de unificar previamente criterios de
recomendación.
Esta
mesa de trabajo se llevará a cabo con antelación a la sesión del CONFIS. Al
final de la misma y una vez
efectuados los ajustes, si a ello hubiere lugar, la Secretaría Técnica remitirá
la información correspondiente a los miembros del CONFIS para que cuenten con
elementos que les permita hacer un análisis completo de los temas sometidos a
su consideración.
9. Desarrollo de las sesiones
La
Secretaría Técnica convocará a todas las sesiones por escrito, mediante correo
electrónico, o por derecho propio en cualquier momento por parte del Presidente
del CONFIS, anexando los siguientes documentos:
1. Orden del día
2. Resumen
ejecutivo de los temas
3. Los documentos
soporte correspondientes
Para
las sesiones ordinarias, la Secretaría Técnica deberá enviar la convocatoria
con al menos tres (3) días calendario de anticipación.
Solo
en casos excepcionales y en temas de importancia y urgencia, si no se cuenta
con los documentos soporte al momento de la citación, la Secretaría Técnica
tendrá un plazo máximo de un (1) día calendario de anticipación para enviarlos
a los miembros CONFIS.
Para
todos los casos, se tendrá en cuenta el documento de recomendación de la
Secretaría Distrital de Hacienda, en lo correspondiente al aspecto financiero y
fiscal.
Las
sesiones virtuales por correo electrónico se llevarán a cabo conforme a las
características enunciadas en el numeral 4 de este reglamento y se dispondrá de
un plazo máximo de veinticuatro (24) horas para que los miembros del CONFIS
intervengan y emitan voto sobre los temas de la sesión correspondiente. Al
cierre de la sesión se anuncia la decisión tomada sobre cada tema, con base en
los votos emitidos.
De
cada una de las sesiones se levantará un acta suscrita por el (la) Presidente
del CONFIS y por el (la) Secretario (a) Técnico (a) o quien haga sus veces,
previa aprobación de todos los miembros participantes de la respectiva sesión.
10. Requisitos para la radicación de solicitudes
Las entidades deberán radicar sus solicitudes sobre temas para presentar ante el
CONFIS acompañadas de los siguientes documentos:
1) Solicitud
dirigida a la Secretaría Técnica (Secretario (a) Distrital de Planeación),
suscrita por el representante legal de la entidad, empresa o alcalde local.
2) Presentación
del tema expuesto en forma explícita, clara, concreta y precisa, utilizando
cuadros, gráficos y demás elementos que faciliten el análisis del tema,
acompañado de medio electrónico.
3) Soportes técnicos,
legales y documentales relacionados con la solicitud.
4) Concepto
previo, si es el caso. Cuando se requiera concepto previo de la Secretaría Distrital
de Planeación y/o de la Secretaría Distrital
de Hacienda, éstos serán
emitidos durante el proceso de estudio del tema. En todo caso, la emisión de
estos conceptos será requisito previo
para que el tema pueda ser presentado al CONFIS.
Los
temas correspondientes a las Subredes Integradas de Servicios de Salud - Empresas Sociales del Estado, serán
radicados por la Secretaría Distrital de Salud de conformidad con los plazos
establecidos en el numeral 11 del presente reglamento. Además de lo contenido
en este numeral, debe incluir un análisis y emitir un concepto que plantee en
forma explícita la recomendación al CONFIS.
El
anexo 1, que hará parte fundamental
del presente reglamento, contiene la información que se debe adjuntar a las
solicitudes para su trámite correspondiente.
11. Plazos
Cuando
una entidad solicite someter a consideración del CONFIS un tema, deberá
radicarlo en la Secretaría Técnica del CONFIS (Secretaría Distrital de Planeación)
y en forma simultánea enviar una copia a la Secretaría Distrital
de Hacienda, con mínimo diez (10)
días calendario antes de cada sesión y podrán ser incluidos en el orden del día
atendiendo la importancia de los temas a considerar y el análisis que sobre el
tema realicen las Secretarías Distritales de Hacienda
y Planeación. En casos excepcionales podrán ser incluidas
solicitudes extemporáneas que a petición del Alcalde Mayor o de la Secretaría
Técnica deban ser presentadas ante el CONFIS. La Secretaría Técnica, podrá solicitar información adicional a
las entidades, para efectuar el análisis de los temas. Esta información deberá
remitirse dentro del plazo fijado en este numeral.
Los plazos
establecidos se contarán a partir de la radicación de los documentos del tema a considerar y la entrega
de la totalidad de los soportes requeridos. Sin la totalidad de los
soportes, el tema no se entenderá radicado ni será presentado a consideración
del CONFIS.
La
Secretaría Técnica informará a las entidades acerca de las solicitudes que no cumplan con lo establecido en los
numerales 9 y 10 del presente reglamento.
