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RESOLUCIÓN 026 DE 2026
(Enero 22)
Por la cual se unifica el reconocimiento de carácter oficial del Colegio Francisco de Miranda IED
EL SUBSECRETARIO DE INTEGRACIÓN INTERINSTITUCIONAL DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO
En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por la Ley 115 de 1994, la Ley 715 de 2001, el Decreto 1075 de 2015, el Decreto Distrital 650 de 2025, la Resolución 2684 de 2019, la Resolución 3079 de 2019, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de Colombia, en su artículo 44, reconoce como derechos fundamentales de los niños, niñas y jóvenes, entre otros, “la educación y la cultura, la recreación y la libre expresión de su opinión”. En virtud de esto, el Estado, la sociedad y la familia están obligados a garantizar su protección integral, con el fin de asegurar su desarrollo pleno y el ejercicio efectivo de sus derechos.
Que el artículo 67 de la Constitución Política de Colombia establece que “La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica y a los demás bienes y valores de la cultura”. Igualmente dispone que el Estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación.
Que la Ley 715 de 2001 en los numerales 7.1 y 7.3 del artículo 7 define como competencia del distrito la prestación del servicio educativo en los niveles de preescolar, básica y media y la administración de las instituciones educativas.
Que el artículo 138 de la Ley 115 de 1994 dispone que un establecimiento educativo debe contar con la autorización para prestar el servicio a través del reconocimiento de carácter oficial otorgado por la secretaría de educación certificada, además de tener un proyecto educativo institucional y cumplir con estructura administrativa, planta física y medios educativos adecuados.
Que la Ley 1437 de 2011, en los numerales 8, 11 y 12 del artículo 3, consagra, entre otros, principios como la transparencia, eficacia y economía procesal, los cuales contribuyen a garantizar la publicidad de los documentos, la organización administrativa y la prestación de sus servicios, al igual que simplificar la documentación y reducir imprecisiones y ambigüedades.
Que el numeral 9 del artículo 6 del Decreto 650 de 2025 consagra que corresponde a las funciones del secretario de Educación del Distrito “Expedir los actos administrativos que se generen a partir de la normatividad vigente y en desarrollo de las políticas del Sector Educativo”.
Que el Decreto 625 de 2025 creó el Comité de Colegios Oficiales como máxima instancia decisoria de la Secretaría de Educación del Distrito en lo relacionado con la expedición, actualización, modificación o cesación de efectos jurídicos del reconocimiento de carácter oficial, de los colegios oficiales de Bogotá, así como la aprobación de la jornada única para la prestación del servicio educativo.
Que mediante la Resolución 2684 del 8 de octubre de 2019, se delegó en la Subsecretaría de Integración Interinstitucional la facultad de expedir y modificar los reconocimientos de carácter oficial de las instituciones educativas públicas de Bogotá.
Que la Resolución 4702 de 2004 de la SED dispuso que todas las instituciones educativas oficiales se denominan colegios, y la Resolución 3079 de 2019 de la SED reglamentó el procedimiento para expedir, modificar y unificar el Reconocimiento de Carácter Oficial (RCO).
Que, en relación con el Colegio Francisco de Miranda IED, el Acuerdo 2 de 1996 formalizó la creación del Centro Educativo Distrital Francisco de Miranda; la Resolución 6831 de 1996 autorizó al Plantel Educativo Distrital Francisco de Miranda para prestar el servicio educativo en grado 8°; la Resolución 6831 de 1996 autorizo dos cursos de octavo al Plantel educativo Distrital Francisco de Miranda; la Resolución 5581 de 1997 ordenó la fusión de la Escuela Distrital Francisco de Miranda con el Centro Educativo Distrital Francisco Miranda, adoptando la denominación de Centro Educativo Distrital de Educación Básica y Media Francisco de Miranda; la Resolución 7930 de 1998 reconoció oficialmente al Centro Educativo Distrital Francisco de Miranda para prestar el servicio educativo en los grados 1º a 9°; la Resolución 2373 de 2001 autorizó la ampliación del servicio educativo para el nivel de media; la Resolución 2000 de 2017 autorizó la prestación del servicio en jornada única para los grados 10º y 11°; la Resolución 0073 de 2022 autorizó la jornada única para el grado transición; y la Resolución 2080 de 2024 autorizó la jornada única para los grados 1º a 5°.
