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PROYECTO DE ACUERDO No. 525 DE 2017 Ver Acuerdo Distrital 706 de 2018 Concejo de Bogotá, D.C.
“POR EL CUAL SE FOMENTA EL DESARROLLO SOCIOECONÓMICO: A TRAVÉS DE LA ESTRATEGIA “BOGOTA PRODUCTIVA 24 HORAS” EN EL DISTRITO CAPITAL”
1. OBJETO DEL PROYECTO
La presente iniciativa tiene como objeto crear e implementar una estrategia para promover la economía nocturna con el fin de fortalecer a Bogotá como una metrópoli que aprovecha las ventajas de la vida nocturna concebida no solo desde lo cultural sino también desde lo turístico, comercial y productivo generando un avance socioeconómico integral para la ciudad.
En este sentido, el presente Proyecto de Acuerdo propone establecer lineamientos que permitan definir una política pública que en primer lugar garantice la provisión de servicios públicos requeridos, tales como seguridad, transporte, iluminación, etc. Y en segundo lugar, articule el sector público con el privado.
2. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
2.1. ANTECEDENTES
El presente Proyecto de Acuerdo se ha puesto a consideración del honorable Concejo Distrital para ser debatido en nueve oportunidades como lo muestra la siguiente tabla:
2.2. CONSIDERACIONES GENERALES
De acuerdo con lo manifestado por la Administración Distrital en el concepto de viabilidad al Proyecto de Acuerdo y a lo dispuesto en el Plan de Desarrollo “Bogotá Mejor para Todos” la iniciativa fortalece algunas estrategias que se encuentran desarrollándose desde los distintos sectores del sector público en la Capital de la República tales como:
· El programa “Consolidar el turismo como factor de desarrollo, confianza y felicidad para Bogotá Región” y fortalece el posicionamiento de Bogotá como destino turístico a través de una efectiva promoción de ciudad, a través de la estrategia “Bogotá productiva 24 Horas” en materia de Turismo Cultural, se podrá fortalecer la oferta de patrimonio cultural, la oferta gastronómica de la capital, los procesos de recuperación y promoción del legado literario e idiomático, el fortalecimiento de los atractivos religiosos de la ciudad y poner en valor los procesos de la Cultura Muisca en la ciudad[1]. Todo esto vinculado con las estrategias de cambio cultural y construcción del tejido social para la vida, mejores oportunidades para el desarrollo a través de la cultura, la recreación y el deporte.
2.2.1. Razones para promover las ciudades 24 horas
Al hablar de actividades nocturnas pensamos en algunas que caracterizan la noche como la rumba, bares, restaurantes y actividades culturales en general. En este sentido algunas ciudades del mundo tales como Londres en Inglaterra y Melbourne en Australia han desvirtuado que los espacios nocturnos son focos de problemas mostrando que a través de algunas políticas públicas se han regulado de manera positiva impulsando lo que se conoce como: “Economía nocturna”.
Producto de estas experiencias se han podido identificar algunas razones por las cuales se debe promover la ampliación de las economías las 24 horas en las ciudades: Primero, es una fuente de empleo adicional; Segundo, permite revitalizar zonas de la ciudad que se consideran en desuso; Tercero, permiten promover la seguridad ciudadana puesto que las calles llenas de gente generan percepción positiva para el ciudadano; Cuarto, Incentiva el turismo; Quinto, Genera mayor sentido de pertinencia a los ciudadanos.
En América Latina la ciudad pionera en actividades nocturnas es Buenos Aires en Argentina que organiza anualmente “La Noche de los Museos”, Caracas, Venezuela también cuenta con el festival “Por medio de la calle” con el cual se celebran los espacios públicos de la ciudad una noche al año, Asunción, Paraguay es el caso más reciente con un grupo de comerciales y empresarios del centro histórico de la ciudad que se reunieron para crear la Asociación para la Movida del centro Histórico de Asunción (AMCHA) con el fin de revitalizar la zona a partir de la realización de actividades de carácter cultural, gastronómico y la creación de espacios de encuentro para jóvenes y personas de todas las edades durante la noche.
