RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Decreto Local 014 de 2022 Alcaldía Local de Usme

Fecha de Expedición:
13/12/2022
Fecha de Entrada en Vigencia:
23/12/2022
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7606 del 23 de diciembre de 2022.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 014 DE 2022

 

(Diciembre 13)

 

Por medio del cual se efectúa un traslado presupuestal en el presupuesto de gastos del Fondo de Desarrollo Local de Usme para la vigencia fiscal 2022

 

EL ALCALDE LOCAL DE USME (E)

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 324 de la Constitución Política de Colombia, el Decreto 372 de 2010, y

 

CONSIDERANDO


Que de conformidad con el artículo 31 del Decreto 372 del 30 de Agosto de 2010, los traslados presupuestales dentro del mismo agregado, y específicamente entre rubros presupuestales de Gastos de inversión los hará el Alcalde Local mediante Decreto Local previo concepto favorable de la Dirección Distrital de presupuesto de Secretaria Distrital de Hacienda. Todos los traslados de gastos de inversión requerirán del concepto previo favorable de la Secretaria Distrital de Planeación

 

Que en la Resolución No. SDH – 191 del 22 de septiembre de 2017, por medio del cual se adopta y consolida el manual de programación, ejecución y cierre presupuestal del Distrito Capital se indica el procedimiento para efectuar el traslado en mención.

 

Que según el MANUAL OPERATIVO PRESUPUESTAL DEL DISTRITO CAPITAL en su numeral 4.1 Traslado Presupuestal se manifiesta que: “es la modificación al presupuesto que disminuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal o entre agregados presupuestales. Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado los efectúa el Alcalde Local mediante Decreto, previo concepto favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto”.

 

Que se hace necesario realizar un traslado en el Presupuesto entre rubros de la misma naturaleza, esto es, entre agregados y rubros de inversión entre sí con los cuales se pretende satisfacer las necesidades de la administración local.

 

Que se dispone de recursos de funcionamiento por valor de $392.778.743 en los rubros presupuestales relacionados en el cuadro de contra créditos, teniendo en cuenta que las acciones previstas para estos rubros están cubiertas en su totalidad, por lo que quedarían saldos sin comprometer de cada uno de las imputaciones mencionados. Por esto y en aras de comprometer la totalidad de los recursos y de realizar una reasignación presupuestal entre los rubros presupuestales de Gastos de funcionamiento, se hace necesario efectuar este traslado para complementar y acreditar los rubros de inversión que requieren una mayor asignación de recursos, para así suplir las necesidades de la Entidad con una ejecución proporcionada en todos los rubros que componen los Gastos de funcionamiento.

 

Que, en virtud a lo anteriormente expuesto, se hace necesario realizar el traslado presupuestal solicitado para fortalecer las actividades de la administración de conformidad con lo relacionado en el cuadro de créditos. Que se cuenta con los recursos disponibles en cada uno de los rubros mediante los cuales se informa de la disponibilidad de recursos por trasladar.

 

Que la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría de Hacienda con oficio No 2022EE608900O1 del 13 de diciembre de 2022, emite concepto favorable a la propuesta de Traslado.

 

Que, en mérito de lo expuesto, El Alcalde Local de Usme (E),

 

DECRETA:

 

Artículo 1. Efectúese el siguiente contra crédito en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de USME para la Vigencia Fiscal de 2022, por valor de TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y TRES PESOS M/CTE ($392.778.743,00), de conformidad con el siguiente detalle:


 

Artículo 2. Efectúese el siguiente crédito en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de USME para la Vigencia Fiscal de 2022, por valor de TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y TRES PESOS M/CTE ($392.778.743,00) de conformidad con el siguiente detalle:

 

 

Artículo 3. El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.

 

COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 13 días del mes de diciembre del año 2022.

 

DORIAN DE JESUS COQUIES MAESTRE

 

Alcalde Local de Usme (E)