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Resolución 036 de 2026 Secretaría de Educación del Distrito - SED - Subsecretaría de Integración Interinstitucional

Fecha de Expedición:
20/02/2026
Fecha de Entrada en Vigencia:
09/03/2026
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8536 del 09 de marzo de 2026.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 036 DE 2026

 

Por la cual se unifica el reconocimiento de carácter oficial del Colegio San José de Castilla IED

 

EL SUBSECRETARIO DE INTEGRACIÓN INTERINSTITUCIONAL DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO

 

En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por la Ley 115 de 1994, la Ley 715 de 2001, el Decreto 1075 de 2015, el Decreto Distrital 650 de 2025, la Resolución 2684 de 2019, la Resolución 3079 de 2019, y

 

CONSIDERANDO

 

Que la Constitución Política de Colombia, en su artículo 44, reconoce como derechos fundamentales de los niños, niñas y jóvenes, entre otros, la educación y la cultura, la recreación y la libre expresión de su opinión». En virtud de esto, el Estado, la sociedad y la familia están obligados a garantizar su protección integral, con el fin de asegurar su desarrollo pleno y el ejercicio efectivo de sus derechos.

 

Que el artículo 67 de la Constitución Política de Colombia establece que «La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica y a los demás bienes y valores de la cultura». Igualmente dispone que el Estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación.

 

Que la Ley 715 de 2001 en los numerales 7.1 y 7.3 del artículo 7 define como competencia del distrito la prestación del servicio educativo en los niveles de preescolar, básica y media y la administración de las instituciones educativas.

 

Que el artículo 138 de la Ley 115 de 1994 dispone que un establecimiento educativo debe contar con la autorización para prestar el servicio a través del reconocimiento de carácter oficial otorgado por la secretaría de educación certificada, además de tener un proyecto educativo institucional y cumplir con estructura administrativa, planta física y medios educativos adecuados.

 

Que la Ley 1437 de 2011, en los numerales 8, 11 y 12 del artículo 3, consagra, entre otros, principios como la transparencia, eficacia y economía procesal, los cuales contribuyen a garantizar la publicidad de los documentos, la organización administrativa y la prestación de sus servicios, al igual que simplificar la documentación y reducir imprecisiones y ambigüedades.

 

Que el numeral 9 del artículo 6 del Decreto 650 de 2025 consagra que corresponde a las funciones del secretario de Educación del Distrito «Expedir los actos administrativos que se generen a partir de la normatividad vigente y en desarrollo de las políticas del Sector Educativo».

 

Que el Decreto 625 de 2025 creó el Comité de Colegios Oficiales como máxima instancia decisoria de la Secretaría de Educación del Distrito en lo relacionado con la expedición, actualización, modificación o cesación de efectos jurídicos del reconocimiento de carácter oficial, de los colegios oficiales de Bogotá, así como la aprobación de la jornada única para la prestación del servicio educativo.

 

Que mediante la Resolución 2684 del 8 de octubre de 2019, se delegó en la Subsecretaria de Integración Interinstitucional la facultad de expedir y modificar los reconocimientos de carácter oficial de las instituciones educativas públicas de Bogotá.

 

Que la Resolución 4702 de 2004 de la SED dispuso que todas las instituciones educativas oficiales se denominan colegios, y la Resolución 3079 de 2019 de la SED reglamentó el procedimiento para expedir, modificar y unificar el Reconocimiento de Carácter Oficial (RCO).

 

Que, en relación con el Colegio San José de Castilla IED, la Resolución 1644 de 2002 integró el Instituto Distrital Castilla y al CED San José Occidental, y autorizó la prestación del servicio en un grado de preescolar, nueve de básica y dos de media; la Resolución 2434 de 2002 adoptó el nombre definitivo como Institución Educativa Distrital San José de Castilla, la Resolución 3135 de 2002 integró la Institución Educativa Distrital San José de Castilla, el CED Visión de Colombia y el CED el Tintal para prestar el servicio educativo en un grado de preescolar, nueve de básica y dos de educación media; la Resolución 2438 de 2008 separó la sede D y la integró al colegio General Gustavo Rojas Pinilla; la Resolución 2953 autorizó el programa de Educación Media Especializada; la Resolución 2080 de 2024 autorizó la prestación del servicio en jornada única para los grados transición y 1º en la sede C.

 

Que el rector, mediante oficio con radicado 1-2025-118525, solicitó la ampliación de la jornada única para el grado 2º en la sede C, soportada en el Acta del Consejo Directivo del 21 de julio de 2025 en la cual se aprobó la modificación del PEI y la ampliación de la jornada única. En atención a lo anterior, la Dirección de Educación Preescolar y Básica requirió concepto a las direcciones correspondientes del nivel central de la SED, las cuales emitieron su viabilidad de la siguiente forma: (i) la Dirección de Construcciones y Conservación de Establecimientos Educativos manifestó que viabiliza la ampliación de la jornada única para el grado 2º en la sede C, de acuerdo con el componente de infraestructura; (ii) la Dirección de Bienestar Estudiantil, mediante radicado 1-2025-132239, emitió concepto favorable señalando la viabilidad de prestar el servicio el servicio de refrigerios escolares y el servicio integral de almuerzos escolares; (iii) la Dirección de Talento Humano mediante oficio con radicado 1-2025-165477 viabilizó la ampliación de jornada única; (iv) la Dirección de Educación Preescolar y Básica dio aval a la propuesta presentada para la implementación de la jornada única; y (v) el Comité de Colegios Oficiales, en sesión No.1 del 6 de enero de 2026, autorizó el tránsito a jornada única del grado 2º en la sede C del Colegio San José de Castilla IED.

