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Acuerdo 784 de 2020 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
02/12/2020
Fecha de Entrada en Vigencia:
05/12/2020
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6983 del 05 de diciembre de 2020.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 784 DE 2020

 

(Diciembre 02)

 

Por el cual se establecen medidas para la recuperación, el fortalecimiento y la promoción de la memoria histórica, la paz y la reconciliación en Bogotá D.C. y se dictan en otras disposiciones.

 

EL CONCEJO DE BOGOTÁ D.C.,

 

En ejercicio de sus atribuciones Constitucionales y Legales, en especial las conferidas por el numeral 1, del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993,


Ver Proyecto de Acuerdo 263 de 2020 Concejo de Bogotá, D.C.

 

A C U E R D A:

 

ARTÍCULO 1.- Objeto. El presente Acuerdo tiene por objeto establecer medidas que fortalezcan la recuperación, el fortalecimiento y la apropiación colectiva de la memoria histórica de la ciudad con enfoque diferencial, de género, étnico y generacional por medio de acciones transversales de divulgación del conocimiento y de la promoción de estrategias orientadas a consolidar una cultura de paz y reconciliación.

 

ARTÍCULO 2.- Coordinación Interinstitucional. La Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá promoverá una estrategia de coordinación y articulación interinstitucional para la Administración Pública Distrital con el fin de adelantar acciones transversales de apropiación de memoria histórica en Bogotá D.C y de la memoria institucional de cada una de las entidades distritales.

 

Parágrafo. La Administración Distrital podrá crear las instancias de coordinación interinstitucional que considere convenientes para articular las acciones de fortalecimiento de la memoria histórica en Bogotá D.C.

 

ARTÍCULO 3.- Gestión del conocimiento sobre memoria histórica por medio de herramientas digitales. La Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá y la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte coordinarán esfuerzos para garantizar que las colecciones, exposiciones y eventos relacionados con la promoción y fortalecimiento de la memoria histórica de la ciudad sean divulgados de manera accesible y promocionados en puntos de atención de la Administración Distrital, en las Localidades y a través de los diferentes puntos físicos y virtuales de la Red de Bibliotecas Públicas de Bogotá D.C.

 

Parágrafo. La Red de Bibliotecas Públicas de Bogotá D.C. publicará en su repositorio digital los registros de colecciones y publicaciones de la Dirección de Archivo de Bogotá, del Centro de Memoria, Paz y Reconciliación y del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, entre otras entidades relacionadas con la promoción y el fortalecimiento de la memoria histórica en la ciudad, con el fin de ampliar la cobertura y el impacto cultural en la difusión de los ejercicios de memoria y los productos generados por las entidades competentes en la materia.

 

ARTÍCULO 4.- Capacitación para la memoria, la paz y la reconciliación. La Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá promoverá de manera periódica y accesible con ajustes razonables, talleres, seminarios o capacitaciones dirigidas a instituciones educativas oficiales y a la ciudadanía en general, para el fortalecimiento de la memoria histórica de Bogotá, a través de diferentes mecanismos presenciales y virtuales.

 

ARTÍCULO 5.- Institucionalización de los ejes de la memoria y la paz en Bogotá. Institucionalícense en la ciudad de Bogotá los ejes de la memoria y la paz como espacios de encuentro con enfoque diferencial, de género, étnico y generacional que representan hechos históricos en la ciudad para promover acciones de conservación de la memoria histórica y la cultura de paz y reconciliación.

 

Parágrafo 1. La integración de los ejes de la memoria será definida por la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., con base en procesos investigativos y de participación ciudadana que contribuyan a la cartografía de memoria existente en la ciudad.

 

Parágrafo 2. La Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C en coordinación con el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural implementarán acciones para la recuperación y conservación del valor histórico de cada uno de los lugares que sean definidos en la integración de los ejes de la memoria y la paz en Bogotá D.C.

 

ARTÍCULO 6.- Recorridos y apropiación colectiva de los ejes de la memoria y la paz en Bogotá. La Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá en coordinación con la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, diseñarán una estrategia de recorridos guiados a los ejes de la memoria y la paz de Bogotá, en donde se informe a la ciudadanía sobre el valor histórico y la importancia de dichos lugares en la construcción colectiva de una cultura de paz y reconciliación.

 

Parágrafo. Respecto de estos mismos lugares, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá generará una herramienta de georreferenciación por medios físicos y virtuales que permita el amplio acceso de la ciudadanía a información sobre el vínculo de estos lugares con hechos históricos de relevancia para la construcción colectiva de memoria y una cultura de paz y reconciliación.

 

ARTÍCULO 7.- Vigencia y derogatorias. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. 

 

CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN

 

Presidente

 

FREDDY ANANÍAS URREGO GARZÓN

 

Secretario General de Organismo de Control Ad hoc

 

CLAUDIA NAYIBE LÓPEZ HERNÁNDEZ

 

Alcaldesa Mayor de Bogotá, D.C.