Para el Caso Colombiano la Administración Municipal de Cali ha dado inicio a lo que denominó “Cali Ciudad 24 Horas” que busca implementar seis corredores nocturnos en toda la ciudad, donde se realicen actividades culturales, la idea es generar además de cultura, más empleo y turismo.
“Los corredores son espacios donde se concentrará una oferta variada que puede contener música, danza, teatro, lecturas poéticas, tertulias, conferencias etc. La gran diferencia es que la ofrece en un horario nocturno extendido hasta la madrugada para los caleños”.
Con esta iniciativa los caleños y quienes viven en la capital vallecaucana tienen la oportunidad de gozar de servicios de manera permanente, con el valor agregado de que se activa el comercio y se genera empleo e ingresos a los negocios que se unan a la iniciativa, según lo afirma la Administración Municipal.
Estos ejemplos ratifican la necesidad que las ciudades amplíen sus economías nocturnas progresivamente en aras de generar beneficios económicos y sociales que van de la mano con la construcción de ciudades emergentes y sostenibles.
En este sentido, la actual Administración Distrital afirma que: “Existe un importante potencial de ciudadanos interesados en actividades que se desarrollan en horario nocturno; principalmente asociados a la actividad recreativa, cultural, turística y comercial; de igual manera se destaca la demanda por espacios de esparcimiento familiar y con amigos. Este es un foco importante, donde una propuesta de ampliación de horarios puede desarrollarse de buena manera”.
La Secretaría de Desarrollo Económico considera pertinente: “Extender la productividad del sector privado industrial y comercial a través de herramientas y acciones que se consagren normativamente, replanteando la iniciativa acorde con la estacionalidad de la demanda extendiendo los horarios de aquellas zonas con mayor vocación al funcionamiento en horarios nocturnos que, por sus características, así lo pudiesen ameritar una vez se adelanten las campañas de cultura ciudadana, ambientales, normativas y con empresarios, es decir que se extienda los horarios de funcionamiento en zonas específicas de la ciudad y en sectores económicos concretos con mayor vocación al funcionamiento en horarios nocturnos, como la promoción turística, cultural y aquellas que le sirvan de soporte o sean conexas”.
Según la Secretaría de Desarrollo Económico, en cuanto a la oferta en zonas de localidades como: Candelaria, Teusaquillo y Chapinero existe una alta representatividad de establecimientos de comercio, gastronomía y servicios en general, la mayoría micro, pequeñas y medianas unidades[2]. Sin embargo y a pesar del interés de muchos por participar de este tipo de programas, se perciben dificultades a nivel de garantías para su funcionamiento en horarios más allá de los regulares (8 pm), el acceso al transporte, la existencia de una demanda con poder adquisitivo constante que cubra los costos que se generarían por operar más tiempo y/o contratar personal adicional.
De acuerdo con lo anterior es un reto para la Administración Distrital dar inicio al diseño de una política pública nocturna para Bogotá, puesto que existe un gran potencial para incrementar la competitividad urbana regulando y diversificando la oferta de actividades sociales y económicas que tiene lugar durante la noche. En este sentido, tal y como lo afirma el actual Gobierno la implementación de la propuesta presenta algunos desafíos que deben ser atendidos a través de una estrategia integral con programas piloto que permitan evaluar los impactos y las necesidades de dichos desafíos que se convertirán en componentes fundamentales para la puesta en marcha de la iniciativa.
1. Altos niveles de vendedores ambulantes Es una oportunidad de generar espacios que permitan la generación de ingresos de manera organizada para este grupo poblacional y revitalizar zonas de la ciudad que se consideran en desuso.
2. Seguridad Es deber del Estado y de las instituciones articularse para realizar operativos que garanticen la seguridad en las zonas tengan vida nocturna en la ciudad.
3. Transporte Este es un elemento fundamental para que la oferta y la demanda de bienes y servicios interactúen las 24 horas del día y debe haber un estudio responsable que defina la demanda y oferta en horarios nocturnos encontrando un punto de equilibrio sin el riesgo a pérdidas.
