RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Resolución 071 de 2008 Instituto Distrital de Turismo

Fecha de Expedición:
08/09/2008
Fecha de Entrada en Vigencia:
08/09/2008
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 071 DE 2008

 

(Septiembre 08)

 

Por la cual se Modifica el Manual Especifico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos del Instituto Distrital de Turismo

 

La Directora General del Instituto Distrital de Turismo en uso de sus atribuciones legales, y en especial las que le confiere el Acuerdo No. 275 de 2007 del Concejo de Bogotá D.C., el Acuerdo de Junta Directiva 01 del 12 de marzo de 2007, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante la Resolución No 001 del 13 de marzo de 2007, la Directora General, estableció el Manual Especifico de Funciones y de Competencias Laborales, para los empleos de la Planta del Instituto Distrital de Turismo.

 

Que se requiere modificar el Manual Especifico de Funciones, de Requisitos y de Competencias Laborales, en cuanto al cargo de Profesional Especializado Código 222 Grado 03 y Director General Entidad Descentralizada Código 050 Grado 02.

 

Que mediante oficio No. 1816 de fecha 08 de septiembre de 2008, el Departamento Administrativo de Servicio Civil Distrital emitió concepto favorable respecto a la Modificación del Manual Especifico de Funciones y de Competencias Laborales del IDT.

 

Que en mérito de lo anterior,

 

RESUELVE:

 

ARTICULO PRIMERO: Modificar el Manual Específico de Funciones, de Requisitos y de Competencias Laborales, del empleo de Director General de Entidad Descentralizada Código 050 Grado 02, el cual quedara así:

 

 

I.IDENTIFICACIÓN

Nivel:                                                                  

 Directivo

Denominación del empleo:

 Director General de Entidad Descentralizada

Código:

 050

Grado:

 02

No de cargos

 1

Naturaleza del empleo

 Libre nombramiento y remoción

Dependencia

 Dirección General

Jefe Inmediato

 Alcalde Mayor de Bogotá

 

II. PROPOSITO PRINCIPAL

 

Formular las políticas institucionales en coordinación con la Junta Directiva y definir, adoptar y dirigir los planes, programas y proyectos que deben ejecutar las dependencias de la entidad para lograr el cumplimiento de la misión y los objetivos institucionales. 

 

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

 

1. Orientar la adopción de políticas, planes y programas referentes a la promoción del turismo y el posicionamiento del Distrito Capital como destino turístico.

 

2. Dirigir la promoción y el desarrollo empresarial turístico del Distrito Capital, incorporando el manejo ambiental, las localidades y los prestadores de servicios turísticos de Bogotá.

 

3. Promover las alianzas estratégicas nacionales e internacionales publicas y privadas que se requieran para el cumplimiento de las funciones del Instituto.

 

4. Celebrar los contratos, acuerdos y convenios que se requieran para el cumplimiento de las funciones y ejercer su representación legal.

 

5. Dirigir el proceso de planeación de la entidad, el diseño del plan indicativo anual y los planes operativos de las dependencias del Instituto para que se enfoquen al cumplimiento de los objetivos institucionales y se articulen al plan de desarrollo del Distrito.

 

6. Establecer los mecanismos y procedimientos que garanticen la participación democrática de los ciudadanos en los proyectos que desarrolle el Instituto.

 

7. Aprobar los presupuestos de inversión y funcionamiento, planes de gestión interna del Instituto, así como sus modificaciones.

 

8. Nombrar y remover los empleados al servicio del Instituto de conformidad con las disposiciones vigentes sobre la materia.

 

9. Crear y organizar, mediante acto administrativo, grupos internos de trabajo y órganos de asesoría y coordinación, para atender el cumplimiento de las funciones del Instituto de acuerdo con las necesidades del servicio, los planes, programas y proyectos aprobados por la entidad.

 

10. Determinar mediante Resolución las funciones de los empleos de la planta de personal del Instituto y los requisitos para su desempeño, de acuerdo con las normas vigentes.

