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RESOLUCIÓN 161 DE 2015 (Marzo 11) Por medio de la cual se modifica la Resolución 90 de 2014 en cuanto a la designación de la responsabilidad del Proyecto de Inversión No. 763 “Gestión cultural local” LA SECRETARIA DE DESPACHO En ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas en los artículos 209 de la Constitución Política de Colombia; artículos 9º, 10º y 11º de la Ley 489 de 1998; artículo 12º de la Ley 80 de 1993 (adicionado por el artículo 21º de la Ley 1150 de 2007); artículo 37º del Decreto 2150 de 1995; artículo 60º del Decreto 854 de 2001; artículo1º del Decreto 101 de 2004; Acuerdo 257 de 2006; Decreto 558 de 2006 y Decretos 102 y 402 de 2013 y CONSIDERANDO: Que mediante la Resolución No. 90 de 2014, se delegaron algunas funciones en materia de contratación estatal, ordenación del gasto y del pago, se designaron responsables de los proyectos de inversión y se delegaron otras competencias a funcionarios de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte. Que en el artículo 1º literal A de la citada Resolución 90 de 2014, se delegó en el Subsecretario(a) General de Control Disciplinario la ordenación del gasto y del pago, sin límite de cuantía, en los componentes del Proyecto de Inversión Código 763 “Gestión Cultural Local”, siendo responsable de citado proyecto, el (la) Director(a) de Arte, Cultura y Patrimonio. Que el Artículo Primero de la Resolución 024 de 2015, modificó el Literal A del Artículo Primero de la citada Resolución 90 de 2014, en cuanto a delegar en el (la) Director (a) de Arte, Cultura y Patrimonio la ordenación del gasto y del pago, sin límite de cuantía, en los componentes del Proyecto de Inversión Código 763 “Gestión Cultural Local”. Que se hace necesario delgar (sic) al responsable al (la) (sic) responsable del Proyecto de Inversión Código 763 “Gestión Cultural Local”. Con base en lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Modificar el Literal A del Artículo Primero de la Resolución 90 de 2014, en cuanto a delegar la responsabilidad del Proyecto de Inversión Código 763 “Gestión Cultural Local” el (la) Subsecretaria(o) General y de Control Disciplinario, excepto en la Acción Comunidades Creativas (Áreas Prioritarias de Intervención Social, cuya responsabilidad continuará a cargo de la Directora de Arte, Cultura y Patrimonio). ARTÍCULO SEGUNDO: Las demás disposiciones de la Resolución 90 de 2014, que no son objeto de modificación, continuarán vigentes. ARTÍCULO TERCERO: Comunicar la presente Resolución al (la) Secretario(a) General y de Control Disciplinario y al (la) Director(a) de Arte, Cultura y Patrimonio, para lo de su competencia. ARTÍCULO CUARTO: El (la) Subsecretario (a) General y de Contol (sic) Disciplinario, deberá remitir la presente Resolución a la Subdirección de Imprenta Distrital a través del módulo diseñado en la página WEB de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, adjuntando la solicitud de publicación y el documento impreso soporte, para su publicación en el Registro Distrital. ARTÍCULO QUINTO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y modifica la Resolución 90 de 2014, únicamente en el aparte señalado en el Artículo 1º de la presente Resolución. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá, D.C., a los 11 días del mes de marzo del año 2015. CLARISA RUIZ CORREAL Secretaria de Despacho |