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Reglamento 1 de 2024 Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal - CONFIS

Fecha de Expedición:
01/04/2024
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESUMEN EJECUTIVO

 

REGLAMENTO INTERNO

 

2024 – 2027

 

CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL – CONFIS

 

Aprobación en sesión CONFIS No 01 de 2024

 

Modificado en la sesión CONFIS No. 04 de 2024.

 

Bogotá D. C. Abril de 2024

 

Miembros CONFIS

 

CARLOS FERNANDO GALÁN

 

Presidente de CONFIS

 

MIGUEL ANDRÉS SILVA MOYANO

 

Secretario Distrital de Planeación

 

Secretario Técnico

 

ANA MARÍA CADENA RUIZ

 

Secretaria Distrital de Hacienda

 

MARÍA LUCÍA VILLALBA

 

Jefa de Gabinete Distrital

 

ANDRES URIBE ESCOBAR

 

Subsecretario Técnico Secretaria Distrital de Hacienda

 

JULIO ABRIL TABARES

 

Subsecretario de Planeación de la Inversión Secretario Distrital de Planeación

 

Apoyo técnico y administrativo Secretaría Técnica

 

VIVIANA LUZ TORRES NUÑEZ

 

Directora de Inversiones Estratégicas (E) Subsecretaría de Planeación de la Inversión Secretaría Distrital de Planeación

 

El CONFIS Distrital aprobó su reglamento Interno 2024-2027 en la sesión 01 de 2024, posteriormente en sesión No. 04 del 23 de abril de 2024, modificó este Reglamento de acuerdo a la nueva Designación de los integrantes CONFIS según lo establecido en el Decreto 127 de 2024.

 

REGLAMENTO INTERNO 2024 - 2028

 

El Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal – CONFIS Distrital es un cuerpo colegiado creado mediante el Decreto Ley 1421 de 1993, como instancia rectora de la política económica y fiscal y coordinador del Sistema Presupuestal de la Administración Distrital de Bogotá.

 

1. Funciones

 

Son funciones del CONFIS las establecidas en el artículo No. 10 del Decreto Distrital 714 de 1996 o “Estatuto Orgánico de Presupuesto Distrital”, así como las contenidas en el Decreto Ley 1421 de 1993, Ley 2116 de 2021, Decreto 111 de 1996, la Ley 819 de 2003, la Ley 601 de 2000 y en los Decretos Distritales 372 de 2010, 662 de 2018, 191 y 192 de 2021, 356 de 2022, 572 y 495 de 2023.

 

2. Composición

 

Miembros permanentes:

 

- Alcalde Mayor de Bogotá, D.C. – Presidente

 

- Secretario Distrital de Planeación - Secretaría Técnica.

 

- Secretario Distrital de Hacienda

 

Miembros designados (Decreto Distrital 127 de abril 15 de 2024):

 

- Jefa de Gabinete Distrital.

 

- Subsecretario Técnico de la Secretaría Distrital de Hacienda.

 

- Subsecretario de Planeación de la Inversión de la Secretaría Distrital de Planeación.

 

En consecuencia, el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal – CONFIS, en atención a lo dispuesto en el artículo 135 del Decreto Ley 1421 de 1993, queda conformado por:

 

- El Alcalde Mayor, quien lo presidirá.

 

- La Secretaria Distrital de Hacienda.

 

- El Secretario Distrital de Planeación.

 

- La Jefe de Gabinete Distrital.

 

- El Subsecretario Técnico de la Secretaría Distrital de Hacienda.

 

- El Subsecretario de Planeación de la Inversión de la Secretaría Distrital de Planeación.

 

3. Quórum

 

Existe quórum para deliberar y decidir cuándo se hallen presentes la mitad más uno de sus miembros, incluyendo en todo caso al (la) Alcalde (sa) Mayor quien obligatoriamente debe presidir este Consejo.

 

Podrán ser invitados a las sesiones, con voz, pero sin voto, los funcionarios de la Administración que este Consejo considere conveniente escuchar (Art. 11 Decreto Distrital 714 de 1996).

 

4. Sesiones

 

El CONFIS sesionará como mínimo una (1) vez al mes de manera ordinaria y en forma extraordinaria cuando el (la) Alcalde (sa) Mayor o la Secretaría Técnica lo estimen necesario. (Artículo 11 del Decreto Distrital 714 de 1996).

 

Durante la primera sesión de cada año, el CONFIS aprobará su agenda, con los temas que por normatividad deban ser presentados, estableciendo posibles fechas o periodos de realización de sesiones ordinarias y demás condiciones para la presentación de los temas por parte de las entidades distritales.

 

Sesiones ordinarias: corresponden a las programadas cada mes para tratar los temas definidos en la Agenda Anual o las solicitudes realizadas por las entidades.

 

Sesiones extraordinarias: se llevarán a cabo reuniones extraordinarias cuando se requiera tratar temas, que por su importancia no puedan ser atendidos en las fechas de las sesiones ordinarias, o cuando el (la) Presidente o la Secretaría Técnica lo consideren necesario.

 

Las sesiones tanto ordinarias como extraordinarias se podrán efectuar de manera presencial o virtual.

 

Las sesiones virtuales se realizarán considerando la disponibilidad de la agenda y la urgencia de las solicitudes. Estas sesiones pueden desarrollarse bajo dos modalidades:

 

(i) a través de las diferentes plataformas, en las que se presentan los temas, se delibera y se efectúa la votación en desarrollo de la sesión; y (ii) mediante correo electrónico, es decir no se efectúa conexión a través de plataforma.

 

Las sesiones virtuales por correo electrónico deberán llevarse a cabo bajo el siguiente esquema:

 

- La documentación de solicitud deberá ser radicada atendiendo los plazos establecidos en el numeral 11 del presente reglamento.

 

- Estas sesiones serán convocadas por correo electrónico y se anexarán a la convocatoria la solicitud, el resumen ejecutivo y sus respectivos documentos soporte.

 

- Se hará explicita la recomendación de las Secretarías Distritales de Hacienda, Planeación y/o Salud según el caso para conocimiento y estudio por cada miembro del CONFIS.

 

- La Secretaría Técnica enviará un formato al momento de abrir la sesión para que los miembros con derecho a voz y voto registren el sentido de su decisión.

 

- El quorum será igual para sesiones presenciales y virtuales, de acuerdo con lo definido en el numeral 3 del presente reglamento.

