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Decreto 401 de 2022 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
20/09/2022
Fecha de Entrada en Vigencia:
27/09/2022
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7539 del 26 de septiembre de 2022
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 401 DE 2022

 

(Septiembre 20)

                                                                                                     

Por el cual se modifica la Planta de Empleos de la Secretaría Distrital de Cultura,  Recreación y Deporte y se dictan otras disposiciones

 

LA ALCALDESA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

 

En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 7 del Artículo 315 de la Constitución Política y el numeral 9 del Artículo 38 del Decreto ley 1421 de 1993, y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que de conformidad con el numeral 9 del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, es atribución del/la Alcalde/sa Mayor de Bogotá, D.C., crear, suprimir o fusionar los empleos de la Administración Central, señalarles sus funciones especiales y determinar sus emolumentos con arreglo a los acuerdos correspondientes.

 

Que el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto 019 de 2012, en lo relacionado con las reformas de las plantas de personal de empleos de las entidades de la Rama Ejecutiva de los órdenes nacional y territorial, indica que deberán motivarse y fundarse en necesidades del servicio o en razones de modernización de la administración y basarse en justificaciones o estudios técnicos que así lo demuestren, elaborados por las respectivas entidades bajo las directrices del Departamento Administrativo de la Función Pública.

 

Que mediante Decreto 3410 (sic) de 2020, se encuentra establecida la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y como consecuencia de la modificación de la estructura organizacional se hace necesario modificar la planta de personal de esta entidad, con el fin de adaptarla al nuevo modelo de operación interno que se deriva del proceso de rediseño organizacional para los temas relacionados con cultura ciudadana, control disciplinario interno y control urbano.

 

Que la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte presentó al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital el estudio técnico para la modificación de la planta de empleos, mediante oficio No. 20227300056001 del 18 de mayo de 2022, quien emitió concepto técnico favorable en oficio número 1-2022-1939 de 22 de julio de 2022 radicado en la entidad bajo el No. 20227100132052.


Que la Secretaría Distrital de Hacienda emitió concepto de viabilidad presupuestal para la modificación de la planta de empleos, mediante oficio número 2022EE34718401 de 4 de agosto de 2022 radicada en esta entidad bajo el No. 20227100141712.

 

En mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

Artículo 1º.- Suprímase de la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y      Deporte el siguiente empleo:

 

Planta Global

 

Denominación

Código

Grado

Número de empleos

Jefe de Oficina Asesora de Jurídica

115

07

1 (uno)

 

Artículo 2º.- Créanse en la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte  los siguientes empleos:

 

Planta Global

 

Denominación

Código

Grado

Número de empleos

Jefe de Oficina

006

07

1 (uno)

Director Técnico

009

06

2 (dos)

Profesional Especializado

222

21

1 (uno)

Profesional Especializado

222

19

            14 (catorce)

Profesional Universitario

219

01

3 (tres)

 

Artículo 3º.- La planta de empleos de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte quedará   conformada de la siguiente manera:

 

Despacho de la Secretaría

 

Denominación

Código

Grado

Número de empleos

Nivel Directivo

Secretario de Despacho

020

09

1 (uno)

Nivel Asesor

Asesor

105

07

1 (uno)

Asesor

105

05

2 (dos)

Asesor

105

04

2 (dos)

 

Planta Global

 

Nivel Directivo

Denominación

Código

Grado

Número de empleos

Subsecretario de Despacho

045

08

2 (dos)

Director Técnico

009

08

3 (tres)

Director Técnico

009

06

7 (siete)

Subdirector Técnico

068

06

2 (dos)

Jefe de Oficina

006

 07

1 (uno)

Jefe de Oficina

   006

06

  1 (uno)

Jefe de Oficina

 006

05

  2 (dos)

Nivel Asesor

Jefe de Oficina Asesora de  Planeación

115

08

                 1 (uno)

Jefe de Oficina Asesora de Comunicaciones

115

07

   1 (uno)

Nivel Profesional

Profesional Especializado

222

32

       4 (cuatro)

Profesional Especializado

222

26

    7 (siete)

Profesional Especializado

222

22

      4 (cuatro)

Almacenista General

215

22

  1 (uno)

Profesional Especializado

222

21

  3 (tres)

Profesional Especializado

222

19

           66 (sesenta y seis)

Profesional Universitario

219

18

 1 (uno)

Profesional Universitario

219

12

12 (doce)

Profesional Universitario

219

10

3 (tres)

Profesional Universitario

219

07

7 (siete)

Profesional Universitario

219

01

11 (once)

Nivel Técnico

Técnico Operativo

314

22

1 (uno)

Técnico Operativo

314

16

1 (uno)

Nivel Asistencial

Auxiliar Administrativo

407

27

6 (seis)

Auxiliar Administrativo

407

23

2 (dos)

Auxiliar Administrativo

407

22

13 (trece)

Auxiliar Administrativo

407

19

1 (uno)

Auxiliar Administrativo

407

17

   9 (nueve)

Auxiliar de Servicios Generales

470

14

   4 (cuatro)

Auxiliar de Servicios Generales

470

05

              1 (uno)

Conductor Mecánico

482

14

             1 (uno)

Total planta de empleos

 

 

184 (Ciento ochenta y cuatro)

 

Artículo 4°. El nominador distribuirá los empleos de la planta global mediante acto administrativo y ubicará el personal teniendo en cuenta la organización interna, las necesidades del servicio, los planes y programas de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

 

Artículo 5°. Para la provisión de los empleos se observarán las reglas contenidas en la Ley 909 de 2004 y en sus normas complementarias y reglamentarias.

 

Artículo 6°. La incorporación de los servidores públicos a la nueva planta de personal que se adopta en el presente Decreto, se hará conforme a las disposiciones legales vigentes sobre la materia.

 

Los empleados públicos continuarán percibiendo la remuneración mensual correspondiente a los empleos que desempeñan actualmente, hasta tanto, se produzca la incorporación a la nueva planta de  personal, y tomen posesión del cargo

 

Artículo 7° Comunicar el contenido del presente Decreto a la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda y al Departamento Administrativo del  Servicio  Civil  Distrital, a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.


Artículo 8º.- El presente Decreto rige a partir del día siguiente a la fecha de su publicación en el Registro Distrital y  modifica el Decreto 341 de 2020.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE, Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 20 días del mes de septiembre del año 2022.

 

CLAUDIA NAYIBE LÓPEZ HERNÁNDEZ

 

Alcaldesa Mayor

 

CATALINA VALENCIA TOBÓN

 

Secretaria Distrital de Cultura, Recreación y Deporte

 

NIDIA ROCÍO VARGAS

 

Directora del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital


Nota: Ver norma original en Anexos.