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Acuerdo 28 de 1975 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--//1975
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 28 DE 1975

(Diciembre 15)

Derogado por el art. 93, Acuerdo Distrital 1 de 1981

Por el cual se crean incentivos para el pago del impuesto Predial y Complementarios.

EL CONCEJO DE BOGOTA DISTRITO ESPECIAL,

Ver el Acuerdo Distrital 9 de 1974 , Ver el Acuerdo Distrital 14 de 1976

ACUERDA:

ARTICULO 1. Establécese un descuento del 10% sobre el valor del Impuesto Predial y complementarios, para los contribuyentes que efectúen el pago de la anualidad antes del 31 de marzo de cada (sic)

PARAGRAFO. Para quienes cancelen el valor del primer semestre antes del 31 de marzo y del segundo semestre antes del 31 de agosto, el descuento será del 5%.

ARTICULO 2. Este Acuerdo rige a partir del primero (1º.) de enero de mil novecientos setenta y seis (1976).

Dado en Bogotá, D.E. a los diez (10) días del mes de diciembre de mil novecientos setenta y cinco (1975).

CECILIA SALAZAR DE OWEN, Presidente,

Alvaro Ayala M., Secretario.

Alcaldía Mayor del Distrito Especial de Bogotá

Diciembre 15 de 1975

Publíquese y ejecútese.

LUIS PRIETO OCAMPO, Alcalde Mayor.

– Yezid Castaño González, Secretario de Hacienda.