 

- La votación estará abierta por un tiempo máximo de veinticuatro (24) horas para los miembros del CONFIS. Al cierre de la sesión se anuncia la decisión tomada sobre cada tema, con base en los votos emitidos.

 

5. Decisiones del CONFIS

 

Las decisiones del CONFIS se notificarán así:

 

- Mediante resoluciones suscritas por la Secretaría Técnica y el (la) Secretario (a) Distrital de Hacienda, cuando las decisiones sean de carácter aprobatorio y modificatorio del Presupuesto de Ingresos y Gastos de las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito Capital y la Empresas Sociales del Estado (Subredes Integradas de Servicios de Salud).

 

- Mediante oficio suscrito por la Secretaría Técnica, cuando las decisiones sean de carácter aprobatorio diferentes a las anteriores, o de carácter no aprobatorio como conceptos y autorizaciones, entre otros.

 

- Mediante circulares suscritas por la Secretaría Técnica, cuando la decisión deba ser conocida por el conjunto de entidades de la administración distrital, incluyendo el nivel local.

 

La Secretaría Técnica deberá comunicar a las entidades las decisiones del CONFIS, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de realización de la correspondiente sesión.

 

6. Secretaría Técnica y Administrativa del CONFIS

 

La Secretaría Técnica y Administrativa corresponde a la Secretaría Distrital de Planeación-SDP, en tal sentido, el (la) Secretario (a) del despacho de la SDP ejerce como Secretario (a) Técnico (a). (Artículo 9 del Decreto Distrital 714 de 1996).

 

En ausencia debidamente justificada del (la) Secretario (a) Distrital de Planeación, la Secretaría Técnica de la sesión puede ser ejercida por otro miembro del CONFIS.

 

Para la elaboración de las actas de cada sesión, la Secretaría Técnica deberá enviar junto con la convocatoria de la siguiente sesión ordinaria el acta preliminar para revisión y observaciones por parte de los miembros del CONFIS, con el fin de que la misma pueda ser sometida a aprobación en dicha sesión.

 

Los miembros presentarán sus observaciones a la Secretaría Técnica durante la sesión en la cual se presenta para aprobación, o antes de la misma por medio de correo

 

electrónico. En caso de no presentar observaciones, el acta se someterá para aprobación de los miembros del CONFIS.

 

6.1 Aprobación del Acta durante la misma sesión

 

En la última sesión de cada administración distrital o cuando se considere necesario, se adoptará el siguiente procedimiento para la aprobación del acta respectiva:

 

- Al terminar los temas del orden del día se establecerá un receso para elaborar la correspondiente acta.

 

- Una vez se cuente con el acta preliminar, se reanuda la sesión.

 

- Se hace lectura del acta y se incorporan las observaciones si hay lugar a ellas.

 

- Se procede a efectuar su aprobación.

 

7. Funciones de la Secretaría Técnica y Administrativa

 

a) Programar la agenda anual y de cada sesión del CONFIS.

 

b) Presentar a consideración del CONFIS los temas de cumplimiento legal.

 

c) Presentar para aprobación del CONFIS las recomendaciones de política presupuestal, fiscal, económica y social que sea conveniente adoptar.

 

d) Citar a los miembros CONFIS a las sesiones ordinarias, extraordinarias de carácter presencial o virtual.

 

e) Invitar a los funcionarios de la Administración Distrital cuando así sea requerido.

 

f) Elaborar, en colaboración con las entidades distritales, los informes que solicite el Consejo para el desarrollo de sus funciones. Coordinar con la Secretaría Distrital de Hacienda y las entidades encargadas de los asuntos económicos y sociales del Distrito, el estudio y preparación de documentos relacionados con temas económicos, fiscales, sociales y territoriales que sirvan de base al CONFIS para fijar políticas en estas materias.

 

g) Establecer la metodología y los procedimientos para la presentación y estudio de solicitudes para consideración del CONFIS, que hagan las entidades del Distrito.

 

h) Preparar y comunicar las decisiones adoptadas por el CONFIS.

 

i) Elaborar las actas de cada una de las sesiones y responder por el archivo de las mismas.

 

8. Reunión preparatoria PreCONFIS

 

Los temas que sean incorporados en la agenda del CONFIS podrán ser previamente analizados en forma conjunta entre la Secretaría Distrital de Planeación (Subsecretaría de Planeación de la Inversión y Dirección de Inversiones Estratégicas) y la Secretaría Distrital de Hacienda (Subsecretaría Técnica, Dirección Distrital de Presupuesto, Otras Direcciones según tema y competencia), en una reunión denominada PreCONFIS. Si es el caso, se podrá convocar a dicha reunión a representantes de los miembros del CONFIS que así lo soliciten. Adicionalmente, dicho análisis se podrá efectuar con la participación de delegados de la entidad distrital cuya competencia corresponda el tema de estudio, con el fin de unificar previamente criterios de recomendación.

 

Esta mesa de trabajo se llevará a cabo con antelación a la sesión del CONFIS. Al final de la misma y una vez efectuados los ajustes, si a ello hubiere lugar, la Secretaría Técnica remitirá la información correspondiente a los miembros del CONFIS para que cuenten con elementos que les permita hacer un análisis completo de los temas sometidos a su consideración.

 

9. Desarrollo de las sesiones

 

La Secretaría Técnica convocará a todas las sesiones por escrito, mediante correo electrónico, o por derecho propio en cualquier momento por parte del Presidente del CONFIS, anexando los siguientes documentos:

 

1. Orden del día

 

2. Resumen ejecutivo de los temas

 

3. Los documentos soporte correspondientes

 

Para las sesiones ordinarias, la Secretaría Técnica deberá enviar la convocatoria con al menos tres (3) días calendario de anticipación.

 

Solo en casos excepcionales y en temas de importancia y urgencia, si no se cuenta con los documentos soporte al momento de la citación, la Secretaría Técnica tendrá un plazo máximo de un (1) día calendario de anticipación para enviarlos a los miembros CONFIS.

 

Para todos los casos, se tendrá en cuenta el documento de recomendación de la Secretaría Distrital de Hacienda, en lo correspondiente al aspecto financiero y fiscal.

 

Las sesiones virtuales por correo electrónico se llevarán a cabo conforme a las características enunciadas en el numeral 4 de este reglamento y se dispondrá de un plazo máximo de veinticuatro (24) horas para que los miembros del CONFIS intervengan y emitan voto sobre los temas de la sesión correspondiente. Al cierre de la sesión se anuncia la decisión tomada sobre cada tema, con base en los votos emitidos.