4. Infraestructura El logro de un sistema de gran escala, iniciando la implementación de la iniciativa es largo plazo puesto que la materialización total tanto del uno como el otro son progresivos.
5. Difusión y Vinculación Debe haber un proceso de vinculación tanto de la Administración Distrital como del sector privado para desarrollar un plan de divulgación efectivo donde el 100% de los ciudadanos conozcan la oferta de servicios nocturnos en Bogotá.
Atendiendo las consideraciones del concepto de la Administración Distrital la propuesta debe tener como determinante el componente de gradualidad donde a través de una política pública se articulen la totalidad de los componentes que implican la puesta en marcha de una “Bogotá 24 horas” es por ello que debe iniciar con una prueba piloto que tendrá como foco inicial las actividades y zonas de comercio y servicios con mayor vocación hacia el desarrollo de actividades en jornadas de horario nocturno puesto que en la medida en que se desarrolle una mayor demanda y mayores beneficios económicos se irán sumando más zonas y más sectores de la vida económica.
2.2.2. Contexto general de Bogotá
Según el DANE, en 1990 la Bogotá contaba con 4.947.890 de habitantes. En 2015 la proyección es de 7.878.783 personas. Para el 2020 se espera que sean 8.380.801 personas. En este sentido, Bogotá crecería en un 59 % en tan solo tres décadas lo que demuestra el crecimiento demográfico acelerado que hoy la ciudad tiene.
En 2014 Bogotá tuvo la participación más alta de todos los departamentos en el PIB nacional (24,9%) y la economía colombiana creció el 4,6%, la ciudad estuvo muy cerca de esa tendencia, con un crecimiento del 4,4%.
Es la economía con mayor participación en el PIB nacional; en el 2014pr con el 24,9%, seguida de Antioquia con 13,5%, Valle con 9,3%, Santander con 7,8%, Meta con 5,1% y Cundinamarca con 4,9%; concentrando las 6 economías el 65,5% del total nacional. Antioquia y Santander fueron los departamentos que ganaron participación en 2014pr debido principalmente al crecimiento de las actividades de industria y construcción. Mientras que los departamentos de Meta y Arauca perdieron participación debido al decrecimiento en las actividades mineras que desarrollan y Bolívar por la disminución en la actividad industrial. Los demás departamentos no presentaron cambios significativos en sus participaciones dentro del total de la economía nacional.[3] Tal como lo muestra la Gráfica No. 1.
Gráfica No. 1
Fuente: DANE
2.2.3. Mercado laboral en Bogotá
El último reporte de mercado laboral del DANE 2 indica que en el trimestre móvil de Enero – Marzo de 2016 la tasa de desempleo en la ciudad fue de 10,6%. La ciudad se ubicó 1,6 puntos porcentuales por debajo del promedio nacional, que para el mismo trimestre fue de 9,0%.
Gráfica No.2 Tasa de desempleo Bogotá D.C. Trimestres móviles 2012-2016
Fuente: DANE - GEIH
Frente a los trimestres móviles 2012-2016 se presenta la tasa de desempleo más alta en los últimos cuatro años.
En cuanto a la población ocupada según ramas de actividad, el primer trimestre de 2016 muestra que comercio, restaurantes y hoteles tiene una participación de 28,3%, en segundo lugar se encuentra servicios comunales, sociales y personales con 23,6% , en tercer lugar Actividades inmobiliarias, empresariales y de alquiler con 14,8% seguido de la industria manufacturera con 14,5%.
Grafica No. 3 Distribución porcentual y variación de la población ocupada, según ramas de actividad Fuente: DANE - GEIH *Otras ramas: Agricultura, ganadería, caza, silvicultura y pesca; explotación de minas y canteras; suministro de electricidad, gas y agua e intermediación financiera. Nota: La suma de las participaciones puede diferir de 100% por la no inclusión de la categoría “no informa” y por efecto de decimales.
En cuanto al empleo informal en Bogotá entre Enero – Marzo de 2016 la proporción en la población ocupada es de 41,6 % y frente al mismo trimestre del año 2015 el empleo informal disminuyó 2,7 puntos porcentuales. Tal como lo muestra la gráfica No. 4.
