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Decreto 354 de 1997 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
20/05/1997
Fecha de Entrada en Vigencia:
21/05/1997
Medio de Publicación:
Registro Distrital 1418 de mayo 21 de 1997
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 354 DE 1997

(Mayo 20)

Derogado por el art. 4, Decreto Distrital 687 de 2019.

Por el cual se amplia la planta de personal docente de la Secretaría de Educación de Santa Fe de Bogotá, Distrito Capital.

EL ALCALDE MAYOR DE SANTA FE DE BOGOTA, DISTRITO CAPITAL

en ejercicio de sus funciones legales y en especial las conferidas en el artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, ordinal 9º., establece como atribución del Alcalde Mayor: «Crear, suprimir, o fusionar los empleos de la Administración Central, señalarle sus funciones especiales y determinar sus emolumentos con arreglo a los acuerdos correspondientes. Con base en esta facultad, no podrá crear obligaciones que excedan el monto global fijado para gastos de personal en el presupuesto inicialmente aprobado».

Que mediante Decreto Nº 029 del 28 de enero de 1993, se fijó la planta docente del Distrito Capital de Santa Fe de Bogotá y se estableció en 7120 el número de plazas que la conforman.

Que mediante Decreto Nº 223 del 29 de abril de 1994, se amplió la planta de personal docente de la Secretaría de Educación del Distrito Capital de Santa Fe de Bogotá en 700 nuevas plazas.

Que mediante Decreto Nº 310 del 31 de mayo de 1994, se incorporó a la planta docente distrital de la Secretaría de Educación de Santa Fe de Bogotá, Distrito Capital 718 cargos docentes correspondientes al programa Ciudad Bolívar, subprograma educación.

Que mediante Decreto Nº 302 del 7 de junio de 1995, se amplió la planta de personal docente de la Secretaría de Educación del Distrito Capital de Santa Fe de Bogotá en 600 nuevas plazas.

Que mediante Decreto Nº 144 del 5 de marzo de 1996, se amplió la planta de personal docente de la Secretaría de Educación de Santa Fe de Bogotá, D.C., en 700 nuevas plazas.

Que el Decreto 818 de diciembre de 1996, por el cual se liquida el presupuesto anual de rentas e ingresos y de gastos e inversiones para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero al 31 de diciembre de 1997, en el presupuesto de la Secretaría de Educación dentro de la prioridad Progreso Social, Educación para el Progreso Social, Calidad de la Educación, existe el rubro 112-01-3-3-1-04-07-16, proyecto 4004, creación de plazas docentes y sobre esta misma apropiación se ha expedido el certificado de disponibilidad presupuestal Nº 1094 de fecha 14 de mayo de 1997, por valor de $1.400.654.491.

Que para dar viabilidad al nombramiento de maestros se hace necesaria la ampliación de la planta de personal docente de la Secretaría de Educación del Distrito Capital de Santa Fe de Bogotá, en 249 plazas.

Que estudiadas las necesidades de docentes en los establecimientos del Distrito Capital, se requiere ampliar la planta de personal docente existente para satisfacer las prioridades de la comunidad educativa.

Ver el Decreto Distrital 141 de 2002

DECRETA:

ARTICULO PRIMERO.- Fijar la ampliación de la planta de personal docente de la Secretaría de Educación del Distrito Capital de Santa Fe de Bogotá en 249 plazas de acuerdo con la siguiente discriminación que coincide con la ordenada por las normas nacionales aplicables.

Denominación

Nº de Cargos

Docente

249

ARTICULO SEGUNDO.- Adoptar para la ampliación de la planta de personal que se fija en el presente Decreto el régimen prestacional para los docentes de carácter nacional. Los emolumentos de los cargos creados en el artículo anterior serán fijados anualmente por el Decreto Nacional de salarios y así mismo se regirán por todas las disposiciones contempladas en el Decreto Ley 2277 de 1979 y la Ley 60 de 1993 y se cargarán al rubro 112-01-3-3-1-04-07-16- proyecto 4004.

ARTICULO TERCERO.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CUMPLASE.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del mes de mayo de mil novecientos noventa y siete (1997).

PAUL BROMBERG ZILBERSTEIN

Alcalde Mayor

JOSE LUIS VILLAVECES CARDOSO

Secretario de Educación

CARMENZA SALDIAS BARRENECHE

Secretaria de Hacienda

SONIA VANIN NIETO

Directora Departamento Administrativo Servicio Civil Distrital

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 1418 de mayo 21 de 1997.