 

De cada una de las sesiones se levantará un acta suscrita por el (la) Presidente del CONFIS y por el (la) Secretario (a) Técnico (a) o quien haga sus veces, previa aprobación de todos los miembros participantes de la respectiva sesión.

 

10. Requisitos para la radicación de solicitudes

 

Las entidades deberán radicar sus solicitudes sobre temas para presentar ante el CONFIS acompañadas de los siguientes documentos:

 

1) Solicitud dirigida a la Secretaría Técnica (Secretario (a) Distrital de Planeación), suscrita por el representante legal de la entidad, empresa o alcalde local.

 

2) Presentación del tema expuesto en forma explícita, clara, concreta y precisa, utilizando cuadros, gráficos y demás elementos que faciliten el análisis del tema, acompañado de medio electrónico.

 

3) Soportes técnicos, legales y documentales relacionados con la solicitud.

 

4) Concepto previo, si es el caso. Cuando se requiera concepto previo de la Secretaría Distrital de Planeación y/o de la Secretaría Distrital de Hacienda, éstos serán emitidos durante el proceso de estudio del tema. En todo caso, la emisión de estos conceptos será requisito previo para que el tema pueda ser presentado al CONFIS.

 

Los temas correspondientes a las Subredes Integradas de Servicios de Salud - Empresas Sociales del Estado, serán radicados por la Secretaría Distrital de Salud de conformidad con los plazos establecidos en el numeral 11 del presente reglamento. Además de lo contenido en este numeral, debe incluir un análisis y emitir un concepto que plantee en forma explícita la recomendación al CONFIS.

 

El anexo 1, que hará parte fundamental del presente reglamento, contiene la información que se debe adjuntar a las solicitudes para su trámite correspondiente.

 

11. Plazos

 

Cuando una entidad solicite someter a consideración del CONFIS un tema, deberá radicarlo en la Secretaría Técnica del CONFIS (Secretaría Distrital de Planeación) y en forma simultánea enviar una copia a la Secretaría Distrital de Hacienda, con mínimo diez (10) días calendario antes de cada sesión y podrán ser incluidos en el orden del día atendiendo la importancia de los temas a considerar y el análisis que sobre el tema realicen las Secretarías Distritales de Hacienda y Planeación. En casos excepcionales podrán ser incluidas solicitudes extemporáneas que a petición del Alcalde Mayor o de la Secretaría Técnica deban ser presentadas ante el CONFIS. La Secretaría Técnica, podrá solicitar información adicional a las entidades, para efectuar el análisis de los temas. Esta información deberá remitirse dentro del plazo fijado en este numeral.

 

Los plazos establecidos se contarán a partir de la radicación de los documentos del tema a considerar y la entrega de la totalidad de los soportes requeridos. Sin la totalidad de los soportes, el tema no se entenderá radicado ni será presentado a consideración del CONFIS.

 

La Secretaría Técnica informará a las entidades acerca de las solicitudes que no cumplan con lo establecido en los numerales 9 y 10 del presente reglamento.

 

12. Transparencia y publicidad de las decisiones

 

La Secretaría Técnica del CONFIS publicará en la página de la Secretaría Distrital de Planeación las actas de cada sesión y los actos administrativos relativos a las decisiones que adopte dicho Consejo.

 

TRÁMITE

 

¿QUÉ LO REGLAMENTA?

 

¿QUIÉN LO SOLICITA?

¿PARA QUÉ SE SOLICITA? ¿PARA QUE SE HACE?

 

¿QUÉ REQUIERE?

 

¿QUÉ MÁS NECESITA?

 

¿QUÉ HACE EL CONFIS?

 

PRODUCTOS

Programación presupuestal del Distrito Capital

 

 

 

 

Definir lineamientos de política para la elaboración del presupuesto

 

·   Decreto Distrital 714

de 1996, art.

20

·   Decreto Distrital 662

de 2018 art. 8

·   Decreto Distrital 372

de 2010, art.

8

 

 

 

 

 

 

SDP y SDH

Los lineamientos permiten orientar la programación presupuestal con las prioridades establecidas en el Plan de Desarrollo Distrital y en los instrumentos de planeación territorial, de acuerdo con la disponibilidad de recursos y el entorno macroeconómico.

 

 

 

 

 

·      Documento de lineamientos elaborado por la SDP y la SDH.

 

 

 

 

 

 

Conocer y discutir

Conocidos y

aprobados los lineamientos por el CONFIS, el (la) Alcalde (sa) Mayor imparte directriz con estos dirigida a entidades distritales, Empresas Distritales y Fondos de Desarrollo Local.

 

 

 

Aprobar el Plan Financiero de la Administración Central y los Establecimientos Públicos

 

 

 

·   Decreto Distrital 714

de 1996, art.

22

 

 

 

 

 

SDH

Instrumento de planeación financiera que permite conocer y evaluar la situación financiera de mediano plazo de la Administración Central y los Establecimientos Públicos, de acuerdo con las proyecciones de ingresos y gastos.

·      Documento de la SDH con el

Plan Financiero consolidado para la Administración Central y los Establecimientos Públicos.

·      Plan Financiero Plurianual en formato de la SDH. Documento que presente los supuestos y consideraciones para elaborar la proyección del Plan Financiero. Este documento debe contemplar un horizonte de 10 años.

 

 

 

 

 

 

Aprobar

 

 

Comunicación informando la aprobación del Plan financiero firmada por el (la) Secretario

(a) Técnico (a) dirigida a la SDH.

 

 

TRÁMITE

 

¿QUÉ LO REGLAMENTA?

 

¿QUIÉN LO SOLICITA?

¿PARA QUÉ SE SOLICITA? ¿PARA QUE SE HACE?

 

¿QUÉ REQUIERE?

 

¿QUÉ MÁS NECESITA?

 

¿QUÉ HACE EL CONFIS?

 

PRODUCTOS

Programación presupuestal del Distrito Capital

 

Aprobar los Planes Financieros de las Empresas Industriales y Comerciales Distritales (EICD) y las Empresas Sociales del Estado (ESE) del orden distrital

 

 

 

 

·   Decreto Distrital 662

de 2018, art.

9

 

 

 

 

EICD:

Representante Legal

ESE: SDS

Instrumento de planeación financiera que permite conocer y evaluar la situación financiera de mediano plazo de las empresas industriales y comerciales Distritales y sociales (hospitales) de acuerdo con las proyecciones de ingresos y gastos.

