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Resolución 163 de 2026 Instituto Distrital de las Artes - IDARTES - Subdirección de las Artes

Fecha de Expedición:
20/02/2026
Fecha de Entrada en Vigencia:
09/03/2026
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8536 del 09 de marzo de 2026.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 163 DE 2026

 

(Febrero 20)

 

Por medio de la cual se autoriza el traslado (desmonte, almacenamiento e implantación) de la expresión artística "Nuestra Señora de las Misericordias" de carácter permanente en el espacio público de Bogotá DC

 

LA SUBDIRECTORA DE LAS ARTES DEL INSTITUTO DISTRITAL DE LAS ARTES –IDARTES

 

En uso de sus atribuciones legales, en especial las conferidas en el Decreto Distrital 555 de 2021, y en uso de las facultades de conformidad con lo establecido en el Acuerdo Distrital 440 de 2010, Acuerdo No. 005 de 2021 modificado por el Acuerdo 002 de 2025, el Acuerdo 008 de 2025 del Consejo Directivo del Idartes, Resolución 1503 de 2025, Resolución 1504 de 2025, Resolución 1651 de 2025 у

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante el Acuerdo N° 440 de 2010 fue creado el Instituto Distrital de las Artes- Idartes (en adelante "Idartes" o "el Instituto") como un: "Establecimiento público del orden distrital, con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera, y patrimonio propio, adscrito a la Secretaria Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, de cuyo sector hace parte integrante", tiene por objeto "la ejecución de políticas, planes, programas y proyectos para el ejercicio efectivo de los derechos culturales de los habitantes del Distrito Capital, en lo relacionado con la formación, creación, investigación, circulación y apropiación de las áreas artísticas de literatura, artes plásticas, artes audiovisuales, arte dramático, danza y música, a excepción de la música sinfónica, académica y el canto lirico".

 

Que el titulo 10 el Decreto 649 de 2025 "Por medio del cual se expide el Decreto Único del Sector Cultura, Recreación y Deporte" establece la conformación y funcionamiento del Comité Distrital del Espacio Público, la operación de la Ventanilla Única de Implantaciones Artísticas en el Espacio Público VIARTE y el trámite para la implantación, traslado y donación de expresiones artísticas de carácter permanente en el espacio público de la ciudad.

 

Que frente a las solicitudes que se radiquen ante la Ventanilla Única de Implantaciones Artísticas en el Espacio Público VIARTE para implantar, trasladar o donar en el espacio público una expresión artística de carácter permanente, el parágrafo 2 del artículo 305 del Decreto ibidem, señala que: "Toda solicitud deberá cumplir con las normas y reglamentaciones sobre espacio público, en particular las establecidas en el Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá y sus decretos reglamentarios".

 

Que conforme el artículo 145 del Decreto 555 de 2021, le corresponde al Instituto Distrital de las Artes - IDARTES la competencia de expedir una de las modalidades de Licencia de Intervención y Ocupación del Espacio Público que tiene por fin: "Autorizar la ubicación de expresiones artísticas de carácter permanente en el espacio público del Distrito Capital".

 

Que mediante Resolución No. 1503 de 2025, el Instituto Distrital de las Artes Idartes, creó y adoptó el inventario de expresiones artísticas de carácter permanente en el espacio público del Distrito Capital.

 

Que mediante la Resolución No. 1504 de 2025, el Idartes estableció el procedimiento de autorización para la ubicación de las expresiones artísticas en el espacio público del Distrito Capital. Así mismo dispuso que a través de la Subdirección de las Artes- Gerencia de Artes Plásticas y Visuales, se verificará el cumplimiento de las obligaciones y especificaciones técnicas de la implantación.

 

Que mediante los radicados del IDPC No. 20255110046052 del 27 de mayo de 2025 y No. 20255110056852 del 1 de julio de 2025, el CONCESIONARIO VIAL DEL NORTE identificado con Nit: 901776485-7, solicitó al Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, la autorización para realizar acciones de desmontaje, almacenamiento, traslado e implantación del bien mueble "Nuestra Señora de las Misericordias", actualmente ubicada en la carrera 7 entre calles 110A y calle 111 acera oriental de la carrera 7, en la localidad de Usaquén.

 

Que dicha solicitud se formula dentro del proyecto de transformación urbanística de la ciudad, en el marco del contrato IDU No. 1739-2023, suscrito entre el Instituto de Desarrollo Urbano IDU y el CONCESIONARIO VIAL DEL NORTE, cuyo objeto es la construcción del corredor verde de la carrera 7 desde la calle 99 hasta la calle 127 y demás obras complementarias en la ciudad de Bogotá.

 

Que mediante Resolución No. 597 del 30 de julio de 2025 el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural aprobó la propuesta de desmonte, almacenamiento, traslado e implantación de la escultura denominada "Nuestra Señora de las Misericordias" ubicada en la carrera 7 entre calles 110A y calle 111 acera oriental de la carrera 7, en la localidad de Usaquén.

 

Que el Comité Distrital de Espacio Público, en sesión ordinaria del 01 de agosto de 2025, por votación de sus miembros, aprobó el traslado de la escultura "Nuestra Señora de las Misericordias".

