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Decreto Local 017 de 2020 Alcaldía Local de Teusaquillo

Fecha de Expedición:
22/12/2020
Fecha de Entrada en Vigencia:
24/12/2020
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7003 del 24 de diciembre de 2020.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 017 DE 2020

 

(Diciembre 22)

 

Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo para la vigencia fiscal 2020

 

LA ALCALDESA LOCAL DE TEUSAQUILLO

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Artículo 31 del Decreto 372 de 2010 y el Decreto 113 de 2020 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que en el párrafo tercero del artículo 31 del Decreto 372 de 2010, estipula: “Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local”

 

Que el parágrafo único del artículo 9 del Decreto 777 de 2019, dispone que “Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaria de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en gastos de funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones o constitutivas de factor salarios siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministritos, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de servicios y Otros Gastos Generales)”

 

Que mediante Circular Externa No. DDP-000008 del 31 de diciembre de 2020 proferida por la Secretaria Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, se dieron lineamientos para los traslados presupuestales en gastos de funcionamiento, señalando que los mismos deberán ser presentados de manera individual, cuando se requieran modificaciones presupuestales que afecten otros niveles de desagregación, conforme a lo establecido en el Manual Operativo Presupuestal.

 

Que la apropiación inicial para el rubro 131020202030603 Servicios de mantenimiento y reparación de computadores y equipo periférico fue de $70.000.000 de los cuales se han comprometido a la fecha $51.500.000 quedando un saldo de apropiación disponible de $18.500.000

 

Que la apropiación inicial para el rubro 131020202030608 Servicios de mantenimiento y reparación de equipos y aparatos de telecomunicaciones fue de $20.000.000 de los cuales se han comprometido a la fecha $7.500.000 quedando un saldo de apropiación disponible de $12.500.000

 

Que la apropiación inicial para el rubro 131020202020112 Otros servicios de seguros distintos de los seguros fue de $104.100.000 de los cuales se han comprometido a la fecha $61.842.279 y $21.861.644 se encuentran en trámite por comprometer, quedando un saldo de apropiación disponible de $20.396.077

 

Que la apropiación inicial para el rubro 131020202030201 Servicios de documentación y certificación jurídica fue de $1.500.000 de los cuales no se han comprometido a la fecha quedando un saldo de Apropiación Disponible de $1.500.000.

 

Que la apropiación inicial para el rubro 131020202030604 Servicios de mantenimiento y reparación de máquina y equipo de transporte fue de $25.000.000 de los cuales se han comprometido a la fecha $18.000.000 quedando un saldo de apropiación disponible de $7.000.000

 

Que la apropiación inicial del rubro 131020202020106Servicios de seguros de Salud ediles fue de $101.000.000 de los cuales se han comprometido a la fecha $100.429.400 quedando un saldo de Apropiación Disponible por comprometer de $570.600, cifra que es insuficiente para garantizar el pago de la Salud de los ediles hasta finalizar la vigencia 2020, en consecuencia, es necesario realizar un aumento en la apropiación del rubro por valor de ($8.100.000) que permitan garantizar el pago de salud de  los Ediles.

 

Que con la creación de rubro 13108020202030404 Servicios de telecomunicaciones a través de internet el Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo pretende garantizar la conectividad de los funcionarios y ciudadanía en general, permitiendo conectarse a la Secretaría de Gobierno y así tener acceso a los aplicativos tales como Orfeo, SiActua, SIPSE, Si Capital, tener acceso al correo institucional, y tener servicios de internet como registro de usuarios, control de navegación y demás actividades de seguridad en la red. En consecuencia, es necesario realizar un traslado por el valor de $50.896.077 que permitan garantizar el servicio de internet al FDLT y las inspecciones de policía a cargo de la Alcaldía Local.

 

Que, en mérito de lo anteriormente expuesto

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1. Efectúese un contracrédito al Presupuesto de Gastos de la vigencia 2020 del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo de acuerdo con el siguiente detalle

 

CONTRACRÉDITO

13

GASTOS

58.996.077

131

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

58.996.077

13102

Adquisición de bienes y servicios

58.996.077

1310202

Adquisiciones diferentes de activos no financieros

58.996.077

131020202

Adquisición de servicios

58.996.077

13102020202

Servicios financieros y servicios conexos, servicios inmobiliarios y servicios de leasing

20.396.077

1310202020201

Servicios financieros y servicios conexos

20.396.077

131020202020112

Otros servicios de seguros distintos de los seguros de vida n.c.p.

20.396.077

13102020203

Servicios prestados a las empresas y servicios de producción

38.600.000

1310202020302

Servicios jurídicos y contables

1.100.000

131020202030201

Servicios de documentación y certificación jurídica

1.100.000

1310202020306

Servicios de mantenimiento, reparación e instalación (excepto servicios de construcción)

37.500.000

131020202030603

Servicios de mantenimiento y reparación de computadores y equipo periférico

18.500.000

131020202030604

Servicios de mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo de transporte

7.000.000

131020202030608

Servicios de mantenimiento y reparación de equipos y aparatos de telecomunicaciones

12.000.000

 

TOTAL CONTRACRÉDITO

58.996.077

 

ARTÍCULO 2º. – Efectúese un crédito al Presupuesto de Gastos de la vigencia 2020 del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo de acuerdo con el al siguiente detalle:

 

CRÉDITO

 

13

GASTOS

58.996.077

131

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

58.996.077

13102

Adquisición de bienes y servicios

58.996.077

1310202

Adquisiciones diferentes de activos no financieros

58.996.077

131020202

Adquisición de servicios

58.996.077

13102020202

Servicios financieros y servicios conexos, servicios inmobiliarios y servicios de leasing

8.100000

1310202020201

Servicios financieros y servicios conexos

8.100000

131020202020106

Servicios de seguros de Salud ediles

8.100.000

13102020203

Servicios prestados a las empresas y servicios de producción

50.896.077

1310202020304

Servicios de telecomunicaciones, transmisión y suministro de información

50.896.077

131020202030404

Servicios de telecomunicaciones a través de internet

50.896.077

 

CRÉDITO

58.996.077

 

ARTÍCULO 3º.- COMUNICACIÓN. De conformidad a lo señalado en el artículo 8 del Decreto 113 de 2020, Una vez expedido el presente Decreto, deberán ser informadas las Secretarías Distritales de Hacienda, y de Gobierno y la Junta Administradora Local, para lo de su competencia.

 

ARTÍCULO 4º.- PUBLICACIÓN. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.

 

ARTÍCULO 5º.- VIGENCIA Y DEROGATORIAS. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 22 días del mes de diciembre del año 2020.

 

YULY ESMERALDA HERNÁNDEZ SILVA

 

Alcaldesa Local de Teusaquillo