RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Resolución 884 de 2021 Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá -ESP

Fecha de Expedición:
29/09/2021
Fecha de Entrada en Vigencia:
30/09/2021
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7247 del 30 de septiembre de 2021.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 884 DE 2021

 

(Septiembre 29)

 

Por medio de la cual se modifica la resolución no. 0303 De 02 de abril de 2019

 

El Gerente Corporativo de Servicio al Cliente de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá – ESP, en ejercicio de las funciones que le son propias y las que le fueron delegadas mediante Resoluciones Nos. 131 y 149 de 2019 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante Resolución 0303 de 02 de abril de 2019, se adoptaron los precios a cobrar a los usuarios por concepto de las actividades de conexión, reconexión de acometidas, corte, suspensión y reinstalación del servicio y obras complementarias, que regirían del 02 de abril de 2019 hasta el 31 de marzo de 2020.

 

Que la citada Resolución 0303 de 02 de abril de 2019, fue modificada por las Resoluciones 529 de 02 de abril de 2020, 581 de 20 de mayo de 2020, 0756 del 29 de julio de 2020, 0929 del 29 de octubre de 2020 y 1183 del 29 de diciembre de 2020.

 

Que conforme con lo anterior, los precios por cobrar a los usuarios por concepto de las actividades de conexión, reconexión de acometidas, corte, suspensión y reinstalación del servicio y obras complementarias, para los servicios de acueducto y alcantarillado, establecidos en la Resolución 0303 de 02 de abril de 2019 se encuentran vigentes, hasta el 30 de septiembre  de 2021, teniendo como fundamento la declaratoria de emergencia sanitaria por el nuevo Coronavirus que causa el coronavirus COVID-19, declarado por el Gobierno Nacional, Ministerio de Salud y Protección Social, mediante Resoluciones 385 del 12 de marzo de 2020, 0000844 del 26 de mayo de 2020, 1462 del 25 de agosto de 2020, 2230 del 30 de noviembre de 2020, 222 de 25 de febrero de 2021, 0738 de 26 de mayo de 2021 y 1315 de 27 de agosto de 2021.

 

Que se hace necesario actualizar los precios a cobrar a los usuarios por concepto de las actividades de conexión, reconexión de acometidas, corte, suspensión y reinstalación del servicio y obras complementarias, a partir del 01 de octubre de 2021 y hasta el 31 de diciembre de 2021, o hasta una nueva disposición, por lo cual perderá vigencia el artículo de la Resolución 1183 del 29 de diciembre de 2020. Que, en mérito de lo anterior,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1. Modificado por el art. 1 de la Resolución 1228 de 2021 <El nuevo texto es el siguiente> Los precios unitarios a cobrar a los usuarios por concepto de las actividades de conexión, reconexión de acometidas, corte, suspensión y reinstalación del servicio y obras complementarias, para los servicios de acueducto y alcantarillado que realice directamente la EAAB-ESP, continuarán vigentes hasta el 16 de enero de 2022.


El texto original era el siguiente:

Modifíquese el artículo primero de la Resolución 0303 de 02 de abril de 2019, el cual quedará así: “ARTÍCULO 1.- : Los precios unitarios a cobrar a los usuarios por concepto de las actividades de conexión, reconexión de acometidas, corte, suspensión y reinstalación del servicio y obras complementarias, para los servicios de acueducto y alcantarillado que realice directamente la EAAB-ESP, se modifican y actualizan a partir del 01 de octubre de 2021, conforme se indica en el anexo que hace parte integrante de la presente resolución, “Anexo Técnico Costos de Conexión Octubre 01 de 2021”.

 

Artículo 2. Los precios a cobrar a los usuarios por concepto de las actividades de conexión, reconexión de acometidas, corte, suspensión y reinstalación del servicio y obras complementarias, para los servicios de acueducto y alcantarillado que realice directamente la EAAB-ESP indicados anteriormente, tienen vigencia desde el 01 de octubre de 2021 hasta el día 31 de diciembre de 2021, o hasta nueva disposición.

 

Artículo 3. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias, en especial, el artículo primero de la Resolución 0303 de 02 de abril de 2019.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá D.C., a los 29 días del mes de septiembre de 2021.

 

ALEX FABIÁN SANTA LÓPEZ

 

Gerente Corporativo de Servicio al Cliente


Nota: Ver Anexos.