Gráfica No. 4 Proporción del empleo informal en la población ocupada Total 13 ciudades, áreas metropolitanas y Bogotá D.C. Trimestre enero – marzo (2015 – 2016) Fuente: DANE - GEIH 2.2.4. Desempleo Juvenil
Según el Observatorio de Desarrollo Económico en Bogotá hay 239.809 jóvenes desempleados, que representan el 21% del total de jóvenes desempleados en el país. El desempleo juvenil en el primer trimestre de 2016 alcanzó el 17,2% comparando el mismo periodo del 2015 esta tasa se encuentra 3,5 puntos porcentuales por encima. Este registro es el más alto en los últimos cuatro años al comparar el mismo periodo.[4]
La tasa de desempleo juvenil en Bogotá es la tercera más baja en el país frente a las 13 ciudades principales y es más baja que las presentadas en ciudades como Medellín (20,2%) y Cali (21%).[5]
El rango etario en la ciudad que presenta una menor tasa de desempleo son las personas de más de 46 años, donde el desempleo alcanzó la cifra de 7,2%, presentando un aumento de 0,7 puntos porcentuales respecto al mismo periodo del año anterior. A su vez, se observa que, para las personas de 29 a 45 años, la tasa de desempleo fue de 8,2%, registrando un aumento de 1,2 puntos porcentuales respecto al mismo periodo del año anterior[6].
2.2.5. Desempleo de las mujeres
Tal y como lo evidencia el Observatorio de Desarrollo Económico la tasa de desempleo de las mujeres en la ciudad para el primer trimestre de 2016 fue de 12,4%, frente al mismo periodo de 2015 esta tasa presenta 2,8 puntos porcentuales por encima.[7]
El desempleo de las mujeres en Bogotá fue inferior al registro de las 13 áreas (13,8%) y menor al registro de Colombia (14,2%). Bogotá es la quinta ciudad con bajas tasas de desempleo para las mujeres comparada con las trece ciudades analizadas por el DANE.[8]
El aumento del desempleo en el comienzo de año afectó a las mujeres bogotanas ampliando la brecha frente a los hombres, ya que la tasa de desempleo de los hombres en la ciudad fue de 8,9% dándose una notable diferencia de 3,5 puntos porcentuales.[9]
En Bogotá hay 1.954.182 mujeres ocupadas, con una tasa de ocupación de 57,6%. Respecto a las ramas de actividad, la industria manufacturera dejó de emplear a 73 mil mujeres en la ciudad, es decir, una variación negativa de 22% y es el principal sector donde se registró la caída más representativa de empleos para este segmento poblacional.[10] 2.2.6. Dinámica empresarial de Bogotá
Según la Cámara de Comercio de Bogotá, en 2014 la base empresarial alcanza las 324 mil empresas, es decir 6% más que en el 2013 304 mil empresas. Esto quiere decir que la ciudad ha consolidado condiciones favorables para la actividad empresarial.[11]
La ciudad se ha consolidado como la plataforma empresarial más grande y dinámica de Colombia y uno de los mercados más atractivos para los negocios en América Latina. Esto como resultado del crecimiento de la base empresarial.
Bogotá es la ciudad del país con más emprendimientos de alto impacto (63%), que son empresas que venden más de $6000 millones al año. Esto es posible por el tamaño de la economía de la ciudad, la diversidad de sus actividades productivas y porque tiene el ecosistema de soporte al emprendimiento más desarrollado entre las ciudades del país.
En 2014 Bogotá se ubicó como la cuarta ciudad más atractiva para la inversión en América Latina, según el Ranking de Ciudades Latinoamericanas para la Atracción de Inversiones de IdN y CEPEC.
2.2.7. Bogotá prospera y sostenible
Desde la óptica de una ciudad sostenible con una economía nocturna activa es importante una mayor articulación y trabajo entre los sectores público y privado en Bogotá con énfasis en la Promoción del desarrollo de los atributos y capacidades en cuanto a talento humano, infraestructura, conectividad e innovación de la región que permitan consolidar tanto su vocación productiva.