-   Solicitud del representante

legal de la empresa dirigida al Secretario Técnico del CONFIS. En el caso de las ESE, la solicitud es remitida por el Secretario de Salud. Plan Financiero Plurianual en formato de la SDH.

-   Documento que presente los supuestos y consideraciones para elaborar la proyección del Plan Financiero. Este documento debe contemplar un horizonte de 10 años.

 

 

 

 

 

Documento de recomendación de la SDH.

 

 

 

 

 

 

Aprobar

Comunicación firmada por el (la) Secretario

(a) Técnico (a) dirigida a cada

una de las empresas.

En el caso de las ESE se envía la comunicación a la Secretaría Distrital de Salud.

 

 

 

 

Aprobar el Anteproyecto de Presupuesto y el POAI de la Administración Central y los Establecimientos Públicos

 

 

- Decreto Distrital 714

de 1996 literales b) y

c) art. 10.

 

- Decreto Distrital 572

de 2023 art.

7.

 

 

 

 

 

 

 

SDP y SDH

Establecer la

composición de ingresos y gastos para la vigencia presupuestal siguiente y la concordancia del POAI con los instrumentos de planeación. (PDD, POT). El anteproyecto de presupuesto aprobado por el CONFIS debe ser sometido a consideración del Concejo Distrital durante los 3 primeros días de sesiones ordinarias de noviembre

 

 

 

·      Anteproyecto de Presupuesto AC-EP preparado por SDH.

·      POAI preparado por la SDP - (este documento es anexo del anteproyecto de presupuesto).

·      Concepto SDP-Asignación recursos a POT instrumentos que lo desarrollen y Políticas Públicas

 

 

 

 

 

 

 

 

Aprobar

 

 

 

 

 

Comunicación de aprobación firmada por el (la) Secretario

(a) Técnico (a) dirigida a la SDH.

 

 

TRÁMITE

 

¿QUÉ LO REGLAMENTA?

 

¿QUIÉN LO SOLICITA?

¿PARA QUÉ SE SOLICITA? ¿PARA QUE SE HACE?

 

¿QUÉ REQUIERE?

 

¿QUÉ MÁS NECESITA?

 

¿QUÉ HACE EL CONFIS?

 

PRODUCTOS

Programación presupuestal del Distrito Capital

 

 

 

 

Fijación del superávit primario de la Administración Central y Establecimientos Públicos

 

 

 

 

 

·   Ley 819 de 2003, art. 2 y literal b del art. 5.

 

 

 

 

 

 

 

SDH

Propósito conocer la sostenibilidad de la deuda y el crecimiento económico esperado para garantizar estabilidad fiscal. Debe ser aprobado posteriormente por el Consejo de Gobierno, antes de su remisión al Concejo Distrital como insumo para la aprobación del Proyecto de Presupuesto.

 

 

 

 

 

·      Documento de la SDH con proyecciones de superávit primario y acciones definidas para garantizar la estabilidad fiscal.

 

 

 

 

 

 

 

 

Aprobar

 

 

 

 

 

 

 

Acta Confis

 

 

 

 

 

Aprobar Proyecto de Presupuesto de las Empresas Distritales

·     Decreto

Distrital 662

de 2018, arts.

13 y 14.

 

·  Resolución Confis No. 15

de 2021 –

sujeto a requisitos.

 

·   Decreto Distrital 572

de 2023 art.

9.

 

 

 

 

 

Representante legal de cada empresa

 

 

Establecer la composición de ingresos y gastos para la vigencia presupuestal siguiente y la concordancia del plan de inversiones con los instrumentos de planeación.

·      Proyecto de presupuesto y POAI de la EICD. Concepto favorable al Proyecto de Presupuesto emitido por la Junta Directiva de la Empresa.

·      Justificación técnica y económica del proyecto de presupuesto.

En caso de diferencias con Plan Financiero aprobado, deben presentar justificación.

·      Concepto SDP-Asignación recursos a POT y P. Públicas.

 

 

 

 

 

Documento de recomendación de la SDH.

 

 

 

 

 

 

Aprobar

 

Resolución de aprobación del presupuesto firmada por el (la) Secretario

(a) Distrital de Hacienda y el Secretario (a) Técnico (a), publicada en el registro Distrital.

 

 

 

TRÁMITE

 

¿QUÉ LO REGLAMENTA?

 

¿QUIÉN LO SOLICITA?

¿PARA QUÉ SE SOLICITA? ¿PARA QUE SE HACE?

 

¿QUÉ REQUIERE?

 

¿QUÉ MÁS NECESITA?

 

¿QUÉ HACE EL CONFIS?

 

PRODUCTOS

Programación presupuestal del Distrito Capital

 

 

 

 

 

 

Aprobar Proyecto de Presupuesto de las ESE

·   Decreto 111

de 1996, art.

5

·   Decreto Distrital 662

de 2018, arts.

13 y 14

·   Acuerdo 17 de 1997, art. 25

·   Resolución Confis No. 15 de 2021 - si cumplen requisitos.

 

 

 

 

 

Secretaría Distrital de Salud: una solicitud para todas las ESE

 

 

 

Establecer la composición de ingresos y gastos para la vigencia presupuestal siguiente y la concordancia del plan de inversiones con los instrumentos de planeación.

·      Proyecto de presupuesto por ESE y consolidado.

·      Concepto favorable al Proyecto de Presupuesto emitido por la Junta Directiva de cada hospital.

·      Proyección de ejecución de la vigencia en curso. Justificación técnica y económica del proyecto de presupuesto de cada Subred.

·      En caso de diferencias con Plan Financiero aprobado, justificación para estas.

 

 

 

 

 

 

Documento con recomendacion es de la SDH.

 

 

 

 

 

 

 

Aprobar

 

 

Resolución de aprobación del presupuesto firmada por el (la) Secretario

(a) Distrital de Hacienda y el Secretario (a) Técnico (a), publicada en el registro Distrital.

 

 

 

 

Emitir concepto previo al Anteproyecto de Presupuesto de los Fondos de Desarrollo Local (FDL)

·   Decreto Distrital 372

de 2010, art.

12

 

·    Decreto

Distrital 495

de 2023,

parágrafo 2.

art. 12

 

 

 

 

Alcaldes (sas) locales.

