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RESOLUCIÓN 071
DE 2008
(Septiembre 08)
Por la cual se Modifica el Manual
Especifico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos del
Instituto Distrital de Turismo
La Directora General del Instituto
Distrital de Turismo en uso de sus atribuciones legales, y en especial las que
le confiere el Acuerdo No. 275 de 2007 del Concejo de Bogotá D.C., el Acuerdo
de Junta Directiva 01 del 12 de marzo de 2007, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución No 001 del 13 de
marzo de 2007, la Directora General, estableció el Manual Especifico de
Funciones y de Competencias Laborales, para los empleos de la Planta del
Instituto Distrital de Turismo.
Que se requiere modificar el Manual Especifico
de Funciones, de Requisitos y de Competencias Laborales, en cuanto al cargo de Profesional
Especializado Código 222 Grado 03 y Director General Entidad Descentralizada
Código 050 Grado 02.
Que mediante oficio No. 1816 de fecha 08 de septiembre
de 2008, el Departamento Administrativo de Servicio Civil Distrital emitió
concepto favorable respecto a la Modificación del Manual Especifico de
Funciones y de Competencias Laborales del IDT.
Que en mérito de lo anterior,
RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO: Modificar el Manual
Específico de Funciones, de Requisitos y de Competencias Laborales, del empleo
de Director General de Entidad Descentralizada Código 050 Grado 02, el cual
quedara así:
I.IDENTIFICACIÓN
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Nivel:
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Directivo
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Denominación del empleo:
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Director General de Entidad
Descentralizada
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Código:
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050
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Grado:
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02
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No de cargos
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1
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Naturaleza del empleo
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Libre nombramiento y remoción
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Dependencia
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Dirección General
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Jefe Inmediato
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Alcalde Mayor de Bogotá
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II. PROPOSITO PRINCIPAL
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Formular las políticas institucionales en
coordinación con la Junta Directiva y definir, adoptar y dirigir los planes,
programas y proyectos que deben ejecutar las dependencias de la entidad para
lograr el cumplimiento de la misión y los objetivos institucionales.
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III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES
ESENCIALES
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1. Orientar la adopción de políticas, planes y
programas referentes a la promoción del turismo y el posicionamiento del
Distrito Capital como destino turístico.
2. Dirigir la promoción y el desarrollo empresarial
turístico del Distrito Capital, incorporando el manejo ambiental, las
localidades y los prestadores de servicios turísticos de Bogotá.
3. Promover las alianzas estratégicas nacionales e
internacionales publicas y privadas que se requieran para el cumplimiento de
las funciones del Instituto.
4. Celebrar los contratos, acuerdos y convenios que
se requieran para el cumplimiento de las funciones y ejercer su
representación legal.
5. Dirigir el proceso de planeación de la entidad,
el diseño del plan indicativo anual y los planes operativos de las
dependencias del Instituto para que se enfoquen al cumplimiento de los
objetivos institucionales y se articulen al plan de desarrollo del Distrito.
6. Establecer los mecanismos y procedimientos que
garanticen la participación democrática de los ciudadanos en los proyectos
que desarrolle el Instituto.
7. Aprobar los presupuestos de inversión y
funcionamiento, planes de gestión interna del Instituto, así como sus
modificaciones.
8. Nombrar y remover los empleados al servicio del
Instituto de conformidad con las disposiciones vigentes sobre la materia.
9. Crear y organizar, mediante acto administrativo,
grupos internos de trabajo y órganos de asesoría y coordinación, para atender
el cumplimiento de las funciones del Instituto de acuerdo con las necesidades
del servicio, los planes, programas y proyectos aprobados por la entidad.
10. Determinar mediante Resolución las funciones de
los empleos de la planta de personal del Instituto y los requisitos para su
desempeño, de acuerdo con las normas vigentes.
11. Presentar informes semestrales a la Junta
Directiva sobre la marcha general del Instituto, los planes, programas y
proyectos adoptados, los contratos celebrados y sus ejecuciones.
