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Resolución 028 de 2022 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
19/01/2022
Fecha de Entrada en Vigencia:
19/01/2022
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 028 DE 2022

 

(Enero 19)

 

Por la cual se hacen unas delegaciones para la administración de personal en la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. y se realiza una designación

 

LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL

 

En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, el artículo 2.2.5.5.56 del Decreto Nacional 1083 de 2015, adicionado por el artículo 2 del Decreto Nacional 051 de 2018, el artículo 11 del Decreto Distrital 101 de 2004 y el artículo 13 del Decreto Distrital 140 de 2021, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 9 de la Ley 489 de 1998 señala que los representantes legales de organismos y entidades que posean una estructura independiente y autonomía administrativa pueden delegar la atención y decisión de los asuntos a ellos confiados, por la Ley y los actos orgánicos, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor, en desarrollo de los principios que rigen la función administrativa.

 

Que el artículo 2.2.5.5.56 del Decreto Nacional 1083 de 2015, adicionado por el artículo 2 del Decreto Nacional 051 de 2018, estableció que el pago de la remuneración a los servidores públicos del Estado corresponderá a servicios efectivamente prestados, y determinó el procedimiento para el descuento del día o los días no laborados cuando la ausencia del servidor público no esté justificada, siendo el jefe del organismo o su delegado, quien evaluará si hubo justa causa para no asistir.

 

Que mediante el Decreto Distrital 101 de 2004, se le asignó a las Secretarías de Despacho la decisión de los asuntos relacionados con la administración de personal de los servidores del respectivo organismo.

 

Que en el numeral 14 del artículo 13 del Decreto Distrital 140 de 2021, le fue asignada al Despacho de la Secretaria General la función de "Posesionar a los servidores públicos que hayan sido designados para ejercer un empleo, mediante encargo, en aquellos casos en la que la posesión del titular deba surtirse ante el/la Alcalde/sa Mayor de Bogotá

 

Que el numeral 11 del artículo 34 del citado Decreto, dispuso que le corresponde a la Dirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., "Proyectar los actos administrativos relacionados con las novedades de personal y situaciones administrativas de los servidores y exservidores de la entidad, y dar respuesta a las peticiones en materia del talento humano relacionadas con estos funcionarios ".

 

Que mediante la Circular Externa No. 004 de 2019, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., y el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital - DASCD dieron los lineamientos a las entidades distritales sobre el Servicio de Evaluación de Competencias de los empleos de naturaleza gerencial de las entidades distritales "SEVCOM-DASCD", y señalaron que las entidades que vayan a vincular gerentes públicos, deberán acudir al DASCD para programar la aplicación de pruebas psicométricas a los aspirantes a través del SEVCOM-DASCD.

 

Que en la citada circular se indicó que el DASCD aplicará los instrumentos de evaluación garantizando su confiabilidad, validez y eficacia, y emitirá un informe escrito de valoración cuantitativo y cualitativo de cada una de las competencias comunes y por nivel jerárquico del(la) candidato(a) o los(as) candidatos(as) evaluados(as), el cual se entregará al nominador o a quien éste designe formalmente y, gozará de reserva, garantía de la cadena de custodia y confidencialidad de la información.

 

Que por necesidades del servicio y atendiendo los principios constitucionales de eficacia, economía, eficiencia y celeridad con que se debe ejercer la función y las actuaciones administrativas, se considera conveniente delegar unas funciones y competencias en servidores(as) del nivel directivo de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

 

En mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1°: Delegar en el(la) Subsecretario(a) Corporativo(a), la evaluación de la justa causa y la orden del descuento del día o los días no laborados, en caso de considerarlo procedente, previo agotamiento del procedimiento establecido en el artículo 2,2.5.5.56 del Decreto Nacional 1083 de 2015, adicionado por el artículo 2 del Decreto Nacional 051 de 2018.

 

Artículo 2°: Delegar en el(la) Subsecretario(a) Corporativo(a), la facultad de dar posesión a los(as) servidores(as) públicos(as) que hayan sido designados(as) para ejercer un empleo, por encargo, en aquellos casos en que la posesión del titular deba surtirse ante la Alcaldesa Mayor de Bogotá, D.C.

