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Circular 021 de 2022 Secretaría Jurídica Distrital

Fecha de Expedición:
08/04/2022
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR 021 DE 2022


(Abril 08)

 

Para: SECRETARIOS (AS) DE DESPACHO, DIRECTORES (AS) DE DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS, ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS, UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES, EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL DISTRITO, SOCIEDADES DE ECONOMIA MIXTA, SOCIEDADES ENTRE ENTIDADES PÚBLICAS, EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS, EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO, RECTOR DEL ENTE UNIVERSITARIO AUTONOMO, ALCALDES Y ALCALDESAS LOCALES

 

De: SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL

 

Asunto: PRESENTACIÓN DEL PLAN ANUAL DE ACCIONES PARA LA RECUPERACIÓN DEL PATRIMONIO PÚBLICO

 

Radicado Externo: 2-2022-5319

 

La Secretaría Jurídica Distrital, como ente rector en todos los asuntos jurídicos del Distrito y como líder de la política de defensa implementada en el Distrito Capital a través del Decreto Distrital 807 de 2019 y del Plan Marco de implementación de MIPG 2020-2024, ha expedido el Decreto Distrital 556 de 2021 a través del cual se adoptó el Plan Maestro de Acciones Judiciales para la recuperación del patrimonio del Distrito Capital, como un conjunto de políticas, acciones y estrategias que permitan a las entidades y organismos distritales contar con herramientas para aumentar la recuperación del patrimonio mediante el ejercicio de acciones judiciales y extrajudiciales y la participación diligente como víctima en el proceso penal.

 

El referido Decreto Distrital 556 de 2021, establece que es responsabilidad de los jefes jurídicos de las entidades y organismos del Distrito Capital realizar un Plan Anual de Acción para la recuperación del patrimonio público en la entidad respectiva, en el cual se deben priorizar las acciones jurídicas que se llevarán a cabo, respecto de casos conocidos por la oficina jurídica en los que se haya generado un daño patrimonial a la entidad y en los procesos judiciales en donde se condene a las entidades. Lo anterior sin perjuicio de las actividades que puedan surgir de manera contingente en el transcurso del año.

 

De conformidad con lo previsto en el numeral 20.7 del artículo 20 del referido Decreto 556, corresponde a los Comités de Conciliación aprobar el Plan Anual de Acciones para la recuperación del patrimonio público en el primer bimestre del año. No obstante, por ser este el primer año de implementación, se estableció que las entidades y organismos distritales incorporarían en el plan de acción, las actividades, las fases preparatorias y de ejecución en el primer cuatrimestre del año, es decir hasta el 30 de abril de 2022.

 

Considerando lo previsto en el artículo 45 y subsiguientes del Decreto en cita, el Plan Anual de Acciones para la recuperación del patrimonio público que debe formularse por las entidades en el primer cuatrimestre debe establecer las siguientes actividades:

 

1. Fase preparatoria. En esta fase se incluyen las actividades necesarias para la gestión del conocimiento, las adecuaciones tecnológicas del Sistema Único de Procesos Judiciales del D.C. y la reorganización de las actividades asignadas a la oficina de representación judicial y a los comités de conciliación de las entidades y organismos distritales. Considerando que en esta fase se incluyen actividades que corresponden a la Secretaría Jurídica Distrital, a continuación, se precisan las actividades que corresponden a las entidades:

 

- Actividades de Gestión del conocimiento: esta actividad implica que la comunidad jurídica de la respectiva entidad conozca e incorpore en sus estrategias jurídicas el documento de diagnóstico contenido en el Plan Maestro de Acciones Judiciales para detectar las necesidades y estrategias de trabajo con el fin de ejercer las acciones judiciales y extrajudiciales que permitan recuperar el patrimonio público.

 

- Reorganización de las actividades asignadas a la oficina de representación judicial de la respectiva entidad: esta actividad consiste en revisar los procesos, procedimientos y demás herramientas de apoyo y estandarización de la actividad litigiosa de la entidad con la finalidad de incorporar las actividades incluidas en el Decreto Distrital 556 de 2021, frente a cada uno de los responsables y roles establecidos.

 

- Reorganización de las actividades asignadas al Comité de Conciliación de la respectiva entidad: esta actividad consiste en modificar los actos administrativos y herramientas de gestión de los Comités de Conciliación con la finalidad de armonizar las actividades de conformidad con las responsabilidades contenidas en el Decreto Distrital 556 de 2021.

 

2. Fase de ejecución: En esta fase se realizan todas las actividades previas necesarias para el inicio de las acciones judiciales y extrajudiciales, la presentación de demandas o la constitución como víctima en los procesos penales y las actividades y estrategias que se llevarán a cabo en cada proceso. Considerando que esta fase es consecuencial a la primera fase establecida en el Decreto Distrital 556 de 2021, de conformidad con lo previsto en el inciso tercero del numeral 19.6 del artículo 19 del Decreto Distrital 556 de 2021, las actividades correspondientes a esta fase deberán incluirse considerando propias dinámicas de la entidad y estableciendo las actividades que puedan priorizarse durante el primer año de ejecución, para la cual tendrán en consideración las actividades detalladas en el artículo 47 del decreto anteriormente referido.

 

Finalmente, con el propósito de facilitar y armonizar las actividades incluidas en el Plan Maestro de Acciones Judiciales, se adjunta a la presente circular un formato para la elaboración del Plan Anual de Acción para la recuperación del patrimonio público.


El formato de plan de acción el cual hace parte integral de la presente Circular debe ser allegado a la Secretaría Jurídica Distrital a través del siguiente link https://forms.gle/1KFXEqWsqFZBASK48 (Abrir enlace en pestaña o ventana externa) a más tardar el 4 de mayo de 2022.

 

De igual manera cualquier duda con el diligenciamiento de la información podrá ser consultada con la profesional Olga Lucía Lizarazo Salgado al correo: ollizarazos@secretariajuridica.gov.co

 

Cordialmente,

 

WILLIAM MENDIETA MONTEALEGRE

 

Secretario Jurídico Distrital


Ver Anexo: Abrir enlace en pestaña o ventana externa en la siguiente dirección

https://drive.google.com/open?id=1vmWcMEG88PDLNOmwORmAfrY0OOEj3rBQ&authuser=1


Proyectó: Paola Andrea Gómez Vélez - Contratista - Dirección Distrital de Gestión Judicial, Olga Lucia Lizarazo Salgado - Contratista - Dirección Distrital de Gestión Judicial.

Revisó: Adriana Cuello Hermida - Asesora de la Secretaría Jurídica Distrital, Luz Elena Rodríguez Quimbayo - Directora Distrital de Gestión Judicial, Zulma Rojas Suárez - Directora Distrital de Política Jurídica, Esther Pinilla Serrano - Profesional Especializado - Subsecretaría Jurídica Distrital.

Aprobó: Iván David Márquez Castelblanco - Subsecretario Jurídico Distrital