En este sentido, los principales retos en política laboral y pobreza como elementos fundamentales del desarrollo deben ser prioridad tanto por el gobierno nacional como por el gobierno distrital:[12]
1. Consolidar el Sistema Público de Empleo que permita que permita reducir el desempleo friccional acercando la oferta y la demanda de trabajo y poniendo a disposición de empleadores y trabajadores la información necesaria para optimizar el funcionamiento del mercado de trabajo capitalino.
2. Priorizar en la política laboral a los jóvenes, las mujeres y los menos educados, con especial atención a los jóvenes entre 15 y 24 años que no estudian ni trabajan y que en Bogotá son alrededor del 19% de la población desempleada. 3. Fortalecer la formación para el trabajo con el propósito de superar las dificultades que tienen los empresarios para disponer de talento humano capacitado. 4. Evaluar la pertinencia, el impacto y la gestión de los programas sociales implementados en la ciudad. 5. Promover acciones orientadas a impulsar los proyectos y programas de apoyo al emprendimiento por oportunidades que se están desarrollando en la ciudad y la región. 6. Pensar la política laboral ante un eventual escenario de posconflicto, pues será una herramienta fundamental en el proceso de reinserción social de los excombatientes.
2.2.8. Ventajas de la estrategia 24 horas en BogotáPara llevar a cabo la estrategia “Bogotá 24 horas” la Administración Distrital como elemento fundamental debe garantizar la provisión de los servicios públicos requeridos (Transporte, iluminación, etc.) Y seguridad lo cual facilitará el funcionamiento de los establecimientos comerciales, industriales y culturales durante las 24 horas. La economía nocturna en Bogotá permitirá:
1. La generación de empleo y el crecimiento económico de la ciudad. 2. Disminución de la delincuencia brindando mayor seguridad a los habitantes y desplazando las violencias callejeras que se escudan en la oscuridad y en la clandestinidad. 3. Aumento de los ingresos y de la demanda de bienes y servicios, crecimiento de las empresas, disminución del subempleo y de la economía informal. 4. Aumento del turismo, la oferta de servicios públicos, culturales y de entretenimiento entre otros, incentiva la diversidad de los mismos haciendo que Bogotá sea más atractiva turísticamente.
Tal y como lo afirma FENALCO BOGOTA con los horarios extendidos en Bogotá, generarían aproximadamente 12.000 empleos adicionales, de los cuales 9.000 es decir 75% provienen del sector de comercio, hoteles y restaurantes y los 3.000 restantes, es decir el 25%, de la industria. Esto demuestra la importancia de que Bogotá sea 24 horas para que sea más dinámica y productiva”.
Teniendo en cuenta esto, el compromiso de responsabilidad social del sector empresarial y productivo, debe ser un elemento fundamental dentro de la estrategia planteada con la presente iniciativa, siempre que exista voluntad política y los gremios de comerciantes vean en ella una clara oportunidad de crecimiento tanto para el sector como para la ciudad.
Por último, el crecimiento de la ciudad, la falta de oportunidades, las necesidades básicas insatisfechas son los grandes desafíos que hoy la política pública tiene. En este sentido, la estrategia “Bogotá 24 horas” debe orientar una ciudad competitiva en diferentes horarios y campos de acción articulándose con otras ciudades para proporcionar un desarrollo local, regional y nacional.
3. MARCO CONSTITUCIONAL Y LEGAL
NORMAS INTERNACIONALES
Declaración Universal de los Derechos Humanos 1948. Artículo 23 1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones Equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo. 2. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo Igual. 3. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualequiera otros medios de protección social.
Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales 1966 Artículo 7: Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona al goce de condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias que le aseguren en especial a) Una remuneración que proporcione como mínimo a todos los trabajadores:
i) Un salario equitativo e igual por trabajo de igual valor, sin distinciones de ningu-na especie; en particular, debe asegurarse a las mujeres condiciones de trabajo no inferiores a las de los hombres, con salario igual por trabajo igual; ii) Condiciones de existencia dignas para ellos y para sus familias conforme a las disposiciones del presente Pacto; b) La seguridad y la higiene en el trabajo; c) Igual oportunidad para todos de ser promovidos, dentro de su trabajo, a la categoría superior que les corresponda, sin más consideraciones que los factores de tiempo de servicio y capacidad; d) El descanso, el disfrute del tiempo libre, la limitación razonable de las horas de trabajo y las variaciones periódicas pagadas, así como la remuneración de los días festivos.
Constitución Política ARTICULO 1. Colombia es un Estado social de derecho, organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalecía del interés general. ARTICULO 2. Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo. Las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares.
ARTICULO 13. Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica.
El Estado promoverá las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva y adoptara medidas en favor de grupos discriminados o marginados.
El Estado protegerá especialmente a aquellas personas que por su condición económica, física o mental, se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta y sancionará los abusos o maltratos que contra ellas se cometan.
ARTICULO 25. El trabajo es un derecho y una obligación social y goza, en todas sus modalidades, de la especial protección del Estado. Toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas.
ARTICULO 54. Es obligación del Estado y de los empleadores ofrecer formación y habilitación profesional y técnica a quienes lo requieran. El Estado debe propiciar la ubicación laboral de las personas en edad de trabajar y garantizar a los minusválidos el derecho a un trabajo acorde con sus condiciones de salud.
ARTICULO 57. La ley podrá establecer los estímulos y los medios para que los trabajadores participen en la gestión de las empresas.
LEY 789 de 2002 “Por la cual se dictan normas para apoyar el empleo y ampliar la protección social y se modifican algunos artículos del Código Sustantivo de Trabajo”
Artículo 1°. Sistema de Protección Social. El sistema de protección social se constituye como el conjunto de políticas públicas orientadas a disminuir la vulnerabilidad y a mejorar la calidad de vida de los colombianos, especialmente de los más desprotegidos. Para obtener como mínimo el derecho a: la salud, la pensión y al trabajo.
CAPITULO VI Actualización de la relación laboral y la relación de aprendizaje
Artículo 25. Trabajo ordinario y nocturno. El artículo 160 del Código Sustantivo del Trabajo quedará así:
1. Trabajo ordinario es el que se realiza entre las seis horas (6:00 a.m.) y las veintidós horas (10:00 p.m.).
2. Trabajo nocturno es el comprendido entre las veintidós horas (10:00 p.m.) y las seis horas (6:00 a.m.).
Ley 1429 de 2010 “Por la cual se expide la ley de formalización y generación de empleo”
CAPITULO II Incentivo para la formalización laboral y generación de empleo para personas de bajos ingresos.
DECRETO LEY 2663 DE 1950 “Código Sustantivo del Trabajo”
ARTICULO 10. IGUALDAD DE LOS TRABAJADORES. Modificado por el art. 2, Ley 1496 de 2011. Todos los trabajadores son iguales ante la ley, tienen la misma protección y garantías, y, en consecuencia, queda abolida toda distinción jurídica entre los trabajadores por razón del carácter intelectual o material de la labor, su forma o retribución, salvo las excepciones establecidas por la Ley.
ARTICULO 13. MINIMO DE DERECHOS Y GARANTIAS. Las disposiciones de este Código contienen el mínimo de derechos y garantías consagradas en favor de los trabajadores. No produce efecto alguno cualquiera estipulación que afecte o desconozca este mínimo.
Decretos Distritales. DECRETO 345 DE 2002, “Por el cual se establece el horario de funcionamiento de establecimientos para el expendio y consumo de bebidas alcohólicas en el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones”
ARTÍCULO PRIMERO.
A partir del 6 de agosto de 2002 el horario de funcionamiento de establecimientos comerciales o abiertos al público donde se expendan y/o consuman bebidas alcohólicas, será desde las diez de la mañana (10:00 a.m.) hasta las tres de la mañana (3:00 a.m.) del día siguiente.
