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Resolución 759 de 2020 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
26/10/2020
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 759 DE 2020

 

(Octubre 26)

 

Por la cual se designa al (la) Gestor(a) Ambiental de la Secretarla General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

 

LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDIA MAYOR DE BOGOTA, DISTRITO CAPITAL

 

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial la (s) conferida (s) por el numeral 3) del artículo 10 del Decreto Distrital 425 de 2016, el artículo 2 del Decreto Distrital 165 de2Ol5y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que, el Acuerdo Distrital 333 de 2008, "Por el cual se desarrolla la política de reducción de costos ambientales en las entidades del D.C. y se crea la figura de gestor ambiental ", implementó en todas las Entidades Distritales la figura de Gestor Ambiental, "con el objetivo principal de reducir los costos ambientales en las Entidades Distritales.

 

Que, el Decreto Distrital 456 de 2008, Por el cual se reforma el Plan de Gestión Ambiental del Distrito Capital y se dictan otras disposiciones" reformó el Plan de Gestión Ambiental del D.C. PGA-, definido como ci instrumento de planeación ambiental de largo plazo de Bogotá, D.C. y, estableció, entre otros temas, los corresponsables de la Gestión Ambiental del Distrito Capital.

 

Que la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.0 expidió la Directiva 02 de 2014 "En la fuente, para el aprovechamiento de residuos sólidos" en la que se dispuso que la Oficina Asesora de Planeación, en su calidad de Gestor Ambiental de la Secretaría General debía adelantar las acciones necesarias para el cumplimiento de las directrices.

 

Que, el artículo 1 del Decreto Distrital 165 de 2015 "Por el cual se reglamenta la figura de Gestor Ambiental para las entidades distritales, prevista en el Acuerdo 333 de 2008, y se dictan otras disposiciones" estableció la figura del Gestor Ambiental para las Entidades Distritales, con el objetivo principal de realizar acciones conducentes a la reducción de los costos ambientales producidos por sus actividades.

 

Que los artículos 2 y 3 ibídem disponen que los representantes legales de las entidades distritales designaran en un cargo del nivel directivo de la entidad la figura de Gestor Ambiental, la cual no generará honorarios o remuneración extra para en quien recaiga tal designación, y adelantará gestiones que propendan por la protección ambiental; además de contar con competencias de carácter estratégico, organizativo y relacional; y que sus acciones se centrarán en el seguimiento y control del impacto ambiental en las actividades diarias de la entidad o empresa del D.C.

 

Que mediante Resolución Nro. 494 de 2019 la Secretarla General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., constituyó el Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. y reorganizó las demás instancias de coordinación de la entidad.

 

Que el artículo 35 ibídem, derogó la Resolución 77 de 2017, por medio de la cual se había designado el Gestor Ambiental de la Secretarla General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

 

Que en cumplimiento de las disposiciones enunciadas en la Resolución Nro. 494 de 2019, el Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Secretarla General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., en sesión No. 003 de 24 septiembre 2019, aprobó que el Director Administrativo y Financiero ejerza como Gestor Ambiental de la Secretarla General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., quien cumplirá lo dispuesto en el Decreto Distrital 165 de 2015.

 

Que, en virtud de lo anterior, se hace necesario designar al Gestor Ambiental de la Secretarla General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., y asignar sus funciones y deberes.

 

En mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1°-: Objeto.- Designar como Gestor Ambiental de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., al (a la) Director(a) Administrativo(a) y Financiero(a).

 

Parágrafo - El Gestor Ambiental podrá contar con un equipo técnico de profesionales, como apoyo para el cumplimiento de sus funciones.

 

Artículo 2°-: Funciones. El Gestor Ambiental tendrá las siguientes funciones:

 

1. Apoyar al sector ambiental en la formulación e implementación de la política de reducción de costos ambientales en la Secretarla General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

 

2. Gestionar acciones conducentes a la reducción de los costos ambientales producidos por las actividades de la Secretarla General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

 

3. Coordinar la elaboración del componente ambienta! de la Secretarla General de la Alcaidía Mayor de Bogotá D.C., en el Plan Distrital de Desarrollo, así como la formulación e implementación del Plan Institucional de Gestión Ambiental-PIGA.

 

4. Formular el Plan Institucional de Gestión Ambiental-PIGA y reportar el avance en los indicadores y metas a la Secretaría Distrital de Ambiente.

 

5. Coordinar al interior de la Secretarla General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. la divulgación y socialización del Sistema de Gestión Ambiental y la articulación de este con los instrumentos de planeación ambiental del D.C., el Plan Institucional de Gestión Ambiental-PIGA, así como las estrategias y programas ambientales implementados.

 

6. Presentar los avances del Sistema de Gestión Ambiental a la Mesa técnica de apoyo en Gestión Ambiental de la Secretaría General, los cuales son insumos de entrada para la reunión de Revisión Gerencial.

 

Artículo 3°-: Deberes. Son deberes del Gestor Ambiental:

 

1. Asistir a todas las reuniones que se convoquen en el marco de sus funciones para la toma de decisiones y garantizar la participación de la entidad en las demás reuniones a las que haya lugar.

 

2. Identificar y gestionar los recursos necesarios para asegurar el cumplimiento de los programas, metas y actividades establecidos en el Plan Institucional de Gestión Ambiental-PIGA de la Secretarla General, en coordinación con la Oficina Asesora de Planeación, las dependencias y los responsables de proyectos de inversión.

 

3. Mantener regularmente informado al Secretario(a) General sobre las acciones desarrolladas y los resultados de su gestión.

 

4. Disponer, proporcionar y entregar oportunamente los reportes e informes que Ic sean requeridos por el Secretario(a) General, la Secretarla Distrital de Ambiente u otra autoridad competente.

 

5. Reportar a la Secretarla Distrital de Ambiente el avance en los indicadores y metas del Plan Institucional de Gestión Ambiental-PIGA.

 

6. Al separarse de su función o al terminar la designación, entregar a su sucesor, así como al Secretario(a) General, un informe del ejercicio de las actividades, del avance y del estado de las acciones desarrolladas.

 

7. Los demás deberes que le señale el Secretario(a) General, inherentes a la naturaleza de la designación como Gestor Ambiental.

 

Artículo 4°-: Comunicar ci contenido de la presente resolución al Director(a) Administrativo(a) y Financiero(a) de la Secretarla General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la misma Secretarla.

 

Artículo 5°-: La presente resolución rige a partir del día siguiente a su publicación y deroga las demás disposiciones que le sean contrarias.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 26 días del mes de octubre del año 2020.

 

MARGARITA BARRAQUER SOURDIS

 

Secretaria General