Que el rector, mediante comunicación, del 17 de octubre de 2025, ante la Dirección Local de Kennedy solicitó la implementación de la jornada única para los grados 6º y 7º, soportada en el acta del Consejo Directivo del 28 de agosto de 2025, en la cual se aprobó la modificación del PEI y el tránsito a jornada única de los grados 6º y 7°. En atención a lo anterior, la Dirección de Educación Preescolar y Básica requirió concepto a las direcciones correspondientes del nivel central de la SED, las cuales emitieron su viabilidad de la siguiente forma: (i) la Dirección de Construcciones y Conservación de Establecimientos Educativos según lo expuesto en la comunicación, manifestó que viabiliza el tránsito a jornada única para los grados 6º y 7º en lo referente al componente de infraestructura; (ii) la Dirección de Bienestar Estudiantil, mediante radicado 1-2025-158866, emitió concepto favorable señalando la viabilidad de prestar el servicio de desayunos y almuerzos escolares para los grados 6º y 7°; (iii) la Dirección de Talento Humano mediante oficio con radicado I-2025-165478 viabilizó el tránsito a jornada única; (iv) la Dirección de Educación Preescolar y Básica dio aval a la propuesta presentada para la implementación de la jornada única; y (v) el Comité de Colegios Oficiales, en sesión No.1 del 6 de enero de 2026, autorizó el tránsito a jornada única para los grados 6º y 7º del Colegio Francisco Miranda IED.
Que, una vez recibidos los conceptos favorables de las direcciones mencionadas, es viable y se procede actualizar el RCO del Colegio Francisco de Miranda IED con relación a la jornada única de los grados 6º y 7°.
Que existe dispersión normativa en los reconocimientos de carácter oficial y falta de claridad de los servicios educativos autorizados para el Colegio Francisco de Miranda IED, lo cual exige, en aras de materializar los principios de eficiencia, organización administrativa y economía, la unificación de dicho reconocimiento en un único acto administrativo, con el fin de organizar la documentación institucional, simplificar trámites y garantizar una gestión administrativa eficiente.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. RECONOCIMIENTO DE CARÁCTER OFICIAL. Reconózcase por medio de la presente resolución el carácter oficial del Colegio Francisco de Miranda IED, con código DANE 111001014974, para que preste el servicio educativo mixto, calendario A de la siguiente manera:
(i) dos (2) grados de educación preescolar. (ii) nueve (9) grados de educación básica. (iii) dos (2) grados de educación media.
ARTÍCULO SEGUNDO. AUTORIZACIÓN DE JORNADAS. Autorícese la jornada mañana y tarde para los grados 8º y 9°, y la jornada única para los grados jardín a 7°, 10º y 11° al Colegio Francisco de Miranda IED.
ARTÍCULO TERCERO. DENOMINACIÓN DE SEDE. Autorícese el cambio de nombre de la sede A <<Francisco de Miranda» la cual se denominará en adelante: “Sede A - Francisco de Miranda”.
ARTICULO CUARTO. RECONOCIMIENTO DE SEDE. Reconózcase que la institución prestará el servicio educativo en la “Sede A - Francisco de Miranda” con código DANE 111001014974, ubicada en la: diagonal 41 Sur #73A-80, de la localidad de Kennedy.
ARTÍCULO QUINTO. COMUNICACIÓN. Comuníquese el presente acto administrativo al Colegio Francisco de Miranda IED y a las dependencias competentes de la Secretaría de Educación del Distrito para los trámites pertinentes.
ARTÍCULO SEXTO. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga expresamente la Resolución 2373 de 2001 y todas las demás que sean contrarias.
Dada en Bogotá D. C., a los 22 días del mes de enero del año 2026.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
DIEGO ESCALLÓN ARANGO
Subsecretario de Integración Interinstitucional Nota: Ver norma original en anexos. |