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Acuerdo 004 de 2025 Agencia Regional de Movilidad - ARM - Junta Directiva

Fecha de Expedición:
30/04/2025
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 004 DE 2025

 

(Abril 30)

 

Por medio del cual se otorga aval previo para la asunción de compromisos con cargo a vigencias futuras ordinarias del año 2026 para el proyecto "Desarrollo Integral del Sistema Regional de Transporte Público de Pasajeros", con Código BPIN 20251400230002, que tiene por objeto ‘Realizar la estructuración integral a nivel de prefactibilidad y de factibilidad, incluyendo los componentes legal, de riesgos, técnico y financiero de la extensión de la Troncal Av. Ciudad de Cali en Soacha - Transmilenio Fase IV

 

LA JUNTA DIRECTIVA DE LA AGENCIA REGIONAL DE MOVILIDAD

 

En uso de sus facultades legales y estatutarias, en especial, las conferidas por el artículo 57 del Acuerdo Regional 04 de 2023 y el numeral 8 del artículo 10 del Acuerdo Regional 07 de 2024, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que a través del Acto Legislativo 02 del 22 de julio de 2020 se modificó el artículo 325 de la Constitución Política, en el sentido de crear la Región Metropolitana Bogotá-Cundinamarca (en adelante “Región Metropolitana”), la cual fue reglamentada por la Ley Orgánica 2199 del 2022 que, adicionalmente, adoptó su régimen especial y definió y reglamentó su funcionamiento, en el marco de la autonomía reconocida a sus integrantes por la Constitución.

 

Que el artículo 32 idem creó la Agencia Regional de Movilidad (en adelante “Agencia”) como una entidad pública adscrita a la Región Metropolitana, encargada de ejercer la autoridad regional de transporte y la planeación, gestión y cofinanciación de la movilidad y el transporte regional. Esta entidad estará a cargo del Sistema de Movilidad Regional, el cual está integrado por el conjunto de infraestructuras y servicios de transporte público y privado de carácter regional que conectan las personas y mercancías entre los municipios del ámbito geográfico de la movilidad, así como los demás elementos requeridos para su organización, planeación, gestión, financiación y operación.

 

Que, por medio de los Acuerdos Regionales 06 de 2022 y 08 del 2023, el Consejo Regional de la Región Metropolitana, respectivamente, identificó y declaró tres (3) hechos metropolitanos en el área temática de movilidad, uno de los cuales es la “Gestión integral del sistema regional de transporte público de pasajeros”. Este y los otros dos (2) hechos metropolitanos identificados y declarados explican las principales problemáticas e interdependencias funcionales entre Bogotá y 17 municipios de Cundinamarca, entre los cuales se encuentra el municipio de Soacha.

 

Que dentro de los documentos técnicos de soporte del citado hecho metropolitano declarado denominado "Gestión integral del sistema regional de transporte público de pasajeros", se identificaron algunos programas para su materialización, que incluye la implementación de nuevos proyectos o sistemas de transporte regional de pasajeros.

 

Que mediante el Acuerdo Regional 02 de 2024, el Consejo Regional de la Región Metropolitana admitió el ingreso del municipio de Soacha a esta entidad de asociatividad regional con régimen especial, teniendo en cuenta que se cumplieron con los requisitos y procedimientos establecidos en la ley y los estatutos para la asociación de esta entidad territorial.

 

Que mediante el Acuerdo Regional 04 de 2023 se adoptó el Estatuto de Presupuesto de la Región Metropolitana, el cual estableció en los artículos 56 al 64 la naturaleza, uso, competencias y requisitos para la autorización por parte del Consejo Regional de vigencias futuras ordinarias o excepcionales de los proyectos de inversión de la Región Metropolitana y sus entidades; lo anterior, de conformidad con lo señalado en el literal c) del numeral 6 del artículo 21 de la mencionada Ley Orgánica 2199 de 2022.

 

Que el artículo 57 ibidem prescribe que el Consejo Regional es la autoridad competente para autorizar la asunción de obligaciones con cargo a recursos de inversión de vigencias futuras de las entidades adscritas y vinculadas de la Región que, para este efecto, les soliciten sus respectivos representantes legales previo aval de sus respectivas juntas directivas.

 

Que, particularmente, el artículo 59 ejusdem dispone, en relación con las vigencias futuras ordinarias, que se podrá autorizar la asunción de obligaciones que afecten presupuestos de vigencias futuras cuando su ejecución se inicie con presupuesto de la vigencia en curso y el objeto del compromiso se lleve a cabo en cada una de ellas.

 

Que a través del Acuerdo Regional 07 de 2024 se adoptaron los Estatutos de la Agencia, los cuales señalan en los numerales 8 y 14 del artículo 10 que son funciones de la Junta Directiva, respectivamente, otorgar aval previo a las solicitudes de vigencia futuras de inversión para ser presentadas ante el Consejo Regional y, autorizar al Director General la celebración de actos, contratos y convenios, cuya cuantía exceda el 10% del presupuesto de la vigencia.