Prohíbase la venta y/o consumo de bebidas alcohólicas en todo tipo de establecimientos entre las tres (3:00 a.m.) y las diez de la mañana (10:00 a.m.).
DECRETO 064 DE 2011
Capítulo IV, ARTICULO 24 “Progresivamente la ciudad logrará un equilibrio armónico entre las actividades productivas, de servicios, comerciales y turísticas con una oferta de servicios variada, calificada, diferenciada e integrada a la región, con opciones de recreación y negocios durante las 24 horas del día de manera segura y accesible.”
4. COMPETENCIA DEL CONCEJO
La competencia del Concejo para expedir estas normas se encuentra en primera instancia desde la Constitución Política de Colombia
Artículo 313. Indicando que: “Corresponde a los concejos:
1. Reglamentar las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del municipio.
Decreto Ley 1421 de 1993,
Señala las atribuciones especificas del Concejo de Bogotá en su artículo 12 donde indica: “Corresponde al Concejo Distrital, de conformidad con la Constitución y a la ley:
1. Dictar las normas necesarias para garantizar el adecuado cumplimiento de las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del Distrito. 3. Establecer, reformar o eliminar tributos, contribuciones, impuestos y sobretasas: ordenar exenciones tributarias y establecer sistemas de retención y anticipos con el fin de garantizar el efectivo recaudo de aquéllos.
5. IMPACTO FISCAL
De conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la ley 819 de 2003. La implementación de la presente iniciativa no genera impacto fiscal, en lo que tiene que ver con el diseño de la estrategia “Bogotá 24 horas”
Sin embargo, para la implementación de la iniciativa se requiere recursos que permitan la promoción y fortalecimiento de la estrategia “Bogotá 24 horas”. En este sentido, el Plan Distrital de Desarrollo “Bogotá Mejor para todos” en el segundo eje transversal “Desarrollo Económico basado en el conocimiento” en el programa “Generar alternativas de ingreso y empleo de mejor calidad” que tiene como objeto mejorar el bienestar de los ciudadanos mediante la generación de trabajo formal y de calidad, además de fortalecer la formación para el trabajo, dispone de 106.208 millones de pesos para el cuatrienio.
Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración del Honorable Concejo D.C. esta iniciativa para SEGUIR AVANZANDO EN LO SOCIAL. Cordialmente,
CELIO NIEVES HERRERA ALVARO ARGOTE MUÑOZ Concejal de Bogotá Concejal de Bogotá Polo Democrático Alternativo Polo Democrático Alternativo
MANUEL JOSÉ SARMIENTO XINIA ROCIO NAVARRO P. Concejal de Bogotá Concejal de Bogotá Polo Democrático Alternativo Polo Democrático Alternativo
ANGELA SOFÍA GARZÓN C. CESAR ALFONSO GARCÍA Concejal de Bogotá Concejal de Bogotá Centro Democrático Cambio Radical
PEDRO JAVIER SANTIESTEBAN M. DIEGO ANDRÉS MOLANO Concejal de Bogotá Concejal de Bogotá Centro Democrático Centro Democrático
DANIEL ANDRÉS PALACIOS M. HORACIO JOSÉ SERPA M. Concejal de Bogotá Concejal de Bogotá Centro Democrático Partido Liberal
GLORIA ELSY DIAZ M. ROBERTO HINESTROSA Concejal de Bogotá Concejal de Bogotá Partido Conservador Cambio Radical
ROLANDO GONZALEZ GARCÍA YEFER YESID VEGA B. Concejal de Bogotá Concejal de Bogotá Cambio Radical Cambio Radical
NELLY PATRICIA MOSQUERA M. MARÍA CLARA NAME R. Concejal de Bogotá Concejal de Bogotá Partido de la U Alianza Verde
ANDRES EDUARDO FORERO M. JUAN FELIPE GRILLO C. Concejal de Bogotá Concejal de Bogotá Centro Democrático Cambio Radical
EMEL ROJAS CASTILLO GLORIA STELLA DÍAZ Concejal de Bogotá Concejal de Bogotá Movimiento Libres Movimiento MIRA