12. Establecer y desarrollar el Sistema de Control
Interno, el cual debe ser adecuado a la naturaleza, estructura y misión del
Instituto.
13. Ejercer la función disciplinaria de acuerdo con
las normas legales vigentes sobre la materia.
14. Las demás que le señalen la Ley, los Acuerdos,
los Decretos y las que establezcan los estatutos del Instituto.
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IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES
(CRITERIOS DE DESEMPEÑO)
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1. La acción del Instituto se orienta al logro de
los fines y objetivos para los cuales fue creado.
2. Las decisiones tomadas por la Dirección, están de
acuerdo con las directrices emanadas de la Junta Directiva.
3. Los contratos, acuerdos y convenios que se
tramitan, adjudican y celebran son los requeridos para el cumplimiento de las
funciones del Instituto y se ajustan a la normatividad que los rige.
4. Los empleados al servicio del Instituto son
nombrados y removidos de conformidad con las disposiciones vigentes sobre la
materia.
5. El proyecto anual de presupuesto y los planes y programas
a desarrollar dan cumplimiento a los objetivos del Instituto y se presentan a
consideración de la Junta Directiva para su aprobación.
6. Los informes semestrales que se presentan a la
Junta Directiva contienen información veraz y oportuna sobre la marcha
general del Instituto, los planes y programas adoptados, los contratos
celebrados y sus ejecuciones.
7. Los actos administrativos que se expiden para
orientar la marcha del Instituto se ajustan a las normas que regulan cada una
de las materias objeto de dichos actos.
8. Las decisiones y actos administrativos tomados
como ordenador del gasto se ajustan a las necesidades institucionales y a las
normas que regulan la materia.
9. Los manuales de funciones, requisitos y
competencias son señalados y adoptados de acuerdo a la normatividad vigente.
10. La distribución de los empleos de la planta en
las distintas dependencias y la organización de grupos de trabajo se realiza
buscando la mayor eficiencia de la entidad.
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V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES
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1. Políticas públicas en turismo a nivel nacional,
regional e internacional.
2. Legislación turística nacional, regional e
internacional
3. Conocimiento de contexto socioeconómico,
político, cultural y ambiental del país y del Distrito Capital.
4. Metodologías de investigación aplicadas al
desarrollo turístico.
5. Políticas públicas en administración de personal
y contratación.
6. Constitución Política de Colombia
7. Plan de Desarrollo Distrital
8. Decreto Ley 1421 de 1993 “Estatuto Orgánico de
Bogotá”
9. Ley 80 y Decretos reglamentarios
10. Plan de Ordenamiento Territorial
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VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y
EXPERIENCIA
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Estudios
Titulo Profesional en Administración (Publica,
de Empresas, de Hotelería y Turismo), Economía, Gobierno y Relaciones
Internacionales, Comunicación Social, Periodismo, Filología, Lenguas Modernas
e Idiomas, Literatura, Lingüística, Sociología, Ingeniería Industrial y
Derecho, y título de postgrado.
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Experiencia
Treinta y seis (36) meses de experiencia
profesional.
Requerimientos:
- Tarjeta profesional en los casos
determinados por la Ley.
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ARTÍCULO SEGUNDO: Modificar el Manual
Específico de Funciones, de Requisitos y de Competencias Laborales, en cuanto
al cargo de Profesional Especializado Código 222 Grado 04, el cual quedara así:
I.IDENTIFICACION
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Nivel:
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Profesional
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Denominación del empleo:
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Profesional Especializado
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Código:
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222
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Grado:
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04
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No de cargos
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Uno (1)
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Naturaleza del empleo
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Carrera Administrativa
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Dependencia
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Donde se ubique el cargo
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Cargo del Jefe Inmediato
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Quien ejerza la supervisión directa
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II. PROPÓSITO PRINCIPAL
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Contribuir en el diseño, formulación,
ejecución e implementación de las acciones que emprenda la Subdirección de
Gestión de destino en el desarrollo empresarial e incorporación de aspectos
que incida en la competitividad turística de la ciudad como destino
sostenible.
