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ACUERDO 012 DE 2025
(Octubre 22)
Por el cual se aprueba un ajuste presupuestal por convenios en el presupuesto de inversión de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial - UAERMV, para la vigencia fiscal 2025
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL
En uso de sus facultades legales en especial la conferida en el artículo 10 del Decreto Distrital 192 de 2021 y estatutarias, en particular la concedida en el numeral 3 del artículo 16 del Acuerdo 05 de 2023 del Consejo Directivo, Resolución Delegación Secretaría Técnica Consejo Directivo No 155 de 12 de marzo de 2025 y,
CONSIDERANDO
Que, el artículo 82 de la Ley 489 de 1998 establece que las unidades administrativas especiales con personería jurídica son entidades descentralizadas, con autonomía administrativa y patrimonial, las cuales se sujetan al régimen jurídico contenido en la ley que las crea y en lo no previsto por ella, al de los establecimientos públicos.
Que, en este sentido, el artículo 72 de la Ley 489 de 1998 determina que la dirección y administración de los establecimientos públicos estará a cargo de un Consejo Directivo y de un director, gerente o presidente.
Que, el Acuerdo 257 de 2006, del Concejo de Bogotá dictó normas básicas sobre la estructura, organización y funcionamiento de los organismos y de las entidades de Bogotá, Distrito Capital, por la cual se organizó entre otros, el sector movilidad, creo la Secretaría Distrital de Movilidad y transformó la Secretaría de Obras Públicas, en la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
Que, el Acuerdo 05 de 2023 del Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, señala que la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, es una entidad del orden distrital del sector descentralizado, de carácter técnico, con personería jurídica, autonomía administrativa y presupuestal y con patrimonio propio, adscrita a la Secretaría Distrital de Movilidad.
Que, el Acuerdo 05 de 2023 establece en el artículo 7º que la dirección y administración de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, estarán a cargo del Consejo Directivo y del Director General, quienes desarrollarán las funciones que se establecen en el presente acuerdo.
Que, el artículo 16 numeral 3º del Acuerdo 05 de 2023 dispone que, es función del Consejo Directivo, dar concepto favorable al anteproyecto de presupuesto de ingresos y gastos y vigencias futuras de la Unidad, así como de las modificaciones presupuestales que se presenten durante cada vigencia fiscal, de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
Que, la Resolución SHD-000191 del 22 de septiembre de 2017, “Por medio de la cual se adopta el Manual de programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito Capital”, para las entidades que conforman el Presupuesto Anual del Distrito Capital, señala el procedimiento para realizar los ajustes presupuestales derivados de la suscripción de convenios.
Que, el artículo 28 de Decreto 470 del 27 de diciembre de 2024, por el cual se liquida el Presupuesto Anual de Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la actual vigencia fiscal, señala que cuando los Establecimientos Públicos, los Fondos de Desarrollo Local, entre otros, celebren convenio y/o contratos interadministrativos entre sí que afecten sus presupuestos, se efectuarán los ajustes mediante resolución del/a Jefe/a del organismo respectivo o por Acuerdo o Consejos Directivos, previo los conceptos requeridos.
Que, el Artículo 11° del Decreto 192 de 2024, establece: “Modificaciones de las apropiaciones. Cuando fuere necesario aumentar o reducir la cuantía de las apropiaciones, además de lo establecido en el Estatuto Orgánico de Presupuesto Distrital, los establecimientos públicos deberán entregar a la Secretaría Distrital de Hacienda el Acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos con el concepto previo favorable de la adición o reducción presupuestal solicitada.”, de igual manera en el Parágrafo. Indica: “Cuando se trate de modificaciones de gastos de inversión, se requerirá además que las entidades del Distrito cuenten con el concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación.”
Que, la UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL - UAERMV suscribió el Convenio No. FDLF-CI-473-2025, con el FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE FONTIBÓN, cuyo objeto es “AUNAR ESFUERZOS TÉCNICOS, ADMINISTRATIVOS, CONTABLES, FINANCIEROS Y JURÍDICOS PARA LA GESTIÓN E INTERVENCIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO PARA LA MOVILIDAD DE LA LOCALIDAD DE FONTIBON”, por valor de MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y CINCO MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y TRES PESOS M/CTE ($1.835.269.873), donde las partes efectúan los siguientes aportes en dinero y en especie: MIL SEISCIENTOS SESENTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS VEINTISIETE MIL CIENTO CINCUENTA Y SIETE PESOS M/CTE ($1.668.427.157) como aportes del FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE FONTIBON y CIENTO SESENTA Y SEIS MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL SETECIENTOS DIECISÉIS PESOS M/CTE ($166.842.716) como aportes en especie a cargo de la UAERMV.
Que, con las metas realizadas en el marco del convenio suscrito con el Fondo de Desarrollo Local de Fontibón, la Entidad realizara 1,26 km - carril de los cuales el 50% es decir, 0,63 km - carril le aportaran al proyecto de inversión O230117240220240131 “Conservación de la red vial y red de ciclo infraestructura de Bogotá D.C.”.
Que, para la para la suscripción y perfeccionamiento del Convenio 473 de 2025, el FDLF expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 1603 del 22 de agosto de 2025, y el Registro Presupuestal No.1802 de fecha 12 de septiembre de 2025, con cargo al rubro presupuestal O230117459920242408 - Fontibón camina hacia la construcción y conservación de la malla vial.
