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Resolución 1228 de 2021 Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá -ESP

Fecha de Expedición:
29/12/2021
Fecha de Entrada en Vigencia:
31/12/2021
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7328 del 31 de diciembre de 2021.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 1228 DE 2021

 

(DICIEMBRE 29)

 

Por medio de la cual se modifica la resolución 0884 de 29 de septiembre de 2021. el Gerente Corporativo de Servicio al Cliente de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá – ESP

 

En ejercicio de las funciones que le son propias y las que le fueron delegadas mediante Resoluciones Nos. 131 y 149 de 2019 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante Resolución 0884 de 29 de septiembre de 2021 se adoptaron los precios a cobrar a los usuarios por concepto de las actividades de conexión, reconexión de acometidas, corte, suspensión y reinstalación del servicio y obras complementarias, que regirían del 01 de octubre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2021.

 

Que la Gerencia Corporativa de Servicio al Cliente adelantó la recopilación de los insumos necesarios para conformar la base de datos y realizó el análisis de la información para la elaboración de la actualización de la resolución por la cual se adoptan los precios a cobrar a los usuarios por concepto de las actividades de conexión, reconexión de acometidas, corte, suspensión y reinstalación del servicio y obras complementarias, que regirán a partir del 17 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2022.

 

Que el Gobierno Nacional expidió el Decreto N° 1724 de diciembre 15 de 2021, mediante el cual autoriza el incremento del salario mínimo legal vigente a partir del 01 de enero de 2022.

 

Que la EAAB-ESP incrementará los salarios del personal de planta adscrito a la entidad a partir del 01 de enero de 2022, normatividad que a la fecha de la elaboración de la presente resolución no ha sido expedida, la cual forma parte integral de la información e insumos básicos para el cálculo de los análisis de precios unitarios que dan origen a los valores de los ítems calculados para la presente resolución. Que conforme con lo anterior, los precios a cobrar a los usuarios por concepto de las actividades de conexión, reconexión de acometidas, corte, suspensión y reinstalación del servicio y obras complementarias, para los servicios de acueducto y alcantarillado, establecidos en la Resolución 0884 de 29 de septiembre de 2021, continúan vigentes, sin modificación hasta el 16 de enero de 2022.

 

Que en mérito de lo anterior,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1. Modifíquese el artículo primero de la Resolución 0884 de 29 de septiembre de 2021, el cual quedará así: “Los precios unitarios a cobrar a los usuarios por concepto de las actividades de conexión, reconexión de acometidas, corte, suspensión y reinstalación del servicio y obras complementarias, para los servicios de acueducto y alcantarillado que realice directamente la EAAB-ESP, continuarán vigentes hasta el 16 de enero de 2022”.

 

Artículo 2. Las demás disposiciones no modificadas en la presente Resolución continúan vigentes.

 

Artículo 3. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 29 días del mes de diciembre del año 2021.

 

ALEX FABIÁN SANTA LÓPEZ

 

Gerencia Corporativa de Servicio al Cliente