 

Que, en relación con esta última competencia, el numeral 3 del artículo 5 del Acuerdo de Junta Directiva 1 de 2025, que adoptó el reglamento de esta instancia, señala que, entre sus funciones, se encuentra autorizar al Director General la celebración de actos, contratos o convenios en los términos del numeral 14 del artículo 10 del Acuerdo Regional 7 de 2024, para lo cual se tendrá como cuantía el valor total de la iniciativa, independientemente de los aportes de la entidad.

 

Que el Departamento de Cundinamarca, la Alcaldía de Soacha, la Región Metropolitana y la Agencia suscribieron el Convenio Marco Interadministrativo No. RM CD 101 del 3 de diciembre de 2024, el cual, de acuerdo con lo señalado en su cláusula primera, tiene por objeto: “AUNAR ESFUERZOS TÉCNICOS, JURÍDICOS, ADMINISTRATIVOS Y ECONÓMICOS PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LAS FASES DE PREFACTIBILIDAD, FACTIBILIDAD, ESTUDIOS Y DISEÑOS Y ETAPA DE CONSTRUCCIÓN DE LA FASE IV DEL SISTEMA DE TRANSPORTE MASIVO EN EL MUNICIPIO DE SOACHA, EN EL MARCO DE LAS MISIONES, FUNCIONES Y FINES INSTITUCIONALES”.

 

Que la cláusula segunda del citado convenio dispone que su objeto se desarrollará a través de convenios o contratos derivados en los cuales se definirán las actividades por desarrollar, sus características, las condiciones de participación de cada una de las entidades firmantes, objetivos, obligaciones, plazos, aspectos financieros, coordinación, responsables, así como otros aspectos relevantes.

 

Que la cláusula cuarta del convenio de la referencia establece los compromisos comunes y especiales de las partes firmantes, entre los cuales, se resaltan los siguientes:

 

“A) COMPROMISOS COMUNES

 

(…)

 

12. Gestionar ante las instancias correspondientes las apropiaciones presupuestales requeridas con el fin de comprometer los recursos necesarios para el desarrollo de los convenios o contratos específicos que se suscribirán.

 

D) COMPROMISOS DE LA AGENCIA

 

1. Brindar el apoyo institucional que se requiera para el cumplimiento del objeto del Convenio, de acuerdo con su competencia”. (Negrilla original).

 

Que, en consideración a las estrechas relaciones de interdependencia social y económica entre el municipio de Soacha y Bogotá D.C., lo cual incrementa las necesidades de viaje entre estos territorios, se ha evidenciado la necesidad de desarrollar soluciones de transporte de pasajeros complementarias a las ya implementadas y en ejecución (Fases I, II y III del Sistema Transmilenio en Soacha), dado que aún persisten retos significativos en la prestación de este servicio.

 

Que, de conformidad con lo anterior, se proyecta la necesidad de celebrar un contrato o convenio derivado cuyo objeto contemple el siguiente alcance “Realizar la estructuración integral a nivel de prefactibilidad y de factibilidad, incluyendo los componentes legal, de riesgos, técnico y financiero de la extensión de la Troncal Av. Ciudad de Cali en Soacha - Transmilenio Fase IV” (en adelante “el proyecto”).

 

Que, en desarrollo de lo precedente, la Agencia, de manera coordinada con las demás entidades que hacen parte del convenio marco interadministrativo mencionado, ha establecido el alcance técnico del proyecto, junto con las actividades y entregables por desarrollar, así como un plazo previsto de ejecución, el cual se inicia en la vigencia 2025. En ese sentido, se determinó que el proyecto se desarrollará en tres (3) fases, contará con treinta y seis (36) entregables principales, así como una bolsa para pago de ítems reembolsables, correspondientes a trabajos de campo con un plazo máximo de ejecución de diecinueve (19) meses, finalizando en la vigencia 2026, y un costo total estimado de DIECISIETE MIL DOSCIENTOS TRECE MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS M/CTE ($ 17.213.350.000), IVA incluido.

 

Que, para la financiación del costo total del citado estudio, la Región Metropolitana y la Agencia, entidades parte del Convenio Marco Interadministrativo No. RM CD 101 del 3 de diciembre de 2024, contemplan efectuar los siguientes aportes:

 

APORTANTE

REGIÓN METROPOLITANA

AGENCIA REGIONAL DE MOVILIDAD

VALOR TOTAL (EN PESOS CORRIENTES)

TOTAL

$ 6.304.620.000

$ 10.908.730.000

$ 17.213.350.000

 

Fuente: Elaboración propia con información suministrada por las entidades aportantes.

 

Que, teniendo en cuenta la fecha de inicio estimada del convenio o contrato derivado y su plazo de ejecución, se contempla el desarrollo de algunos entregables principales en la vigencia en curso y, en consecuencia, la ejecución de algunos recursos asociados a su valor con aportes de la Agencia y de la Región Metropolitana. Asimismo, se proyecta que los entregables principales restantes sean desarrollados en la vigencia 2026 e, igualmente, los recursos asociados a su valor serán aportados por la Agencia y la Región Metropolitana.