12. Transparencia y publicidad de las decisiones
|
La Secretaría Técnica del CONFIS publicará en la página
de la Secretaría Distrital de Planeación las
actas de cada sesión y los actos administrativos relativos a las decisiones que adopte dicho
Consejo.
|
TRÁMITE
|
¿QUÉ LO REGLAMENTA?
|
¿QUIÉN LO SOLICITA?
|
¿PARA QUÉ SE SOLICITA?
¿PARA QUE SE HACE?
|
¿QUÉ REQUIERE?
|
¿QUÉ MÁS NECESITA?
|
¿QUÉ HACE EL CONFIS?
|
PRODUCTOS
|
|
Programación presupuestal del Distrito Capital
|
Definir lineamientos de política para la elaboración del presupuesto
|
·
Decreto Distrital 714
de 1996, art.
20
·
Decreto Distrital 662
de 2018 art. 8
·
Decreto Distrital 372
de 2010, art.
8
|
SDP y SDH
|
Los lineamientos permiten orientar la programación presupuestal con las
prioridades establecidas en el Plan de Desarrollo
Distrital y en los instrumentos de planeación territorial, de acuerdo con la
disponibilidad de recursos y el entorno macroeconómico.
|
·
Documento
de lineamientos elaborado por la SDP y la SDH.
|
|
Conocer y discutir
|
Conocidos y
aprobados los lineamientos por el CONFIS, el (la)
Alcalde (sa) Mayor imparte directriz con estos dirigida a entidades distritales, Empresas Distritales
y Fondos de Desarrollo Local.
|
|
Aprobar el Plan Financiero de la Administración Central y los Establecimientos
Públicos
|
·
Decreto Distrital 714
de 1996, art.
22
|
SDH
|
Instrumento de planeación financiera que permite conocer
y evaluar la situación financiera de mediano plazo de la Administración
Central y los Establecimientos Públicos, de acuerdo con las
proyecciones de ingresos y
gastos.
|
·
Documento de la SDH
con el
Plan Financiero consolidado para la Administración Central y los Establecimientos Públicos.
·
Plan
Financiero Plurianual en formato de la SDH.
Documento que presente los supuestos y consideraciones para elaborar
la proyección del Plan Financiero. Este documento debe contemplar un
horizonte de 10 años.
|
|
Aprobar
|
Comunicación informando la aprobación del Plan financiero firmada por el (la) Secretario
(a) Técnico (a) dirigida
a la SDH.
|
|
|
TRÁMITE
|
¿QUÉ LO REGLAMENTA?
|
¿QUIÉN LO SOLICITA?
|
¿PARA QUÉ SE SOLICITA?
¿PARA QUE SE HACE?
|
¿QUÉ REQUIERE?
|
¿QUÉ MÁS NECESITA?
|
¿QUÉ HACE EL CONFIS?
|
PRODUCTOS
|
|
Programación presupuestal del Distrito Capital
|
Aprobar los Planes Financieros
de las Empresas Industriales y Comerciales
Distritales (EICD) y las
Empresas Sociales del Estado (ESE) del orden distrital
|
·
Decreto Distrital 662
de 2018, art.
9
|
EICD:
Representante Legal
ESE: SDS
|
Instrumento de planeación financiera que permite conocer
y evaluar la situación financiera de mediano plazo de las empresas
industriales y comerciales Distritales
y sociales (hospitales) de acuerdo con las proyecciones de ingresos y gastos.
|
- Solicitud del representante
legal de la empresa
dirigida al Secretario
Técnico del CONFIS. En el caso de
las ESE, la solicitud es remitida por el Secretario de Salud. Plan Financiero Plurianual en formato de
la SDH.
- Documento que presente los supuestos y consideraciones para
elaborar la proyección del Plan Financiero. Este documento debe contemplar
un horizonte de 10 años.
|
Documento de recomendación
de la SDH.
|
Aprobar
|
Comunicación firmada por el
(la) Secretario
(a) Técnico (a) dirigida a cada
una de las empresas.
En el caso de las ESE se envía la comunicación a la
Secretaría Distrital de Salud.
|
|
Aprobar el Anteproyecto
de Presupuesto y el POAI de la Administración Central y los Establecimientos
Públicos
|
- Decreto
Distrital 714
de 1996 literales b) y
c) art. 10.
- Decreto
Distrital 572
de 2023 art.
7.
|
SDP y SDH
|
Establecer la
composición de ingresos y gastos para la vigencia presupuestal siguiente y la
concordancia del POAI con los instrumentos de planeación. (PDD, POT). El anteproyecto de presupuesto
aprobado por el CONFIS debe ser sometido a consideración del Concejo
Distrital durante los 3 primeros días de sesiones ordinarias de noviembre
|
·
Anteproyecto de Presupuesto
AC-EP preparado por SDH.
·
POAI
preparado por la SDP - (este documento es anexo del anteproyecto de presupuesto).