 

La SDH

consolida, valida y presenta

Conocer los montos y estructura de ingresos y gastos para la vigencia presupuestal siguiente y establecer la concordancia del plan de inversiones con los instrumentos de planeación local y distrital. El concepto previo favorable al anteproyecto de presupuesto se requiere para la presentación del proyecto de presupuesto a las Juntas Administradoras Locales (JAL).

Anteproyecto de Presupuesto del FDL

con los siguientes componentes:

·      Mensaje presupuestal.

·      Proyecto de acuerdo con nivel de grandes agregados.

·      Proyección de obligaciones por pagar.

·      Cálculo de gastos generales inherentes al funcionamiento. Matriz de productos, metas y resultados.

·      POAI con los programas y proyectos del presupuesto local.

·      Solicitud de vigencias futuras en caso de haberlas.

·      Demás información que SDH y SDP requieran para realizar el análisis.

Documento con recomendación de la SDH y POAI

consolidado por la SDP-DPSI.

verificar aplicación de porcentajes de distribución en los conceptos de gasto del componente de presupuestos participativos.

 

 

 

 

 

 

 

Conceptuar

 

 

 

 

Circular firmada por el (la) Secretario (a) Técnico (a) dirigida a alcaldes (sas) locales.

 

 

TRÁMITE

 

¿QUÉ LO REGLAMENTA?

 

¿QUIÉN LO SOLICITA?

¿PARA QUÉ SE SOLICITA? ¿PARA QUE SE HACE?

 

¿QUÉ REQUIERE?

 

¿QUÉ MÁS NECESITA?

 

¿QUÉ HACE EL CONFIS?

 

PRODUCTOS

Programación presupuestal del Distrito Capital

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Aprobar el PAC de la Administración Central y los Establecimientos Públicos

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

·    Decreto Distrital 714 de

1996 literal d) art. 10, y arts. 55 a 58

Decreto Distrital 192 de 2021,

arts. 16 y 17.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Secretaría Distrital de Hacienda

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Determinar el flujo de caja de la Administración Central y los Establecimientos Públicos para la siguiente vigencia.

 

 

 

 

 

 

 

- PAC consolidado de ingresos de la Administración Central y los Establecimientos Públicos.

- PAC consolidado de pagos por concepto de gasto de la Administración Central y los Establecimientos Públicos.

- PAC mensualizado de egresos con situación de fondos de la Administración Central por entidad.

Autorizaciones y delegaciones de ajuste y modificación.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Determinar y aprobar

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Comunicación firmada por el (la) Secretario

(a) Técnico (a) dirigida a la Secretaría Distrital de Hacienda

 

 

TRÁMITE

 

¿QUÉ LO REGLAMENTA?

 

¿QUIÉN LO SOLICITA?

¿PARA QUÉ SE SOLICITA? ¿PARA QUE SE HACE?

 

¿QUÉ REQUIERE?

 

¿QUÉ MÁS NECESITA?

 

¿QUÉ HACE EL CONFIS?

 

PRODUCTOS

Modificaciones presupuestales

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Aprobar las modificaciones presupuestales de las EICD y las ESE

 

 

 

 

 

 

 

- Decreto Distrital 714

de 1996 literal e) art. 10,

 

- Resolución Confis No. 15 de 2021 - si cumplen requisitos.

 

- Decreto Distrital 191

de 2021. arts.

2 y 3

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

EICD:

Representante Legal

ESE: SDS

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Dado que el CONFIS aprueba el presupuesto, las modificaciones a los grandes agregados de este deben ser aprobadas también por el CONFIS.

- Solicitud de modificación

firmada por el representante legal.

- Justificación técnica y financiera.

- Acuerdo de Junta Directiva aprobando modificación.

- CDP para las reducciones y traslados.

- Concepto favorable SDP Dirección de Programación y seguimiento a la inversión cuando la modificación corresponda a gastos de Inversión.

- En el caso de las ESE se requerirá en todos los casos, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Salud y de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto.

- Certificación de la existencia de los recursos para el caso de adiciones.

- Presupuesto ajustado. Último reporte de ejecución presupuestal.

- Para las ESE: documento recomendación de la SDS

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Documento con recomendacion es de SDH

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Aprobar

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Resolución de modificación del presupuesto firmada por el (la) Secretario

(a) Distrital de Hacienda y el (la) Secretario

(a) técnico (a)

 

 

TRÁMITE

 

¿QUÉ LO REGLAMENTA?

 

¿QUIÉN LO SOLICITA?

¿PARA QUÉ SE SOLICITA? ¿PARA QUE SE HACE?

 

¿QUÉ REQUIERE?

 

¿QUÉ MÁS NECESITA?

 

¿QUÉ HACE EL CONFIS?

 

PRODUCTOS

Modificaciones presupuestales

 

 

 

 

 

Emitir concepto sobre las modificaciones presupuestales de los FDL

 

 

 

 

 

 

 

·    Decreto Distrital 372 de

2010, art. 31

 

 

 

 

 

 

 

Alcaldes (sas) locales

Garantizar la eficiencia en el gasto y el cumplimiento de las metas del PDL.

El concepto previo favorable a la modificación presupuestal se requiere para su presentación ante las Juntas Administradoras Locales (JAL). Solo las modificaciones que afectan grandes rubros del ppto se tramitan ante el CONFIS.

·      Solicitud de modificación.

Justificación técnica y financiera.

·      Proyecto de acuerdo de la JAL.

·      Disponibilidad de las apropiaciones para efectuar los traslados presupuestales, certificada por el responsable de PPTO del FDL.

·      Certificación de la existencia de los recursos para el caso de adiciones.

·      Presupuesto ajustado. Último reporte de ejecución presupuestal.

 

 

 

 

 

 

Documento con recomendacion es de SDH

 

 

 

 

 

 

 

Conceptuar

 

 

 

 

Comunicación firmada por el (la) Secretario

(a) Técnico (a), dirigida a alcaldes (sas) locales.

Autorizaciones

 

 

 

 

 

Autorizar las operaciones de crédito público y sus asimiladas

 

 

 

 

·    Decreto Distrital 714 de

1996, literal g)

art. 10, Renegociación de deuda art.99

 

 

 

Administración Central y Establecimiento s Públicos: SDH EICD:

Representante Legal

Garantizar que las operaciones de crédito público de las Entidades de la Administración Distrital se encuentren dentro del marco del cupo de endeudamiento aprobado por el Concejo Distrital y las inversiones se enmarquen en el Plan de Desarrollo vigente.

- Solicitud de autorización.

Descripción y condiciones de la operación.

