Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Resolución 1066 de 2026 Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - Secretaria de Despacho

Fecha de Expedición:
13/10/2026
Fecha de Entrada en Vigencia:
22/10/2026
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8685 del 21 de octubre de 2026.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 1066 DE 2026

 

(Octubre 13)

 

Por medio de la cual se ordena la apertura de la “Invitación Cultural LEP de Producción para el Concurso Internacional de Violín Ciudad de Bogotá 2027 - Bogotá en Red”, la “Invitación Cultural: Bogotá Conecta con São Paulo - Todas las Culturas cuentan” y la “Invitación Cultural: Ecosistemas de las Artes Escénicas: Música Clásica – Conexiones que Suenan en Bogotá”, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte

 

EL SECRETARIO DE DESPACHO

 

De la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el Decreto Distrital 649 de 2025 y,

 

CONSIDERANDO

 

Que los artículos 70 y 71 de la Constitución Política de Colombia de 1991, establecen el deber del Estado de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades y otorga la competencia para establecer mecanismos positivos para fomentar el desarrollo artístico, cultural y patrimonial de la Nación.

 

Que el numeral 3 del artículo 1° de la Ley 397 de 1997, “Por la cual se desarrollan los artículos 70, 71 y 72 y demás artículos concordantes de la Constitución Política y se dictan normas sobre patrimonio cultural, fomentos y estímulos a la cultura, se crea el Ministerio de la Cultura y se trasladan algunas dependencias.”, señala que:

 

“(…) El Estado impulsará y estimulará los procesos, proyectos y actividades culturales en un marco de reconocimiento y respeto por la diversidad y variedad cultural de la Nación colombiana (…)”.

 

Que la ley en cita en su artículo 17 señala:

 

“(…) DEL FOMENTO. El Estado a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, fomentará las artes en todas sus expresiones y las demás manifestaciones simbólicas expresivas, como elementos del diálogo, el intercambio, la participación y como expresión libre y primordial del pensamiento del ser humano que construye en la convivencia pacífica.”.

 

Que así mismo, el artículo 18 de la mencionada ley establece:

 

“(…) El Estado, a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, establecerá estímulos especiales y promocionará la creación, la actividad artística y cultural, la investigación y el fortalecimiento de las expresiones culturales. Para tal efecto establecerá, entre otros programas, bolsas de trabajo, becas, premios anuales, concursos, festivales, talleres de formación artística, apoyo a personas y grupos dedicados a actividades culturales, ferias, exposiciones, unidades móviles de divulgación cultural, y otorgará incentivos y créditos especiales para artistas sobresalientes, así como para integrantes de las comunidades locales en el campo de la creación, la ejecución, la experimentación, la formación y la investigación a nivel individual y colectivo (…)”.

 

Que el Decreto Distrital 649 de 2025, “Por medio del cual se expide el Decreto Único del Sector Cultura, Recreación y Deporte”, dispone en su artículo 4 que: “La Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte tiene por objeto orientar y liderar la formulación concertada de políticas, planes y programas en los campos cultural, patrimonial, recreativo y deportivo del Distrito Capital en coordinación con la Secretaría Distrital de Planeación y con la participación de las entidades a ella adscritas y vinculadas y la sociedad civil”.

 

Que corresponde a la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte – SCRD, en desarrollo de la función contenida en el numeral 10 del artículo 5 del Decreto Distrital 649 de 2025, lo siguiente: “Gestionar la ejecución de las políticas, planes y proyectos culturales y artísticos, con el fin de garantizar el efectivo ejercicio de los derechos culturales y fortalecer los campos cultural, artístico, patrimonial y deportivo.”

 

Que el artículo 7, numeral 1, del Decreto Distrital 649 de 2025, asigna al Despacho del Secretario la función de: “(...) Formular y adoptar de manera articulada las políticas, planes, programas y proyectos en los campos del arte, la cultura, el patrimonio cultural, la recreación, el deporte y la actividad física del Distrito Capital.(...)”.

 

Que el artículo 14, numeral 1, del citado decreto, asigna a la Subsecretaría de Gobernanza la función de: “(…) Definir las estrategias y mecanismos para articular el diseño e implementación de políticas, planes, programas y proyectos sectoriales de arte, cultura, patrimonio, deporte, recreación, actividad física en el contexto del Plan de Desarrollo Económico, Social y de Obras Públicas del Distrito Capital y de las directrices del Despacho de la Secretaría (…)”.