 

11. Presentar informes semestrales a la Junta Directiva sobre la marcha general del Instituto, los planes, programas y proyectos adoptados, los contratos celebrados y sus ejecuciones.

 

12. Establecer y desarrollar el Sistema de Control Interno, el cual debe ser adecuado a la naturaleza, estructura y misión del Instituto.

 

13. Ejercer la función disciplinaria de acuerdo con las normas legales vigentes sobre la materia.

 

14. Las demás que le señalen la Ley, los Acuerdos, los Decretos y las que establezcan los estatutos del Instituto.

 

 

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

 

 

1. La acción del Instituto se orienta al logro de los fines y objetivos para los cuales fue creado.

 

2. Las decisiones tomadas por la Dirección, están de acuerdo con las directrices emanadas de la Junta Directiva.

 

3. Los contratos, acuerdos y convenios que se tramitan, adjudican y celebran son los requeridos para el cumplimiento de las funciones del Instituto y se ajustan a la normatividad que los rige.

 

4. Los empleados al servicio del Instituto son nombrados y removidos de conformidad con las disposiciones vigentes sobre la materia.

 

5. El proyecto anual de presupuesto y los planes y programas a desarrollar dan cumplimiento a los objetivos del Instituto y se presentan a consideración de la Junta Directiva para su aprobación.

 

6. Los informes semestrales que se presentan a la Junta Directiva contienen información veraz y oportuna sobre la marcha general del Instituto, los planes y programas adoptados, los contratos celebrados y sus ejecuciones.

 

7. Los actos administrativos que se expiden para orientar la marcha del Instituto se ajustan a las normas que regulan cada una de las materias objeto de dichos actos.

 

8. Las decisiones y actos administrativos tomados como ordenador del gasto se ajustan a las necesidades institucionales y a las normas que regulan la materia.

 

9. Los manuales de funciones, requisitos y competencias son señalados y adoptados de acuerdo a la normatividad vigente.

 

10. La distribución de los empleos de la planta en las distintas dependencias y la organización de grupos de trabajo se realiza buscando la mayor eficiencia de la entidad.

 

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

 

1. Políticas públicas en turismo a nivel nacional, regional e internacional.

 

2. Legislación turística nacional, regional e internacional

 

3. Conocimiento de contexto socioeconómico, político, cultural y ambiental del país y del Distrito Capital.

 

4. Metodologías de investigación aplicadas al desarrollo turístico.

 

5. Políticas públicas en administración de personal y contratación.

 

6. Constitución Política de Colombia

 

7. Plan de Desarrollo Distrital

 

8. Decreto Ley 1421 de 1993 “Estatuto Orgánico de Bogotá”

 

9. Ley 80 y Decretos reglamentarios

 

10. Plan de Ordenamiento Territorial

 

 

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

 

Estudios

 

Titulo Profesional en Administración (Publica, de Empresas, de Hotelería y Turismo), Economía, Gobierno y Relaciones Internacionales, Comunicación Social, Periodismo, Filología, Lenguas Modernas e Idiomas, Literatura, Lingüística, Sociología, Ingeniería Industrial y Derecho, y título de postgrado.

 

Experiencia

 

Treinta y seis (36) meses de experiencia profesional.

 

Requerimientos:

- Tarjeta profesional en los casos determinados por la Ley.

 

ARTÍCULO SEGUNDO:  Modificar el Manual Específico de Funciones, de Requisitos y de Competencias Laborales, en cuanto al cargo de Profesional Especializado Código 222 Grado 04, el cual quedara así:

 

 

I.IDENTIFICACION

Nivel:                                                                  

Profesional

Denominación del empleo:

Profesional Especializado

Código:

222

Grado:

04

No de cargos

Uno (1)

Naturaleza del empleo

Carrera Administrativa

Dependencia

Donde se ubique el cargo

Cargo del Jefe Inmediato

 Quien ejerza la supervisión directa

 

 

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

 

Contribuir en el diseño, formulación, ejecución e implementación de las acciones que emprenda la Subdirección de Gestión de destino en el desarrollo empresarial e incorporación de aspectos que incida en la competitividad turística de la ciudad como destino sostenible.

