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RESOLUCIÓN 052 DE 2021
(Marzo 26)
Por la cual se reconoce la existencia de un pasivo exigible en el marco de la ejecución del Contrato de Obra No. 242 de 2019
LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO
En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el Acuerdo Distrital 275 de 2007 del Concejo de Bogotá D.C., los Acuerdos 001 de 2007, 008 de 2016 y 006 de 2019, expedidos por la Junta Directiva del IDT, la Ley 80 de 1993 y demás normas reglamentarias y complementarias y
CONSIDERANDO
Que el Instituto Distrital de Turismo, identificado con el NIT. 900.140.515-6 y CONSTRUCCIONES Y VALORES CONSTRUVALORES SAS identificado con el NIT. 900.518.211-7 celebraron el Contrato de Obra N° 242 de 2019 cuyo objeto consistió en “Realizar la intervención del atractivo turístico priorizado Templete al Libertador, por medio de la ejecución de obras de adecuación, conservación y mantenimiento, ubicado en la Zona de Interés Turística La Candelaria Parque de los Periodistas Gabriel García Márquez de la Ciudad de Bogotá D.C.”
Que el Contrato en mención fue suscrito el 19 de noviembre de 2019 por un valor de CIENTO VEINTE MILLONES CUATROCIENTOS NUEVE PESOS M/CTE ($120.000.409) y un plazo inicial de 2 meses, dando inicio el 26 de noviembre de 2019 de acuerdo con el acta correspondiente.
Que mediante Documento Adicional N° 1 del 27 de diciembre de 2019 se realizó una adición al contrato por valor de CINCUENTA Y DOS MILLONES TRESCIENTOS NUEVE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CINCO PESOS M/CTE ($52.309.795), con cargo al rubro presupuestal de inversión “3-3-1-15-05-37-1036 Bogotá destino turístico competitivo y sostenible”
Que así mismo el Contrato de Obra N° 242 de 2019 fue objeto de 13 Documentos Adicionales más, de los cuales en términos generales 5 corresponden a suspensiones y 8 a prórrogas, de conformidad con las razones incorporadas en cada uno de ellos, por lo cual el contrato terminó su ejecución el 28 de febrero de 2021
Que el valor del Contrato de Obra No. 242 de 2019, contó con los certificados de disponibilidad presupuestal que se relacionan en el cuadro a continuación:
Que una vez suscrito el Contrato de Obra No. 242 de 2019 se expidieron los certificados de registro presupuestal que se relacionan a continuación:
Que durante la ejecución del Contrato de Obra No. 242 de 2019, la Subdirección de Gestión de Destino como dependencia supervisora, certificó y avaló el pago al contratista CONSTRUCCIONES Y VALORES CONSTRUVALORES SAS en cumplimiento del objeto y obligaciones contractuales, como se relaciona en el siguiente cuadro:
Que con corte al 31 de diciembre de 2020, feneció el saldo constituido como reserva presupuestal por valor de TRES MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL CIENTO SETENTA Y CUATRO PESOS M/CTE ($3.453.174) del Contrato de Obra No. 242 de 2019, según acta de fenecimiento de la misma fecha y discriminado de la siguiente manera:
Que el supervisor del Contrato de Obra No. 242 de 2019, según informe periódico de supervisión de fecha 15 de marzo de 2021, se autorizó el cuarto pago equivalente a TRES MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL CIENTO SETENTA Y CUATRO PESOS M/CTE ($3.453.174) para lo cual se suscribió el Acta de recibo a satisfacción correspondiente de fecha 26 de febrero de 2021.
Que según lo dispuesto en el Acuerdo 004 del 30 de junio de 2020 de la Junta Directiva del IDT, por medio del cual se modificó el presupuesto de gastos e inversiones del Instituto de la vigencia 2020 en el proceso de armonización de los proyectos de inversión del Plan de Desarrollo “Bogotá mejor para todos” al Plan de Desarrollo “Un nuevo contrato social y ambiental para la Bogotá del siglo XXI” , los saldos del rubro de inversión del anterior Plan de Desarrollo “3-3-1-15-05-37-1036 Bogotá destino turístico competitivo y sostenible” se trasladaron al rubro del nuevo Plan de Desarrollo, denominado “3-3-1-16-01-26-7705 Fortalecimiento del sistema turístico de Bogotá región, para responder a las principales tendencias oportunidades y cambios que inciden en el sector en Bogotá”
Que la Secretaría de Hacienda Distrital mediante Resolución 191 de 2017 “Por medio de la cual se adopta y consolida el Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito Capital” adoptó el Manual Operativo Presupuestal cuyo Modulo 1 corresponde a las Entidades que conforman el Presupuesto Anual del Distrito Capital.
Que frente al tema de cambios de fuente para el pago de pasivos exigibles, el Manual en cita fue modificado por la Resolución 037 de 2019, “Por medio de la cual se modifica parcialmente el Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito Capital, adoptado y consolidado mediante Resolución No. SDH000191 del 22 de septiembre de 2017”
Que dicha resolución señala como parte de los requisitos para la solicitud de cambio de fuente de financiación en funcionamiento e inversión cuyo objetivo sea el pago de un pasivo exigible, la expedición del acto administrativo que reconoce la existencia de dicho pasivo.
Que de acuerdo con las condiciones del Contrato de Obra N° 242 de 2019 relatadas anteriormente y en cumplimiento del Manual Operativo Presupuestal se expide el presente acto administrativo.
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1: PASIVO EXIGIBLE. Reconocer la existencia de un pasivo exigible por valor TRES MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL CIENTO SETENTA Y CUATRO PESOS M/CTE ($3.453.174), derivado del Contrato de Obra N° 242 de 2019 suscrito entre el Instituto Distrital de Turismo y CONSTRUCCIONES Y VALORES CONSTRUVALORES SAS identificado con el NIT. 900.518.211-7.
Artículo 2. TRÁMITE. Remítase copia del presente acto administrativo a las Subdirecciones De Gestión Corporativa y CD y De Gestión de Destino para lo de sus respectivas competencias, en especial, para adelantar los trámites administrativos tendientes al pago del pasivo exigible señalado en el artículo primero del presente acto administrativo.
Artículo 3. VIGENCIA: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D.C., a los 26 días del mes de marzo del año 2021.
KAROL FAJARDO MARIÑO
Directora General |