RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Resolución 2211 de 2021 Secretaría de Educación del Distrito - SED

Fecha de Expedición:
03/11/2021
Fecha de Entrada en Vigencia:
03/11/2021
Medio de Publicación:
Registro Distrital No.7288 del 16 de noviembre de 2021
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 2211 DE 2021

 

(Noviembre 03)

 

Por medio de la cual se incorporan unos actores representativos en el Consejo Directivo de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “Atenea

 

LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO

 

En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por los Decretos Distritales 330 de 2008, 593 de 2017, 001 de 2020 y 428 de 2021 y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 35 del Decreto Ley 1421 de 1993 señala que el/la Alcalde/sa Mayor de Bogotá D.C. es el jefe de gobierno y de la administración distrital.

 

Que, en virtud de lo dispuesto en los numerales 3 y 6 del artículo 38 ibídem, corresponde al/la Alcalde(sa) Mayor de Bogotá D.C., dirigir la acción administrativa y distribuir los negocios según su naturaleza entre las secretarías, los departamentos administrativos y las entidades descentralizadas.

 

Que el artículo 23 del Acuerdo Distrital 257 de 2006 atribuye a las secretarías de despacho la formulación y adopción de las políticas, planes, programas y proyectos distritales del respectivo sector, así como la coordinación y supervisión de su ejecución.

 

Que el artículo 42 ibídem dispone que “la Administración promoverá la participación ciudadana en cada una de las etapas de la gestión pública, fortaleciendo los espacios de interlocución Gobierno – ciudadanía, e impulsando la concertación entre las aspiraciones ciudadanas y las iniciativas de las entidades distritales”.

 

Que mediante Decreto Distrital No. 273 del 14 de diciembre de 2020 fue creada la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “Atenea”, como una entidad pública de naturaleza especial, con personería jurídica, autonomía administrativa, financiera y presupuestal y patrimonio propio, adscrita al sector administrativo de coordinación de “Educación”, cuya cabeza es la Secretaría de Educación del Distrito.

 

Que de conformidad con lo señalado en el artículo 8 del mencionado Decreto Distrital, la Dirección de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “Atenea” está a cargo “del consejo directivo y del/la directora/a general”.

 

Que una vez surtido el trámite de creación de la agencia “Atenea”, para garantizar el cumplimiento de su objeto y funciones, se consideró conveniente establecer un modelo de dirección soportado en la gobernanza, el cual se institucionaliza a través de la participación de entidades y actores tanto públicos como particulares en el Consejo Directivo, que representen determinados sectores relacionados con las competencias de la entidad.

 

Que mediante el Decreto Distrital 428 del 29 de octubre de 2021 se designaron los miembros del Consejo Directivo de la Agencia Distrital “Atenea”.

 

Que el artículo 6º del mencionado decreto distrital dispone que: “De conformidad con lo expuesto en la parte considerativa, la Secretaría de Educación del Distrito efectuará la incorporación, en igualdad de condiciones, de los siguientes actores en el Consejo Directivo de la Agencia “Atenea”:

 

1. Un directivo de entidad de carácter público que, independientemente de su naturaleza y régimen jurídico, ofrezca en el Distrito Capital programas de formación en los niveles técnico profesional y tecnológico.

 

2. Un representante de las empresas o de entidades sin ánimo de lucro de origen empresarial con domicilio en Bogotá o en los municipios de Cundinamarca, con trayectoria en desarrollo social para mejorar la educación pública y la transferencia de tecnología como factor de productividad, crecimiento económico y desarrollo integral.

 

3. Un representante de las entidades sin ánimo de lucro, y/o de alianzas de organizaciones de la sociedad civil, que tengan como objeto el fortalecimiento del sistema educativo.

 

Que, de conformidad con lo anteriormente expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1. Incorporar a los siguientes actores representativos en el Consejo Directivo de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “Atenea”:

 

1) Director/a General del SENA o su delegado/a quien será el Director/a de la Regional Distrito Capital.

 

2) Presidente de la ALQUERÍA.

 

3) Coordinador Nacional de EDUCAPAZ.

 

Artículo 2. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 03 días del mes de noviembre del año 2021.

 

EDNA CRISTINA BONILLA SEBÁ

 

Secretaria de Educación del Distrito