Que, la UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL - UAERMV suscribió el Convenio No. FDLCH-CIA-290 de 2025 con el FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE CHAPINERO cuyo objeto es “AUNAR ESFUERZOS TÉCNICOS, ADMINISTRATIVOS, CONTABLES, FINANCIEROS Y JURÍDICOS PARA LA GESTIÓN E INTERVENCIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO RURAL PARA LA MOVILIDAD DE LA LOCALIDAD DE CHAPINERO”., por valor de OCHOCIENTOS OCHENTA Y SIETE MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL CIEN PESOS M/CTE ($887.954.100), donde las partes efectúan los siguientes aportes en dinero y en especie: OCHOCIENTOS SIETE MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y UN MIL PESOS M/CTE ($807.231.000) como aportes del FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE CHAPINERO (FDLCH) y, OCHENTA MILLONES SETECIENTOS VEINTITRÉS MIL CIEN PESOS M/CTE. ($80.723.100) como aportes en especie de bienes y servicios a cargo de la UAERMV.
Que, con las metas realizadas en el marco del convenio suscrito con el Fondo de Desarrollo Local Chapinero, la Entidad realizara 0,51 km - carril de los cuales el 50% es decir, 0,26 km - carril le aportaran al proyecto de inversión O230117240220240131 “Conservación de la red vial y red de ciclo infraestructura de Bogotá D.C.”
Que, para la para la suscripción y perfeccionamiento del Convenio No. 290 de 2025, el Fondo de Desarrollo Local De Chapinero (FDLCH) expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 691 del 17 de julio de 2025 y Registro Presupuestal N°.908 del 02 de septiembre de 2025 con cargo al rubro presupuestal O230117459920242461 Chapinero trabaja por la movilidad en vías urbanas y rurales.
Que, la UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL - UAERMV suscribió con la SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD el convenio marco interadministrativo de cooperación 2024-2741 del cual se deriva el clausulado del convenio interadministrativo 2024-3530, que tiene por objeto “PLANEAR, DISEÑAR Y EJECUTAR INTERVENCIONES DE INFRAESTRUCTURA DEL ESPACIO PÚBLICO PARA LA MOVILIDAD, SEÑALIZACIÓN VIAL Y EL TRATAMIENTO INTEGRAL DE UBICACIONES CRÍTICAS OCASIONADAS POR SINIESTRALIDAD VIAL EN ARAS DE MEJORAR LAS CONDICIONES DE INFRAESTRUCTURA VIAL EN LA CIUDAD DE BOGOTÁ”, por un valor inicial de SEIS MIL OCHOCIENTOS VEINTE MILLONES DE PESOS M/CTE ($6.820.000.000), teniendo en cuenta el análisis de priorización técnica se observó la necesidad de intervenir zonas adicionales con el fin de implementar medidas de gestión de la velocidad, específicamente resaltos parabólicos, en este sentido se suscribe la Adición y Prórroga No. 1 al Convenio Interadministrativo 2024-3530 por valor de DOS MIL CIENTO SETENTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL PESOS M/CTE ($ 2.173.875.000), donde las partes efectúan los siguientes aportes en dinero y en especie: MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SEIS MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS M/CTE ($1.976.250.000) como aportes de la Secretaría Distrital de Movilidad- SDM y, CIENTO NOVENTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS VEINTICINCO MIL PESOS M/CTE ($197.625.000) como aportes en especie de bienes y servicios a cargo de la UAERMV.
Que, con las metas realizadas en el marco de la adición al convenio suscrito con la Secretaría Distrital de Movilidad, la Entidad realizara 0,80 km - carril los cuales aportaran al proyecto de inversión O230117240220240131 “Conservación de la red vial y red de ciclo infraestructura de Bogotá D.C.”.
Que, para la para la suscripción y perfeccionamiento de la Adición y Prórroga No. 1 del Convenio Interadministrativo Derivado No. 2024-3530, la Secretaría Distrital de Movilidad (SDM) expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 1157 del 28 de abril de 2025 y Registro Presupuestal N°. 2835 del 20 de agosto de 2025 con cargo al rubro presupuestal O230117240920240100 - Fortalecimiento del componente de gobernanza para la implementación de la estrategia de seguridad vial en Bogotá.
Que, mediante oficio radicado 2-2025-55641, de fecha 10 de octubre de 2025, la Secretaría Distrital de Planeación, emitió concepto favorable al ajuste presupuestal por convenio en el presupuesto de inversión solicitado por la entidad para la presente vigencia fiscal.
Que, en mérito de lo expuesto, el Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial - UAERMV:
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO. Aprobar un ajuste presupuestal por convenios en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial - UAERMV, para la vigencia fiscal 2025, por valor de CUATRO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y UN MILLONES NOVECIENTOS OCHO MIL CIENTO CINCUENTA Y SIETE PESOS M/CTE ($4.451.908.157), según el siguiente detalle:
ARTÍCULO SEGUNDO. - Aprobar un ajuste presupuestal por convenios en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial - UAERMV, para la vigencia fiscal 2025, por valor de CUATRO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y UN MILLONES NOVECIENTOS OCHO MIL CIENTO CINCUENTA Y SIETE PESOS M/CTE ($4.451.908.157), según el siguiente detalle:
ARTÍCULO TERCERO. Remítase copia del presente Acuerdo a la Secretaría Distrital de Hacienda para lo de su competencia.
ARTICULO CUARTO: PUBLICACIÓN. Ordenar a la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial publicar el presente acto administrativo a través de los medios de comunicación dispuestos de amplia divulgación con los que cuente la Unidad, y conforme con lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO QUINTO: VIGENCIA. El presente Acuerdo rige a partir del día siguiente a la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá D.C., a los 22 días del mes de octubre del año 2025.
CLAUDIA DÍAZ ACOSTA
Secretaria Distrital de Movilidad Presidenta del Consejo Directivo UAERMV
ROSITA ESTHER BARRIOS FIGUEROA
Secretaria General de la UAERMV Secretaria Técnica del Consejo Directivo UAERMV
Nota: Ver norma original en Anexos. |
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