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Decreto Local 022 de 2020 Alcaldía Local de Sumapaz

Fecha de Expedición:
18/12/2020
Fecha de Entrada en Vigencia:
05/01/2021
Medio de Publicación:
Registro Distrital 7012 del 05 de enero de 2021.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 022

 

(Diciembre 18)

 

Por el cual se efectúa una modificación presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Sumapaz, para la vigencia 2020

 

EL ALCALDE LOCAL DE SUMAPAZ (E)

 

En uso de sus facultades legales y en especial  la que le confiere el artículo 31 del Decreto  372 del 2010.

 

CONSIDERANDO:

 

Que en virtud de lo establecido en el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, el Alcalde Local mediante Decreto puede realizar los traslados presupuestales dentro del mismo agregado, previo concepto favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda.

 

Que de acuerdo con el parágrafo único del artículo del Decreto N° 777 del 19 de diciembre de 2019, expedido por el Alcalde Mayor de Bogotá D.C., se modificó el procedimiento para los traslados presupuestales de las Entidades que componen el Presupuesto Anual y los Fondos de Desarrollo Local, exceptuando del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministros, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales).

 

Que mediante la Circular Externa N° DDP-000008 del 31 de diciembre de 2019, la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda expidió el instructivo para dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto N° 777 de diciembre 19 expedido por el Alcalde Mayor.

 

Que mediante oficio N° 2020EE197378 del 18 de diciembre de 2020, la Dirección Distrital de Presupuesto, emite concepto de viabilidad considerando que el Fondo de Desarrollo Local, efectuó los estudios técnicos, legales y financieros exigidos para realizar el ajuste presupuestal mediante la cual se efectúa un traslado al interior del Presupuesto de Gastos de Inversión vigencia 2020, por valor de CIENTO CUARENTA Y SEIS MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL OCHO PESOS M/CTE ($146.885.008.00)

 

Que el rubro “Equipos De Información, Computación y Telecomunicaciones TIC”, requiere de recursos adicionales para poder realizar la adquisición de los computadores portátiles que la entidad requiere para atender las necesidades de los servidores de la Alcaldía Local de Sumapaz.

 

Que el rubro “Servicios de Seguros de Vehículos Automotores”, requiere de recursos adicionales para poder cumplir con la adicion del contrato de seguros de los vehículos automotores y es inapropiado dejar sin cubrimiento este tipo de bienes.

 

Que el rubro “Servicios de Seguros Contra Incendio, Terremoto o Sustracción”, requiere de recursos adicionales para poder cumplir con esta adición y necesidad de cobertura, en aras de garantizar la protección de los bienes propiedad del Fondo de Desarrollo Local de Sumapaz, por los que es legalmente responsable y garantizar la prórroga de los seguros.

 

Que el rubro “Servicios de Seguros Generales de Responsabilidad Civil”, requiere de recursos adicionales para poder cumplir con esta necesidad de cobertura, toda vez que los bienes e intereses patrimoniales del Fondo de Desarrollo Local de Sumapaz se encuentran expuestos a una gran cantidad de riesgos, que, en el evento de realizarse, producirían un detrimento al patrimonio de la Entidad, así como garantizar la prórroga de los seguros.

 

Que el rubro “Servicios de Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT)”, requiere de recursos adicionales para poder cumplir con esta necesidad de cobertura y el saldo a la fecha es insuficiente para adicionar el contrato suscrito para expedir los seguros de los vehículos de propiedad del fondo.

 

Que el rubro “Otros Servicios de Seguros Distintos de los Seguros de Vida N.C.P.”, requiere de recursos adicionales para poder cumplir con la necesidad de adición de la póliza de Manejo Global Entidades Oficiales, que ampara los riesgos que impliquen menoscabo de los fondos o bienes de propiedad, bajo tenencia, control y/o responsabilidad la Entidad, causados por acciones y omisiones de sus servidores.

 

Que el rubro “Servicios de Protección (Guardas de Seguridad)”, requiere de recursos adicionales para poder cumplir con la necesidad de adición con el fin de garantizar la continuidad del servicio de vigilancia, hasta el 2 de mayo de 2021.

 

Que el rubro “Pasta o Pulpa, Papel y Productos de Papel” cuenta con recursos que, por la situación de la pandemia, no fue necesario adquirir este tipo de elementos por lo que el valor total de la apropiación no será ejecutado en esta vigencia.

 

Que el rubro “Productos de Caucho y Plástico” cuenta con recursos suficientes para la ejecución del objeto del contrato de la vigencia 2020, por lo cual el saldo puede ser trasladado.