- Análisis de cómo la operación afecta el cupo de endeudamiento.

- Concepto favorable SDP- Dirección de programación y seguimiento a la inversión.

- Cuando se trata de créditos externos, documentos que certifiquen el cumplimiento de las normas de endeudamiento.

 

 

 

 

 

Documento con recomendacion es de SDH

 

 

 

 

 

 

Autorizar

 

 

 

 

Comunicación de autorización firmada por el (la) Secretario (a)Técnico (a)

 

 

TRÁMITE

 

¿QUÉ LO REGLAMENTA?

 

¿QUIÉN LO SOLICITA?

¿PARA QUÉ SE SOLICITA? ¿PARA QUE SE HACE?

 

¿QUÉ REQUIERE?

 

¿QUÉ MÁS NECESITA?

 

¿QUÉ HACE EL CONFIS?

 

PRODUCTOS

Autorizaciones

Autorizar la asunción de compromisos mientras se perfeccionan operaciones de crédito

 

·    Decreto Distrital 714

de 1996,

literal i) art. 10.

 

Administración Central y Esta. Públicos: SDH EICD:

Representante Legal

Permitir la continuidad

en el desarrollo de los proyectos financiados con recursos del crédito evitando retrasos generados por los trámites asociados al perfeccionamiento de los empréstitos.

 

 

 

- Solicitud de trámite.

- Justificación.

 

 

Documento con recomendacion es de SDH

 

 

 

Autorizar

 

Comunicación de autorización firmada por el (la) Secretario

(a) Técnico (a).

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Autorizar o aprobar vigencias futuras

- Ley 819 de

2003, capítulo

2, art. 12

- Decreto Distrital 714 de

1996, literal j)

art. 10,

- Ley 1421 art. 143A.

- Decreto Distrital 662 de

2018, arts. 37 y

40.

- Decreto Distrital 191 de

2021, arts. 4 y

5

- Resolución Confis No. 13

de 2021.

- Decreto Distrital 372 de

2010, arts.

32,33 y 34

- Circular CONFIS No. 06 2023.

 

 

 

 

 

Administración Central y Esta. Públicos: Secretario (a); Director (a) de Esta Público EICD:

Representante Legal

ESE: SDS

FDL: Alcalde (sa) local

 

 

El CONFIS debe autorizar o aprobar el uso del mecanismo garantizando su viabilidad financiera y una reducción en costos. La autorización o aprobación es requisito previo para la presentación de vigencias futuras ante el Concejo de Bogotá para las entidades que conforman el presupuesto anual (vigencias futuras excepcionales), y ante la JAL respectiva para los FDL.

- Solicitud, descripción del objeto de la contratación y relación con el PDD.

- Justificación económica y financiera en pesos corrientes y constantes.

- Concepto favorable SDP, Dirección de programación y seguimiento a la inversión, cuando aplique.

- Formatos de solicitud diligenciados.

- Certificado sobre disponibilidad de apropiación de mínimo el 15% de las vigencias futuras ordinarias solicitadas.

- Acta de Consejo de Gobierno declaratoria de importancia estratégica del proyecto - VF sobrepasan periodo de gobierno.

- Autorización de la Junta Directiva de las Empresas Distritales.

- Informe ejecución vigencias futuras aprobadas.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Documento con recomendacion es de SDH

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Autorizar (EICD, ESE) y AC-EP.

Aprobar FDL)

 

 

 

 

 

Comunicación firmada por el (la) Secretario

(a) Técnico (a) de autorización

para Administración Central y Establecimientos Públicos; EICD y ESE; y de aprobación para FDL

 

 

TRÁMITE

 

¿QUÉ LO REGLAMENTA?

 

¿QUIÉN LO SOLICITA?

¿PARA QUÉ SE SOLICITA? ¿PARA QUE SE HACE?

 

¿QUÉ REQUIERE?

 

¿QUÉ MÁS NECESITA?

 

¿QUÉ HACE EL CONFIS?

 

PRODUCTOS

Autorizaciones

 

 

 

 

Autorizar reprogramación de vigencias Futuras.

 

Autorizar Vigencias futuras en contratos en ejecución

- Decreto

Distrital 356

de 2022.art. 1

y 2

- Decreto Distrital 662

de 2018, art.

37

- Decreto Distrital 191

de 2021. Art.

7

- Resolución Confis No. 13

de 2021

- Circular CONFIS No. 06

del 2023.

 

 

 

 

Administración Central y Esta Públicos: Secretario(a) de despacho EICD:

Representante Legal

ESE: SDS

 

 

 

 

 

Dado que el CONFIS autoriza el uso de vigencias futuras también debe autorizar la modificación de dichas vigencias, en caso de ser requerido.

- Justificación técnica, económica y financiera en pesos corrientes y constantes.

- Concepto favorable SDP, Dirección de programación y seguimiento a la inversión.

- Formatos de solicitud diligenciados.

- Certificado sobre disponibilidad de apropiación de mínimo el 15% de las vigencias futuras ordinarias en su reprogramación o modificación.

- Autorización de la Junta Directiva de las Empresas Distritales.

 

- Para mayor detalle consultar Circular Confis No. 06 de 2023.

 

 

 

 

 

 

 

Documento con recomendación de SDH

 

 

 

 

 

 

 

 

Autorizar

 

 

 

 

 

 

Comunicación de autorización firmada por el (la) Secretario

(a) Técnico (a).

 

 

 

 

Autorizar garantías que se constituyan en obligaciones contingentes

 

 

·   Decreto Distrital 356

de 2022, arts.

13 y 14

·   Decreto (Nación) 423

de 2001 art.18

·  ​

 

Administración Central y Esta Públicos: Secretario(a) de despacho EICD:

Representante Legal

ESE: SDS

FDL: Alcaldes (sas) Locales

Cuando las entidades pretendan pactar obligaciones contingentes en operaciones de crédito público u otros contratos públicos distritales, que no sean compatibles con el Marco Fiscal de Mediano Plazo o cuyo valor sea indeterminado, deberán solicitar al CONFIS la autorización para asumir dichas obligaciones, con su respectivo esquema de mitigación

·      Solicitud de trámite.

·      Concepto previo de la SDP en el cual se señale que el contrato que se pretende celebrar se ajusta a las políticas de riesgos contractuales del Estado, establecidas por el CONPES.

·      Concepto previo de la SDH sobre la existencia y valor de las garantías que se requiere pactar en los contratos, que puedan constituirse como obligaciones contingentes.

