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DECRETO LOCAL 008 DE 2026
(Agosto 03)
Por el cual se liquida la adición al presupuesto de la vigencia fiscal 2026 del Fondo de Desarrollo Local de Los Mártires, de conformidad con el Acuerdo Local No. 002 de 2026 aprobado por la Junta Administradora Local de los Mártires el 24 de julio de 2026
EL ALCALDE LOCAL DE LOS MÁRTIRES
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales contenidas en el artículo 322 de la constitución nacional y en especial, las conferidas en el artículo 71, inciso 2 del Decreto-Ley 1421 de 1993, la Ley 2116 de 2021 y el Decreto Distrital 158 de 2025,
CONSIDERANDO
Qué el Decreto Distrital 158 de 2025 “Por medio del cual se expide el Decreto Único del Sector Hacienda” constituye el marco normativo presupuestal para la entidad local y como normograma especial contempla lo relacionado con la elaboración, programación, ejecución, seguimiento y control del presupuesto de estos.
Que el artículo 308(sic) de citado decreto establece que: Modificaciones Presupuestales. Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones, según lo siguiente: (...)
2. Créditos adicionales. Es el aumento de las partidas inicialmente aprobadas o no previstas para un objeto del gasto. Cuando durante la ejecución del Presupuesto de los FDL se hiciere indispensable aumentar el monto de las apropiaciones para complementar las insuficientes, ampliar los servicios existentes o establecer nuevos servicios autorizados por la ley, se pueden abrir créditos adicionales de conformidad con las siguientes competencias: (...)
c) Adición por Excedentes Financieros: Si persistiera un saldo positivo, una vez ajustado el presupuesto local al monto real de las Obligaciones por Pagar constituidas al cierre de la vigencia inmediatamente anterior, deberá este ser adicionado por cada FDL mediante Acuerdo de la JAL, de acuerdo con la distribución que efectúe el CONFIS Distrital, quien para el efecto consultará los conceptos de los alcaldes locales correspondientes.
Que, a 31 de diciembre de 2025, el Fondo de Desarrollo Local de Los Mártires, cerró la vigencia fiscal con excedentes financieros por valor de DOSCIENTOS DOS MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y UN MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO PESOS MONEDA CORRIENTE ($202.571.754).
Que una vez surtido el procedimiento de cierre presupuestal de la vigencia 2025, el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal - CONFIS, mediante Circular 02 del 10 de junio de 2026, y conforme a lo establecido en los artículos 41º y 42º del Decreto Distrital 158 de 2025, comunicó la decisión tomada en su sesión No. 06 celebrada el 29 de abril de 2026 y No. 08 celebrada el 29 de mayo de 2026, indicando que, del monto total de los excedentes generados a 31 de diciembre de 2025, al Fondo de Desarrollo Local de Los Mártires se le asignó una partida de MIL MILLONES DE PESOS ($1.000.000.000).
Que la Secretaría Distrital de Planeación emitió concepto previo favorable para la modificación presupuestal a gastos de inversión, originada en la distribución de excedentes financieros mediante radicado No 2-2026-37794 del 3 de julio de 2026, afectando el siguiente proyecto:
- Proyecto 2798 Mártires avanza con mejor espacio público peatonal: $1.000.000.000
Que, es función de la Junta Administradora Local aprobar las modificaciones que aumentan las apropiaciones autorizadas inicialmente por la Junta Administradora Local o no previstas para un objeto de gasto.
Que el acuerdo local 001 de 2024 “Por medio del cual se expide el nuevo Reglamento Interno de la Junta Administradora Local de Los Mártires”, determina en su artículo 76 que: “Para que un proyecto de acuerdo local, se convierta en acuerdo; deberá aprobarse en dos debates celebrados en días distintos. El primero se realizará en la comisión respectiva y el segundo en la sesión de plenaria. En el segundo debate no se podrán hacer y/ o introducir modificaciones o adiciones de fondo al texto aprobado por la comisión, salvo que se haya dejado constancia sobre los artículos, temas y asuntos a modificar."
Que el alcalde local de los Mártires mediante Decreto Local No. 007 de 2 de julio de 2026 “Por medio del cual se convoca a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Los Mártires, para que se surta el trámite de la adición al presupuesto anual de ingresos y gastos del Fondo de Desarrollo Local de Los Mártires para vigencia fiscal 2026” convocó a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora local de los Mártires durante el periodo comprendido entre el dieciséis (16) y el veintiséis (26) de julio de 2026, para que se ocupara de efectuar el estudio, debate y trámite de la adición de los excedentes financieros al Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Los Mártires para la vigencia fiscal de 2026, en los términos de la Circular 02 del 10 de junio de 2026.
Que la Junta Administradora Local de los Mártires surtió en efecto el estudio y puesta a consideración el proyecto de Acuerdo Local No 002 de 2026, el cual fue votado favorablemente en primer debate el 23 de julio de 2026 y en segundo debate el 24 de julio de 2026, siendo aprobado en ambos por unanimidad, como consta en las actas 20 y 21 de 2026 de la Junta Administradora Local de Los Mártires
Que en consideración de lo aprobado, la Junta Administradora Local expidió el Acuerdo Local No. 002 de 2026 (24 de julio de 2026) “Por el cual se incorporan los excedentes financieros resultado del cierre presupuestal y financiero del 2025 al Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de los Mártires de la vigencia fiscal 2026”.
Que, una vez aprobado en sus debates, fue enviado para la sanción del Alcalde Local procediéndose para tales efectos el 31 de julio de 2026, siendo sancionado el Acuerdo Local No. 002 de 2026 (24 de julio de 2026) “Por el cual se incorporan los excedentes financieros resultado del cierre presupuestal y financiero del 2025 al Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de los Mártires de la vigencia fiscal 2026”.
Que el decreto ley Decreto 1421 de 1993 “Por el cual se dicta el Régimen Especial para el Distrito Capital de Santafé de Bogotá” sus normas modificatorias faculta al alcalde local a la expedición de los decretos que reglamenten los acuerdos locales expedidos por la Junta Administradora local.
Que, es necesario incorporar al presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Los Mártires para la vigencia fiscal, comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2026, los recursos asignados por el CONFIS.
Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,
DECRETA:
ARTÍCULO 1: Sancionar el Acuerdo local No 002 de 2026 (24 de julio de 2026) “Por el cual se incorporan los excedentes financieros resultado del cierre presupuestal y financiero del 2025 al Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de los Mártires de la vigencia fiscal 2026”.
ARTÍCULO 2: Efectúese una adición presupuestal de rentas e ingresos del Fondo de Desarrollo Local de los Mártires para la vigencia fiscal 2026, por valor de MIL MILLONES DE PESOS M/CTE ($1.000.000.000), correspondiente a la incorporación de excedentes financieros, conforme al siguiente detalle:
Artículo 3: Efectúese una adición en el Presupuesto de Gastos de Inversión de la vigencia 2026 del Fondo de Desarrollo Local de Los Mártires, por valor de por valor de MIL MILLONES DE PESOS M/CTE ($1.000.000.000), correspondiente a la incorporación de excedentes financieros, conforme al siguiente detalle:
ARTÍCULO 3(sic): El presente Decreto rige a partir de su publicación y contra este no procede recurso alguno
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Expedido en Bogotá, D.C., a los 03 días del mes de agosto del año 2026.
JOHN JADER SUAREZ DELGADO
Alcalde Local de Los Mártires
Nota: Ver norma original en Anexos. |
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