 

Que el rubro “Alojamiento; Servicios de Suministros de Comidas y Bebidas” cuenta con recursos suficientes para cubrir las necesidades, por lo cual el saldo puede ser trasladado.

 

Que el rubro “Servicios de alquiler o arrendamiento con o sin opción de compra relativos a bienes inmuebles no residenciales propios o arrendados” cuenta con recursos suficientes para el cubrimiento de las necesidades de la vigencia 2020, por lo cual el saldo puede ser trasladado.

 

Que el rubro “Energía” cuenta con recursos suficientes para el cubrimiento de las necesidades de la vigencia 2020, por lo cual el saldo puede ser trasladado.

 

Que, en mérito de lo anterior expuesto.

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Efectúese un contra crédito en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Sumapaz para la Vigencia Fiscal 2020, por la suma de ($146.885.008.00) de acuerdo con el siguiente detalle:

 

CODIGO PRESUPUESTAL

DESCRIPCION

VALOR

13

GASTOS

146,885,008.00

131

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

146,885,008.00

13102

Adquisición de bienes y servicios

146,885,008.00

1310202

Adquisiciones diferentes de activos no financieros

146,885,008.00

131020201

Materiales y suministros

17,653,626.00

13102020102

Otros bienes transportables (excepto productos metálicos, maquinaria y equipo

17,653,626.00

1310202010202

Pasta o pulpa, papel y productos de papel; impresos y artículos relacionados

15,000,000.00

1310202010206

Productos de caucho y plástico

2,653,626.00

131020202

Adquisición de servicios

129,231,382.00

13102020201

Servicios de venta y de distribución; alojamiento; servicios de suministro de comidas y bebidas; servicios de transporte; y servicios de distribución de electricidad, gas y agua

6,000,000.00

1310202020101

Alojamiento; servicios de suministros de comidas y bebidas

6,000,000.00

13102020202

Servicios financieros y servicios conexos, servicios inmobiliarios y servicios de leasing

27,000,000.00

1310202020202

Servicios inmobiliarios

27,000,000.00

131020202020201

Servicios de alquiler o arrendamiento con o sin opción de compra relativos a bienes inmuebles no residenciales propios o arrendados

27,000,000.00

13102020203

Servicios prestados a las empresas y servicios de producción

86,231,382.00

1310202020304

Servicios de telecomunicaciones, transmisión y suministro de información

86,231,382.00

131020202030404

Servicios de telecomunicaciones a través de internet

86.231.382,00

13102020204

Servicios administrativos del Gobierno

10.000.000,00

1310202020401

Otros servicios públicos generales del Gobierno n.c.p.

10.000.000,00

131020202040101

Energía

10.000.000,00

 

TOTAL, CONTRACREDITOS

146.885.008,00

 

ARTÍCULO SEGUNDO: Efectúese un crédito en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Sumapaz para la Vigencia Fiscal 2020, por la suma de ($146.885.008.00) de acuerdo con el siguiente detalle:

 

CODIGO PRESUPUESTAL

NOMBRE

VALOR

13

GASTOS

146,885,008.00

131

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

146,885,008.00

13102

Adquisición de bienes y servicios

146,885,008.00

1310201

Adquisición de activos no financieros

23.653.626,00

131020101

Activos fijos

23.653.626,00

13102010101

Maquinaria y equipo

23.653.626,00

1310201010102

Equipos de información, computación y telecomunicaciones TIC

23.653.626,00

1310202

Adquisiciones diferentes de activos no financieros

123.231.382,00

131020202

Adquisición de servicios

123.231.382,00

13102020202

Servicios financieros y servicios conexos, servicios inmobiliarios y servicios de leasing

86.231.382,00

1310202020201

Servicios financieros y servicios conexos

86.231.382,00

131020202020107

Servicios de seguros de vehículos automotores

44.592.762,00

131020202020108

Servicios de seguros contra incendio, terremoto o sustracción

13.369.565,00

131020202020109

Servicios de seguros generales de responsabilidad civil

15.691.279,00

131020202020110

Servicios de seguro obligatorio de accidentes de tránsito (SOAT)

4.953.425,00

131020202020112

Otros servicios de seguros distintos de los seguros de vida n.c.p.

7.624.351,00

13102020203

Servicios prestados a las empresas y servicios de producción

37.000.000,00

1310202020305

Servicios de soporte

37.000.000,00

131020202030501

Servicios de protección (guardas de seguridad)

37.000.000,00

 

TOTAL, CREDITOS

146,885,008.00

 

ARTÍCULO TERCERO: El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 18 días del mes de diciembre del año 2020.

 

GERMÁN HUMBERTO MEDELLÍN MORA

 

Alcalde Local de Sumapaz (E)