·
Concepto
SDP-Asignación recursos a POT instrumentos que lo desarrollen y Políticas Públicas
|
|
Aprobar
|
Comunicación de
aprobación firmada por el (la)
Secretario
(a) Técnico (a) dirigida
a la SDH.
|
|
|
TRÁMITE
|
¿QUÉ LO REGLAMENTA?
|
¿QUIÉN LO SOLICITA?
|
¿PARA QUÉ SE SOLICITA?
¿PARA QUE SE HACE?
|
¿QUÉ REQUIERE?
|
¿QUÉ MÁS NECESITA?
|
¿QUÉ HACE EL CONFIS?
|
PRODUCTOS
|
|
Programación presupuestal del Distrito Capital
|
Fijación del superávit
primario de la Administración Central
y Establecimientos Públicos
|
·
Ley 819 de 2003, art. 2 y literal b del art. 5.
|
SDH
|
Propósito conocer la sostenibilidad de la deuda y el crecimiento económico esperado
para garantizar estabilidad fiscal. Debe ser aprobado posteriormente por el
Consejo de Gobierno, antes de su remisión al Concejo Distrital como insumo
para la aprobación del Proyecto de Presupuesto.
|
·
Documento
de la SDH con proyecciones de superávit primario y acciones definidas para
garantizar la estabilidad fiscal.
|
|
Aprobar
|
Acta Confis
|
|
Aprobar Proyecto
de Presupuesto de las Empresas Distritales
|
·
Decreto
Distrital 662
de 2018, arts.
13 y 14.
·
Resolución Confis No. 15
de 2021 –
sujeto a requisitos.
·
Decreto Distrital
572
de 2023 art.
9.
|
Representante legal de cada empresa
|
Establecer la composición de ingresos y gastos
para la vigencia presupuestal
siguiente y la concordancia del plan de inversiones con los instrumentos de planeación.
|
·
Proyecto
de presupuesto y POAI de la EICD. Concepto favorable al Proyecto de
Presupuesto emitido por la Junta Directiva de la Empresa.
·
Justificación
técnica y económica del proyecto de presupuesto.
En caso de diferencias con Plan Financiero aprobado,
deben presentar justificación.
·
Concepto
SDP-Asignación recursos a POT y P. Públicas.
|
Documento de recomendación
de la SDH.
|
Aprobar
|
Resolución de aprobación
del presupuesto firmada por
el (la) Secretario
(a) Distrital de Hacienda y el Secretario (a) Técnico
(a), publicada en el registro Distrital.
|
|
|
TRÁMITE
|
¿QUÉ LO REGLAMENTA?
|
¿QUIÉN LO SOLICITA?
|
¿PARA QUÉ SE SOLICITA?
¿PARA QUE SE HACE?
|
¿QUÉ REQUIERE?
|
¿QUÉ MÁS NECESITA?
|
¿QUÉ HACE EL CONFIS?
|
PRODUCTOS
|
|
Programación presupuestal del Distrito Capital
|
Aprobar Proyecto
de Presupuesto de las ESE
|
·
Decreto 111
de 1996, art.
5
·
Decreto Distrital 662
de 2018, arts.
13 y 14
·
Acuerdo 17 de
1997, art. 25
·
Resolución Confis No. 15 de 2021 - si cumplen requisitos.
|
Secretaría Distrital de Salud:
una solicitud para todas las ESE
|
Establecer la composición de ingresos y gastos
para la vigencia presupuestal
siguiente y la concordancia del plan de inversiones con los instrumentos de planeación.
|
·
Proyecto
de presupuesto por ESE y consolidado.
·
Concepto
favorable al Proyecto de Presupuesto emitido por la Junta Directiva de cada
hospital.
·
Proyección
de ejecución de la vigencia en curso. Justificación técnica y económica del
proyecto de presupuesto de cada Subred.
·
En
caso de diferencias con Plan Financiero aprobado, justificación para estas.
|
Documento con recomendacion es de la SDH.
|
Aprobar
|
Resolución de aprobación
del presupuesto firmada por
el (la) Secretario
(a) Distrital de Hacienda y el Secretario (a) Técnico
(a), publicada en el registro Distrital.
|
|
Emitir concepto previo al Anteproyecto de Presupuesto de los Fondos de
Desarrollo Local (FDL)
|
·
Decreto Distrital 372
de 2010, art.
12
·
Decreto
Distrital 495
de 2023,
parágrafo 2.
art. 12
|
Alcaldes (sas) locales.
La SDH
consolida, valida y presenta
|
Conocer los montos y estructura de ingresos y gastos para
la vigencia presupuestal siguiente y establecer la concordancia
del plan de inversiones con los instrumentos de planeación
local y distrital. El concepto
previo favorable al anteproyecto de presupuesto se requiere para la presentación
del proyecto de presupuesto a las Juntas Administradoras
Locales (JAL).
|
Anteproyecto de Presupuesto del FDL
con los siguientes componentes:
·
Mensaje presupuestal.
·
Proyecto
de acuerdo con nivel de grandes agregados.
·
Proyección
de obligaciones por pagar.
·
Cálculo
de gastos generales inherentes al funcionamiento. Matriz de productos, metas
y resultados.
