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LEY 2092 DE 2021
(Junio 29)
Por medio de la cual se aprueba el «tratado entre la República de Colombia y la República Popular China sobre el traslado de personas condenadas», suscrito en Beijing, República Popular China, el 31 de julio de 2019
EL CONGRESO DE COLOMBIA
Visto el texto del «TRATADO ENTRE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA Y LA REPÚBLICA POPULAR CHINA SOBRE EL TRASLADO DE PERSONAS CONDENADAS», SUSCRITO EN BEIJING, REPÚBLICA POPULAR CHINA, EL 31 DE JULIO DE 2019. [Para ser transcrito: Se adjunta fiel copia y completa de la versión en español del texto del tratado, certificado por la Coordinadora del Grupo Interno de Trabajo de Tratados de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores, documento que reposa en los archivos de este Ministerio y consta de cuatro (4) folios]. El presente Proyecto de Ley consta de once (11) folios
RAMA EJECUTIVA DEL PODER PÚBLICO
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Bogotá, D.C.,12 AGO 2020
AUTORIZADO. SOMÉTASE A LA CONSIDERACION DEL HONORABLE CONGRESO DE LA REPÚBLICA PARA LOS EFECTOS CONSTITUCIONALES
(Fdo.) IVAN DUQUE MARQUEZ
LA MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES
(Fdo.) CLAUDIA BLUM
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO: Apruébese el «TRATADO ENTRE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA Y LA REPÚBLICA POPULAR CHINA SOBRE EL TRASLADO DE PERSONAS CONDENADAS», suscrito en Beijing, República Popular China, el 31 de julio de 2019.
ARTÍCULO SEGUNDO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1° de la Ley 7a de 1944, el «TRATADO ENTRE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA Y LA REPÚBLICA POPULAR CHINA SOBRE EL TRASLADO DE PERSONAS CONDENADAS», suscrito en Beijing, República Popular China, el 31 de julio de 2019, que por el artículo primero de esta ley se aprueba, obligará a la República de Colombia a partir de la fecha en que se perfeccione el vínculo internacional respecto del mismo.
ARTÍCULO TERCERO: La presente Ley rige a partir de la fecha de su publicación.
EL PRESIDENTE DEL HONORABLE SENADO DE LA REPÚBLICA
ARTURO CHAR CHALJUB
EL SECRETARIO GENERAL DEL HONORABLE SENADO DE LA República
GREGORIO ELJACH PACHECO
EL PRESIDENTE DE LA HONORABLE CÁMARA DE REPRESENTANTES
GERMAN ALCIDES BLANCO ÁLVAREZ
EL SECRETARIO GENERAL DE LA H. CÁMARA DE REPRESENTANTES
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
EJECÚTESE, previa revisión de la Corte Constitucional, conforme al artículo 241-10 de la Constitución Política.
Dada en Bogotá, D.C., a los 29 días del mes de junio del año 2021.
IVAN DUQUE MARQUEZ
LA MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES,
MARTHA LUCÍA RAMÍREZ BLANCO
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO
WILSON RUIZ OREJUELA Nota: Ver norma original y Anexos. |