 

Artículo 3°: Delegar en el(la) Subsecretario(a) Corporativo(a), la facultad de dar posesión a los(as) servidores(as) públicos(as) que hayan sido designados(as) para desempeñar un empleo de nivel directivo o asesor, por encargo, en aquellos casos en que la posesión del titular deba surtirse ante la Secretaria General.

 

Artículo 4°: Delegar en el(la) Director(a) de Talento Humano, la facultad de dar posesión a los(as) servidores(as) públicos(as) de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., excepto aquellos que correspondan a los niveles directivo y asesor.

 

Artículo 5°: Modificado por el art. 1, Resolución 124 de 2022.<El nuevo texto es el siguiente> Delegar en el(la) Subsecretario(a) Corporativo(a), las siguientes atribuciones relacionadas con el manejo de personal de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.:


1. Conceder licencias y vacaciones


2. Conceder permisos sindicales, permisos compensados de estudio y permisos para ejercer la docencia universitaria


3. Reconocer tiempo compensatorio por horas extras y su disfrute, cuando a ello hubiere lugar


4. Reconocer y liquidar cesantías y ordenar su trámite


5. Conferir comisiones al interior del país


6. Realizar traslados y reubicaciones en la planta de personal


7. Distribuir los cargos de la planta e incorporar el personal


8. Reconocer salarios y prestaciones sociales


9. Reconocer deudas a favor de la Secretaría General y ordenar el pago que corresponda, respecto de conceptos asociados a la nómina.


10. Reconocer y ordenar el gasto de los dineros que por cualquier concepto tengan derecho los(as) servidores(as) o exservidores(as) públicos(as).


El texto original era el siguiente:

Artículo 5. Delegar en el(la) Subsecretario(a) Corporativo(a), las siguientes atribuciones relacionadas con el manejo de personal de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.:

1. Conceder licencias, permisos y vacaciones 

2. Reconocer tiempo compensatorio y su disfrute, cuando a ello hubiere lugar

3. Reconocer y liquidar cesantías y ordenar su trámite. 

4. Conferir comisiones al interior del país

5. Realizar traslados y reubicaciones en la planta de personal

6. Distribuir los cargos de la planta e incorporar el personal

7. Reconocer salarios y prestaciones sociales

8. Reconocer y ordenar el gasto de los dineros que por cualquier concepto tengan derecho los(as) servidores(as) o ex-servidores(as) públicos(as).

 

Artículo 5A: Adicionado por el art. 2, Resolución 124 de 2022.<El texto adicionado es el siguiente> Delegar en los servidores públicos que desempeñan el empleo de Subsecretario de Despacho, Jefes de Oficina, Jefes de Oficina Asesora, Directores y Subdirectores, la facultad de otorgar permisos remunerados de uno (1) a tres (3) días y descansos compensados de Semana Santa y festividades de fin de año, a los servidores públicos a su cargo e informar a la Dirección de Talento Humano para lo de su competencia.

 

Parágrafo 1°: En el caso de los permisos que requieran los servidores públicos que desempeñan el empleo de Asesor Código 105 Grado 02 y Grado 05, la competencia para concederlos corresponde al jefe de la dependencia en la cual estén prestando sus servicios.


Artículo 6°: Designar al(la) Director(a) de Talento Humano, para que solicite al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital - DASCD, el Servicio de Evaluación de Competencias Comportamentales de los empleos de naturaleza gerencial SEVCOM DASCD.

 

Artículo 7°: Comunicar el contenido de la presente Resolución al(la) Director(a) de Talento Humano y al(la) Subsecretario(a) Corporativo(a) de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., y al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital - DASCD, a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Dirección Administrativa y Financiera de la Subsecretaría Corporativa.

 

Artículo 8°: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga la Resolución No. 468 del 04 de octubre de 2016, así como las disposiciones que le sean contrarias.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá D. C., a los 19 días del mes de enero del año 2022.

 

MARGARITA BARRAQUER SOURDIS 


Secretaria General