 

Que el CONCESIONARIO VIAL DEL NORTE identificado con Nit: 901776485-7, presentó su interés de realizar el traslado de la escultura Nuestra Señora de las Misericordias mediante radicado No. 20257100195732 del 8 de agosto de 2025 ante la Subdirección de Gestión Cultural y Patrimonio de la Secretaria Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, a través de la Ventanilla Única de Implantaciones Artísticas en el espacio Público VIARTE, para lo cual adjunto la propuesta de traslado de desmonte, almacenamiento, traslado e implantación de la escultura denominada "Nuestra Señora de las Misericordias" ubicada en el separador carrera 7 entre calles 110A y 11, localidad de Usaquén, con el fin de iniciar el proceso de aprobación por parte del Comité Distrital del Espacio Público.

 

Que mediante la Resolución No. 834 del 5 de septiembre de 2025, la Dirección de Arte, Cultura y Patrimonio de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, adoptó la decisión emitida por el Comité Distrital de Espacio Público respecto de la autorización de traslado de la escultura implantación artística denominada "Nuestra Señora de las Misericordias".

 

Que a través del sistema Orfeo mediante radicado No. 20264600002342 del 9 de enero de 2026, el CONCESIONARIO VIAL DEL NORTE Identificado con el Nit: 901776485-7 radicó en el Instituto Distrital de las Artes-Idartes, la documentación requerida conforme a lo establecido en el artículo 4 de la Resolución No. 1504 de 2025.

 

Que la Subdirección de las Artes a través de su Gerencia de Artes Plásticas y Visuales, verificó el cumplimiento de las condiciones y requisitos por parte del CONCESIONARIO VIAL DEL NORTE identificado con el Nit: 901776485-7, conforme a lo establecido en las Resoluciones Nos. 1503 y 1504 de 2025 del Instituto Distrital de las Artes Idartes, y en consecuencia, mediante radicado Orfeo No. 20263300072613 del 22 de enero de 2025, solicitó a la Subdirección Jurídica tramitar el Acto Administrativo mediante el cual el Instituto Distrital de las Artes IDARTES autoriza al CONCESIONARIO VIAL DEL NORTE, el traslado de desmonte, almacenamiento e implantación, de la escultura denominada "Nuestra Señora de las Misericordias" y adjuntó los soportes para tal fin.

 

Que la Gerencia de Artes Plásticas y Visuales de la Subdirección de las Artes, procederá a incluir la escultura denominada "Nuestra Señora de las Misericordias" en el Inventario de Expresiones Artísticas de carácter permanente en el espacio público del Distrito Capital, una vez finalizado el proceso de traslado objeto de la presente autorización, al tenor del artículo 4.4 de la Resolución 1503 de 2025, del Instituto Distrital de las Artes - Idartes.

 

En mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1. AUTORIZAR el traslado (desmonte, almacenamiento e implantación) de la escultura denominada "Nuestra Señora de las Misericordias, ubicada en la carrera 7 entre calles 110A y calle 111 acera oriental de la carrera 7, en la localidad de Usaquén de la ciudad de Bogotá D.C., en las condiciones descritas en el proyecto aprobado por el Comité Distrital de Espacio Público mediante la Resolución No. 834 de 2025 de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte, la cual soporta técnicamente la expedición de la presente autorización de traslado.

 

ARTÍCULO 2. La autorización concedida, se otorga al CONCESIONARIO VIAL DEL NORTE identificado con Nit 901776485-7, quien deberá cumplir las obligaciones establecidas en el artículo décimo noveno de la Resolución No. 1504 de 2025 del Idartes, y será responsable por los daños, afectaciones y modificaciones que pueda llegar a requerir la escultura denominada Nuestra Señora de las Misericordias" de conformidad con lo dispuesto en el artículo vigésimo de la citada Resolución No. 1504 de 2025, para lo cual suscribirá el formato de responsabilidad que suministrará Idartes para este fin.

 

ARTÍCULO 3. La Gerencia de Artes Plásticas y Visuales de la Subdirección de las Artes, formalizará la inclusión de la escultura denominada "Nuestra Señora de las Misericordias" conforme a lo establecido en el artículo 4.4. de la Resolución 1503 de 2025, en el Inventario de Expresiones Artísticas de carácter permanente en el espacio público del Distrito Capital, una vez finalizado el proceso de traslado objeto de la presente autorización.

 

ARTÍCULO 4. La presente autorización tendrá una vigencia de treinta y cuatro (34) meses, contados a partir de la fecha de inicio del proceso de traslado conforme a lo estipulado en el proyecto aprobado por el Comité Distrital de Espacio Público a través de la Resolución 834 de 2025.

 

Parágrafo. Esta autorización podrá prorrogarse una sola vez y por un plazo de diecisiete (17) meses, previo al vencimiento de la respectiva autorización, siempre que mantengan las condiciones de conservación del bien mueble y se encuentren vigentes a la fecha, las normas que permitieron su aprobación por parte del IDPC.

 

ARTÍCULO 5. Comunicar la presente Resolución a la Secretaría Técnica del Comité Distrital del Espacio Público y al Instituto Distrital de Patrimonio Cultural IDPC, por intermedio de la Subdirección Jurídica del Instituto Distrital de las Artes- Idartes.

 

ARTICULO 6. Vigencia. La presente Resolución rige a partir del día siguiente a la fecha de su publicación en la página web de la entidad y deberá ser publicada en el Registro Distrital.

 

COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.

 

Dada en Bogotá a los, 20 días del mes de febrero del año 2026.

 

MARÍA MERCEDES GONZÁLEZ CÁCERES

 

Subdirectora de las Artes

 

Instituto Distrital de las Artes

 

NOTA: Ver norma original en anexos.