 

III. DESCRPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

 

SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN DEL DESTINO

 

1. Contribuir con la ejecución de las acciones requeridas por la Subdirección de Gestión del Destino en el campo de seguimiento a las acciones derivadas de la política turística en lo que atañe al desarrollo empresarial y la competitividad turística.

 

2. Apoyar los procesos de seguimiento y sistematización de los proyectos de investigación, inventarios turísticos de atractivos y desarrollo turístico, delegados por la Subdirección de Gestión del Destino.

 

3. Formular estrategias de innovación en programas de gestión del destino.

 

4. Realizar la interventoría técnica a los estudios e investigaciones directamente o mediante contratación para el desarrollo y cumplimiento de los objetivos del Instituto.

 

5. Contribuir a la coordinación y divulgación de los programas e investigaciones desarrolladas por la entidad en los escenarios y circunstancias previstas en la programación y según los requerimientos de la Dirección General y la Subdirección de Gestión del Destino.

 

6. Absolver consultas, prestar asistencia técnica y proyectar respuestas en los asuntos encomendados por la Subdirección de Gestión del Destino.

 

7. Aportar elementos de juicio para la toma de decisiones con la adopción, ejecución y control de los programas de desarrollo turístico que adelante el Instituto.

 

8. Atender la gestión ante entidades para la ejecución de proyectos de desarrollo turístico de la ciudad como destino turístico sostenible.


9. Presentar a la Subdirección de Gestión del Destino los informes sobre la realización y avance de los programas, estudios, conceptos y acciones que se llevan a cabo bajo su supervisión y/o los que le sean requeridos.

 

10. Ejercer el autocontrol en todas las funciones que le sean asignadas.

 

11. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

 

 

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

 

1. Presenta propuestas para la formulación de los planes de la entidad; asesora y apoya efectivamente a la Subdirección en la definición y orientación a los proyectos misionales.

 

2, Los estudios, proyectos y acciones que propone y realiza se ajustan a los objetivos institucionales y aportan metodologías útiles para otros proyectos.

 

3. Sus gestiones para establecer y mantener relaciones con otras entidades logran resultados positivos y aportes concretos al desarrollo de los programas de la entidad.

 

4. Absuelve oportunamente y con base en las políticas institucionales y las directrices recibidas, las consultas que le son encomendadas; la asistencia técnica que presta satisface los requerimientos técnicos y normativos.

 

5. Apoya la toma de decisiones sobre la adopción, ejecución y control de los programas que adelante el Instituto, mediante el análisis técnico y oportuno de los distintos aspectos.

 

6. Presenta oportunamente y con la periodicidad requerida, los informes que le son solicitados.

7. Formula y presenta estrategias de innovación en programas, proyectos y acciones de competencia de la Subdirección de Gestión del Destino.

 

8. Realiza la interventoría técnica a los estudios e investigaciones que le competen.

 

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

 

1. Plan de desarrollo.

 

2. Planeación estratégica

 

3. Gerencia de proyectos.

 

4. Financiación de proyectos con entidades del orden Nacional e Internacional.

 

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

 

Estudios

 

Título profesional en Administración (Turística y Hotelera, de Empresas o Pública), Arquitectura, Economía, Ingeniería Industrial, Comunicaciones Derecho y título del postgrado.

Experiencia

 

Veinticuatro (24) meses de experiencia profesional.

 

Requerimientos: Tarjeta profesional en los casos determinados por la ley.

 

ARTÍCULO TERCERO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y modifica en lo pertinente las Resoluciones Nos. 001 del 13 de marzo de 2007 y 004 del 28 de enero de 2008.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

 

Dada en Bogotá D.C., a los 08 días del mes de septiembre del año 2008.

 

ELSA VICTORIA MUÑOZ GÓMEZ

 

Directora General Entidad Descentralizada

 

Proyectó: Luz Mary Zuluaga Gómez – Subdirectora de Gestión Corporativa y Control Disc.