·
POAI
con los programas y proyectos del presupuesto local.
·
Solicitud
de vigencias futuras en caso de haberlas.
·
Demás información que SDH y SDP
requieran para realizar el análisis.
|
Documento con recomendación de la SDH y POAI
consolidado por
la SDP-DPSI.
verificar aplicación de
porcentajes de distribución en los conceptos de gasto del componente de presupuestos
participativos.
|
Conceptuar
|
Circular firmada
por el (la) Secretario (a) Técnico (a) dirigida a alcaldes (sas) locales.
|
|
|
TRÁMITE
|
¿QUÉ LO REGLAMENTA?
|
¿QUIÉN LO SOLICITA?
|
¿PARA QUÉ SE SOLICITA?
¿PARA QUE SE HACE?
|
¿QUÉ REQUIERE?
|
¿QUÉ MÁS NECESITA?
|
¿QUÉ HACE EL CONFIS?
|
PRODUCTOS
|
|
Programación presupuestal del Distrito Capital
|
Aprobar el
PAC de la Administración Central y
los Establecimientos Públicos
|
·
Decreto Distrital 714 de
1996 literal d) art. 10, y arts. 55 a 58
Decreto Distrital
192 de 2021,
arts. 16 y 17.
|
Secretaría Distrital de Hacienda
|
Determinar el flujo de caja de la Administración Central y los Establecimientos Públicos
para la siguiente vigencia.
|
- PAC
consolidado de ingresos de la Administración Central y los
Establecimientos Públicos.
- PAC
consolidado de pagos por concepto de gasto de la Administración Central y los
Establecimientos Públicos.
- PAC
mensualizado de egresos con situación de fondos de la Administración Central
por entidad.
Autorizaciones y delegaciones de ajuste y modificación.
|
|
Determinar y aprobar
|
Comunicación firmada por el
(la) Secretario
(a) Técnico (a) dirigida a la Secretaría Distrital de Hacienda
|
|
|
TRÁMITE
|
¿QUÉ LO REGLAMENTA?
|
¿QUIÉN LO SOLICITA?
|
¿PARA QUÉ SE SOLICITA?
¿PARA QUE SE HACE?
|
¿QUÉ REQUIERE?
|
¿QUÉ MÁS NECESITA?
|
¿QUÉ HACE EL CONFIS?
|
PRODUCTOS
|
|
Modificaciones presupuestales
|
Aprobar las modificaciones
presupuestales de las EICD y las ESE
|
- Decreto Distrital 714
de 1996 literal e) art. 10,
- Resolución Confis No. 15 de 2021 - si cumplen requisitos.
- Decreto Distrital 191
de 2021. arts.
2 y 3
|
EICD:
Representante Legal
ESE: SDS
|
Dado que el CONFIS aprueba el presupuesto, las
modificaciones a los grandes agregados de este deben ser aprobadas también
por el CONFIS.
|
- Solicitud de modificación
firmada por el representante
legal.
- Justificación técnica y financiera.
- Acuerdo de Junta Directiva aprobando modificación.
- CDP para las reducciones y traslados.
- Concepto
favorable SDP Dirección de Programación y seguimiento a la inversión cuando
la modificación corresponda a gastos de Inversión.
- En el caso de
las ESE se requerirá en todos los casos, del concepto favorable de la
Secretaría Distrital de Salud y de la Secretaría Distrital de Hacienda -
Dirección Distrital de Presupuesto.
- Certificación
de la existencia de los recursos para el caso de
adiciones.
- Presupuesto
ajustado. Último reporte de ejecución
presupuestal.
- Para las ESE: documento recomendación de la SDS
|
Documento con recomendacion es de SDH
|
Aprobar
|
Resolución de modificación del presupuesto firmada
por el (la) Secretario
(a) Distrital de Hacienda y el (la) Secretario
(a) técnico (a)
|
|
|
TRÁMITE
|
¿QUÉ LO REGLAMENTA?
|
¿QUIÉN LO SOLICITA?
|
¿PARA QUÉ SE SOLICITA?
¿PARA QUE SE HACE?
|
¿QUÉ REQUIERE?
|
¿QUÉ MÁS NECESITA?
|
¿QUÉ HACE EL CONFIS?
|
PRODUCTOS
|
|
Modificaciones presupuestales
|
Emitir concepto
sobre las modificaciones presupuestales de
los FDL
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·
Decreto Distrital
372 de
2010, art. 31
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Alcaldes (sas) locales
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Garantizar la eficiencia en el gasto y el cumplimiento
de las metas del PDL.
El concepto previo favorable a la modificación presupuestal se requiere para su presentación ante
las Juntas Administradoras Locales
(JAL). Solo las modificaciones que afectan
grandes rubros del ppto se
tramitan ante el CONFIS.
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·
Solicitud de
modificación.
Justificación técnica y
financiera.
·
Proyecto de acuerdo de la
JAL.
