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Decreto Local 4 de 2016 Alcaldía Local de los Mártires

Fecha de Expedición:
20/01/2016
Fecha de Entrada en Vigencia:
20/01/2016
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5759 de enero 21 de 2016
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 004 DE 2016

 

(Enero 20)

 

“Por el cual se deroga el Decreto 003 de 2016, y se convoca a la Junta Administradora Local de los Mártires a sesiones extraordinarias”

 

EL ALCALDE LOCAL DE LOS MÁRTIRES

 

El Alcalde Local de Los Mártires en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el inciso segundo del Artículo No. 71 del Decreto Ley 1421 de 1993, prevé que la Junta Administradora Local se reunirá extraordinariamente por convocatoria que les haga el respectivo Alcalde Local por el término que éste señale y únicamente se ocupará de los asuntos que él mismo someta a consideración.

 

Que en tal virtud el Alcalde puede convocar a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local, para el estudio y trámite de temas y materia propia de sus atribuciones.

 

Que el artículo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993, establece que las Juntas Administradoras Locales se reunirán extraordinariamente por convocatoria que les haga el respectivo Alcalde. En este evento sesionaran por el término que señale el alcalde y únicamente se ocuparan de los asuntos que el mismo someta a su consideración.

 

Que durante las sesiones extraordinarias la Junta Administradora local se ocupará únicamente de los temas y materias para la cual será citada. Esto no (sic)

 

Que el día 15 de Enero de 2016, se expidió el Decreto 003 de 2016, por medio del cual se Convocó a la Honorable Junta Administradora Local de Los Mártires a sesiones extraordinarias desde día Dieciséis (16) de enero de 2016 al Treinta (30) de enero de 2016, con el fin de que realizara el análisis, debate y aprobación de las modificaciones al Acuerdo Local No.  003  de  2012, “Mediante el cual creo el Consejo Consultivo Local para la protección y el Bienestar Animal como órgano para aplicar y velar por el cumplimiento del deber constitucional de proteger los animales en la localidad”.

 

Que el Doctor Miguel Uribe Turbay, Secretario Distrital de Gobierno, el día 18 de Enero de 2016 expidió la Circular 003 de 2016, mediante la cual fija los criterios y parámetros que son necesarios observar para el proceso de integración de ternas para la designación de Alcaldes y Alcaldesas Locales 2016-2019, solicitando el cumplimiento de los lineamientos y acatamientos de los términos señalados para el mismo.

 

Que en la citada Circular se señala “El Alcalde Local podrá citar a Sesiones Extraordinarias a partir del 20 de enero y hasta el 29 de Febrero de 2016, teniendo en cuenta que hace parte de las atribuciones de las Juntas Administradoras Locales realizar la conformación de las ternas para la designación de Alcalde (sa) Local, conforme lo prevén el Decreto Ley 1421 de 1993, el Decreto Nacional 1350 de 2005 y el Decreto Distrital 011 de 2008”.

 

Que teniendo en cuenta lo anterior se hace necesario Derogar el Decreto 003 de 2016 por medio del cual se Convocó a la Honorable Junta Administradora Local de Los Mártires a sesiones extraordinarias desde día Dieciséis (16) de enero de 2016 al Treinta (30) de enero de 2016, con el fin de que realizará el análisis, debate y aprobación de las modificaciones al Acuerdo Local No.  003 de 2012, esta derogatoria es necesaria para dar prioridad a la conformación de la terna por parte de la Junta Administradora Local para la elección del alcalde(sa) local de los Mártires, teniendo como referente la Directriz emitida por el Secretario Distrital de Gobierno (Circular 003 de 2016).

 

Que por lo anterior se hace necesario convocar a la Junta Administradora Local, con el fin de que realice la Discusión tendiente a establecer los criterios que tendrá en cuenta para la conformación de la terna y la integración de la terna para la designación de Alcalde (sa) Local 2016 – 2019.

 

En mérito de lo expuesto, 

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO  PRIMERO: Derogar a partir 21 de enero de 2016 el Decreto Local No. 003 de 2016, por medio del cual se Convocó a la Honorable Junta Administradora Local de Los Mártires a sesiones extraordinarias desde día Dieciséis (16) de enero de 2016 al Treinta (30) de enero de 2016, con el fin de que realizara el análisis, debate y aprobación de las modificaciones al Acuerdo Local No.  003  de  2012, “Mediante el cual creo el Consejo Consultivo Local para la protección y el Bienestar Animal como órgano para aplicar y velar por el cumplimiento del deber constitucional de proteger los animales en la localidad”.

 

ARTÍCULO SEGUNDO: Convocar a la Honorable Junta Administradora Local de Los Mártires a sesiones extraordinarias desde día Veintiuno (21) de enero de 2016 al veintinueve (29) de Febrero de 2016.

 

ARTÍCULO TERCERO: Durante el periodo de sesiones extraordinarias señalado en el Artículo anterior, la Honorable Junta Administradora Local de Los Mártires se ocupará exclusivamente de realizar el análisis, debate y aprobación de los criterios que tendrá en cuenta para la conformación e integración de la terna para la designación de Alcalde (sa) Local 2016 – 2019.

 

ARTICULO TERCERO (SIC): El presente Decreto rige a partir de su expedición.

 

Dado en Bogotá D.C., a los 20 días del mes de enero del año 2016.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

DIEGO RICARDO PIÑEROS NIETO

 

Alcalde Local de Los Mártires

 

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5759 de enero 21 de 2016