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Resolución 022 de 2025 Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal - CONFIS - Secretaría Distrital de Hacienda

Fecha de Expedición:
01/11/2025
Fecha de Entrada en Vigencia:
04/11/2025
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8444 del 04 de noviembre de 2025.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 022 DE 2025

 

(Noviembre 01)

 

Por la cual se aprueba una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones 2025 para la Subred Integrada de Servicios de Salud - SISS Sur Occidente E.S.E por $17,978,741,518

 

EL CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS

 

En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en el artículo 10° del Decreto Distrital 714 de 1996, el artículo 27 del Decreto Distrital 662 de 2018, modificado por el artículo 3º del Decreto Distrital 191 de 2021, y.

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante Acuerdo No. 17 de 1997 del Concejo Distrital, se transforman los Hospitales en Empresas Sociales del Estado del orden distrital.

 

Que, como Empresas Sociales del Estado, están sujetas al régimen presupuestal de las Empresas. Industriales y Comerciales del Distrito, conforme a lo estipulado en el Artículo 3º del Decreto Distrital 714 de 1996, en el Artículo 25° del Acuerdo No, 17 de 1997, en el Decreto Distrital 662 de 2018 y en los artículos que lo modifican según Decreto Distrital 191 de 2021.

 

Que según lo establecido en el Acuerdo Distrital 641 de 2016 "por el cual se efectúa la reorganización del sector salud de Bogotá, Distrito Capital, se modifica el Acuerdo 257 de 2006 y se expiden otras disposiciones", se reorganizó el sector salud y se fusionaron las 22 Empresas Sociales del Estado en las 4 Empresas Sociales del Estado denominadas Subredes Integradas de Servicios de Salud E.S.E.

 

Que conforme a lo estipulado en el literal e) del artículo 10 del Decreto Distrital 714 de 1996, corresponde al Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal CONFIS, aprobar y modificar mediante resolución el Presupuesto de Ingresos y Gastos de las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito Capital y de las Sociedades de Economía Mixta con el régimen de aquellas.

 

Que conforme a lo establecido en el artículo 27 del Decreto Distrital 662 de 2018, modificado por el artículo 3 del Decreto Distrital 191 de 2021, "(...) las modificaciones presupuestales que afecten el valor total de los ingresos, gastos de funcionamiento, servicio de la deuda y gastos de inversión serán aprobadas por el CONFIS Distrital, previo concepto favorable de la Junta o Consejo Directivo de la empresa y de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto (...)

 

Así mismo, el mencionado artículo indica que "(...) Para las Empresas Sociales del Estado, antes de su aprobación por el CONFIS Distrital, se requerirá adicionalmente, y en todos los casos, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Salud.".

 

Que de acuerdo con el numeral 5 del reglamento interno del Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal CONFIS, aprobado en sesión CONFIS No 01 de 2024 y modificado en la sesiones CONFIS No. 04 de 2024 y No. 17 del 2025, las decisiones del CONFIS se notificarán "Mediante Resoluciones suscritas por la Secretaría Técnica y el Secretario Distrital de Hacienda, cuando las decisiones sean de carácter aprobatorio y modificatorio del Presupuesto de Ingresos y Gastos de las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito Capital y las Empresas Sociales del Estado".

 

Que el CONFIS Distrital mediante Resolución No.15 del 31 de octubre de 2024, aprobó los Presupuestos de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de las cuatro (4) Subredes Integradas de Servicios de Salud SISS Empresas Sociales del Estado - E.S.E., para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año 2025.

 

Que la Subred Integrada de Servicios de Salud SISS Sur Occidente E.S.E. presentó para análisis y concepto de la Secretaria Distrital de Salud, una solicitud de adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversión 2025 por valor de $17.978.741.518, provenientes de los recursos asignados por la Secretaria Distrital de Salud.

