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Decreto Local 028 de 2020 Alcaldía Local de Rafael Uribe Uribe

Fecha de Expedición:
21/12/2020
Fecha de Entrada en Vigencia:
31/12/2020
Medio de Publicación:
Registro Distrital 7009 del 31 de diciembre de 2020.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 028 DE 2020

 

(Diciembre 21)

 

Por el cual se liquida el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos e Inversión de la Alcaldía Local de Rafael Uribe Uribe para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2021

 

EL ALCALDE LOCAL DE RAFAEL URIBE URIBE

 

En uso de sus facultades legales y en especial la que le confiere el artículo 19 del Decreto 372 de 2010.

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Junta Administradora Local aprobó el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos e Inversión para la vigencia fiscal de 2020, mediante Acuerdo No. 008 del 15 de diciembre de 2020, el cual fue debidamente sancionado por el Alcalde Local de Rafael Uribe Uribe, mediante Decreto Local No. 027 del 17 de diciembre de 2020.


Que en virtud de lo establecido en el artículo 19 del Decreto 372 de 2010, el Alcalde debe liquidar el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos e Inversión a nivel de programas y proyectos.

 

Que, en mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Fijar el Presupuesto Anual de Ingresos del FDL de Rafael Uribe Uribe, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero al 31 de diciembre de 2021, por la suma de CIENTO NUEVE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS CINCO MIL PESOS ($109.659.905.000) M/CTE, conforme al siguiente detalle:

 

DISTRIBUCIÓN DE INGRESOS

 

 

ARTÍCULO SEGUNDO: Fijar el Presupuesto Anual de Gastos e Inversión del FDL de Rafael Uribe Uribe, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero al 31 de diciembre de 2021, por la suma de CIENTO NUEVE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS CINCO MIL PESOS ($109.659.905.000) M/CTE), conforme al siguiente detalle:

 

DISTRIBUCIÓN DE GASTOS

 

 

ARTÍCULO TERCERO: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y surte efectos fiscales a partir del primero (1°) de enero de 2021.

 

PÚBLIQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 21 días del mes de diciembre del año 2020.

 

ALEJANDRO RIVERA CAMERO

 

Alcalde Local de Rafael Uribe Uribe (E)