 

 

 

 

 

 

 

Autorizar

 

 

 

 

Comunicación de autorización firmada por el (la) Secretario

(a) Técnico (a)

 

 

TRÁMITE

 

¿QUÉ LO REGLAMENTA?

 

¿QUIÉN LO SOLICITA?

¿PARA QUÉ SE SOLICITA? ¿PARA QUE SE HACE?

 

¿QUÉ REQUIERE?

 

¿QUÉ MÁS NECESITA?

 

¿QUÉ HACE EL CONFIS?

 

PRODUCTOS

Conceptos, aprobaciones e instrucciones

 

 

Determinar el porcentaje de reajuste a los avalúos catastrales (Índice de Valoración Inmobiliaria Urbana y Rural - IVIUR)

 

 

 

 

 

 

·   Ley 601 de 2000, art. 3

 

 

 

 

 

 

SDH-UAECD

 

Los avalúos catastrales para los bienes de conservación según el IVIUR requieren de concepto favorable del CONFIS. El concepto favorable es requisito previo para la expedición de Decreto Distrital estableciendo el IVIUR.

 

 

 

 

 

 

- Documento técnico preparado por SDH y UAECD

 

 

 

 

 

 

 

Conceptuar

 

 

Comunicación del Secretario (a) Técnico (a) otorgando concepto favorable a la propuesta de reajuste que será adoptada por la SDH.

 

Determinar la distribución de excedentes financieros y/o utilidades distribuibles de los establecimientos públicos, empresas (EICD y ESE) y FDL

- Decreto Distrital 714

de 1996,

literal h) art.10 y art. 75

 

- Decreto Distrital 662

de 2018, arts.

35 y 36.

 

- Decreto Distrital 372

de 2010, art.

38

 

SDH: Consolida las solicitudes de los Esta- Públicos y los FDL.

 

EICD:

Representante legal.

 

ESE: SDS

consolida las solicitudes.

Los excedentes financieros

de las entidades del Distrito son propiedad del Distrito Capital. El CONFIS tiene la facultad de definir su destinación.

 

Las utilidades de las Empresas Industriales y Comerciales Societarias del Distrito y de las Sociedades de Economía Mixta del orden distrital a que se refiere este Decreto son propiedad del Distrito en la cuantía que corresponda, de acuerdo con su participación en el capital de las mismas.

 

 

 

 

- Cifras certificadas del saldo neto de tesorería a 31 de diciembre del año anterior.

- Valor de las cuentas por pagar y por cobrar certificadas.

- Destinación propuesta de excedentes.

 

 

 

 

Documento con recomendacion es de SDH y Documento de recomendación de la SDS para el caso de las ESE

 

 

 

 

 

 

 

Determinar

Comunicación

firmada por el (la) Secretario

(a) Técnico (a) con la para los Esta-públicos, EICD y ESE

 

Circular Confis para los FDL

 

Resolución CONFIS para EICD

y ESE solo que se requiera ajustes al ppto.

 

 

TRÁMITE

 

¿QUÉ LO REGLAMENTA?

 

¿QUIÉN LO SOLICITA?

¿PARA QUÉ SE SOLICITA? ¿PARA QUE SE HACE?

 

¿QUÉ REQUIERE?

 

¿QUÉ MÁS NECESITA?

 

¿QUÉ HACE EL CONFIS?

 

PRODUCTOS

Conceptos, aprobaciones e instrucciones

 

 

 

 

Otorgar aval fiscal

- Decreto Distrital 192

de 2021 art.

20.

- Decreto distrital 191

de 2021, art.6

- Circular CONFIS No. 06

del 2023.

Secretaría

Distrital cabeza de sector al cual pertenece la empresa o entidad que requiere el aval. Para los FDL es la Secretaría Distrital de Gobierno.

El CONFIS debe emitir aval fiscal para vigencias futuras que excedan el periodo de gobierno. Este es requisito previo para la declaratoria de importancia estratégica por parte del Consejo de Gobierno.

 

- Solicitud de trámite.

- Descripción del proyecto que incluya el detalle de los aspectos económicos y financieros del proyecto, su horizonte en el tiempo y aspectos técnicos relevantes.

- Formatos de solicitud de vigencias futuras

 

 

Documento con recomendación de SDH (Dirección de Estadísticas y Estudios Fiscales)

 

 

 

 

 

Otorgar

Comunicación firmada por el (la) Secretario

(a) Técnico (a) informando a la entidad solicitante el otorgamiento del aval fiscal por parte del CONFIS

 

 

 

 

 

 

Impartir instrucciones para la distribución de utilidades de Empresas Societarias

 

 

 

 

- Decreto Distrital 714

de 1996, art.

75.

 

- Decreto Distrital 662

de 2007, art.

36

 

 

 

 

 

 

 

 

SDH y

Secretaría General

 

 

Las utilidades de las sociedades de economía mixta del orden distrital son de propiedad del Distrito en la cuantía que le corresponda por su participación en el capital de la empresa. En este sentido el CONFIS, de acuerdo con las necesidades del Distrito Capital, define la destinación de las utilidades.

 

 

 

 

 

 

 

 

- Documento técnico preparado por la SDH

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Impartir instrucciones

 

Comunicación firmada por el (la) Secretario (a) Técnico (a) dirigida a la Secretaría General, solicitando comunicar las decisiones del CONFIS y solicitud a SDH de determinación de fechas para consignación en Tesorería de los dividendos a favor del Distrito firmadas por el Secretario Técnico.

 

 

TRÁMITE

 

¿QUÉ LO REGLAMENTA?

 

¿QUIÉN LO SOLICITA?

¿PARA QUÉ SE SOLICITA? ¿PARA QUE SE HACE?

 

¿QUÉ REQUIERE?

 

¿QUÉ MÁS NECESITA?

 

¿QUÉ HACE EL CONFIS?

 

PRODUCTOS

Conceptos, aprobaciones e instrucciones

 

 

Aprobar el plan de endeudamiento del Distrito Capital y sus modificaciones

 

 

- Decreto Distrital 714

de 1996,

literal g), art. 10, art. 72 y

73

 

 

 

 

DDCP-SDH

Con base en la

estrategia de financiamiento del Plan de Desarrollo, conocida y discutida por el CONFIS, éste debe evaluar las alternativas de endeudamiento de acuerdo con las condiciones del mercado.

 

 

- Documento técnico que presente las condiciones financieras de las diferentes alternativas de endeudamiento.

