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Decreto Distrital 378 de 2026 (Marzo 26)
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Adiciona el Título 3 al Libro 4 del Decreto Distrital 648 de 2025, Único del Sector Planeación y autoriza al representante de la Alcaldía Mayor de Bogotá para ejercer la actuación descrita en el parágrafo del artículo 1º del Reglamento del Comité Permanente de Estratificación Socioeconómica de Bogotá D.C. Esto es, para manifestar o no común acuerdo con los ajustes o adaptaciones a dicho reglamento; para lo cual tendrá en cuenta las condiciones que esta disposición señala en cuanto a: (i) Que imperen circunstancias locales, (ii) no vulneren la esencia del Reglamento, y (iii) no vayan en detrimento de los usuarios ni de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.
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