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DECRETO LOCAL 009 DE 2022
(Septiembre 14)
Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Suba para la vigencia fiscal 2022
EL ALCALDE LOCAL DE SUBA
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, el artículo 10 del Decreto 192 de 2021, y
CONSIDERANDO:
Que el inciso 2 del numeral 1 del artículo 31 del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010, en relación de los traslados presupuestales señala: (…) Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto. Los traslados entre agregados presupuestales se aprobarán por la Junta Administradora Local previo concepto favorable del CONFIS Distrital, para lo cual el Alcalde Local deberá presentar el Proyecto de Acuerdo respectivo a la JAL. Todos los traslados de gastos de inversión requerirán del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Planeación.
Que el numeral 3.9.1. del Manual Operativo Presupuestal Fondos de Desarrollo Local FDL, en relación al Traslado Presupuestal señala: Es la modificación al presupuesto que disminuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal o entre agregados presupuestales. Los traslados entre agregados presupuestales se aprobarán por la Junta Administradora Local previo concepto favorable del CONFIS Distrital. Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado los efectúa el Alcalde Local mediante Decreto, previo concepto favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto y de la Secretaría Distrital de Planeación cuando se trate de proyectos de inversión. Que, en cuanto a los recursos liberados de obligaciones por pagar, el párrafo cuarto del numeral 1.1 de la Circular 009 del 22 de marzo de 2011, emitida por la Secretaria Distrital de Hacienda y la Secretaría Distrital de Gobierno establece que: “…, los recursos liberados podrán ser destinados a la financiación de los proyectos de inversión del Plan Operativo Anual de Inversiones –POAI-……”.
Que, mediante las Actas de Anulación de Saldos a favor del Fondo de Desarrollo Local de Suba Nos. 3, 4 y 5 del 28 y 29 de abril y 13 de junio de 2022 respectivamente; la Administración Local dentro del proceso de Depuración de Obligaciones por Pagar, realizado durante los meses de abril y junio de la presente vigencia con la asesoría y apoyo de la Secretaría Distrital de Gobierno, realizo la liberación de saldos de Obligaciones por Pagar por un valor de $1.023.139.220; recursos disponibles para reinvertirlos en los proyectos de inversión del Plan Operativo Anual de Inversiones –POAI.
Que se hace necesario efectuar un traslado presupuestal con el fin de fortalecer la disponibilidad de recursos en los rubros presupuestales O23011605550000001977 Suba participa, incide y reconstruye la confianza ciudadana por valar de $340.925.402 y O23011601170000001994 Jóvenes formados para el futuro por valor de $ 600.961.300, para un total de NOVECIENTOS CUARENTA Y UN MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS DOS PESOS MCTE ($941.886.702).
Que mediante oficio No. 2-2022-110056 del 16 de agosto de 2022, la Subsecretaría de Planeación de la Inversión de la Secretaría de Planeación Distrital, emitió concepto favorable a la modificación presupuestal mediante la cual se efectúa un traslado al interior del Presupuesto de Gastos e Inversión vigencia 2022 por valor total de $ 941.886.702.
Que mediante oficio No. 2020EE411745O1 del 14 de septiembre de 2022, la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaria Distrital de Hacienda, emitió concepto favorable a la modificación presupuestal mediante la cual se efectúa un traslado al interior del Presupuesto de Gastos e Inversión vigencia 2022, por valor de $941.886.702.
En mérito de lo expuesto, el Alcalde Local de Suba,
DECRETA:
Artículo 1. Efectúense el siguiente contracrédito al Presupuesto de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Suba de la vigencia fiscal 2022, de conformidad con el siguiente detalle:
Artículo 2. Efectúense el siguiente crédito al Presupuesto de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Suba de la vigencia fiscal 2022, de conformidad con el siguiente detalle:
Artículo 3. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Se expide en Bogotá, D.C., a los 14 días del mes de septiembre de 2022.
JULIÁN ANDRÉS MORENO BARÓN
Alcalde Local de Suba |