 

Que en los términos del decreto en mención, la Dirección de Fomento, en el artículo 16, tendrá a su cargo, entre otras, la siguiente función: “(…) 2. Dirigir actividades relacionadas con el diseño, ejecución, fortalecimiento y seguimiento de los planes, programas y proyectos de fomento al Sector Cultura, Recreación y Deporte bajo criterios de equidad, pertinencia y transparencia. (…)”.

 

Que la Ley 1493 de 2011, “Por la cual se toman medidas para formalizar el sector del espectáculo público de las artes escénicas, se otorgan competencias de inspección, vigilancia y control sobre las sociedades de gestión colectiva y se dictan otras disposiciones”, creó la contribución parafiscal de los espectáculos públicos de las artes escénicas, cuyos recursos, de conformidad con la Ley 2070 de 2020 y el Decreto 639 de 2021, se destinan, entre otras líneas, a la producción y circulación de espectáculos públicos de las artes escénicas. En cumplimiento del artículo 180 del Decreto Distrital 649 de 2025, la SCRD, como entidad ordenadora del gasto, destina estos recursos a actividades y proyectos que incentivan la producción y circulación de las artes escénicas mediante convocatorias públicas.

 

Que el reconocimiento del fomento a la cultura como elemento central de protección y promoción de los Derechos Humanos, ha propiciado la creación de esquemas de política pública que buscan materializar el mandato constitucional de promover la protección, desarrollo y difusión de la cultura mediante la adopción de medidas que faciliten el ejercicio de sus derechos por parte de todas las comunidades. Así las cosas, la SCRD, establece el proceso misional del fomento a la cultura, como el conjunto de programas impulsados desde las entidades públicas que conforman el sector, con el propósito de promover, reconocer y fortalecer las prácticas artísticas, culturales y patrimoniales de la ciudadanía; garantizando un impacto integral e incluyente sobre la ciudad y favoreciendo el ejercicio libre y creativo de los derechos culturales.

 

Que dentro de las líneas de fomento se han definido las invitaciones culturales, las cuales se han concebido como mecanismos que buscan diversificar la participación de la ciudadanía en el proceso de Fomento, por medio de una oferta que se adapte a las necesidades particulares o distritales, así como las concertaciones poblacionales, sectoriales o territoriales, sectores sociales o agentes de la ciudad. Este mecanismo le permite a las organizaciones, agrupaciones, colectivos o personas, encontrar distintos medios para acceder a recursos económicos o en especie (talleres, fortalecimiento, diplomados, laboratorios, alianzas estratégicas, encuentros de intercambio o mesas colaborativas, seminarios o eventos de interés, entre otros); así como a espacios que les faciliten iniciar, fortalecer o ampliar sus prácticas culturales, artísticas, creativas o patrimoniales.

 

Que la SCRD, a través del Despacho del Secretario – Asuntos Internacionales y Cooperación y la Subsecretaría de Gobernanza , formuló la “Invitación Cultural LEP de Producción para el Concurso Internacional de Violín Ciudad de Bogotá 2027 - Bogotá en Red”, en el marco de los recursos de la Contribución Parafiscal Cultural de la Ley 1493 de 2011 y del Plan Distrital de Desarrollo 2024-2027 “Bogotá Camina Segura”, con el propósito de otorgar un incentivo económico de CIENTO CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($150.000.000) a una persona jurídica productora para la producción integral y circulación de dos espectáculos musicales (un concierto inaugural y un espectáculo de jóvenes violinistas), con un total de cuatro (4) funciones, vinculados a la segunda edición del Concurso Internacional de Violín Ciudad de Bogotá, que se desarrollará del 11 al 20 de junio de 2027.

 

Que la “Invitación Cultural LEP de Producción para el Concurso Internacional de Violín Ciudad de Bogotá 2027 - Bogotá en Red” contribuye a posicionar a Bogotá como epicentro internacional de las músicas sinfónicas y a fortalecer la base de jóvenes violinistas del país, y se articula con el Plan de Cultura de Bogotá: una brújula hacia 2038, en particular con la Coordenada 4. Acción colectiva, tejido social y redes de comunidades creadoras.