RICARDO ANDRÉS CORREA DORA LUCÍA BASTIDAS U. Concejal de Bogotá Concejal de Bogotá Partido de la U Alianza Verde
DAVID BALLEN HERNANDEZ GERMAN GARCÍA MAYA Concejal de Bogotá Concejal de Bogotá Partido de la U Partido Liberal
JOSE DAVID CASTELLANOS JULIO CESAR ACOSTA Concejal de Bogotá Concejal de Bogotá Cambio Radical Cambio Radical
MARÍA VICTORIA VARGAS S. LUZ MARINA GORDILLO Concejal de Bogotá Concejal de Bogotá Partido Liberal Partido Liberal
DIEGO FERNANDO DEVIA NELSON CUBIDES Concejal de Bogotá Concejal de Bogotá Centro Democrático Partido Conservador
PROYECTO DE ACUERDO No. ____ DE 2017
“Por el cual se fomenta el desarrollo socioeconómico: a través de la estrategia “Bogotá productiva las 24 horas” en el Distrito Capital”
EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C
En ejercicio de las atribuciones que le confieren la Constitución Política y el numeral 1, artículo 12., del Decreto Ley 1421 de 1993
ACUERDA
ARTÍCULO 1º. La Administración Distrital, a través de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, y basada en criterios de corresponsabilidad y progresividad, diseñará e implementará la estrategia “Bogotá productiva las 24 horas” con el fin de contribuir a la productividad y competitividad de la ciudad, a su desarrollo socioeconómico y a la generación de empleo en el Distrito Capital.
PARÁGRAFO. Teniendo en cuenta que la puesta en marcha de la iniciativa debe ser de forma progresiva, basada en las experiencias de “Bogotá Despierta” y con los ajustes a que haya lugar se deberá iniciar con actividades culturales y zonas de comercio y servicio con mayor tendencia de desarrollo en jornadas de horario nocturno.
ARTÍCULO 2º. La Administración Distrital podrá crear los incentivos que considere necesarios para las empresas y/o establecimientos que participen y desarrollen la estrategia “Bogotá productiva las 24 horas” y que fomenten la creación de nuevos empleos en Bogotá, siempre y cuando cuenten con la autorización del Concejo Distrital cuando así se requiera.
ARTÍCULO 3º. De acuerdo con los avances de diseño, implementación y ejecución de la Estrategia, la Administración Distrital vinculará a otros sectores y entidades del Distrito y prestará los servicios que considere necesarios para garantizar el cumplimiento del objeto del presente Acuerdo.
PARAGRÁFO. Con la puesta en marcha de “Bogotá productiva 24 horas”, la Administración Distrital garantizará la prestación de servicios en jornada nocturna de las entidades públicas en zonas donde se determine que se requiere dicha oferta.
ARTÍCULO 4º. Vigencia. El presente acuerdo rige a partir de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE [1] Acuerdo 645 de 2016, Plan de Desarrollo “Bogotá Mejor Para Todos” Pág. 423 [2] Cometarios de la Administración Distrital al Proyecto de Acuerdo No. 460 de 2016. [3] DANE. Boletín de Prensa. Cuentas Departamentales. Año 2014 (resultados preliminares) Recuperado de http://www.dane.gov.co/files/investigaciones/pib/departamentales/B_2005/Bol_dptal_2014pre.pdf Fecha de consulta: 20 de junio de 2016 [4] Secretaría de Desarrollo Económico. Boletín Especial Mercado Laboral. Recuperado de http://observatorio.desarrolloeconomico.gov.co/base/descargas/public/boletinmercadolaboralespecialno.20junio2016.pdf. [5]Ibídem.
[6] Secretaría de Desarrollo Económico. Boletín Especial Mercado Laboral. Recuperado de http://observatorio.desarrolloeconomico.gov.co/base/descargas/public/boletinmercadolaboralespecialno.20junio2016.pdf. [7] Ibídem. [8] Ibídem. [9] Ibídem. [10] Ibídem. [11] Informe Cámara de Comercio de Bogotá, 2015, Estado de Bogotá región. [12] Ibídem |