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Decreto Local 027 de 2020 Alcaldía Local de Rafael Uribe Uribe

Fecha de Expedición:
17/12/2020
Fecha de Entrada en Vigencia:
19/12/2020
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6997 del 19 de diciembre de 2020.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 027 DE 2020

 

(Diciembre 17)

 

Por el cual se sanciona el Acuerdo Local No. 008 – 2020 “Por el cual se expide el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe, para la vigencia fiscal comprendida entre el 01 enero y el 31 de diciembre de 2021”

 

EL ALCALDE LOCAL (E) DE RAFAEL URIBE URIBE

 

En uso de las facultades legales y estatutarias y en especial las conferidas en el artículo 86 del Decreto Ley 1421 de 1993 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Junta Administradora Local de Rafael Uribe Uribe, a través del oficio de fecha 16 de diciembre de 2020, con Radicado: 20206810090732, remite al Despacho del Alcalde Local el Acuerdo Local No. 008 – 2020 “Por el cual se expide el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe, para la vigencia fiscal comprendida entre el 01 enero y el 31 de diciembre de 2021”.

 

Para efecto de que este Despacho proceda a sancionarlo o a formular las objeciones a que haya lugar.

 

Que el artículo 81 de Decreto 1421 de 1993, indica que una vez aprobado en segundo debate el proyecto de acuerdo pasara al Alcalde local para su sanción.

 

Que una vez revisado el Acuerdo Local N° 004 de 2020, se debe dar aplicación a lo establecido en el Artículo 82  del Decreto 1421 de  1993.

 

En mérito de lo anteriormente expuesto el Alcalde Local de Rafael Uribe Uribe,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Sancionar el Acuerdo Local No. 008 – 2020 “Por el cual se expide el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe, para la vigencia fiscal comprendida entre el 01 enero y el 31 de diciembre de 2021”.

 

ARTÍCULO SEGUNDO: Remitir el Acuerdo local N° 008 de 2020, debidamente sancionado a la Junta Ad ministradora Local, a la oficina Jurídica de la Secretaria Distrital de Gobierno para lo de su competencia y a la Imprenta Distrital para su publicación.

 

ARTÍCULO TERCERO: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 17 días del mes de diciembre del año 2020.

 

WILLIAM ALEJANDRO RIVERA CAMERO

 

Alcalde Local Rafael Uribe Uribe (E).