·
Disponibilidad
de las apropiaciones para efectuar los traslados presupuestales, certificada
por el responsable de PPTO del FDL.
·
Certificación
de la existencia de los recursos para el caso de
adiciones.
·
Presupuesto ajustado.
Último reporte de ejecución presupuestal.
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Documento con recomendacion es de SDH
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Conceptuar
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Comunicación firmada por el
(la) Secretario
(a) Técnico (a), dirigida a alcaldes (sas) locales.
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Autorizaciones
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Autorizar las operaciones de crédito público
y sus asimiladas
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·
Decreto Distrital
714 de
1996, literal g)
art. 10, Renegociación
de deuda art.99
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Administración Central y Establecimiento s Públicos: SDH EICD:
Representante Legal
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Garantizar que las operaciones de crédito público de las Entidades de la Administración Distrital
se encuentren dentro del marco del cupo de endeudamiento aprobado por el Concejo Distrital y las inversiones se
enmarquen en el Plan de Desarrollo vigente.
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- Solicitud de autorización.
Descripción y condiciones de la operación.
- Análisis de
cómo la operación afecta el cupo de endeudamiento.
- Concepto
favorable SDP- Dirección de programación y seguimiento a la inversión.
- Cuando se
trata de créditos externos, documentos que certifiquen el cumplimiento de las normas de endeudamiento.
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Documento con recomendacion es de SDH
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Autorizar
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Comunicación de
autorización firmada por el (la)
Secretario (a)Técnico (a)
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TRÁMITE
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¿QUÉ LO REGLAMENTA?
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¿QUIÉN LO SOLICITA?
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¿PARA QUÉ SE SOLICITA?
¿PARA QUE SE HACE?
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¿QUÉ REQUIERE?
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¿QUÉ MÁS NECESITA?
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¿QUÉ HACE EL CONFIS?
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PRODUCTOS
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Autorizaciones
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Autorizar la asunción de compromisos mientras se perfeccionan
operaciones de crédito
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·
Decreto Distrital 714
de 1996,
literal i) art. 10.
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Administración Central y Esta.
Públicos: SDH EICD:
Representante Legal
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Permitir la continuidad
en el desarrollo de los proyectos financiados con recursos del crédito
evitando retrasos generados por los trámites asociados al perfeccionamiento
de los empréstitos.
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- Solicitud de trámite.
- Justificación.
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Documento con recomendacion es de SDH
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Autorizar
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Comunicación de
autorización firmada por el (la)
Secretario
(a) Técnico (a).
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Autorizar o aprobar vigencias
futuras
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- Ley 819 de
2003, capítulo
2, art. 12
- Decreto Distrital 714 de
1996, literal j)
art. 10,
- Ley 1421
art. 143A.
- Decreto Distrital 662 de
2018, arts. 37 y
40.
- Decreto Distrital 191 de
2021, arts. 4 y
5
- Resolución Confis No. 13
de 2021.
- Decreto Distrital 372 de
2010, arts.
32,33 y 34
- Circular CONFIS No. 06 2023.
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Administración Central y Esta.
Públicos: Secretario (a); Director (a) de Esta Público EICD:
Representante Legal
ESE: SDS
FDL: Alcalde
(sa) local
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El CONFIS debe autorizar o aprobar el uso del mecanismo
garantizando su viabilidad financiera y una reducción en costos. La autorización
o aprobación es requisito previo para
la presentación de vigencias futuras ante el Concejo de Bogotá para
las entidades que conforman el presupuesto anual (vigencias futuras
excepcionales), y ante la JAL respectiva para los FDL.
|
- Solicitud, descripción del objeto de la contratación y relación con el PDD.
- Justificación
económica y financiera en pesos
corrientes y constantes.
- Concepto
favorable SDP, Dirección de programación y seguimiento a la
inversión, cuando aplique.
- Formatos
de solicitud diligenciados.
- Certificado
sobre disponibilidad de apropiación de mínimo el 15% de las vigencias futuras ordinarias solicitadas.
- Acta de Consejo
de Gobierno declaratoria de importancia estratégica del proyecto - VF
sobrepasan periodo de gobierno.
- Autorización
de la Junta Directiva de las Empresas Distritales.
- Informe ejecución vigencias futuras aprobadas.
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Documento con recomendacion es de SDH
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Autorizar (EICD, ESE) y
AC-EP.
Aprobar FDL)
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Comunicación firmada por el
(la) Secretario
(a) Técnico (a) de autorización
para Administración
Central
y Establecimientos Públicos; EICD y
ESE; y de aprobación para FDL
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TRÁMITE
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¿QUÉ LO REGLAMENTA?
|
¿QUIÉN LO SOLICITA?
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¿PARA QUÉ SE SOLICITA?
¿PARA QUE SE HACE?
|
¿QUÉ REQUIERE?
|
¿QUÉ MÁS NECESITA?
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¿QUÉ HACE EL CONFIS?
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PRODUCTOS
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Autorizaciones
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Autorizar reprogramación de vigencias Futuras.
