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Resolución 638 de 2012 Secretaría Distrital de Gobierno

Fecha de Expedición:
14/09/2012
Fecha de Entrada en Vigencia:
14/09/2012
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4979 de octubre 4 de 2012
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 638 DE 2012

(Septiembre 14)

Derogada por el art. 6, Resolución Sec. Gobierno 521 de 2015.

Por la cual se adiciona y modifica parcialmente las Resoluciones No. 093 del 21 de febrero de 2007 y 291 del 8 de mayo de 2012

EL SECRETARIO DISTRITAL DE GOBIERNO DE BOGOTÁ, D.C.

En ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas en el artículo 6 de la Ley 87 de 1993, los artículos 2 y 29 de la ley 489 de 1998 y el artículo 22 del Decreto Distrital 854 de 2001 y el artículo 23 del Decreto Distrital 101 de 2010, y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 209 de la Constitución Política en su inciso segundo establece que la administración pública en todos sus órdenes tendrá un control interno, que se ejercerá en los términos que señale la ley y que su función administrativa se debe desarrollar con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad.

Que el artículo 269 de la Constitución Política establece la obligatoriedad por parte de la autoridad correspondiente en cada entidad pública, de diseñar y aplicar, según la naturaleza de sus funciones, métodos y procedimientos de control interno.

Que en desarrollo de la Constitución Política se expidió la Ley 87 de 1993, relativa a la implementación del Sistema de Control Interno en las entidades públicas y que en su artículo 2 literal b prevé los Objetivos del Sistema de Control Interno.

Que dentro de los objetivos del Sistema de Control Interno, está garantizar la eficacia, la eficiencia y economía en todas las operaciones promoviendo y facilitando la correcta ejecución de las funciones y actividades definidas para el logro de la misión institucional, velar porque todas las actividades y recursos de la organización estén dirigidos al cumplimiento de los objetivos de la entidad y velar porque la entidad disponga de procesos de planeación y mecanismos adecuados para el diseño y desarrollo organizacional, de acuerdo con su naturaleza y características.

Que mediante la Resolución 822 de 1999 se crea el Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno de la Secretaría de Gobierno y los Subcomités de Coordinación de Control Interno del Sistema de Control Interno en cada una de las Alcaldías locales.

Que la Resolución 093 de 2007 conforma y reglamenta el Comité de Coordinación de los Sistemas de Control Interno y de Gestión de Calidad de la Secretaria Distrital de Gobierno.

Que se expide la Resolución 291 de 2012 creando el Subcomité de Coordinación de los Sistemas de Control Interno y de Gestión de Calidad en cada una de las Alcaldías Locales, con ocasión de la definición de los lineamientos para la conformación articulada de un Sistema Integrado de Gestión en las entidades del Distrito Capital a incorporarse al Sistema de Control Interno, permitiéndole convertirse en una herramienta administrativa de gran valor para el logro de los objetivos y metas institucionales.

Que mediante el Decreto Distrital 413 de 2010 se suprime de la Estructura Organizacional de la Secretaría Distrital de Gobierno, la Dirección de Prevención y Atención de Emergencias.

Que el Decreto Distrital 280 de 2011 modifica adicionando a la Estructura Organizacional de la Secretaria Distrital de Gobierno, la Dirección de Asuntos Étnicos.

Que en virtud de los considerandos expuestos, es necesario armonizar la conformación del Comité de Coordinación de los Sistemas de Control Interno y de Gestión de Calidad respecto de la Estructura Organizacional de la Secretaria Distrital de Gobierno de conformidad con la normatividad distrital vigente, incluyendo a la Dirección de Asuntos Étnicos encargada de las políticas públicas de protección y promoción de los derechos, las acciones interinstitucionales de las comunidades étnicas residentes en Bogota, para lo cual se hace necesario modificar la Resolución No. 093 de 2007.