 

Que la SCRD, a través del Despacho - Asuntos Internacionales y Cooperación, formuló la “Invitación Cultural: Bogotá Conecta con São Paulo - Todas las Culturas cuentan”, en el marco de los recursos de la Contribución Parafiscal Cultural de la Ley 1493 de 2011 y del Plan Distrital de Desarrollo 2024-2027 “Bogotá Camina Segura”, con el propósito de apoyar la circulación de agrupaciones musicales bogotanas para su participación en la edición 2027 de la Virada Cultural de São Paulo, en el marco del acercamiento institucional con la Secretaría Municipal de Cultura y Economía Creativa de São Paulo y de la Estrategia de Cooperación Internacional de la SCRD. Para ello otorga cuatro (4) incentivos económicos fijos en dos categorías: Categoría 1, Formato Ampliado, con dos (2) incentivos de SETENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($70.000.000) cada uno, y Categoría 2, Formato Reducido, con dos (2) incentivos de TREINTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($30.000.000) cada uno, dirigidos a agrupaciones musicales y a personas jurídicas sin ánimo de lucro con domicilio en Bogotá.

 

Que la “Invitación Cultural: Bogotá Conecta con São Paulo - Todas las Culturas cuentan”, se articula con el Plan de Cultura de Bogotá: una brújula hacia 2038 1, especialmente con la Coordenada 1. Todas las culturas, todas las personas y todos los territorios cuentan.

 

Que la SCRD, a través de la Subsecretaría de Gobernanza - Dirección de Fomento, formuló la “Invitación Cultural: Ecosistemas de las Artes Escénicas: Música Clásica – Conexiones que Suenan en Bogotá”, en el marco de los recursos de la Contribución Parafiscal Cultural de la Ley 1493 de 2011 y del Plan Distrital de Desarrollo 2024-2027 “Bogotá Camina Segura”, con el propósito de fortalecer la producción y circulación de la música clásica en Bogotá, promoviendo la articulación entre intérpretes, agrupaciones, orquestas, productores, escenarios, festivales y demás agentes del ecosistema, mediante una bolsa concursable de DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($250.000.000), con incentivos por iniciativa de entre CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($50.000.000) y DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($250.000.000), dirigida a personas jurídicas con domicilio fiscal en Bogotá D.C. y trayectoria mínima de tres (3) años en la realización de proyectos de artes escénicas.

 

Que la “Invitación Cultural: Ecosistemas de las Artes Escénicas: Música Clásica – Conexiones que Suenan en Bogotá”, se articula con el Plan de Cultura de Bogotá: una brújula hacia 2038, especialmente con la Coordenada 4. Acción colectiva, tejido social y redes de comunidades creadoras “Fortalecimiento del trabajo en red entre las comunidades creadoras”, desde el entendimiento de que los procesos de producción y circulación de las artes escénicas requieren de la participación de una multiplicidad de agentes pertenecientes a los diferentes eslabones de la cadena de valor y el desarrollo de acciones para la comunicación con los públicos.

 

Que para la apertura de la “Invitación Cultural LEP de Producción para el Concurso Internacional de Violín Ciudad de Bogotá 2027 - Bogotá en Red”, la “Invitación Cultural: Bogotá Conecta con São Paulo - Todas las Culturas cuentan” y la “Invitación Cultural: Ecosistemas de las Artes Escénicas: Música Clásica – Conexiones que Suenan en Bogotá”, la SCRD cuenta con los Certificados de Disponibilidad Presupuestal que se citan a continuación:

 

Invitación

Tipo del incentivo

No. De incentivos

Valor individual del incentivo

Monto total de la invitación

CDP

Dependencia encargada de la invitación

Invitación Cultural: LEP de Producción para el Concurso Internacional de Violín Ciudad de Bogotá 2027 - Bogotá en Red

Económico Fijo

Un (1)

CIENTO CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($150.000.000)

$150.000.000

1697 del 06 de octubre de 2026 ($15.000.000)

1698 del 06 de octubre de 2026 ($135.000.000)

Despacho - Asuntos Internacionales y Cooperación - Subsecretaría de Gobernanza

Invitación Cultural: Bogotá Conecta con São Paulo - Todas las Culturas cuentan

Económico Fijo

Cuatro (4) incentivos distribuidos de la siguiente manera:

-Categoría 1 Formato Ampliado: Dos (2) incentivos

-Categoría 2 Formato Reducido: Dos (2) incentivos.

Categoría 1. Formato Ampliado:

SETENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($70.000.000) cada uno.

Categoría 2. Formato Reducido:

TREINTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($30.000.000) cada uno.

