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ACTA 001 DE 2018
(Diciembre 31)
ACTA FINAL DEL PROCESO LIQUIDATORIO DEL FONDO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE BOGOTÁ D.C. EN LIQUIDACIÓN
El Fondo de Vigilancia y Seguridad de Bogotá D.C., fue creado por el Concejo de Bogotá mediante el Acuerdo 9 de 1980, luego fue transformado por el Acuerdo 18 de 1983 y reestructurado por los Acuerdos 28 de 1992 y 005 de 2014, Entidad que tenía como objeto principal la de adquirir los bienes y servicios que requirieran las autoridades que tienen la competencia de garantizar la seguridad y la protección de los habitantes del Distrito Capital.
El artículo 1° del Acuerdo Distrital 637 de 2016 modificó parcialmente el Acuerdo No. 257 de 2006 creando dentro de la organización sectorial administrativa del Distrito Capital el Sector de Seguridad, Convivencia y Justicia, y ordenando la creación de la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia. Que el artículo 6° del citado Acuerdo, ordenó la supresión del Fondo de Vigilancia y Seguridad de Bogotá D.C.
El artículo 7° ibídem, determinó que los ingresos y bienes que constituyen el patrimonio del Fondo de Vigilancia y Seguridad deberían ser trasladados al patrimonio de la Secretaría de Seguridad, Convivencia y Justicia.
El régimen jurídico aplicable a la liquidación del FONDO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE BOGOTÁ D.C. EN LIQUIDACIÓN, entidad identificada con el NIT 860.526.499-1, es el dispuesto en el Decreto Distrital 409 de 2016, en consonancia con lo estipulado en el Decreto Ley 254 de 2000, modificado por la Ley 1105 de 2006 y Ley 1450 de 2011 y las normas que los sustituyan o reglamenten; en lo no previsto por estas normas, se aplicará lo dispuesto en el Decreto Ley 663 de 1993 (Estatuto Orgánico del Sistema Financiero) y en el Decreto 2555 de 2010.
Respecto a la capacidad jurídica del Fondo de Vigilancia y Seguridad en Liquidación el artículo 5º del Decreto Distrital 409 del 30 de septiembre de 2016 señaló lo siguiente:
“Artículo 5°. Capacidad jurídica del Fondo de Vigilancia y Seguridad de Bogotá, D.C. durante el proceso de liquidación. El Fondo de Vigilancia y Seguridad de Bogotá, D.C. en liquidación, tendrá capacidad jurídica únicamente para expedir los actos, realizar operaciones, convenios y celebrar los contratos necesarias (sic) para efecto de su liquidación.” (Subrayado fuera de texto)
Que el artículo 1º del Decreto Distrital 517 de 2017 modificatorio del Decreto Distrital 409 de 2016 señaló en su artículo 1º lo siguiente:
“Artículo 1°. Prorrogar el término de duración de la liquidación del Fondo de Vigilancia y Seguridad de Bogotá, D.C., establecido en el artículo 4° del Decreto Distrital 409 de 2016, el cual quedará así:
Artículo 4°. Duración del proceso de liquidación y terminación de la existencia de la entidad. El proceso de liquidación concluirá a más tardar el treinta y uno (31) de diciembre de 2018.
Vencido el término de liquidación señalado, terminará para lodos los efectos la existencia jurídica del Fondo de Vigilancia y Seguridad de Bogotá, D.C., en liquidación”. (Subrayado fuera de texto)
En desarrollo de lo establecido en el Decreto Distrital 409 de 2016 modificado por el Decreto Distrital 517 de 2017, el Liquidador dio cumplimiento a las disposiciones legales aplicables al proceso liquidatorio de la Entidad para lograr el cierre final de la liquidación.
Concordante con lo anterior, el artículo 16 del Decreto Distrital 409 de 2016 dispuso que al vencimiento del término de la liquidación serían suprimidos los empleos existentes a la fecha, por lo que para tal efecto, fue expedida la Resolución 453 del 28 de diciembre de 2018 “Por medio de la cual se suprimen los cargos de la planta de personal del Fondo de Vigilancia y Seguridad de Bogotá D.C en Liquidación” cuya vigencia rige a partir del 1 de enero de 2019.
Que el numeral 21 del artículo 10º del Decreto Distrital 409 de 2016 señaló como una de las funciones del liquidador rendir informe final de gestión del proceso liquidatorio a la Junta Liquidadora.
El veinticinco (25) de diciembre de 2018 el Liquidador remitió el “INFORME FINAL DE RENDICIÓN DE CUENTAS DEL PROCESO LIQUIDATORIO DEL FONDO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE BOGOTÁ D.C. EN LIQUIDACIÓN” a los miembros de la Junta Liquidadora el cual fue aprobado mediante sesión No. 17 de Junta Liquidadora del FVSL celebrada el veintiocho (28) de diciembre de 2018.