Autorizar Vigencias futuras en contratos en ejecución
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- Decreto
Distrital 356
de 2022.art. 1
y 2
- Decreto Distrital 662
de 2018, art.
37
- Decreto Distrital 191
de 2021. Art.
7
- Resolución Confis No. 13
de 2021
- Circular CONFIS No. 06
del 2023.
|
Administración Central y Esta Públicos: Secretario(a) de despacho EICD:
Representante Legal
ESE: SDS
|
Dado que el CONFIS autoriza el uso de vigencias futuras
también debe autorizar la modificación de dichas vigencias, en caso de ser
requerido.
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- Justificación técnica, económica y
financiera en pesos corrientes y constantes.
- Concepto
favorable SDP, Dirección de
programación y seguimiento a la inversión.
- Formatos
de solicitud diligenciados.
- Certificado
sobre disponibilidad de apropiación
de mínimo el 15% de las vigencias futuras ordinarias en su reprogramación o modificación.
- Autorización
de la Junta Directiva de las Empresas Distritales.
- Para mayor
detalle consultar Circular Confis No. 06 de 2023.
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Documento con recomendación de SDH
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Autorizar
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Comunicación de
autorización firmada por el (la)
Secretario
(a) Técnico (a).
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Autorizar garantías que se
constituyan en obligaciones contingentes
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·
Decreto Distrital 356
de 2022, arts.
13 y 14
·
Decreto (Nación) 423
de 2001 art.18
·
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Administración Central y Esta Públicos: Secretario(a) de despacho EICD:
Representante Legal
ESE: SDS
FDL: Alcaldes
(sas) Locales
|
Cuando las entidades pretendan pactar obligaciones
contingentes en operaciones de crédito público u otros contratos públicos distritales, que no sean
compatibles con el Marco Fiscal de Mediano Plazo o cuyo valor sea
indeterminado, deberán solicitar al CONFIS la autorización para asumir dichas
obligaciones, con su respectivo esquema de mitigación
|
·
Solicitud de trámite.
·
Concepto
previo de la SDP en el cual se señale que el contrato que se pretende
celebrar se ajusta a las políticas de riesgos contractuales del Estado,
establecidas por el CONPES.
·
Concepto
previo de la SDH sobre la existencia y valor de las garantías que se requiere
pactar en los contratos, que puedan constituirse como obligaciones contingentes.
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|
Autorizar
|
Comunicación de
autorización firmada por el (la)
Secretario
(a) Técnico (a)
|
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TRÁMITE
|
¿QUÉ LO REGLAMENTA?
|
¿QUIÉN LO SOLICITA?
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¿PARA QUÉ SE SOLICITA?
¿PARA QUE SE HACE?
|
¿QUÉ REQUIERE?
|
¿QUÉ MÁS NECESITA?
|
¿QUÉ HACE EL CONFIS?
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PRODUCTOS
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|
Conceptos, aprobaciones e instrucciones
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Determinar el porcentaje de reajuste a los avalúos catastrales (Índice de Valoración Inmobiliaria Urbana y Rural - IVIUR)
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·
Ley
601 de 2000, art. 3
|
SDH-UAECD
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Los avalúos catastrales para los bienes de
conservación según el IVIUR requieren de concepto favorable del
CONFIS. El concepto favorable es requisito previo para la expedición de
Decreto Distrital estableciendo el IVIUR.
|
- Documento técnico
preparado por SDH y UAECD
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Conceptuar
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Comunicación
del Secretario (a) Técnico (a) otorgando
concepto favorable a la propuesta de reajuste que será adoptada
por la SDH.
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Determinar la distribución de excedentes financieros y/o utilidades
distribuibles de los establecimientos públicos, empresas (EICD
y ESE) y FDL
|
- Decreto Distrital 714
de 1996,
literal h) art.10 y art. 75
- Decreto Distrital 662
de 2018, arts.
35 y 36.
- Decreto Distrital 372
de 2010, art.
38
|
SDH: Consolida
las solicitudes de los Esta- Públicos y los FDL.
EICD:
Representante legal.
ESE: SDS
consolida las solicitudes.
|
Los excedentes financieros
de las entidades del Distrito son propiedad del Distrito
Capital. El CONFIS tiene la facultad de definir su
destinación.
Las utilidades de las Empresas Industriales y Comerciales
Societarias del Distrito y de las Sociedades de Economía Mixta del orden distrital a que se refiere este Decreto son propiedad del Distrito en la cuantía que
corresponda, de acuerdo con su participación en el capital de las mismas.
|
- Cifras certificadas del saldo neto de
tesorería a 31 de diciembre del año
anterior.
- Valor de las cuentas
por pagar y por cobrar
certificadas.
