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Resolución 35750 de 2017 Superintendencia de Transporte

Fecha de Expedición:
02/08/2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
02/08/2017
Medio de Publicación:
Diario Oficial No. 50313 del 02 de agosto de 2017.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 35750 DE 2017

 

(Agosto 02)

 

Por la cual se modifica el plazo para el pago de la segunda cuota de la tarifa que por concepto de Contribución Especial de Vigilancia, deben pagar los supervisados de la Superintendencia de Puertos y Transporte, para la vigencia fiscal del año 2017


EL SUPERINTENDENTE DE PUERTOS Y TRANSPORTE


En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las previstas en los numerales 18, 19 y 20 del artículo 4° (modificado por el artículo 6° del Decreto 2741 de 2001), y en el numeral 18 del artículo 7° del Decreto 1016 de 2000 y en concordancia con lo establecido en el artículo 36 de la Ley 1753 de 2015, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante Resolución 15446 del 2 de mayo de 2017, se fijó la tarifa que por concepto de Contribución Especial de Vigilancia, deben pagar todos los vigilados para la vigencia fiscal 2017.

 

Que de acuerdo con el artículo 2° de la precitada resolución, el porcentaje de la tarifa diferencial es acorde al tipo de vigilancia que se ejerza: Integral (0.1418%), Objetiva (0.1033%) y Subjetiva (0.0384%).

 

Que así mismo, en su artículo 4° se fijó el plazo de pago de la Contribución Especial de Vigilancia, de la siguiente manera:

 

Plazo de pago. El pago de la Contribución Especial de Vigilancia por parte de los vigilados de la Superintendencia de Puertos y Transporte para el año 2017, deberá efectuarse en dos cuotas, así:

 

4.1 La primera cuota, se deberá pagar entre el 4 de mayo y el 31 de mayo del año 2017.

 

4.2 La segunda cuota, se deberá pagar entre el 4 de julio y el 31 de julio del año 2017.

 

Que a través de la Resolución 29333 de 30 de junio de 2017, se modificó el plazo de pago de la segunda cuota de contribución especial de vigilancia, desde el 2 de agosto hasta el 31 de agosto de 2017.

 

Que la Superintendencia de Puertos y Transporte, se encuentra en proceso de mejoramiento de sus sistemas de información, por lo que viene desarrollando ajustes internos en el perfeccionamiento de los aplicativos para los reportes que deben presentar los vigilados en estos, además que, según disposiciones emanadas en las Resoluciones 27581 y 27583 del 23 de junio de 2017, los sujetos a la vigilancia de la entidad están adelantando el proceso de registro de la información financiera correspondiente a la vigencia fiscal 2016 en el Vigía y Consola Taux, base para el cálculo de la segunda cuota de contribución especial.

 

Que en virtud de lo anterior,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1°. Modificar la Resolución 29333 de 30 de junio de 2017, en el sentido de ampliar el plazo para el pago de la segunda cuota de Contribución Especial de Vigilancia correspondiente a la vigencia 2017, la cual deberá cancelarse entre el 25 de septiembre y el 10 de octubre de 2017.

 

Artículo 2°. Los demás términos de la Resolución 15446 del 2 de mayo de 2017, continúan vigentes y se modifica la Resolución 29333 del 20 de junio de 2017.

 

Artículo 3°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y será publicada en el Diario Oficial y portal web de la Superintendencia de Puertos y Transporte.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá D.C., a los 02 días del mes de agosto del año 2017

 

JAVIER JARAMILLO RAMÍREZ


El Superintendente de Puertos y Transporte