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Resolución 197 de 2021 Ministerio de Salud y Protección Social

Fecha de Expedición:
22/02/2021
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 197 DE 2021

 

(Febrero 22)


Derogada por el art. 4, Resolución 430 de 2021

 

Por la cual se adoptan los lineamientos técnicos y operativos para la vacunación contra el COVID-19

 

EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL

 

En ejercicio de sus facultades, especialmente de las conferidas por el literal b del artículo 488 de la Ley 9 de 1979, los numerales 3 del artículo 173 de la ley 100 de 1993, 42.1 del artículo 42 de la ley 715 de 2001, 3, 4 y 9 del artículo 2 del Decreto Ley 4107 de 2011 y 19.1 del artículo 19 del Decreto 109 de 2021; en desarrollo del inciso segundo del artículo 592 de la Ley 9 de 1979, del parágrafo del artículo 9 de la Ley 2064 de 2020 y de los numerales 20.4 y 21.3 de los artículos 20 y 21 del Decreto 109 de 2021 y,

 

CONSIDERANDO

 

Que mediante la Ley 2064 de 2020, se declara de interés general la estrategia para la inmunización de la población colombiana contra el COVID-19 y la lucha contra cualquier pandemia, señalando, entre otros aspectos, que el proceso de inmunización de la población colombiana contra la COVID-19 es gratuito para el beneficiario.

 

Que a través del Decreto 109 de 2021 el Gobierno nacional definió el Plan Nacional de Vacunación contra el COVID-19, determinando criterios de priorización, fases y rutas para la aplicación de las vacunas, así como las responsabilidades de los actores del Sistema General de Seguridad Social en Salud, para a la ejecución del referido plan.

 

Que ante las diferentes acciones que se deben desarrollar en el marco del Plan Nacional de Vacunación, se hace necesario expedir los lineamientos técnicos y operativos para orientar la planeación y organización del proceso de vacunación contra el COVID-19 en las entidades territoriales junto con los demás integrantes del sector salud de cada jurisdicción y de otros sectores que de acuerdo con sus competencias deban apoyar en la ejecución del mencionado plan.

 

Que, en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE

 

Artículo 1. Objeto. Adoptar los lineamientos técnicos y operativos para la vacunación contra el COVID-19, los cuales hacen parte integral de la presente resolución.

 

Artículo 2. Ámbito de aplicación. Las disposiciones contenidas en el presente acto administrativo aplican a entidades territoriales departamentales, distritales y municipales, Entidades Promotoras de Salud - EPS de los regímenes contributivo y subsidiado, Entidades Adaptadas en Salud, a los prestadores de servicios de salud, los administradores de los regímenes Especial y de Excepción en salud y sus operadores, al Fondo Nacional de Salud de las personas privadas de la libertad y su operador.

 

Artículo 3. Coordinación permanente. Las entidades territoriales departamentales y distritales deberán conformar y liderar una mesa de coordinación permanente con las demás destinarias de la presente resolución, con el fin de definir el plan de acción y hacer seguimiento y monitoreo a las acciones contenidas en el Plan Nacional de Vacunación contra el COVID-19 y las definidas en los lineamientos adoptados mediante el presente acto administrativo.

 

Parágrafo. El plan de acción de la vacunación contra el COVID-19 que se defina deberá ser remitido a este Ministerio y actualizarse de acuerdo a tipo y disponibilidad de biológicos, así como al desarrollo de las fases y etapas definidas en el Plan Nacional de Vacunación.

 

Artículo 4. Vigencia. La presente resolución rige a partir de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 22 días del mes de febrero del año 2021.

 

FERNANDO RUIZ GÓMEZ

 

Ministro de Salud y Protección Social


NOTA: Ver Anexos