- Destinación propuesta de excedentes.
|
Documento con recomendacion es de SDH y Documento de recomendación de la SDS para el caso de
las ESE
|
Determinar
|
Comunicación
firmada por el (la)
Secretario
(a) Técnico (a) con
la para los Esta-públicos,
EICD y ESE
Circular Confis
para los FDL
Resolución CONFIS para
EICD
y ESE solo que se requiera ajustes al ppto.
|
|
|
TRÁMITE
|
¿QUÉ LO REGLAMENTA?
|
¿QUIÉN LO SOLICITA?
|
¿PARA QUÉ SE SOLICITA?
¿PARA QUE SE HACE?
|
¿QUÉ REQUIERE?
|
¿QUÉ MÁS NECESITA?
|
¿QUÉ HACE EL CONFIS?
|
PRODUCTOS
|
|
Conceptos, aprobaciones e instrucciones
|
Otorgar aval fiscal
|
- Decreto Distrital 192
de 2021 art.
20.
- Decreto distrital 191
de 2021, art.6
- Circular CONFIS No. 06
del 2023.
|
Secretaría
Distrital cabeza
de sector al cual pertenece la empresa o entidad que requiere el aval. Para
los FDL es la Secretaría Distrital
de Gobierno.
|
El CONFIS debe emitir aval fiscal para vigencias futuras
que excedan el periodo de gobierno. Este es requisito previo para
la declaratoria de importancia estratégica
por parte del Consejo de Gobierno.
|
- Solicitud de trámite.
- Descripción del
proyecto que incluya el
detalle de los aspectos económicos y financieros del proyecto, su horizonte
en el tiempo y aspectos técnicos relevantes.
- Formatos de solicitud de vigencias futuras
|
Documento con recomendación de SDH (Dirección de
Estadísticas y Estudios Fiscales)
|
Otorgar
|
Comunicación firmada por el
(la) Secretario
(a) Técnico (a) informando a la entidad solicitante el otorgamiento del aval fiscal por parte del CONFIS
|
|
Impartir instrucciones para la
distribución de utilidades de Empresas Societarias
|
- Decreto Distrital 714
de 1996, art.
75.
- Decreto Distrital 662
de 2007, art.
36
|
SDH y
Secretaría General
|
Las utilidades de las sociedades de economía mixta
del orden distrital son de
propiedad del Distrito en la cuantía que le corresponda por su participación
en el capital de la empresa. En este sentido el CONFIS, de acuerdo con las necesidades del Distrito
Capital, define la destinación de las utilidades.
|
- Documento técnico
preparado por la SDH
|
|
Impartir instrucciones
|
Comunicación firmada por el (la)
Secretario (a) Técnico (a) dirigida a la Secretaría General,
solicitando comunicar las
decisiones del CONFIS y solicitud a
SDH de determinación de fechas para consignación en Tesorería de los
dividendos a favor del Distrito firmadas por el Secretario Técnico.
|
|
|
TRÁMITE
|
¿QUÉ LO REGLAMENTA?
|
¿QUIÉN LO SOLICITA?
|
¿PARA QUÉ SE SOLICITA?
¿PARA QUE SE HACE?
|
¿QUÉ REQUIERE?
|
¿QUÉ MÁS NECESITA?
|
¿QUÉ HACE EL CONFIS?
|
PRODUCTOS
|
|
Conceptos, aprobaciones e instrucciones
|
Aprobar el plan de
endeudamiento del Distrito
Capital y sus modificaciones
|
- Decreto Distrital 714
de 1996,
literal g), art. 10, art. 72 y
73
|
DDCP-SDH
|
Con base en la
estrategia de financiamiento del Plan de Desarrollo, conocida y discutida por el CONFIS, éste debe evaluar las
alternativas de endeudamiento de acuerdo con las condiciones del mercado.
|
- Documento
técnico que presente las condiciones financieras de las diferentes alternativas de endeudamiento.
|
|
Aprobar
|
Comunicación de
aprobación firmada por el (la)
Secretario
(a) Técnico (a).
|
|
Aprobación de medidas que tengan impacto fiscal
|
- Decreto Distrital 662
de 2018, art.5
|
EICD, ESE:
Secretario cabeza del sector.
|
El CONFIS debe aprobar
el análisis sobre impacto
financiero de medidas, estrategias o impulso a proyectos de acto administrativo, por parte de las entidades en relación con el sector administrativo al que pertenecen.
|
- Solicitud que
contenga el análisis financiero, los costos de la iniciativa y la fuente de
ingreso adicional generada para el financiamiento de dicho costo.
- Proyecto de acto
administrativo.
|
Documento con recomendación de SDH
|
Aprobar
|
Comunicación de
aprobación firmada por el (la) Secretario
(a) Técnico (a).
|
|
Impartir directrices para fijar el incremento salarial de los empleados
públicos distritales
|
|
SDH
|
El o los escenarios aprobados se discuten en mesa
de concertación con representantes de los empleados públicos.
|
- Planta
actualizada de personal del
Distrito y costo actual.
- Escenarios de
incremento de acuerdo con la conformación de la planta.
