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RESOLUCIÓN 041 DE 2026
(Marzo 12)
Por la cual se unifica el reconocimiento de carácter oficial del Colegio República del Ecuador IED
EL SUBSECRETARIO DE INTEGRACIÓN INTERINSTITUCIONAL DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO
En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por la Ley 115 de 1994, la Ley 715 de 2001, el Decreto 1075 de 2015, el Decreto Distrital 650 de 2025, la Resolución 2684 de 2019, la Resolución 3079 de 2019, y
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de Colombia, en su artículo 44, reconoce como derechos fundamentales de los niños, niñas y jóvenes, entre otros, “la educación y la cultura, la recreación y la libre expresión de su opinión”. En virtud de esto, el Estado, la sociedad y la familia están obligados a garantizar su protección integral, con el fin de asegurar su desarrollo pleno y el ejercicio efectivo de sus derechos.
Que el artículo 67 de la Constitución Política de Colombia establece que “La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica y a los demás bienes y valores de la cultura”. Igualmente dispone que el Estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación.
Que la Ley 715 de 2001 en los numerales 7.1 y 7.3 del artículo 7 define como competencia del distrito la prestación del servicio educativo en los niveles de preescolar, básica y media y la administración de las Instituciones educativas.
Que el artículo 138 de la Ley 115 de 1994 dispone que un establecimiento educativo debe contar con la autorización para prestar el servicio a través del reconocimiento de carácter oficial otorgado por la secretaría de educación certificada, además de tener un proyecto educativo institucional y cumplir con estructura administrativa, planta física y medios educativos adecuados.
Que la Ley 1437 de 2011, en los numerales 8, 11 y 12 del artículo 3, consagra, entre otros, principios como la transparencia, eficacia y economía procesal, los cuales contribuyen a garantizar la publicidad de los documentos, la organización administrativa y la prestación de sus servicios, al igual que simplificar la documentación y reducir imprecisiones y ambigüedades.
Que el numeral 9 del artículo 6 del Decreto 650 de 2025 consagra que corresponde a las funciones del secretario de Educación del Distrito “Expedir los actos administrativos que se generen a partir de la normatividad vigente y en desarrollo de las políticas del Sector Educativo”.
Que el artículo 71 del Decreto 650 de 2025 creó el Comité de Colegios Oficiales como máxima instancia decisoria de la Secretaría de Educación del Distrito en lo relacionado con la expedición, actualización, modificación o cesación de efectos jurídicos del reconocimiento de carácter oficial, de los colegios oficiales de Bogotá, así como la aprobación de la jornada única para la prestación del servicio educativo.
Que mediante la Resolución 2684 del 8 de octubre de 2019, se delegó en la Subsecretaría de Integración Interinstitucional la facultad de expedir y modificar los reconocimientos de carácter oficial de las instituciones educativas públicas de Bogotá.
Que la Resolución 4702 de 2004 de la SED dispuso que todas las instituciones educativas oficiales se denominan colegios, y la Resolución 3079 de 2019 de la SED reglamentó el procedimiento para expedir, modificar y unificar el Reconocimiento de Carácter Oficial (RCO).
Que en relación con el Colegio República del Ecuador IED la Resolución 7529 de 1998 de la SED reconoció al <<Colegio Distrital República del Ecuador para prestar el servicio de 6º a 11° en jornada mañana; la Resolución 1820 de 2002 integró el Colegio Distrital de Educación Básica y Media República del Ecuador con el CED Vitelma; la Resolución 857 de 2003 adoptó el nombre de Institución Educativa Distrital República de Ecuador; y la Resolución 017 de 2023 autorizó a la IED para prestar el servicio en jornada única en la <<<Sede A - República del Ecuador» de prejardín a 11°.