 

Que, en consecuencia, la Agencia requiere tramitar vigencias futuras por valor de DIEZ MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y SIETE MILLONES TRESCIENTOS TREINTA MIL PESOS M/CTE ($10.837.330.000) para la vigencia 2026.

 

Que, de acuerdo con lo anterior y, de conformidad con lo señalado en el artículo 56 del Acuerdo Regional 04 de 2023, la ejecución del proyecto se iniciará con presupuesto de la vigencia en curso.

 

Que la Agencia, a través del proyecto de inversión "Desarrollo Integral del Sistema Regional de Transporte Público de Pasajeros", Código BPIN 20251400230002, incorpora el producto “Estudios de preinversión para la red vial regional”, el cual comprende el alcance del objeto del proyecto y cuenta con una apropiación para la vigencia 2025 que supera el 15% de las vigencias futuras, respecto de los aportes de la Agencia.

 

Que con el propósito de acreditar el cumplimiento del requisito consagrado en el literal b) del artículo 59 del Acuerdo Regional 04 de 2023, se anexó documento del 23 de abril de 2025 en el cual se certificó que el referido proyecto de inversión "Desarrollo Integral del Sistema Regional de Transporte Público de Pasajeros”, identificado con Código BPIN 20251400230002, se encuentra debidamente formulado y viabilizado por la Región Metropolitana y registrado en el Banco Nacional de Programas y Proyectos de Inversión encontrándose en estado registrado actualizado en el Sistema Unificado de Inversiones y Finanzas Públicas - SUIFP.

 

Que, en cumplimiento de los requisitos establecidos en los literales a), b) y c) del artículo 58 y en el literal a) del artículo 59 idem, la citada Directora ad hoc de la Agencia anexó documento del 29 de abril de 2025 en el cual certificó que las vigencias futuras:

 

- Consultan las metas del Plan Financiero de Mediano Plazo de la Agencia;

 

- Se encuentran incluido dentro del Plan Plurianual de Inversiones de la entidad;

 

- El monto requerido como vigencias futuras que se pretenden comprometer en la vigencia 2026 no excede la capacidad de endeudamiento de la Agencia;

 

- Cuenta con una apropiación de treinta y tres mil quinientos ochenta y ocho millones de pesos M/cte ($33.588.000.000), en el presupuesto de inversión de la vigencia 2025 aprobado mediante el Acuerdo Regional 003 del 28 de abril de 2025, en el proyecto "Desarrollo Integral del Sistema Regional de Transporte Público de Pasajeros” la cual es superior al quince por ciento (15%) del valor solicitado de la vigencia futura., identificado con Código BPIN 20251400230002

 

Que, de conformidad con lo anterior, la Junta Directiva, en sesión ordinaria del 30 de abril de 2025, verificó el cumplimiento de las exigencias establecidas en los artículos 57, 58 y 59 del Acuerdo Regional 04 de 2023, con el fin de otorgar aval previo para la asunción de compromisos con cargo a vigencias futuras ordinarias correspondientes al año 2026 para celebrar un contrato o convenio derivado cuyo objeto contemple el siguiente alcance “Realizar la estructuración integral a nivel de prefactibilidad y de factibilidad, incluyendo los componentes legal, de riesgos, técnico y financiero de la extensión de la Troncal Av. Ciudad de Cali en Soacha - Transmilenio Fase IV”.

 

Que, en los términos del Acuerdo Regional 7 de 2024 y del Acuerdo de Junta Directiva 1 de 2025, no se requiere autorización de la Junta Directiva para la suscripción del contrato o convenio que permita desarrollar el objeto del proyecto toda vez que su valor total no supera el 10% del Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la Agencia para la vigencia 2025.

 

Que, en virtud de lo anterior, la Junta Directiva de la Agencia de Regional de Movilidad,

 

ACUERDA:

 

ARTÍCULO 1. AVAL PREVIO. Otorgar aval previo para la asunción de compromisos con cargo a vigencias futuras ordinarias del año 2026 que amparen el contrato o convenio que se celebre y que contemple dentro de su objeto el siguiente alcance “Realizar la estructuración integral a nivel de prefactibilidad y de factibilidad, incluyendo los componentes legal, de riesgos, técnico y financiero de la extensión de la Troncal Av. Ciudad de Cali en Soacha - Transmilenio Fase IV”, en el marco del proyecto de inversión "Desarrollo Integral del Sistema Regional de Transporte Público de Pasajeros", Código BPIN 20251400230002, de la siguiente manera:

 

VIGENCIA

VALOR (EN PESOS CORRIENTES)

2026

$ 10.837.330.000

 

ARTÍCULO 2. COMUNICACIÓN. Comunicar el presente acuerdo al Consejo Regional de la Región Metropolitana para los fines pertinentes.

 

ARTÍCULO 3. PUBLICACIÓN. Publicar este acto administrativo en los términos del artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.

 

ARTÍCULO 4. VIGENCIA. El presente acuerdo rige al partir de la fecha de su publicación.

 


PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 30 días del mes de abril del año 2025.

 


LUIS LOTA

 


Presidente


 

Nota: Ver norma original en Anexos.