- Monto
programado en el presupuesto aprobado para este concepto.
|
Concepto DASC
|
Impartir instrucciones
|
Comunicación con directrices
dirigida a los secretarios de Hacienda y General, firmada por el (la) Secretario (a) Técnico (a).
|
|
|
TRÁMITE
|
¿QUÉ LO REGLAMENTA?
|
¿QUIÉN LO SOLICITA?
|
¿PARA QUÉ SE SOLICITA?
¿PARA QUE SE HACE?
|
¿QUÉ REQUIERE?
|
¿QUÉ MÁS NECESITA?
|
¿QUÉ HACE EL CONFIS?
|
PRODUCTOS
|
|
Conceptos, aprobaciones e instrucciones
|
Aprobación- adopción del Índice
de Distribución de Recursos para los Fondos de Desarrollo Local
|
- Decreto Distrital 572
de 2023. art.
15.
|
SDP
|
El CONFIS adopta el Índice de Distribución de Recursos
para los Fondos de Desarrollo Local a partir del cálculo realizado por la SDP, para
asignar recursos de manera objetiva y en consideración de las necesidades de
las localidades.
Lo debe adoptar a más tardar el último día del mes de junio del
primer año de gobierno del (la) Alcalde
(sa) Mayor
|
- Documento
técnico con el (los) índice (s) propuesto (s), detallando metodología empleada,
variables seleccionadas con justificación de elección y resultados obtenidos.
|
Escenarios y resultados
|
Adopta Aprueba
|
Documento técnico del índice de
distribución de recursos para los FDL.
Comunicación
del
índice aprobado dirigida a
Secretaría de Hacienda, firmada por
el (la) Secretario
(a) Técnico (a)
|
|
Adopción de las líneas de inversión local y conceptos de gasto; identificando los conceptos de gasto que hacen
parte del componente de presupuestos
participativos
|
- Decreto Distrital 768
de 2019, art.
7.
- Decreto Distrital 572
de 2023 art.
16 y 17
- Decreto Distrital 495
de 2023. arts.
2 y 6.
|
SDP, SDG
|
Las líneas describen los
conceptos de gasto de inversión autorizados a los
FDL para el cumplimiento de sus competencias, en el marco de los Planes
de Desarrollo Local y Distrital. El CONFIS, las adopta precisando los conceptos de gasto e identificando
las inversiones complementarias.
|
- Documento de análisis y definición
de líneas de inversión
local, debe incluir: Conceptos de gasto que contribuyen al cumplimiento de
los objetivos del PDD y en las Políticas Públicas; Acciones a cargo de los FDL para el cumplimiento del
POT.
- Identificar
conceptos de gasto para presupuesto participativo.
|
El documento debe considerar documentos finales de encuentros ciudadanos locales y debe
identificar:
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Adoptar
|
Directiva del (la) Alcalde (sa) Mayor, firmada también
por los Secretarios de Planeación y Gobierno
|
|
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TRÁMITE
|
¿QUÉ LO REGLAMENTA?
|
¿QUIÉN LO SOLICITA?
|
¿PARA QUÉ SE SOLICITA?
¿PARA QUE SE HACE?
|
¿QUÉ REQUIERE?
|
¿QUÉ MÁS NECESITA?
|
¿QUÉ HACE EL CONFIS?
|
PRODUCTOS
|
|
|
Aprobar el porcentaje de los presupuestos
participativos de los Fondos de Desarrollo Local
|
- Decreto Distrital 495
de 2023, art
2.
- Decreto Distrital 572
de 2023 art. 1
|
SDP, SDG, IDPAC
|
EL CONFIS debe aprobar
el porcentaje de los presupuestos participativos
de los Fondos de Desarrollo Local a más tardar el último día del mes de junio
del primer año de gobierno del (la)
Alcalde (sa) Mayor,
|
- Documento con
análisis y propuesta de porcentaje de presupuestos participativos de
los Fondos de Desarrollo Local
|
|
Aprobar
|
Directiva del Alcalde Mayor, firmada también por los Secretarios de
Planeación y Gobierno
|
SDP Secretaría
Distrital de Planeación SDS Secretaría Distrital de Salud
SDH Secretaría
Distrital de Hacienda SDH
Secretaría Distrital de Gobierno
DDT Dirección Distrital de Tesorería de la
Secretaría Distrital de Hacienda DDI Dirección Distrital
de Impuestos de la Secretaría Distrital de Hacienda
DDCP Dirección
Distrital de Crédito
Público de la Secretaría Distrital de Hacienda DASC Departamento Administrativo del
Servicio Civil
EICD Empresas Industriales y Comerciales Distritales
ESE Empresas Sociales del Estado – hospitales distritales – Subredes Integradas de Servicios de Salud
PDD Plan de Desarrollo Distrital
PDL Plan de Desarrollo Local
POT Plan de Ordenamiento Territorial PPP Proceso
contractual en curso
VF Vigencias Futuras
UAECD Unidad
Administrativa Especial de Catastro Distrital CDP Certificado de Disponibilidad Presupuestal
Nota: Ver documento original en Anexos.