 

 

 

 

 

Aprobar

 

 

Comunicación de aprobación firmada por el (la) Secretario

(a) Técnico (a).

 

 

Aprobación de medidas que tengan impacto fiscal

 

 

 

- Decreto Distrital 662

de 2018, art.5

 

EICD, ESE:

Secretario cabeza del sector.

El CONFIS debe aprobar

el análisis sobre impacto financiero de medidas, estrategias o impulso a proyectos de acto administrativo, por parte de las entidades en relación con el sector administrativo al que pertenecen.

- Solicitud que contenga el análisis financiero, los costos de la iniciativa y la fuente de ingreso adicional generada para el financiamiento de dicho costo.

- Proyecto de acto administrativo.

 

 

 

Documento con recomendación de SDH

 

 

 

 

Aprobar

 

 

Comunicación de aprobación firmada por el (la) Secretario

(a) Técnico (a).

 

Impartir directrices para fijar el incremento salarial de los empleados públicos distritales

 

 

 

 

 

SDH

 

 

El o los escenarios aprobados se discuten en mesa de concertación con representantes de los empleados públicos.

- Planta actualizada de personal del Distrito y costo actual.

- Escenarios de incremento de acuerdo con la conformación de la planta.

- Monto programado en el presupuesto aprobado para este concepto.

 

 

 

 

Concepto DASC

 

 

 

 

Impartir instrucciones

Comunicación con directrices dirigida a los secretarios de Hacienda y General, firmada por el (la) Secretario (a) Técnico (a).

 

 

TRÁMITE

 

¿QUÉ LO REGLAMENTA?

 

¿QUIÉN LO SOLICITA?

¿PARA QUÉ SE SOLICITA? ¿PARA QUE SE HACE?

 

¿QUÉ REQUIERE?

 

¿QUÉ MÁS NECESITA?

 

¿QUÉ HACE EL CONFIS?

 

PRODUCTOS

Conceptos, aprobaciones e instrucciones

 

 

 

 

 

Aprobación- adopción del Índice de Distribución de Recursos para los Fondos de Desarrollo Local

 

 

 

 

 

 

- Decreto Distrital 572

de 2023. art.

15.

 

 

 

 

 

 

 

 

SDP

El CONFIS adopta el Índice de Distribución de Recursos para los Fondos de Desarrollo Local a partir del cálculo realizado por la SDP, para asignar recursos de manera objetiva y en consideración de las necesidades de las localidades.

Lo debe adoptar a más tardar el último día del mes de junio del primer año de gobierno del (la) Alcalde (sa) Mayor

 

 

 

 

 

- Documento técnico con el (los) índice (s) propuesto (s), detallando metodología empleada, variables seleccionadas con justificación de elección y resultados obtenidos.

 

 

 

 

 

 

 

Escenarios y resultados

 

 

 

 

 

 

 

Adopta Aprueba

 

Documento técnico del índice de distribución de recursos para los FDL.

 

Comunicación del índice aprobado dirigida a Secretaría de Hacienda, firmada por el (la) Secretario

(a) Técnico (a)

Adopción de las líneas de inversión local y conceptos de gasto; identificando los conceptos de gasto que hacen parte del componente de presupuestos participativos

- Decreto Distrital 768

de 2019, art.

7.

- Decreto Distrital 572

de 2023 art.

16 y 17

- Decreto Distrital 495

de 2023. arts.

2 y 6.

 

 

 

 

 

 

SDP, SDG

Las líneas describen los

conceptos de gasto de inversión autorizados a los FDL para el cumplimiento de sus competencias, en el marco de los Planes de Desarrollo Local y Distrital. El CONFIS, las adopta precisando los conceptos de gasto e identificando las inversiones complementarias.

- Documento de análisis y definición de líneas de inversión local, debe incluir: Conceptos de gasto que contribuyen al cumplimiento de los objetivos del PDD y en las Políticas Públicas; Acciones a cargo de los FDL para el cumplimiento del

POT.

- Identificar conceptos de gasto para presupuesto participativo.

 

El documento debe considerar documentos finales de encuentros ciudadanos locales y debe identificar:

 

 

 

 

 

 

Adoptar

 

 

 

Directiva del (la) Alcalde (sa) Mayor, firmada también por los Secretarios de Planeación y Gobierno

 

 

TRÁMITE

 

¿QUÉ LO REGLAMENTA?

 

¿QUIÉN LO SOLICITA?

¿PARA QUÉ SE SOLICITA? ¿PARA QUE SE HACE?

 

¿QUÉ REQUIERE?

 

¿QUÉ MÁS NECESITA?

 

¿QUÉ HACE EL CONFIS?

 

PRODUCTOS

 

 

Aprobar el porcentaje de los presupuestos participativos de los Fondos de Desarrollo Local

 

- Decreto Distrital 495

de 2023, art

2.

- Decreto Distrital 572

de 2023 art. 1

 

 

 

SDP, SDG, IDPAC

EL CONFIS debe aprobar el porcentaje de los presupuestos participativos de los Fondos de Desarrollo Local a más tardar el último día del mes de junio del primer año de gobierno del (la)

Alcalde (sa) Mayor,

 

 

- Documento con análisis y propuesta de porcentaje de presupuestos participativos de los Fondos de Desarrollo Local

 

 

 

 

 

Aprobar

 

Directiva del Alcalde Mayor, firmada también por los Secretarios de Planeación y Gobierno

 

SDP Secretaría Distrital de Planeación SDS Secretaría Distrital de Salud

 

SDH Secretaría Distrital de Hacienda SDH Secretaría Distrital de Gobierno

 

DDT Dirección Distrital de Tesorería de la Secretaría Distrital de Hacienda DDI Dirección Distrital de Impuestos de la Secretaría Distrital de Hacienda

 

DDCP Dirección Distrital de Crédito Público de la Secretaría Distrital de Hacienda DASC Departamento Administrativo del Servicio Civil

 

EICD Empresas Industriales y Comerciales Distritales

 

ESE Empresas Sociales del Estado – hospitales distritales – Subredes Integradas de Servicios de Salud PDD Plan de Desarrollo Distrital

 

PDL Plan de Desarrollo Local

 

POT Plan de Ordenamiento Territorial PPP Proceso contractual en curso

VF Vigencias Futuras

 

UAECD Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital CDP Certificado de Disponibilidad Presupuestal


Nota: Ver documento original en Anexos.