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LEY 2273 DE 2022
(Noviembre 05)
Por medio de la cual se aprueba el “Acuerdo regional sobre el acceso a la información, la participación pública y el acceso a la justicia en asuntos ambientales en América Latina y el Caribe”, adoptado en Escazú, Costa Rica, el 4 de marzo de 2018
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA
«ACUERDO REGIONAL SOBRE-· EL ACCESO A LA : INFORMACIÓN, LA PARTICIPACIÓN PÚBLICA Y EL ACCESO A LA .JUSTICIA EN ASUNTOS AMBIENTALES.EN AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE}>, ADOPTADO EN ESCAZÚ; COSTA RICA, EL 4 DE MARZO DE 2018
Se adjunta copia fiel y completa del texto e español del precitado instrumento internacional, certificado por el coordinador del Grupo Interno de Trabajo de Tratados de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores, documento que consta en quince (15) folios.
El presente Proyecto de Ley consta de veinticuatro (24) folios.
RAMA EJECUTIVA DEL PODER PÚBLICO
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
BOGOTÁ, D.C., 12 MARZO 2020
AUTORIZADO. SOMETASE A LA CONSIDERACIÓN DEL HONORABLE CONGRESO DE LA REPUBLICA PARA LOS EFECTOS CONSTITUCIONALES
(FDO.) IVAN DUQUE MÁRQUEZ
MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES
(FDO.) CLAUDIA BLUM
DECRETA:
ARTICULO PRIMERO: Apruébese el «Acuerdo regional sobre el acceso a la información, la participación pública y el acceso a la justicia en asuntos ambientales en América Latina y el Caribe», adoptado en Escazú, Costa Rica, el 4 de marzo de 2018.
ARTICULO SEGUNDO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1º de la Ley 7ª de 1944, el «Acuerdo regional sobre el acceso a la información, la participación pública y el acceso a la justicia en asuntos ambientales en América Latina y el Caribe», adoptado en Escazú, Costa Rica, el 4 de marzo de 2018, que por el artículo primero de esta Ley se aprueba, obligará a la República de Colombia a partir de la fecha en que se perfeccione el vínculo internacional respecto del mismo.
ARTICULO TERCERO: La presente Ley rige a partir de la fecha de su publicación.
ROY LEONARDOJARRERAS MONTEALEGRE
Presidente del Honorable Senado de la Republica
GREGORIO ELJACH PACHECO
Secretario General del Honorable Senado de la Republica
DAVID RICARDO RACERO MAYORCA
Presidente de la Honorable Cámara de Representantes
JAIME LUIS LACOUTURE PEÑALOZA
Secretario General de la Honorable Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA- GOBIERNO NACIONAL
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
EJECÚTESE, previa revisión de la Corte Constitucional, conforme al artículo 241-10 de la Constitución Política.
Dada en Bogotá, D.C., a los 05 días del mes de noviembre del año 2022.
HERNANDO ALFONSO PRADA GIL
Ministro del Interior
ÁLVARO LEYVA DURÁN
Ministro de Relaciones Exteriores
NÉSTOR IVÁN OSUNA PATIÑO
Ministro de Justicia y el Derecho
MARIA SUSANA MUHAMAD GONZÁLEZ
Ministra de Ambiente y desarrollo Sostenibles
SANDRA MILENA URRUTIA PÉREZ
Ministra de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones
PATRICIA ELIA ARIZA FLÓRES
Ministra de Cultura
NOTA: Ver norma original y Anexo. |