$200.000.000

1653 del 25 de septiembre de 2026

Despacho - Asuntos Internacionales y Cooperación

Invitación Cultural: Ecosistemas de las Artes Escénicas: Música Clásica – Conexiones que Suenan en Bogotá

Bolsa concursable

Número variable, según las iniciativas que seleccione el Comité de Selección, hasta agotar la bolsa

Entre CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($50.000.000) y DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($250.000.000) por iniciativa

$250.000.000

1654 del 25 de septiembre de 2026

Dirección de Fomento

 

Que teniendo en cuenta que en el cronograma de las condiciones específicas de participación de las referidas Invitaciones Culturales el otorgamiento de los incentivos económicos de las iniciativas seleccionadas como ganadoras se encuentra previsto para la vigencia 2027, los compromisos se ampararán con los Certificados de Disponibilidad Presupuestal que se expidan con cargo al presupuesto de dicha vigencia, de manera previa a la expedición de los actos administrativos que acojan la recomendación de ganadores.

 

Que los requisitos y condiciones específicas de participación de las invitaciones que se aperturan mediante el presente acto administrativo, hacen parte integral de la presente resolución y pueden ser consultadas en el micrositio web: https://invitaciones.scrd.gov.co/  de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

 

Que de conformidad con lo anterior y en cumplimiento del marco normativo señalado, se dispone la apertura de las Invitaciones Culturales que se relacionan en el presente acto administrativo.

 

En mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Ordenar la apertura de la “Invitación Cultural LEP de Producción para el Concurso Internacional de Violín Ciudad de Bogotá 2027 - Bogotá en Red”, la “Invitación Cultural: Bogotá Conecta con São Paulo - Todas las Culturas cuentan” y la “Invitación Cultural: Ecosistemas de las Artes Escénicas: Música Clásica – Conexiones que Suenan en Bogotá” de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo, y de acuerdo con el cronograma establecido para tal fin.

 

PARÁGRAFO: La apertura de las Invitaciones Culturales citadas se encuentra respaldada con los Certificados de Disponibilidad Presupuestal relacionados en la parte motiva del presente acto administrativo; sin embargo, teniendo en cuenta que en el cronograma de las condiciones específicas de participación de las mismas el otorgamiento de los incentivos económicos de las iniciativas seleccionadas como ganadoras se encuentra previsto para la vigencia 2027, los compromisos se ampararán con los Certificados de Disponibilidad Presupuestal que se expidan con cargo al presupuesto de dicha vigencia, de manera previa a la expedición de los actos administrativos que acojan la recomendación de ganadores.

 

ARTÍCULO SEGUNDO: Los requisitos y condiciones de participación de las Invitaciones Culturales que trata el presente acto administrativo, se encuentran publicados en el micrositio web: https://invitaciones.scrd.gov.co/ de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

 

PARÁGRAFO: Las modificaciones a los términos de las Invitaciones Culturales citadas en el presente acto administrativo se podrán realizar mediante aviso modificatorio que deberá publicarse en el respectivo micrositio web de Invitaciones Culturales de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte https://invitaciones.scrd.gov.co/,con anterioridad no menor a un (1) día hábil al vencimiento del plazo fijado en el cronograma que se indica en las condiciones de la Invitación Cultural.

 

ARTÍCULO TERCERO: Realizar por el Despacho del Secretario – Asuntos Internacionales y Cooperación, la Subsecretaria de Gobernanza y la Dirección de Fomento los trámites requeridos para los correspondientes desembolsos de los incentivos previstos en las citadas Invitaciones Culturales, de conformidad con la parte considerativa del presente acto administrativo, acorde con los procesos y procedimientos definidos en este organismo.

 

ARTÍCULO CUARTO: Publicar por la Dirección de Fomento la presente resolución, así como los requisitos y condiciones de participación de las citadas invitaciones culturales en el micrositio denominado: Invitaciones Culturales de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte. Y por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, publicar el contenido de la presente resolución en la Gaceta Distrital y en el Régimen Legal de Bogotá D.C. y en la página web de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

 

ARTÍCULO QUINTO: Comunicar por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, el contenido de la presente resolución a través del sistema de gestión documental ORFEO, a la Subsecretaría de Gobernanza, a la Dirección de Fomento, al Despacho - Asuntos Internacionales y Cooperación y al Grupo Interno de Trabajo de Gestión Financiera de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, para los trámites de su competencia.

 

ARTÍCULO SEXTO: El presente acto administrativo rige a partir del día siguiente a su publicación y contra este no procede recurso alguno, de conformidad con lo señalado en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá D.C, a los 13 días del mes de octubre del año 2026.

 

SANTIAGO TRUJILLO ESCOBAR

 

Secretario de Despacho

 

Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte

 

Nota: Ver norma original en Anexos.