El INFORME FINAL DE RENDICIÓN DE CUENTAS DEL PROCESO LIQUIDATORIO DEL FONDO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE BOGOTÁ D.C EN LIQUIDACIÓN, atendió lo previsto en el Decreto Distrital 409 de 2016 modificado por el Decreto Distrital 517 de 2017 y normas complementarias que rigen el proceso liquidatorio de la Entidad.
Conforme a lo anterior,
En la ciudad de Bogotá D.C., el día veintiocho (28) de diciembre del año dos mil dieciocho (2018), se reunió en sesión No. 17 la Junta Liquidadora del Fondo de Vigilancia y Seguridad de Bogotá D.C. de conformidad con el Acuerdo No. 001 del 22 de noviembre de 2016 “Por la cual se adopta y expide el reglamento de la Junta Liquidadora del Fondo de Vigilancia y Seguridad de Bogotá en Liquidación”, el Decreto Distrital 409 de 2016 modificado por el Decreto Distrital 517 de 2017 y normas complementarias, a efectos de suscribir la presente ACTA FINAL DEL PROCESO LIQUIDATORIO DEL FONDO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE BOGOTÁ D.C. EN LIQUIDACIÓN.
APROBACIÓN INFORME FINAL
La Junta Liquidadora del Fondo de Vigilancia y Seguridad de Bogotá D.C, imparte su concepto favorable sin objeción alguna al INFORME FINAL DE RENDICIÓN DE CUENTAS DEL PROCESO LIQUIDATORIO DEL FONDO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE BOGOTÁ D.C. EN LIQUIDACIÓN presentado en la sesión No. 17 día veintiocho (28) de diciembre del año dos mil dieciocho (2018). Por tanto, se procederá a declarar la finalización del proceso liquidatorio y, en consecuencia, la terminación y extinción de la persona jurídica denominada FONDO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE BOGOTÁ D.C EN LIQUIDACIÓN.
DECLARACIÓN DEL CIERRE DE LA LIQUIDACIÓN Y DE LA TERMINACIÓN DE LA EXISTENCIA JURÍDICA DEL FONDO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE BOGOTÁ D.C. EN LIQUIDACIÓN.
Con base en el concepto favorable y la aprobación del informe final de la liquidación señalada en el punto en precedencia y conforme a lo dispuesto en el Decreto Distrital 409 de 2016 modificado por el Decreto Distrital 517 de 2017, el Liquidador del Fondo de Vigilancia y Seguridad de Bogotá D.C., procede a declarar la terminación del proceso de liquidación y extinción para todos los efectos legales de la persona jurídica denominada FONDO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE BOGOTÁ D.C. EN LIQUIDACIÓN creado por el Concejo de Bogotá mediante el Acuerdo 9 de 1980, transformado por el Acuerdo 18 de 1983, reestructurado por los Acuerdos 28 de 1992 y 005 de 2014, y suprimido por el artículo 6° del Acuerdo Distrital 637 de 2016, supresión efectiva mediante el Decreto Distrital 409 de 2016, modificado por el Decreto Distrital 517 de 2017.
Conforme a las consideraciones expuestas con fundamento en las disposiciones legales de la liquidación y lo señalado en la Resolución 453 del 28 de diciembre de 2018 “Por medio de la cual se suprimen los cargos de la planta de personal del Fondo de Vigilancia y Seguridad de Bogotá D.C. en Liquidación”, como consecuencia del vencimiento del término de liquidación y de la extinción de la persona jurídica del Fondo de Vigilancia y Seguridad de Bogotá D.C. en Liquidación, a partir del 1 de enero de 2019 quedarán automáticamente suprimidos todos los cargos existentes y terminarán las relaciones laborales de acuerdo con el respectivo régimen legal aplicable.
Que la presente Acta se publica en el REGISTRO DISTRITAL Y EN EL DIARIO EL TIEMPO en cumplimiento de lo estipulado en el artículo 38 del Decreto - Ley Nº 254 de 2000, modificado por la Ley 1105 de 2006, Ley 1753 de 2015 y se complementa con la información y documentación contenida en el INFORME FINAL DE RENDICIÓN DE CUENTAS DEL PROCESO LIQUIDATORIO DEL FONDO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE BOGOTÁ D.C. EN LIQUIDACIÓN.
Se firma la presente acta a los 31 días del mes de diciembre del año 2018.
NOHELIA RAMÍREZ ARIAS
Gerente Liquidadora
FONDO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE BOGOTA, D.C., EN LIQUIDACIÓN
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