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ACUERDO 002 DE 2018
(Marzo 08)
Por medio del cual se aprueba una
modificación en el Presupuesto de Gastos de Inversión para la vigencia fiscal
2018
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA UNIDAD
ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL
En uso de sus facultades legales y
estatutarias conferidas en numeral 3 del artículo 16 del Acuerdo 10 de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 106 del Acuerdo N°. 257 de 2006 transformó
la Secretaría de Obras Públicas en la Unidad Administrativa Especial de
Rehabilitación y Mantenimiento Vial, adscrita a la Secretaría Distrital de
Movilidad.
Que mediante el Decreto 087 del 2 de marzo de 2009, se determinó la
integración del Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de
Mantenimiento Vial.
Que mediante el Acuerdo 001 del 2 de enero de 2007, el Consejo Directivo
de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial
adoptó sus estatutos, los cuales fueron reformados por el Acuerdo 10 del 12 de octubre de 2010.
Que el numeral 3° del artículo 16 del Acuerdo 10 de 2016,
modificado por el Acuerdo 09 de 2017, establece como una de las
funciones del Consejo Directivo, “Dar concepto favorable al anteproyecto de
presupuesto de ingresos y gastos y vigencias futuras de la Unidad y las
modificaciones al mismo de conformidad con las disposiciones legales vigentes”.
Que el artículo 63 del Decreto 714 de 1996 “Por el cual se
compilan el Acuerdo 24 de 1995 y Acuerdo 20 de 1996 que conforman el Estatuto
Orgánico del Presupuesto Distrital”, establece: “De las Modificaciones
Presupuestales. Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las
apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse
las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos
adicionales y la cancelación de apropiaciones según lo siguiente: a) Traslado
Presupuestal. Es la modificación que disminuye el monto de una apropiación para
aumentar la de otra, en la misma cuantía…”
Que mediante Acuerdo 694 de 2017 se expidió “el
presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá,
Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero de
2018 y el 31 de diciembre de 2018 y se dictan otras disposiciones”
Que mediante Decreto Distrital 816 de 2017 “Por el cual se liquida
el presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá,
Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 01 de enero de
2018 y el 31 de diciembre de 2018 y se dictan otras disposiciones en
cumplimiento del Acuerdo 694 del 28 de diciembre de 2017 expedido por el
Concejo de Bogotá”, en su artículo 10 establece: “Plan de cuentas: El plan de
cuentas presupuestal elaborado por la Secretaría Distrital de Hacienda –
Dirección Distrital de Presupuesto, se entenderá incorporado en el Presupuesto
de los Órganos o entidades que conforman el Presupuesto Anual del Distrito
Capital…”
Que el numeral 3.2.1.4.2 del Manual Operativo de Presupuesto del
Distrito Capital adoptado mediante la Resolución No. SDH-000191 del 22 de
septiembre de 2017, expedido por la Secretaría Distrital de Hacienda, define el
procedimiento para efectuar traslados presupuestales internos y establece que
deben ser aprobados por acto administrativo de la Junta o Consejo Directivo
para el caso de los Establecimientos Públicos.
Que la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento
Vial requiere financiar aquellos pasivos exigibles dentro de los Gastos que no
cuentan con apropiación disponible en el presupuesto de Gastos e Inversiones
que le permitan cumplir con los compromisos contractuales adquiridos
previamente como el que motiva la presente modificación presupuestal.
Que la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento
Vial, para la modificación presupuestal presenta saldos de apropiación libres
de afectación según consta en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No.
360 del 12 de febrero de 2018, para lo cual se analizaron aquellas partidas con
apropiación disponible en los rubros de Gastos e Inversión que cuentan con saldo
suficiente en la fuente de financiación 01-12 Recursos del Distrito – Otros
Distrito, para cumplir con sus gastos en lo que resta de la vigencia y efectuar
el presente traslado presupuestal, manteniendo las metas establecidas para la
vigencia 2018.
Que la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento
Vial, mediante comunicados 2018500004351 del 23 de Enero de 2018 y su alcance
2018500007321 del 2 de febrero de 2018, solicitó a la Subsecretaría Distrital
de Planeación de la Inversión de la Secretaria Distrital de Planeación,
concepto favorable para realizar la presente modificación presupuestal al
interior del proyecto de inversión 1181 – Modernización Institucional, en el
presupuesto de Gastos e Inversiones, el cual fue emitido mediante oficio No.
2-2018-05149 del 7 de febrero de 2018, por valor de TRESCIENTOS NOVENTA Y
CUATRO MILLONES SESENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO PESOS
$394.066.595.
Que la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento
Vial, mediante comunicado No. 20181110020531 solicitó a la Secretaría Distrital
de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, concepto favorable para
realizar la presente modificación presupuestal, el cual fue emitido mediante
oficio No. 2018EE33142 del 2 de marzo de 2018, por valor de TRESCIENTOS NOVENTA
Y CUATRO MILLONES SESENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO PESOS
$394.066.595.
Que en mérito de lo expuesto,
ACUERDA:
Artículo Primero. Aprobar una modificación al interior del
Presupuesto de Gastos de Inversión de la Unidad Administrativa Especial de
Rehabilitación y Mantenimiento Vial de la vigencia 2018, por la suma de
TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MILLONES SESENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y
CINCO PESOS ($394.066.595), así:
CONTRACRÉDITO
SECCIÓN 227
UNIDAD ADMINISTRATIVA
ESPECIAL DE REHABILITACION Y MANTENIMIENTO VIAL
CRÉDITO
SECCIÓN 227
UNIDAD ADMINISTRATIVA
ESPECIAL DE REHABILITACION Y MANTENIMIENTO VIAL
Artículo Segundo. Esta operación tiene reflejo presupuestal en
el Ingreso, por tanto requiere el correspondiente registro en el Sistema PREDIS
y por tratarse de transferencias de la Administración Central se ajustará en el
Presupuesto de Rentas e Ingresos de la Unidad Administrativa Especial de
Rehabilitación y Mantenimiento Vial, disminuyendo el rubro 2-2-4-01-01 de
Vigencia Aporte Ordinario y aumentando el rubro 2-2-4-01-02-02 Aporte Ordinario
– Vigencia – Pasivos Exigibles, por valor de TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MILLONES
SESENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO PESOS ($394.066.595), así:
CONTRACRÉDITO
SECCIÓN 227
UNIDAD ADMINISTRATIVA
ESPECIAL DE REHABILITACION Y MANTENIMIENTO VIAL
CRÉDITO
SECCIÓN 227
UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE
REHABILITACION Y MANTENIMIENTO VIAL
Artículo Tercero. Remitir copias del presente Acuerdo a la
Secretaría Distrital de Hacienda para lo de su competencia.
Artículo Cuarto. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha
de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 08 días del
mes de marzo del año 2018.
JUAN PABLO BOCAREJO SUESCÚN
Presidente
ÁLVARO SANDOVAL REYES
Secretario Nota: Ver norma original en Anexos. |
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