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Acuerdo 845 de 2022 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
18/08/2022
Fecha de Entrada en Vigencia:
23/08/2022
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7512 del 23 de agosto de 2022.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 845 DE 2022

 

(Agosto 18)

 

Por medio del cual se establecen medidas para promover la modernización y la reducción de emisiones del parque automotor de carga con tecnologías de baja o cero emisiones

 

EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

 

En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las otorgadas en la Constitución Política y en el Artículo 12, numeral 1º del Decreto Ley 1421 de 1993


Ver Proyecto de Acuerdo 270 de 2021 Concejo de Bogotá, D.C.

 

ACUERDA:

 

Artículo 1. OBJETO. El presente Acuerdo establece medidas para promover la modernización y la reducción de emisiones del parque automotor de carga con tecnologías de baja o cero emisiones.

 

Artículo 2. La Administración Distrital, bajo la coordinación de la Secretaría Distrital de Movilidad - SDM - y la Secretaría Distrital de Ambiente -SDA-, y la participación del sector privado interesado, trabajará en la construcción de los lineamientos que, contribuyan a la reducción de emisiones contaminantes generadas por la circulación de vehículos del transporte urbano de carga en Bogotá, para lo cual enfocarán esfuerzos para incentivar el uso de vehículos de carga con tecnologías de baja o cero emisiones.

 

Parágrafo único. La participación y/o apoyo de parte de las entidades que convergen en el mismo se hará en el marco de sus competencias.

 

Artículo 3. La Administración Distrital propenderá por desarrollar las siguientes estrategias a fin de dar cumplimiento al objeto del presente Acuerdo.

 

1. Definir los protocolos, condiciones, y planes requeridos para el transporte de material de construcción y RCD, conforme lo dispone la resolución 472 de 2017 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible o norma que la sustituya, con el fin de mitigar, reducir, evitar, controlar y minimizar los impactos sobre la calidad del aire de la ciudad, cuando los criterios técnicos lo consideren pertinente.

 

2. Promover estrategias que faciliten el acceso a los transportadores, a créditos y bancabilidad que contribuyan a la modernización del parque automotor de carga que circula en la ciudad y reducción de emisiones del transporte urbano de carga.

 

3. Identificar y gestionar fuentes de financiamiento y organizaciones con fondos, públicos y privados, nacionales e internacionales en las tecnologías disponibles para la modernización y reducción de emisiones, considerando las características operacionales de los vehículos de carga actuales.

 

4. Estimular la creación de incentivos y la participación, en procesos de contratación distrital, de proponentes con vehículos de tecnologías de cero y bajas emisiones que hagan parte del programa de Autorregulación Ambiental de la Secretarías Distrital de Ambiente, con el fin de promover el mejoramiento tecnológico y la reducción de las emisiones de material particulado y de gases de efecto invernadero.

 

5. Procurar incentivar las actividades de cargue y descargue de mercancías, así como la circulación de vehículos de carga en horas de baja demanda vehicular con enfoque a horarios no convencionales cuando de acuerdo a los criterios técnicos lo considere pertinente para optimizar el abastecimiento de mercancías en la ciudad y el transporte de carga en la ciudad.

 

6. Promover traslados de carga bajo entornos de proximidad, incluyendo el cargue y descargue de mercancías de menor tamaño, realizados a través de vehículos ligeros de autopropulsión, energía eléctrica o una combinación de las dos, como bicicletas acondicionadas para tales fines, y demás que presten este servicio. Lo anterior, bajo criterios de seguridad vial, eficiencia en el uso del espacio público y sostenibilidad ambiental.

 

7. Realizar análisis técnicos relacionados con el objeto del presente Acuerdo.

 

Artículo 4. La Administración Distrital, bajo la coordinación de la Secretaría Distrital de Movilidad -SDM- y la Secretaría Distrital de Ambiente -SDA-, presentarán al Concejo de Bogotá un informe anual con los logros alcanzados en materia de renovación tecnológica, avances en la reducción de emisión de gases efecto invernadero (GEI) y mejoramiento de la calidad del aire de la ciudad producto de las estrategias que se implementen en el marco del presente Acuerdo, relacionadas con la circulación de vehículos de transporte de carga en la ciudad.

 

Artículo 5. VIGENCIA. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

SAMIR JOSÉ ABISAMBRA VESGA

 

Presidente

 

CARLOS ARTURO DUARTE CUADROS

 

Secretario General de Organismo de Control (E)

 

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL

 

PUBLÍQUESE Y EJECÚTESE.

 

CLAUDIA NAYIBE LÓPEZ HERNÁNDEZ

 

Alcaldesa Mayor de Bogotá, D.C.


Nota: Ver norma original en Anexos.