RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Resolución 1050 de 2020 Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá -ESP

Fecha de Expedición:
24/11/2020
Fecha de Entrada en Vigencia:
26/11/2020
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6972 del 2 de noviembre de 2020.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 1050 DE 2020

 

(Noviembre 24)


Derogada por el art. 2, Resolución 354 de 2022.

 

Por medio de la cual se adopta el Contrato de Condiciones Uniformes de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá - ESP

 

EL GERENTE CORPORATIVO DE SERVICIO AL CLIENTE DE LA EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTÁ ESP, en ejercicio de las funciones que le fueron delegadas mediante los artículos 1 y 2 de la Resolución No. 131 de 2019.

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Ley 142 de 1994 en su artículo 128 dispone:

 

“CONTRATO DE SERVICIOS PÚBLICOS. Es un contrato uniforme, consensual, en virtud del cual una empresa de servicios públicos los presta a un usuario a cambio de un precio en dinero, de acuerdo a estipulaciones que han sido definidas por ella para ofrecerlas a muchos usuarios no determinados. Hacen parte del contrato no solo sus estipulaciones escritas, sino todas las que la empresa aplica de manera uniforme en la prestación del servicio.”

 

Que el artículo 134 de la citada Ley estipula el deber de las Empresas de servicios públicos de informar con tanta antelación como sea posible acerca de las condiciones uniformes de los contratos que ofrecen.

 

Que en desarrollo de lo dispuesto por el numeral 10 del artículo 73 de la Ley 142 de 1994, la Empresa sometió a consideración de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico CRA, la minuta de contrato de condiciones uniformes, autoridad que mediante oficio CRA 20142110035461 del 5 de noviembre de 2014 emitió concepto de legalidad de los contratos de servicios públicos de acueducto y alcantarillado para la ciudad de Bogotá D.C. y el municipio de Soacha, Cundinamarca.

 

Que mediante la Resolución No. 0001 de 2015 expedida por la Gerencia General de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá EAAB - ESP se adoptó el Contrato de Condiciones Uniformes, acto administrativo modificado mediante la Resolución No. 681 de 2018, proferida por la Gerencia Corporativa de Servicio al Cliente de la EAAB-ESP.

 

Que la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá - ESP en desarrollo de los derechos de los usuarios y de las obligaciones legales, debe mantener actualizado el contrato de servicios públicos -CSP- el cual se debe ajustar a la reglamentación vigente, a las necesidades y evolución tecnológica y a la interpretación que de ella hacen las autoridades competentes.

 

Que en ese orden de ideas sea hace necesario modificar las Cláusulas tres (3). Objeto de Contrato; veintiuno (21). Emisión y entrega de las facturas; y el numeral 8 del Anexo Técnico, Estándares del servicio, eficiencia y mapas por áreas de prestación. Que las condiciones que desarrollan el Anexo Técnico son las que rigen la prestación de los servicios de acueducto y/o alcantarillado en las diferentes áreas de prestación de los servicios de la EAAB-ESP.

 

Que, en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO PRIMERO. Adóptese el Contrato de Prestación de Servicios - CSP para la prestación de los servicios de acueducto y/o alcantarillado de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá - ESP, cuyas condiciones uniformes son las contenidas en el Anexo Técnico, el cual hará parte integral de esta resolución.

 

ARTÍCULO SEGUNDO. La presente resolución rige un mes después de la fecha de su publicación en el Registro Distrital, y deroga la Resolución No. 0001 de 2015 y la Resolución 681 2018.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 24 días del mes de noviembre del año 2020

 

NELSON VALENCIA VILLEGAS

 

Gerente Gerencia Corporativa de Servicio al Cliente