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RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 041 DE 2019
(Septiembre 25)
Por la cual se modifica el numeral 1 del artículo primero de la Resolución Reglamentaria No. 021 del 31 de mayo de 2019
EL CONTRALOR DE BOGOTÁ, D.C.
En ejercicio de sus atribuciones y facultades constitucionales y legales, especialmente las conferidas por el artículo 9 de la Ley 489 de 1998 y el Acuerdo 658 de 2016, modificado por el Acuerdo 664 de 2017, expedido por el Concejo de Bogotá D.C. y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 211 de la Constitución Política consagra la figura de la delegación como mecanismo para que las diferentes autoridades administrativas puedan distribuir, de acuerdo con la ley, las funciones que les han sido asignadas.
Que el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, faculta a las autoridades administrativas del orden nacional, transferir el ejercicio de sus funciones, mediante acto de delegación a sus colaboradores de los niveles directivo y asesor, de conformidad con establecido en la Constitución Política y la Ley.
Que el parágrafo del artículo 2 ibídem, dispone que las reglas relativas a los principios propios de la función administrativa sobre delegación se aplicarán a las entidades territoriales, sin perjuicio de la autonomía que les es propia, de acuerdo con la Constitución Política.
Que el artículo 6 del Acuerdo Distrital 658 de 2016 expresa: “Autonomía administrativa. En ejercicio de su autonomía administrativa le corresponde a la Contraloría de Bogotá, D.C., definir todos los aspectos relacionados con el cumplimiento de sus funciones en armonía con los principios consagrados en la Constitución, las leyes y en este Acuerdo”.
Que el artículo 21 del Acuerdo Distrital 658 de 2016 determina la facultad de delegación dentro de las reglas generales de funcionamiento de la Contraloría de Bogotá, D.C.: “Facultades de delegación. Contralor de Bogotá, D.C. mediante acto administrativo, podrá delegar las facultades de ejecución presupuestal, ordenación del gasto, contratación y otras competencias administrativas, técnicas o jurídicas, en los términos de los actos de delegación y de lo dispuesto en el presente Acuerdo. Esta delegación podrá recaer en los servidores públicos de los niveles directivo y asesor de la Contraloría de Bogotá, D.C. (…)”
Que el artículo 52 del Acuerdo 658 de 2016, determina las funciones a cargo de la Dirección Administrativa y Financiera, dentro de las que se destacan las siguientes:
“(…)
3. Dirigir las políticas, planes, programas y demás acciones relacionadas con la gestión presupuestal, contable y de tesorería de la Contraloría de Bogotá, D.C.
4. Dirigir la elaboración del Programa Anual de Compras y de Contratación para aprobación de las instancias competentes y efectuar seguimiento permanente al cumplimiento de los mismos.
(…)
8. Hacer seguimiento a la correcta ejecución, contabilización y rendición de informes y cuentas fiscales, presupuestales y contables, de los recursos asignados a la Contraloría de Bogotá, D.C.
(…)
14. Las demás funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia.”
Que el artículo primero de la Resolución Reglamentaria No. 021 del 21 de mayo de 2019 delega en el Director Técnico de Talento Humano algunas funciones relacionadas con la administración de personal de la Contraloría de Bogotá D.C., afines y complementarias a las enunciadas en el artículo 57 del Acuerdo 658 de 2016, modificado por el artículo 19 del Acuerdo 664 de 2017.
Que de conformidad con las disposiciones precitadas y teniendo en cuenta que en virtud de las funciones asignadas a la Dirección Administrativa y Financiera por el artículo 52 del Acuerdo 658 de 2016 se expidió la Resolución Reglamentaria No. 028 del 6 de septiembre de 2017, a través de la cual se adoptó el Procedimiento de Avances y Comisiones, es pertinente mantener a cargo del titular de dicha dependencia, y de manera excluyente, la ordenación de los viáticos y gastos de viaje que se originen en las comisiones concedidas a los servidores públicos de la Entidad.
Que como consecuencia de ello, se hace necesario modificar el numeral 1 del artículo primero de la Resolución Reglamentaria No. 021 del 31 de mayo de 2019 “Por la cual se delegan algunas funciones en materia de administración de personal en el Director Técnico de Talento Humano de la Contraloría de Bogotá, D. C.”, en orden a delegarle exclusivamente las funciones relacionadas con la administración de personal de la Entidad, en consonancia con lo señalado en el artículo 19 del Acuerdo 664 de 2017.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Modificar el numeral 1 del artículo primero de la Resolución Reglamentaria No. 021 del 31 de mayo de 2019, el cual quedará así:
“1. Suscribir los actos administrativos que concedan o nieguen las comisiones de servicio, de estudios y para desempeñar empleos de libre nombramiento y remoción de los servidores públicos de la Contraloría de Bogotá, D.C., de acuerdo con la legislación vigente.”
ARTÍCULO SEGUNDO: Las demás disposiciones contenidas en la Resolución Reglamentaria No. 021 del 31 de mayo de 2019 se mantienen incólumes y por consiguiente conservan plenos efectos.
ARTÍCULO TERCERO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los 25 días del mes de septiembre del año 2019.
JUAN CARLOS GRANADOS BECERRA
Contralor de Bogotá, D.C. |