 

Que la Dirección General de Educación y Colegios Distritales mediante el radicado I-2026-11234, solicitó concepto a las subsecretarías competentes con relación a la situación administrativa y operativa de la sede B «San José Occidental», ubicada en la calle 12 Bis #72-54, de la localidad de Kennedy, teniendo en cuenta su estado actual de inactividad. Al respecto, estas dependencias emitieron los siguientes pronunciamientos: (i) La Subsecretaría de Acceso y Permanencia, mediante radicado I-2026-19706, informó que la sede no ha registrado matrícula en las últimas vigencias, razón por la cual se procedió a la inactivación de sus grados en el Sistema de Información Nacional de Educación Básica y Media (SINEB); así mismo, indicó que el terreno se encuentra afectado como zona de reserva vial, por lo que se entregó al IDU para el proyecto Vial Bosa- Tintal-Alsacia-Constitución, en consecuencia emitió concepto favorable para su desvinculación; (ii) la Subsecretaría de Gestión Institucional, mediante comunicación 1-2026-17163, señaló la viabilidad de actualizar el RCO, en la medida en que no existen docentes asignados a la sede; y (iii) el Comité de Colegios Oficiales, en sesión No. 3 del 19 de febrero de 2026, autorizó la desvinculación de la sede B «San José Occidental» con código DANE 111001033766, con fundamento en su situación administrativa y operativa.

Que, una vez recibidos los conceptos favorables de las dependencias mencionadas, es viable y se procede actualizar el RCO del colegio San José de Castilla con relación a la jornada única en el grado 2º en la sede C, así la desvinculación de la sede B «San José Occidental».

 

Que existe dispersión normativa en los reconocimientos de carácter oficial y falta de claridad de los servicios educativos autorizados para el Colegio San José de Castilla IED, lo cual exige, en aras de materializar los principios de eficiencia, organización administrativa y economía, la unificación de dicho reconocimiento en un único acto administrativo, con el fin de organizar la documentación institucional, simplificar trámites y garantizar una gestión administrativa eficiente.

 

En mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO PRIMERO. RECONOCIMIENTO DE CARÁCTER OFICIAL. Reconózcase por medio de la presente resolución el carácter oficial del Colegio San José de Castilla IED, con código DANE 111001041475, para que preste el servicio educativo mixto, calendario A de la siguiente manera:

 

(i) un (1) grado de educación preescolar.

 

(ii) nueve (9) grados de educación básica.

 

(iii) dos (2) grados de educación media.

 

ARTÍCULO SEGUNDO. AUTORIZACIÓN DE JORNADAS. Autorícese las jornadas mañana y tarde para los grados 3º a 11°, y la jornada única para los grados transición a 2º del Colegio San José de Castilla IED.

 

ARTÍCULO TERCERO. DESVINCULACIÓN DE SEDE. Desvincúlese la sede B «San José Occidental, con código DANE 111001033766, del Colegio San José de Castilla IED, por la no prestación del servicio educativo.

 

ARTÍCULO CUARTO. REORGANIZACIÓN DE SEDES. Autorícese la reorganización de las sedes del Colegio San José de Castilla IED. A partir de la vigencia del presente acto administrativo, la sede C <<Visión de Colombia», con código DANE 111001047236, será reconocida como sede B.

 

ARTÍCULO QUINTO. DENOMINACIÓN DE SEDES. Autorícese el cambio de nombre de las sedes A <<Castilla» y B «Visión de Colombia», las cuales se denominarán en adelante: «Sede A - San José de Castilla» y «Sede B - San José de Castilla».

 

ARTÍCULO SEXTO. RECONOCIMIENTO DE SEDE. Reconózcase que la institución prestará el servicio educativo en las siguientes sedes de la localidad de Kennedy:

 

<<Sede A - San José de Castilla» con código DANE 111001041475, ubicada en la: carrera 78F #7D-03.

 

<<Sede B - San José de Castilla con código DANE 111001047236, ubicada en la: carrera 79C #13A-40.

 

ARTÍCULO SÉPTIMO. COMUNICACIÓN. Notifíquese el presente acto administrativo al Colegio San José de Castilla IED y a las dependencias competentes de la Secretaría de Educación del Distrito para los trámites pertinentes.

 

ARTÍCULO OCTAVO. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga expresamente las Resoluciones 1644 de 2002, 2434 de 2002, 3135 de 2002, 2438 de 2008, y todas las demás que sean contrarias.

 

Dada en Bogotá D. C., a los 20 días del mes de febrero del año 2026.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

DIEGO ESCALLÓN ARANGO

 

Subsecretario de Integración Interinstitucional

 

NOTA: Ver norma original en anexos.