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Acuerdo 232 de 2006 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
29/06/2006
Fecha de Entrada en Vigencia:
05/07/2006
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3568 de julio 05 de 2006
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 232 DE 2006

(JUNIO 29)

 Modificado por el art. 21, Acuerdo Distrital 637 de 2016

"por el cual se establece el Sistema Integrado de Seguridad y Emergencias NUSE 123 del Distrito Capital y se dictan otras disposiciones"

Ver el art. 59 y ss. del Decreto Distrital 503 de 2003 , Ver el Decreto Distrital 451 de 2005 , Ver los Acuerdos Distritales 233 de 2006 y 375 de 2009

  EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

En ejercicio de las atribuciones que le confieren la Constitución Política y el numeral 1 del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993,

Ver Proyecto de Acuerdo 131 de 2006 Concejo de Bogotá, D.C.

ACUERDA:

ARTÍCULO 1. ESTABLECIMIENTO. Establécese el Sistema Integrado de Seguridad y Emergencias NUSE 123 del Distrito Capital como un instrumento de cooperación, planeación y articulación de los sistemas de prevención y atención de seguridad y emergencias.

ARTÍCULO 2. OBJETO. El Sistema Integrado de Seguridad y Emergencias NUSE 123 tendrá como objetivo garantizar una respuesta eficiente y rápida de las entidades que se encuentran incluidas en el sistema para la prevención, atención y despacho de cada uno de los eventos de emergencias y seguridad que se susciten en el Distrito Capital.

ARTÍCULO 3. Conforman parte del Sistema Integrado de Seguridad y Emergencias NUSE 123:

a. La Secretaría de Gobierno Distrital

b. El Comité de Apoyo y Seguimiento.

c. El operador del NUSE 123.

d. Los operadores de los servicios de telecomunicaciones.

e. Las Agencias de Despacho:

  • La Policía Metropolitana de Bogotá.

  • La Dirección para la Prevención y Atención de Emergencias ¿ DPAE-

  • El Cuerpo de Bomberos de Bogotá.

  • La Secretaría de Salud Distrital.

  • La Policía de Tránsito

  • Los demás sistemas que deseen adherirse, mediante convenios.

f. Los mecanismos de Registro e Información Estadística.

g. Los usuarios del servicio.

PARÁGRAFO: El Sistema Integrado de Seguridad y Emergencias ¿NUSE 123, es de obligatoria aplicación para todas las instituciones que lo componen o adhieran al mismo. Todas las agencias que integren el sistema deberán garantizar el presente objeto, en el marco de las políticas públicas de seguridad y emergencias.

ARTÍCULO 4. ARTICULACION DE NUEVOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN. La Secretaría de Gobierno Distrital, adelantará las acciones de coordinación con las autoridades civiles, militares y de policía de nivel distrital, departamental y/o municipal del entorno de Bogotá como ciudad región para adherir nuevos sistemas de información de seguridad y emergencias al Sistema Integral de Seguridad y Emergencias NUSE 123 del Distrito Capital.

ARTÍCULO 5. DIVULGACION DEL SISTEMA INTEGRAL DE SEGURIDAD Y EMERGENCIAS NUSE 123. Bajo la coordinación de la Secretaría de Gobierno, quien definirá las políticas y los procedimientos de divulgación, las entidades que conforman el Sistema Integral de Seguridad y Emergencias NUSE 123 del Distrito Capital financiarán de conformidad con su disponibilidad presupuestal, la estrategia de divulgación a través de los medios de comunicación masivos.

ARTÍCULO 6. FINANCIACION Y SOSTENIMIENTO DEL SISTEMA INTEGRAL DE SEGURIDAD Y EMERGENCIAS NUSE 123. Las entidades respectivas asumirán con cargo a su presupuesto el sostenimiento del Sistema Integral de Seguridad y Emergencias NUSE 123 del Distrito Capital.

ARTÍCULO 7. VIGENCIA. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su promulgación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

ANTONIO GALAN SARMIENTO

ELBA LIGIA ACOSTA CASTILLO

Presidente

Secretaria General

LUIS EDUARDO GARZON

Alcalde Mayor de Bogotá, D. C.

Junio 29 de 2006