Que el rector del Colegio República del Ecuador IED, mediante oficio con radicado I-2024-129559, solicitó la modificación del RCO de la institución respecto de la desvinculación de la sede B “Vitelma”, teniendo en cuenta que la institución recibió una nueva sede que permite atender de manera integral la totalidad de los grados. En atención a lo anterior, la Subsecretaría de Integración Interinstitucional requirió concepto a las direcciones correspondientes del nivel central de la SED, las cuales emitieron su viabilidad de la siguiente forma: (i) la Dirección de Construcción y Conservación de Establecimientos Educativos, según lo expuesto en la comunicación I-2025-31828 viabilizó la entrega de la sede B “Vitelma”, toda vez que dicha sede se encuentra en estado de abandono, deterioro físico y, desde 2022, la institución cuenta con una planta física que permite atender integralmente a la población de primaria que se encontraba previamente en la sede B; (ii) la Dirección de Educación Preescolar y Básica, en comunicación con radicado I-2025-136005, señaló que el PEI cumple con los requisitos establecidos en la norma; (iii) la Dirección Local de Educación de San Cristóbal señaló mediante oficio con radicado I-2025-18873 que viabiliza la desvinculación de la sede B <<Vitelma>>> debido a que no se encuentra en uso ni registra matrícula activa, dado que la institución cuenta desde 2022 con la planta física de la sede A; (iv) la Dirección de Inspección y Vigilancia, emitió concepto favorable en comunicación radicada con número I-2025-161800 para la actualización del RCO; y (v) el Comité de Colegios Oficiales, en sesión No. 3 del 19 de febrero de 2026, autorizó la desvinculación de la sede B “Vitelma”.
Que, una vez recibidos los conceptos favorables de las direcciones mencionadas, es viable y se procede a desvincular la sede B “Vitelma”.
Que existe dispersión normativa en los reconocimientos de carácter oficial y falta de claridad de los servicios educativos autorizados para el Colegio República del Ecuador IED, lo cual exige, en aras de materializar los principios de eficiencia, organización administrativa y economía, la unificación de dicho reconocimiento en un único acto administrativo, con el fin de organizar la documentación institucional, simplificar trámites y garantizar una gestión administrativa eficiente.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. RECONOCIMIENTO DE CARÁCTER OFICIAL. Reconózcase por medio de la presente resolución el carácter oficial del Colegio República del Ecuador IED, con código DANE 111001032433, para que preste el servicio educativo mixto, calendario A de la siguiente manera:
(i) tres (3) grados de educación preescolar. (ii) nueve (9) grados de educación básica. (iii) dos (2) grados de educación media.
ARTÍCULO SEGUNDO. AUTORIZACIÓN DE JORNADAS. Autorícese la jornada única al Colegio República del Ecuador IED.
ARTÍCULO TERCERO. DESVINCULACIÓN DE SEDE. Desvincúlese la sede B «Vitelma» con código DANE 111001014311 del Colegio República del Ecuador IED, por la no prestación del servicio educativo.
ARTICULO CUARTO. DENOMINACIÓN DE SEDE. Autorícese el cambio de nombre de la sede A <<República del Ecuador» la cual se denominará en adelante: “Sede A - República del Ecuador”.
ARTÍCULO QUINTO. RECONOCIMIENTO DE SEDE. Reconózcase que la institución prestará el servicio educativo en la «Sede A República del Ecuador>> con código DANE 111001032433, ubicada en la carrera 1C Este #6C-85 Sur, de la localidad de San Cristóbal.
ARTÍCULO SEXTO. NOTIFICACIÓN Y COMUNICACIÓN. Notifíquese el presente acto administrativo al Colegio República del Ecuador IED y comuníquese a las dependencias competentes de la Secretaría de Educación del Distrito para los trámites pertinentes.
ARTÍCULO SÉPTIMO. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga expresamente las Resoluciones 1820 de 2002; 857 de 2003 y todas las demás que sean contrarias.
Dada en Bogotá D. C., a los 12 días del mes de marzo del año 2026
PUBLIQUESE Y CÚMPLASE
DIEGO ESCALLÓN ARANGO
Subsecretario de Integración Interinstitucional
Nota: Ver norma original en anexos. |