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Resolución 191 de 2017 Secretaría Distrital de Hacienda

Fecha de Expedición:
22/09/2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
22/09/2017
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCION 191 DE 2017

 

(Septiembre 22)


 Ver Resolución SDH-037 de 2019. Ver Resolución Local 228 de 2023 - Alcaldía Local de Engativá.


Por medio de la cual se adopta y consolida el Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito Capital

 

LA SECRETARIA DISTRITAL DE HACIENDA

 

En ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por los artículos 92 y 102 del Decreto 714 de 1996, artículo 40 del Decreto 195 de 2007, artículo 46 del Decreto 372 de 2010 y el literal u) del artículo 1° del Decreto 364 de 2015

 

CONSIDERANDO:

 

Que le corresponde a la Secretaría Distrital de Hacienda impartir las instrucciones que considere pertinentes para garantizar el adecuado manejo financiero y presupuestal de las entidades y organismos distritales.

 

Que para el cumplimiento de dicho precepto se hace necesario diseñar, actualizar y compilar los métodos y procedimientos operativos presupuestales.

 

Que el artículo 92 del Decreto 714 de 1996, "Por el cual se compilan el Acuerdo 24 de 1995 y Acuerdo 20 de 1996 que conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital", establece que: "Corresponde a la Secretaría de Hacienda garantizarla correcta programación y ejecución presupuestal. Para tal fin diseñará los métodos y procedimientos de información, seguimiento y evaluación que considere necesarios. Igualmente, podrá efectuar por conducto de la Dirección Distrital de Presupuesto las visitas que considere pertinentes e impartir las instrucciones que encuentre conveniente para el adecuado manejo financiero y presupuestal”.

 

Que el artículo 40 del Decreto 195 de 2007, "Por el cual se reglamenta y se establecen directrices y controles en el proceso presupuestal de las Entidades Descentralizadas y Empresas Sociales del Estado" establece que la Secretaría Distrital de Hacienda es la entidad encargada de establecer las metodologías necesarias para efectuar el estudio, seguimiento y evaluación de la programación y ejecución del presupuesto de las Empresas Sociales del Estado del orden Distrital.

 

Que el artículo 46 del Decreto 372 de 2010, "Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local - F.D.L", establece en lo relacionado con el control administrativo y financiero de los Fondos de Desarrollo Local, lo siguiente: "Corresponde a la Secretaría Distrital de Hacienda, diseñar los métodos y procedimientos de información, seguimiento y evaluación que considere necesarios; también podrá impartir las instrucciones de acuerdo a su competencia para el adecuado manejo financiero y presupuestal”.

 

Que en consideración a los cambios normativos presupuestales del nivel nacional y distrital se precisa ajustar y optimizar algunos procedimientos. Por ello, se considera procedente que este Manual se encuentre contenido en un solo acto administrativo, y en consecuencia se procede a derogar expresamente la Resolución SDH-226 del 8 de octubre de 2014, que se había ocupado de esta materia.

 

En mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1. Adoptar y consolidar el Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito Capital.

 

ARTÍCULO 2. El presente Manual Operativo Presupuestal rige para:


1. Entidades que conforman el Presupuesto Anual del Distrito Capital.

 

2. Empresas Sociales del Estado - ESE del Distrito Capital.

 

3. Fondos de Desarrollo Local - FDL.

 

4. Empresas Industriales y Comerciales del Distrito - EICD.

 

ARTÍCULO 3. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las demás disposiciones que le sean contrarias, en especial la Resolución No. SDH-226 del 8 de octubre de 2014.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 22 días del mes de septiembre del año 2017.

 

BEATRIZ ELENA ARBELÁEZ MARTÍNEZ

 

Secretaria Distrital de Hacienda


NOTA: Ver Anexo.