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Decreto 161 de 2020 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
30/06/2020
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 161 DE 2020

 

(Junio 30)

 

Por medio del cual se prorrogan unos empleos de carácter temporal en la planta de personal de la Secretaría de Educación del Distrito, creados mediante Decreto Distrital 271 de 2016

 

LA ALCALDESA MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.

 

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el numeral 9 del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993 y del artículo 150 del Acuerdo Distrital 761 de 2020 y el artículo 21 de la Ley 909 de 2004

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Ley 909 de 2004 "Por la cual se expiden normas que regulan el empleo público, la carrera administrativa, gerencia pública y se dictan otras disposiciones", determina la estructura del empleo público, la carrera administrativa y la gerencia pública, la cual es aplicable a los organismos y entidades del Distrito Capital.

 

Que el articulo 21 de la Ley 909 de 2004 consagra que los organismos y entidades podrán contemplar excepcionalmente en sus plantas de personal, empleos de carácter temporal o transitorio, con el fin de suplir necesidades de personal para desarrollar programas o proyectos de duración determinada en los procesos misionales y de apoyo.

 

Que el artículo 2.2.1.1.1 del Decreto Nacional 1083 de 2015 Único Reglamentario del Sector de Función Pública define los empleos temporales como aquellos creados en las plantas de cargos para el ejercicio de las funciones previstas en el mencionado artículo 21 de la Ley 909 de 2004, por el tiempo determinado en el estudio técnico y en el acto de nombramiento, y los cuales deberán sujetarse a la nomenclatura y clasificación de cargos vigentes para cada entidad y a las disposiciones relacionadas con la elaboración del plan de empleos, diseño y reforma de plantas de que trata la misma Ley.

 

Que mediante el Decreto Distrital 271 de 2016, fueron creados quinientos sesenta y nueve (569) empleos de carácter temporal en la Secretaría de Educación del Distrito por un periodo de dos años hasta el 30 de junio de 2018 y que mediante Decreto Distrital 349 de 2018, se prorrogó la vigencia de estos cargos hasta el 30 de junio de 2020.

 

Que el Acuerdo Distrital 761 de 2020, "por medio del cual se adopta el plan de desarrollo económico, social, ambiental y de obras públicas del Distrito Capital 2020-2024. Un nuevo contrato social y ambiental para la Bogotá del siglo XV”, en su artículo 150 permitió prorrogar las plantas temporales por un término de seis meses.

 

Que en la actual coyuntura presentada por la emergencia producida por el Coronavirus (Covid- 19), es necesario garantizar la prestación del servicio educativo, lo que hace indispensable la recomposición de procesos educativos, bien sea en forma virtual o bien mediante un modelo de alternancia, que requiere del apoyo del personal vinculado a los empleos temporales de la Secretaría de Educación del Distrito hasta el 31 de diciembre de 2020.

 

Que el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital -DACSD -, mediante oficio No. 2020EE1950 del 25 de junio de 2020, emitió concepto técnico favorable para la prórroga de la vigencia de quinientos sesenta y nueve (569) empleos de carácter temporal en la planta de empleos administrativos de la Secretaría de Educación del Distrito, con fundamento en los artículos 21 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.1.1.1 y siguientes del Decreto Nacional 1083 de 2015 Único Reglamentario del Sector de Función Pública.

 

Que la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda -SHD-, mediante oficio 2020EE89817 del 26 de junio de 2020, expidió viabilidad presupuestal para la prórroga de la vigencia de quinientos sesenta y nueve (569) empleos de carácter temporal en la planta de empleos administrativos de la Secretaría de Educación del Distrito.

 

Que, en mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1. Prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2020, la vigencia de los siguientes empleos de carácter temporal en la planta de personal de la Secretaría de Educación del Distrito, creados mediante Decreto Distrital 271 de 2016:

 

Denominación

Código

Grado

No. Empleos

Técnico Operativo

314

04

Ciento cincuenta y tres

(153)

Auxiliar Administrativo

407

05

Cuatrocientos dieciséis

(416)

Total empleos de carácter temporal

Quinientos sesenta y nueve (569)

 

ARTÍCULO 2. Los empleos de carácter temporal, cuya vigencia se autoriza prorrogar mediante el presente Decreto, están destinados a cumplir las funciones que dieron lugar a la creación de los mismos, de conformidad con lo señalado en la Ley 909 de 2004, los artículos 2.2.1.1.1 y siguientes del Decreto Nacional 1083 de 2015 y demás disposiciones que los modifiquen, adicionen o sustituyan y se sujetarán a la escala salarial establecida para el sector central de Bogotá, D.C.

 

ARTICULO 3. La provisión de los empleos de carácter temporal se efectuará de conformidad con lo preceptuado en los artículos 21 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.5 del Decreto Nacional 1083 de 2015, que fue adicionado por el artículo 1 del Decreto Nacional 648 de 2017.

 

ARTICULO 4.- Comunicar el contenido del presente Decreto Distrital a la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda y al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, a través de la Subdirección de Servicios Administrativos, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

 

ARTÍCULO 5.- El presente Decreto rige a partir del día siguiente a la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE, Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 30 días del mes de junio del año 2020.

 

CLAUDIA NAYIBE LÓPEZ HERNÁNDEZ

 

Alcaldesa Mayor

 

EDNA CRISTINA BONILLA SEBÁ

 

Secretaria de Educación del Distrito

 

Nidia Rocío Vargas

 

Directora del Departamento Administrativo del Servicio Civil



Nota: Ver Norma Original en Anexos.