Que la Resolución 291 de 2012, por la cual se crean los Subcomités de Coordinación de los Sistemas de control Interno y de Gestión de Calidad en las Alcaldías locales se omitió de la conformación a la Oficina de Control Interno, Oficina de la entidad designada para coadyuvar en la organización de dichos Sistemas y correspondiente a la función intrínseca que posee sobre la materia, para lo cual se hace necesario modificar la Resolución No. 291 de 2012.

En merito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO  1.- Modificar el numeral 4 del artículo 3° de la resolución 093 de 2007, de la siguiente manera: Incluir al Director de Asuntos Étnicos, en la conformación del Comité de Coordinación de los Sistemas de Control Interno y de Gestión de Calidad y suprimir la Dirección de Prevención de y Atención de Emergencias de este mismo.

El correspondiente artículo quedara de la siguiente manera:

"ARTÍCULO TERCERO: Conformación. El Comité de Coordinación de los Sistemas de Control Interno y de Gestión de Calidad estará integrado por:

1. El (La) Secretario (a) de Gobierno o su delegado quien será el presidente.

2. Los (Las) Subsecretarios (as) de Asuntos para la Convivencia y Seguridad Ciudadana, de Planeación y Gestión y de Asuntos Locales y Desarrollo Ciudadano.

3. Los (las) jefes de Oficina Asesora Jurídica y de Asuntos Disciplinarios.

4. Los (Las) Directores (as) de Gestión Humana, Ejecutiva Local, de Seguimiento y Análisis Estratégico, Asuntos Étnicos, Apoyo a Localidades, Seguridad, Derechos Humanos y Apoyo a la Justicia, Cárcel Distrital, Planeación y Sistemas de Información, Administrativa, Financiera y el Presidente del Consejo de Justicia.

5. Cualquier persona que por concepto de los miembros del Comité, deba participar en la sesión, con voz y sin voto

PARÁGRAFO: El/la Jefe de la Oficina de Control Interno, tendrá derecho a voz pero no a voto, y actuará como secretario técnico del comité."

ARTÍCULO  2.- Adicionar a los Integrantes del artículo 3° de la Resolución No. 291 de 2012, lo siguiente:

"Del nivel central se deberá invitar a un delegado de la Oficina de Control Interno, quien presentara apoyo en el marco de su competencia".

ARTÍCULO  3.- Rectificar el error numérico del articulado de la "Agenda" de la Resolución 291 de 2012, cambiando "artículo 6° por "artículo 5".

ARTÍCULO  4.- Rectificar el texto del artículo 5°, parágrafo primero, punto tercero de la Resolución 291 de 2012, el cual quedará así:

"PARAGRAFO PRIMERO.- La agenda deberá contar como mínimo el siguiente orden del día:

* Fecha, hora de inicio y finalización y lugar a realizar la Reunión.

* Lectura del acta anterior

* Los temas a tratar que señale el Alcalde Local y los demás integrantes mencionados en el artículo 3 de la presente resolución.

* Seguimiento planes de mejoramiento suscritos con la Contraloría de Bogotá

* Seguimiento cumplimiento Decreto 371 de 2010 relacionado con Contratación,

* Participación Ciudadana y Atención a la ciudadanía.

* Verificación y seguimiento a los compromisos adquiridos en la reunión anterior.

* Proposiciones y Varios.

Toma de lista de asistencia. El control diseñado para el efecto deberá contener como mínimo el nombre del funcionario, el área a la cual pertenece y la firma. En el acta se registrará a los funcionarios convocados que no asistieron a la reunión."

ARTÍCULO 5.- En los demás aspectos no previstos en la presente Resolución, continúan vigentes las Resoluciones 093 de 2007 y 291 de 2012 expedida por la Secretaria Distrital de Gobierno de Bogotá, D.C. y  las materias en esta Resolución tratadas, quedaran incorporadas a la misma.

ARTÍCULO 6.- La presente Resolución, rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los 14 días del mes de septiembre del año 2012.

GUILLERMO ASPRILLA CORONADO

Secretario Distrital de Gobierno