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III. DESCRPCIÓN DE FUNCIONES
ESENCIALES
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SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN DEL DESTINO
1. Contribuir con la ejecución de las acciones
requeridas por la Subdirección de Gestión del Destino en el campo de
seguimiento a las acciones derivadas de la política turística en lo que atañe
al desarrollo empresarial y la competitividad turística.
2. Apoyar los procesos de seguimiento y
sistematización de los proyectos de investigación, inventarios turísticos de
atractivos y desarrollo turístico, delegados por la Subdirección de Gestión
del Destino.
3. Formular estrategias de innovación en programas
de gestión del destino.
4. Realizar la interventoría técnica a los estudios
e investigaciones directamente o mediante contratación para el desarrollo y
cumplimiento de los objetivos del Instituto.
5. Contribuir a la coordinación y divulgación de los
programas e investigaciones desarrolladas por la entidad en los escenarios y
circunstancias previstas en la programación y según los requerimientos de la Dirección
General y la Subdirección de Gestión del Destino.
6. Absolver consultas, prestar asistencia técnica y
proyectar respuestas en los asuntos encomendados por la Subdirección de Gestión
del Destino.
7. Aportar elementos de juicio para la toma de
decisiones con la adopción, ejecución y control de los programas de
desarrollo turístico que adelante el Instituto.
8. Atender la gestión ante entidades para la
ejecución de proyectos de desarrollo turístico de la ciudad como destino
turístico sostenible.
9. Presentar a la Subdirección de Gestión del Destino los informes sobre la
realización y avance de los programas, estudios, conceptos y acciones que se
llevan a cabo bajo su supervisión y/o los que le sean requeridos.
10. Ejercer el autocontrol en todas las funciones
que le sean asignadas.
11. Las demás funciones asignadas por la autoridad
competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.
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IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS
DE DESEMPEÑO)
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1. Presenta propuestas para la formulación de los
planes de la entidad; asesora y apoya efectivamente a la Subdirección en la
definición y orientación a los proyectos misionales.
2, Los estudios, proyectos y acciones que propone y realiza
se ajustan a los objetivos institucionales y aportan metodologías útiles para
otros proyectos.
3. Sus gestiones para establecer y mantener
relaciones con otras entidades logran resultados positivos y aportes
concretos al desarrollo de los programas de la entidad.
4. Absuelve oportunamente y con base en las
políticas institucionales y las directrices recibidas, las consultas que le
son encomendadas; la asistencia técnica que presta satisface los
requerimientos técnicos y normativos.
5. Apoya la toma de decisiones sobre la adopción,
ejecución y control de los programas que adelante el Instituto, mediante el
análisis técnico y oportuno de los distintos aspectos.
6. Presenta oportunamente y con la periodicidad
requerida, los informes que le son solicitados.
7. Formula y presenta estrategias de innovación en
programas, proyectos y acciones de competencia de la Subdirección de Gestión
del Destino.
8. Realiza la interventoría técnica a los estudios e
investigaciones que le competen.
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V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES
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1. Plan
de desarrollo.
2. Planeación estratégica
3. Gerencia de proyectos.
4. Financiación de proyectos con entidades del orden
Nacional e Internacional.
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VI. REQUISITOS
DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA
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Estudios
Título profesional en Administración (Turística
y Hotelera, de Empresas o Pública), Arquitectura, Economía, Ingeniería
Industrial, Comunicaciones Derecho y título del postgrado.
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Experiencia
Veinticuatro (24) meses de experiencia
profesional.
Requerimientos: Tarjeta profesional
en los casos determinados por la ley.
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ARTÍCULO TERCERO: La presente Resolución
rige a partir de la fecha de su expedición y modifica en lo pertinente las
Resoluciones Nos. 001 del 13 de marzo de 2007 y 004 del 28 de enero de 2008.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los 08 días del
mes de septiembre del año 2008.
ELSA VICTORIA MUÑOZ GÓMEZ
Directora General Entidad
Descentralizada
Proyectó: Luz Mary Zuluaga Gómez – Subdirectora de Gestión
Corporativa y Control Disc.
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