 

Que la Junta Directiva del Fondo Financiero Distrital de Salud aprobó el Acuerdo No. 475 del 28 de octubre de 2025 "Por medio del cual se efectúa una modificación en el Presupuesto de Gastos de Inversión del Fondo Financiero Distrital de Salud, para la vigencia fiscal de 2025", acreditando recursos por $77.181.310.584 al proyecto de inversión Fortalecimiento de la Red Integrada de Servicios de Salud y Capital Salud Bogotá D.C.; proyecto del cual el Fondo Financiero Distrital de Salud girará los recursos para la Subred Sur Occidente, de acuerdo con lo informado mediante el oficio No. 2025-EE-108226 del 24 de octubre de 2025, firmado por el Secretario Distrital de Salud donde informa: "...con el compromiso de esta Secretaría de garantizar la efectiva prestación de los servicios de salud a la población, me permito informar que en ese marco se efectuará el giro de $17.978.741.518 para el año 2025."

 

Que la Junta Directiva de la SISS Sur Occidente E.S.E., mediante Acuerdo No. 71 del 25 de octubre de 2025 emitió concepto favorable para la incorporación al Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones 2025 por $17.978.741.518, así:

 

INGRESOS

 

 

Que la Secretaria Distrital de Salud - SDS, con respecto a la solicitud de adición al Presupuesto de Rentas e Ingresos 2025 de la SISS Sur Occidente E.S.E., emitió concepto favorable No. 0050 de 2025 a una adición al presupuesto de la vigencia 2025 por la suma de DIECISIETE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y OCHO MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y UN MIL QUINIENTOS DIECIOCHO PESOS MONEDA CORRIENTE ($17.978.741.518), recursos que son aportados en su totalidad por la Secretaria Distrital de Salud.

 

Que la Secretaria Distrital de Salud SDS, mediante concepto favorable No. 0050 de 2025 recomendó la adición al presupuesto de gastos e inversiones de la SISS Sur Occidente E.S.E. de la vigencia 2025, por la suma de CINCUENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA MIL SEISCIENTOS VEINTINUEVE PESOS MONEDA CORRIENTE ($17.978.741.518), así: (i) $8.778.741.518 en gastos de Funcionamiento, para cubrir el pago de arrendamientos, seguros, mantenimiento, aseo y pago de honorarios y servicios técnicos y (ii) $ 9,200,000,000 en gastos de operación comercial, para cubrir la contratación de servicios asistenciales generales y de PIC.

 

Que la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, emitió concepto favorable y recomendó al CONFIS Distrital aprobar la adición al Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones 2025 de la SISS Sur Occidente E.S.E. por la suma de $17.978.741.518, de conformidad con lo informado por la Secretaría Distrital de Salud.

 

Que el CONFIS Distrital en sesión No. 31 del 30 de octubre de 2025, aprobó la adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la vigencia 2025 de la Subred Integrada de Servicios de Salud - SISS Sur Occidente E.S.E por $17.978.741.518, conforme al análisis y conceptos favorables de las Secretarias Distritales de Salud y de Hacienda.

 

Que la observancia de los procedimientos legales y presupuestales a que haya lugar por efecto de esta adición presupuestal aprobada es responsabilidad y competencia exclusiva de la Subred Integrada de Servicios de Salud - SISS Sur Occidente E.S.E.

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO PRIMERO. Aprobar una adición en el Presupuesto de Rentas e ingresos y de Gastos e Inversiones para la vigencia 2025 de la Subred Integrada de Servicios de Salud - SISS Sur Occidente E.S.E. por $17.978.741.518, conforme al siguiente detalle:

 

 

Parágrafo. El CONFIS Distrital insta a la Subred Integrada de Servicios de Salud Sur Occidente E.S.E., de conformidad con los artículos 1º y 9º del Decreto 1769 de 1994, a cumplir con su obligación de apropiar el cinco por ciento (5%) del total de los ingresos para el mantenimiento de la infraestructura y la dotación hospitalaria de la Subred.

 

ARTÍCULO SEGUNDO. La presente resolución rige a partir de la fecha de publicación en el Registro Distrital.

 

PUBLIQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá D, C., a los 01 días del mes de noviembre del año 2025.

 

ANA MARÍA CADENA RUIZ

 

Secretaria Distrital de Hacienda

 

URSULA ABLANQUE MEJÍA

 

Secretaria Técnica de CONFIS

 

Secretaria Distrital de Planeación

 

NOTA: Ver norma original en anexos.